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Susana Ridao Rodrigo
Universidad de Almería
Vol. 47 (2020), Artículos, Páginas 87-106
DOI: https://doi.org/10.15304/verba.47.5725
Recibido: 03-01-2019 Aceptado: 02-05-2019 Publicado: 24-12-2020
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Resumen

El objetivo de este artículo se centra en estudiar cómo se codifican los actos de habla directivos en contextos negociadores desde el punto de vista lingüístico. El estado de la cuestión parte de la teoría de los actos de habla ideada por Austin (1962) y Searle (1969 y 1975). El corpus analizado está compuesto por cinco mediaciones laborales celebradas en Almería (España) entre los años 2003 y 2006. Desde el perfil cuantitativo, destaca el elevado empleo del imperativo, que representa el 41.9 % de los actos de habla directivos presentes en el corpus. Además, también el uso del imperativo es reseñable desde la perspectiva cualitativa, porque el enfoque pragmático demuestra que el contexto resulta determinante para valorar si los actos de habla realzan o dañan la imagen del receptor, a pesar de que el enunciado elegido esté asociado tradicionalmente a formas corteses o descorteses.

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