La prueba en los supuestos de violencia de género
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Resumen
Transcurridos ya ocho años desde la aprobación de la Ley 1/2004, de violencia de género, es oportuno hacer balance de su aplicación. El presente trabajo se centra en la prueba de las conductas tipificadas bajo esa rúbrica. En concreto, trata de ofrecer respuesta a tres problemas. En primer lugar, cuestiona la corrección de esgrimir como única prueba para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado la declaración de la víctima; en segundo lugar, analiza si de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en materia de prueba de violencia de género se deduce que existe esa posibilidad, y si la respuesta vale para todos los supuestos o sólo para un cierto tipo; y en tercer lugar, trata de determinar qué consecuencias puede llevar aparejada esa admisión.
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