En estas páginas analizamos las liberaciones de esclavas en la Sevilla del siglo XVI concedidas mediante cartas de alhorría, planteando si hubo diferencias con respecto a los hombres y los niños esclavizados y si el comportamiento de sus dueñas fue similar o no al de los dueños a la hora de otorgarles la libertad. Este trabajo se inscribe en el alto nivel de conocimiento de la esclavitud en España y Portugal, el cual ha adquirido en las últimas dos décadas un impulso decisivo, de tal modo que aspectos como la población, los mercados, los precios y el papel social y laboral de los esclavos han sido abordados desde múltiples perspectivas. Una de ellas es el estudio de los medios para la obtención de la libertad que aparece generalmente en las monografías —incluso la vida de los libertos—, tanto por vía testamentaria como por carta de alhorría, también en el caso de Sevilla (; ; ; ; ; ; ; ; , ).
Recientemente, la presencia de los esclavos en los tribunales de justicia como acusados, testigos y acusadores, ha sido objeto de trabajos sistemáticos desvelando así la capacidad de estos para reclamar la libertad, al menos cuando se consideraba que la habían perdido de manera fraudulenta e injusta (; , Fernández Martín, , ). A esto se suma un análisis cada vez más preciso de la obtención de la libertad, diferenciando entre su otorgamiento por los dueños en testamentos, promesas verbales o registro ante notario —la carta de alhorría— y sus variantes (; ); en este sentido, algunos autores han abordado dicho análisis comparando los mundos ibéricos ().
Por lo que respecta a las esclavas en la Península Ibérica, un gran número de publicaciones se ha centrado en su presencia social, dada su importancia numérica y productiva. Planteado el tema por primera vez por , varios autores lo han continuado, especialmente , que ha coordinado varios libros sobre la esclavitud femenina y el abolicionismo desde geografías y puntos de vista diversos (, , , ). La liberación de las esclavas ha sido bien estudiada en la corona de Aragón, el Levante peninsular y el espacio colonial americano, pero aún queda terreno por explorar en la Castilla del siglo XVI.
1. Las alhorrías
Siguiendo esa línea, estudiaremos aquí la libertad concedida por medio de la carta de alhorría, un documento notarial con entidad propia y, por lo tanto, diferente a las mandas testamentarias, ya que constituye la formalización ante notario de la negociación entre amo y esclavo para terminar con la condición de esclavitud de éste. Precisamente, una de las causas de su realización podía ser el cumplimiento de alguna manda testamentaria, pero hay en dicha carta toda una serie de motivos ajenos al trance de la muerte que, además, reflejan de manera más amplia los caminos que los esclavos podían recorrer para ser libres. Algunos autores de manuales de escribanos del siglo XVI distinguían dos variantes de alhorría: la de «gracia» y «por dineros» (). En la primera entran las que no imponen ninguna condición —las «gratuitas»—, y las que supeditan la obtención de la libertad al cumplimiento de ciertas condiciones, pudiendo revocarse si éstas no se cumplían, y en la segunda, la libertad se obtenía a cambio del pago de una cantidad en metálico por parte del esclavo o de sus allegados. En la mayoría de las publicaciones las de «gracia» se estudian unidas a estas últimas, a pesar de esas significativas diferencias existentes entre ellas, por lo que las segregaremos.
Para avanzar en esta dirección, partimos de una muestra de 366 cartas de alhorría que afectan a 411 individuos: 219 mujeres, 125 hombres, 32 niñas y 35 niños. Separamos las gratuitas de las que fijaban condiciones, generalmente un servicio o una contraprestación laboral, y de las que eran pagadas, que contemplan todo tipo de opciones, ya sean las auto-compras o los rescates organizados por familiares y/o redes más amplias. Partiendo de la muestra construida por Franco Silva —1.153 alhorrías para la Sevilla de 1472 a 1525 ()—, la nuestra se ha elaborado con documentación de 56 años espaciados entre 1512 y 1600, si bien cubriendo sin hiatos el periodo 1575-1600, gracias al barrido exhaustivo realizado en el oficio I e incorporando información de otras notarías sevillanas cuando se ha encontrado. Añadimos otro componente: el valor diferencial que jugaba el origen de las esclavas y el hecho de ser mujeres a la hora de ser liberadas. Para ello analizamos el contexto de las liberaciones, incluyendo así información relativa a los varones (tipos, edades, etc.) sin pormenorizar las condiciones que afectaban a su liberación, como sí lo haremos para ellas. En caso contrario, los resultados serían incompletos y sesgados. En las liberaciones, como en el mercado de esclavos, es muy importante este contraste para valorar si se dieron diferencias entre hombres y mujeres y cuáles fueron estas. La demanda social de esclavos aparece luego en las liberaciones, y tanto éstas como las compraventas dependían en última instancia de la voluntad de los amos y de las lógicas culturales y mercantiles que llevaron a aquellas personas esclavizadas a compartir la vida de sus amos y familiares.
Con los datos obtenidos, no eran las mujeres las que concedían más alhorrías, ya que contabilizamos 166 frente a 175 hombres; además, las concedidas por matrimonios fueron 20; tres por personas unidas por vínculos familiares; una por un convento femenino y otra por uno masculino. Los resultados pueden variar a nivel local, pues en Málaga a finales de la edad media y comienzos del siglo XVI, la mitad de las alhorrías, sea como cartas de libertad o como testamentos, fueron otorgadas por mujeres que, además, ponían menos condiciones que los hombres, mientras que en Badajoz fueron ellas las que dieron el 57% de las alhorrías registradas (; ).
En Sevilla, en nuestra muestra, el número de esclavas adultas ahorradas (219, el 53,3%) es casi el doble que el de hombres adultos (125, el 30,4%). Es un dato similar al de Málaga a comienzos del siglo XVI (el 57%), y diferente al de Badajoz y de otras localidades de Extremadura, donde hay cierto equilibrio de sexos o predominan ligeramente los hombres en el siglo XVI (; Periáñez Gómez, ; ). Por lo demás, y sin desagregar aún los datos, las esclavas se ahorraban en Sevilla a una edad media de 31,3 años y los hombres de 29, edades estas que pueden afinarse atendiendo al origen de las esclavas y al tipo de alhorría.
En la tabla 1 observamos que en Sevilla hubo un equilibrio entre las cartas gratuitas y las de pago, ligeramente más numerosas. Las que incluían condiciones, generalmente un tiempo de servicio, fueron proporcionalmente mucho menos importantes de lo esperable, aunque, como sucedía en Badajoz, se impusieron en ellas más condiciones a las mujeres que a los hombres. Este panorama es muy similar al hallado en otros núcleos extremeños del siglo XVI, como Trujillo, Cáceres, Zafra, Badajoz, etc., donde el 89% de las liberaciones fueron inmediatas (en este resultado no se desagregan las gratuitas y de pago) y el 11% condicionadas (). Son datos que contrastan con lo ocurrido en la Barcelona del Renacimiento, donde sólo el 22,8% de esas liberaciones fueron gratuitas, las de pago llegaron al 40,9% —muy cerca pues del porcentaje obtenido en Sevilla (43,7%)— y el 36,2% fueron condicionadas a la realización de un servicio vitalicio o temporal, en este caso por encima de las obtenidas en esta muestra (14,3%), promedio similar al de Extremadura (). Todo ello es indicativo de la existencia de una «economía de la liberación» que varía según la dedicación económica de esclavos y amos, y su cronología.
2. Las alhorrías gratuitas
La gratuidad se dio en el 41,8% de los casos, una proporción superior a la encontrada en una ciudad de gran tamaño como la Granada del siglo XVI, donde solo lo fue un tercio, y muy inferior al 71% de Huelva (; ). La cifra de Sevilla se ajusta a la de Cádiz en la segunda mitad del siglo XVII (42,4%), porcentaje este último que se elevó al 78,1% en la primera mitad del XVIII (). En este tipo de alhorría se establece claramente que el amo o el ama no ha recibido remuneración, con fórmulas como «sin aver como no hay ni me dais ni prometéis recompensa», o «sin que nos deis como no nos habéis dado ni dais ni habéis de dar ningún precio ni otro interés».
La tabla 2 muestra de manera muy elocuente que eran las esclavas moriscas y berberiscas las que obtenían una alhorría gratuita a una edad más avanzada, cuando había pasado su mejor momento productivo y reproductivo. Como veremos en la tabla 4, estas mismas esclavas se liberaban a cambio de dinero a una edad prácticamente similar, por lo que la gratuidad respondería en este caso a la voluntad del dueño de deshacerse de una persona que ya no reunía las condiciones óptimas para trabajar, bien por motivaciones genuinamente relacionadas con la caridad cristiana y el desarrollo de vínculos afectivos, bien por no mantener a una esclava mayor. Ignoramos hasta qué punto estas mujeres accedieron a las redes de solidaridad (cripto)islámica —asabiyya— para reunir el dinero y comprar su liberación, y sólo podemos considerar que el lucro del amo no siempre habría sido el único motivo para concedérsela.
Las esclavas de color negro eran ahorradas de manera gratuita con una media de casi 38 años. Eran las más cotizadas en el mercado, por lo que tiene sentido que la liberación gratuita se diese a las maduras, ya menos productivas, tras haber recuperado la inversión de su adquisición y, por ello, ver rebajado ostensiblemente su precio de mercado ().
Frente a esta situación está la vivida por las mulatas y de piel más oscura no musulmanas, que se liberaban nada menos que diez años antes que las esclavas de color. En ello debió jugar un papel importante su presencia en las casas desde edades muy tempranas e incluso recién nacidas. Negras y mulatas —a veces madres e hijas— fueron la mayor parte de las esclavas liberadas de manera graciosa (el 65,2% de todas las liberadas gratuitamente) y su preponderancia en estas alhorrías sobre las de raigambre cultural islámica puede explicarse por la profundidad y extensión de los lazos afectivos que pudieron desarrollar en el seno familiar de sus respectivos amos.
Diferencias similares se registran entre los esclavos negros y blancos, teniendo que esperar los mulatos algo más que los blancos a ser liberados. En un mercado donde primero las esclavas negras y luego los esclavos negros alcanzaban los precios más altos, se comprueba cómo desprenderse de unas y otros de forma gratuita era, cuando menos, un acto antieconómico que se retrasaba hasta edades en que disminuía su vigor físico y eran frecuentes los problemas de salud. Y, en general, esto se puede aplicar a las mujeres. Por su parte, los varones alcanzaban la libertad graciosa a una edad más baja y en menor número, de lo que se deduce que su fuerza de trabajo era más «prescindible» o quizás, que la presencia de ellas en el hogar —especialmente de las negras y mulatas— era más valorada. Aquí juega un papel clave el hecho de formar parte de la casa mucho tiempo y la creación de relaciones interpersonales sostenidas. No obstante, las esclavas blancas de origen musulmán también llegaron a alcanzar una consideración similar en algunos casos, como el de Francisca, berberisca de treinta y ocho años, liberada según su dueño porque «me habéis servido bien todo el tiempo que habéis servido en mi casa y me habéis ayudado a criar mis hijos».
Fuente: AHPSe, documentación citada en la nota .
En la concesión de alhorrías gratuitas los lazos afectivos debieron influir mucho y las fórmulas empleadas para justificarlas habrían estado más relacionadas con la realidad que con un mero estereotipo documental. ¿Quién otorgaban estas liberaciones? En Badajoz se ha señalado, con toda lógica, que entre las alhorrías pagadas fueron muy numerosas las viudas, debido a un estado de necesidad, y algo similar se ha constatado en Ayamonte (en el 58,6% de las cartas), o en Palos de la Frontera (en el 39%), aunque en estos dos trabajos no se especifica de qué tipo de alhorría se trata (; ; ). En nuestra muestra, quienes dieron la libertad fueron 31 dueñas otorgantes: 27 viudas (12 con trato de «doña»), 4 doncellas honestas (todas «doñas»), María de Arellano «beata maestra de cirujía», y una soltera, todas solas. Es posible que mujeres de una cierta posición económica pudieran desprenderse así de sus esclavas, toda vez que «las oligarquías dominantes, al disponer de un número mayor de esclavos, podían permitirse el lujo de realizar una buena acción al otorgarles la libertad, porque gozaban de una situación económica que les facilitaba la adquisición de otros» (). En los casos más expresivos, cuatro esclavas fueron liberadas mediante carta de alhorría para cumplir la disposición testamentaria de un familiar de la propietaria; nueve, por haber nacido en casa de la dueña, invocando en ocasiones el servicio de sus madres; en tres cartas se menciona el haber criado a los hijos del ama, y en seis se manifiesta algo implícito en los casos anteriores, un tiempo largo de servicio, de 20 a 40 años, y el hecho de haber pasado estas esclavas de padres a hijas. En dos casos se las liberó plenamente de un servicio vitalicio impuesto en un ahorramiento anterior, habiendo pasado 2 y 5 años respectivamente. La maternidad de las esclavas y que sus hijos se criaran en la casa movió a sus dueñas a liberarlas junto a su prole (en seis ocasiones), además de dos hermanos que lo fueron por los buenos servicios de su madre.
Pero la liberalidad tenía un límite: seis niños y dos niñas fueron liberados sin sus madres, y excepto una, todas vivían. No sabemos si al ser gratuita había una salida para estos niños, de solo dos años y medio (excepto uno de doce). Quizá fuese un premio dado a las esclavas y estos quedasen a su cuidado, como sucedió con el morisquillo Juan, liberado «por el amor e voluntad que tenemos al dicho Juan niño porque nació en nuestra casa e por ruegos de la dicha su madre e porque es cristiano e por amor de Dios nuestro señor»; una madre que había sido liberada un año antes por los mismos dueños. En el caso de Antón del Castillo se deja claro que los pequeños podían ser una carga al liberar a Juana, una negra de dos años de edad «por servicio de Dios nuestro señor y porque yo había de criar a mi costa a la dicha esclava e por quitarme de la dicha costa». Sólo una de las alhorrías gratuitas concedidas por hombres lo fue a miembros de una familia: se trata de un esclavo negro liberado junto a su hijo, pero no la madre, que también vivía en la casa del dueño, y éste lo hizo abriendo la posibilidad de que padre e hijo pudiesen viajar a Indias, donde habían servido a su amo con anterioridad. Si los hombres liberan gratuitamente, lo hacen sólo a mujeres (31) o niños (9) de manera individual; es decir, ninguno se desprende de la madre esclava y sus hijos, como sí sucedía con las dueñas.
A veces el ama libera a hijas de sus esclavas difuntas, en plena edad laboral, lo que nos habla de nuevo de la importancia de los lazos de familiaridad, diferentes a los de una lógica puramente económica, como ocurrió en el caso de Vicencia de los Ángeles, una esclava blanca de dieciocho años. En estas alhorrías suelen aparecer fórmulas de agradecimiento, como la que se dirigía a la esclava negra Isabel Jiménez y a su hijo Juan, de dos años. Isabel estaba casada con Domingo Jiménez, «negro» y se la liberaba,
por servicio de Dios nuestro señor y por el amor e voluntad que a vos y al dicho vuestro hijo tengo, a vos por los muchos servicios que me habéis hecho más ha de doce años que sois mi esclava, entre ellos criarme a vuestro pecho [a] una hija mía con mucho amor y regalo y desde entonces os tengo prometido de dar esta libertad y al dicho vuestro hijo por haber nacido en mi casa.
La presencia de esclavas con hijos lactantes podía ayudar a la crianza de los hijos de los amos e, incluso, ser un motivo para prometer una futura alhorría, tal y como sucediera en su día en la Barcelona del siglo XIV (; ).
El mayor precio que alcanzaban los lotes de esclavas vendidas con sus hijos pequeños en Sevilla, Guadix o Córdoba, e incluso en zonas de guerra y primera esclavización, como el Reino de Granada, parecen indicar que su función como ayas y casi madres sustitutas pudo haber influido en estas liberaciones (; ; ; ). Así, Juan Jiménez Moreno ahorraba a Juana Guiomar, negra de cincuenta y cinco años,
por cuanto de tiempo de más de veinte años a esta parte vos la dicha Juana Guiomar me habéis criado y regalado estando en casa del señor Antonio de Vergara, y después que os compré y en todo el dicho tiempo me habéis hecho muchos y muy buenos fieles y diligentes servicios, dignos de gran paga y remuneración, y agora para os galardonar y gratificar los dichos serviçios.
El aumento de tamaño de la «casa y servicio», con esclavos nacidos y/o criados en el hogar, podía generar lazos que condujesen a alhorrías gratuitas en las que sus protagonistas se mantenían luego fuertemente vinculados al servicio de la misma pese a ser libres (). Un caso paradigmático es el de la viuda doña Gila del Castillo, quien liberó en una carta a su esclava blanca Inés, de cincuenta años, en otra a Lucrecia e Isabel, blancas de treinta y veinte años, hijas de su difunta esclava Jerónima, y en una tercera a la mulata Francisca, de treinta y dos, junto a sus hijos Bernarda y Jerónimo, blancos, de quince y siete años respectivamente. Para Inés, Francisca y sus hijos se abría la posibilidad de residir con doña Gila, pero a su servicio y sin compromiso de pagarles nada, posiblemente con la idea de retenerlos en su casa.
Aunque es más raro que esto sucediese con los esclavos, al no parir y no estar generalmente al cargo de la crianza de niños, en alguna ocasión llegaron a suplir la autoridad de un adulto. Sucedió así con Juan Bautista, «de color mulato alto de cuerpo» y cuarenta y cuatro años, a quien ahorraba gratuitamente uno de los hijos de sus amos, justificándolo,
3. Las alhorrías condicionadas. Las esclavas presentes en el agregado doméstico a través de generaciones
La continua presencia en la casa, el embarazo de la esclava y el nacimiento de sus hijos en el seno familiar, su amamantamiento y crianza, compartida en ocasiones con la de los hijos de los amos, son también motivaciones que llevaban a muchos dueños y dueñas de esclavas a otorgarles una libertad condicionada. En Málaga, entre 1487 y 1538, las mujeres concedieron la mitad de las alhorrías y parece que ponían menos condiciones que los hombres al hacerlo, mientras que en Badajoz sucedía lo contrario, donde al ser mujeres la mayor parte de las que escrituraban la libertad de sus esclavos (57%) eran las que más condiciones ponían, sobre todo las viudas «que tras la muerte de sus maridos quedasen en unas condiciones materiales precarias» (; ).
Nuestros datos para Sevilla indican que hombres y mujeres pusieron condiciones casi por igual (19/20) y que, en efecto, las viudas y las mujeres cabezas de casa fueron importantes en el ahorramiento de mujeres adultas (8 casos): 5 lo fueron por doncellas honestas, 2 por mujeres cuyos maridos se hallaban ausentes y 1 sin indicación de estado. Hubo también 11 hombres que ahorraron con condiciones a sus esclavas, prefiriendo estos marcar el tiempo de servicio en años; sólo dos eligieron el servicio vitalicio, que era el preferido por las dueñas (17 de 19 de casos). Estas viudas y mujeres solas se suman a las que hemos visto dando alhorrías gratuitas. Es posible detectar aquí un intento por asegurar la mano de obra y la permanencia de la esclava por parte de mujeres, solas en muchos casos, cuyo protagonismo en la gestión de asuntos domésticos, como la contratación de nodrizas, fue importante y se revela como un elemento central en su actuación en la familia, al igual a como sucedía en la Barcelona del siglo XIV (). Puede ser que hubiesen ganado dinero alquilando sus servicios como nodrizas, pero la documentación no lo aclara (. ).
Fuente: AHPSe, documentación citada en la nota .
Como en las alhorrías gratuitas, las esclavas negras obtenían la libertad con más edad que ningunas otra —aunque antes que en las mencionadas alhorrías gratuitas—, lo que constituye de nuevo una señal de lo apreciada que era su presencia en la casa. Le siguen en esto las esclavas blancas y luego las mulatas. De estas últimas cabe pensar que la liberación con condiciones a una edad óptima —algo más de 22 años— debía obedecer, como en las gratuitas, a una cierta proximidad a la familia, sin dejar de vincularlas a la casa por medio de condiciones.
Las esclavas blancas son definidas en tres casos como moriscas del reino de Granada y en uno como «morisca», siendo las de raigambre islámica una declarada una minoría en este tipo de liberaciones, frente a lo ocurrido en la fórmula gratuita. Solo hay dos moriscos blancos en esta variante, por lo que no calculamos su edad.
La inmensa mayoría de las esclavas —29— obtuvo su libertad a cambio de un servicio: vitalicio en 17 casos y temporal en 11, de entre 1,8 y 20 años de duración y una media de 7,9 años. Para comparar ese dato de la duración, bastaría decir que en la Barcelona de comienzos del siglo XVI el margen oscilaba entre 3 y 8 años (). Esto originaba situaciones intermedias detectadas por ):
El liberto, mientras durase el tiempo concertado de servicio a los herederos del amo, no podía considerarse propiamente un esclavo, pero tampoco era un hombre libre. Constituía algo así como una curiosa figura jurídica de criado semilibre, aunque el dueño, a veces, encargara a sus herederos que le trataran ‘como a persona libre y no como a esclavo’.
Esta situación de statu libero documentada ampliamente en la península, encontraba en parte justificación cuando se quería vincular a la esclava o al esclavo al agregado doméstico para evitar que acabase en la prostitución o la marginación (). No obstante, bajo esta idea de buena voluntad se escondían los cálculos económicos y laborales de los amos, que se aseguraban por esta vía su fidelidad y permanencia en la casa, como ya indicó Franco Silva. Esto se comprueba en Barcelona, donde la libertad podía estar supeditada al mantenimiento de «els vincles de dependència establerts entre amo i captiu, normalment substituïts per relacions de clientel o de patronatge», e incluso dar lugar a mandas a su favor en los testamentos de sus antiguos amos (respectivamente, ; ). En villas pequeñas como Casarabonela se encuentra a los libertos como criados realizando tareas similares a las que hacían cuando eran esclavos, igual se constata en la Ibiza del Quinientos y en los libros parroquiales de Sevilla en el siglo XVI, donde se registraron bautizos de criados adultos que podrían ser esclavos o antiguos esclavos (; ; ). Y lo mismo sucedía entre los libertos en el mundo islámico ().
Existen excepciones, como la prohibición de entrar en Sevilla realizada a Catalina de Britos, esclava portuguesa de color lora, quien perdería su libertad si regresaba a la ciudad sin pagar la deuda que tenía contraída con su ama. Además de la contraprestación de un servicio vitalicio —mayoritario entre mujeres—, pueden aparecer en estas alhorrías condiciones que apuntan a otro tipo de relaciones de dependencia entre la liberta y sus antiguos amos. En algunos casos el servicio se impone no sólo para continuar aprovechándose de su trabajo sino para protegerla, por ser muy joven. Es paradigmático en este sentido el testimonio de la doncella honesta doña Clara Agustina Niño, que liberaba a Elvira, «mulata blanca» de veintiséis años, a cambio de un servicio vitalicio con la única condición de que,
sirviésedes a doña Isabel Niño, mi sobrina, hasta que tuviésedes edad de veinte años; que, en el ínterim que os casábades, no saliésedes con la dicha mi sobrina. Lo cual hacía, e hice, con propósito de que entonces […] érades muchacha de trece años. Y porque no quedásedes descarriada con la poca edad, fue mi voluntad que estuviésedes sujeta a servir a la dicha mi sobrina hasta que tuviésedes los dichos 20 años, que tendríades más entero albedrío para gobernaros. Y ahora porque ya tenéis la edad cumplida hasta que era mi voluntad fuésedes sujeta, que era hasta tener los dichos 20 años […] y sois muy cuerda y recogida y habéis servido el tiempo y más que yo querría que sirviésedes, y más que habéis de servir durante los días de mi vida.
En otras dos alhorrías condicionadas se señala la obligatoriedad de contraer matrimonio en uno y en cinco meses respectivamente, no sabemos si para preservar la honra de las esclavas e integrarlas en la sociedad como mujeres libres. Así, la esclava negra Francisca de la Cruz tenía que casarse antes de cinco meses, argumentando las hermanas que la liberaban que había nacido en casa de sus padres. De Juana Bautista, esclava mulata de veintitrés años, decía la viuda doña Elena Mansilla que,
nació y se crió en casa y poder del dicho mi marido y de Pedro de Ribera, su tío, de quien él la hubo, y también en mi casa y compañía desde que a mi poder vino y el dicho mi marido la trajo; y ha sido siempre muy leal y obediente al dicho mi marido y a los caballeros de su estirpe y apellido, y a mí en todo el tiempo que ha que estado en mi servicio, mostrando su fiel intento con buenos y leales servicios y fidelidad. Y demás desto ha criado con mucho cuidado y diligencia y amor con todo regalo y obediencia a Juan, mi hijo.
La única condición que se le imponía era que, si la viuda cambiaba de estado, Juana Bautista tendría que retornar a la esclavitud. Quizás no saliese de la órbita de su antigua dueña, dado que había pasado toda la vida con sus familiares.
En estos ejemplos todo induce a pensar que las esclavas y esclavos nacidos en las casas tenían un trato diferente —aunque no por ello forzosamente mejor—, al ser consideradas/os miembros de la familia y no ser susceptibles de ser enajenadas/os. En muchas ocasiones, estas esclavas habían sido heredadas de los padres del amo, o vendidas entre parientes, y formaban parte de la familia desde hacía mucho tiempo e, incluso, siendo ya libres, seguían asociadas al núcleo doméstico. Un caso excepcional por su duración es el de Beatriz Téllez, libre, de color negro, de veinte años, quien solicitaba a dos hermanas, «doncellas honestas», que reconociesen su condición como tal ante el escribano. Señalaban estas que Beatriz era hija de
Juana Martín, de color negra, y nieta de Catalina Pérez, la cual Catalina Pérez fue esclava de […] nuestros abuelos. Y después la dicha Juana Martín, vuestra madre, se casó y ahorró, y estuvo en nuestra casa donde vos nacistes y os criastes como os habemos criado hasta ahora, que nos habéis pedido y pedís declaremos cómo por siempre habéis sido y sois libre e hija de madre libre para en guarda de vuestro derecho. Y nosotras así lo queremos hacer, y por esta presente carta decimos y declaramos que sois libre y no cautiva, no embargante que se puede decir o presumir que por ser la dicha Catalina Pérez, vuestra abuela, esclava de los dichos mis abuelos, vos hayáis sido en algún tiempo esclava cautiva, porque no lo habéis sido, ni sois:
En términos parecidos discurrió la vida de Ana, mulata «de color membrillo cocho», a quien el doctor fray Jerónimo de Merlo, caballero del hábito de Calatrava y prior de San Benito, liberaba a cambio de ocho años de servicio reconociendo sus
muchos y buenos servicios que me habéis hecho, y por los que hicisteis a Ana de Merlo, mi hermana, mujer de Andrés González Canuto, vecinos de la villa de Valdepeñas en el reino de Toledo; de la cual dicha mi hermana y del dicho su marido […] yo [os] hube y compré. Y atento los servicios que Ana, vuestra madre, hizo a Juana López, mi madre difunta que Dios haya, y por la voluntad que os tengo por haber nacido en nuestra casa.
Por tanto, sobre las esclavas y esclavos nacidos en el hogar podían proyectarse genuinos sentimientos de cariño, aunque se les continuase considerando y tratando como subalternos, y en algunos casos puede decirse que formaban también parte de la familia y por ello de las claves del honor y prestigio de sus integrantes, al haber compartido con ellos de manera íntima su existencia. Esto no era óbice para seguir empleando sus servicios de manera temporal o vitalicia y mantenerlos en un estado de dependencia y sumisión.
La reproducción de las esclavas en el hogar del amo o fuera de él era muy complicada, por motivos de variada naturaleza, y los bautismos de esclavos eran insuficientes para garantizar la reposición de esta población (Corona Pérez, ; ). Por este motivo, las esclavas que tenían hijos que prosperaban, y que en muchos casos continuaban ligadas a la familia, ya fuese como esclavas o como libres dependientes, aparecen de manera destacada en estas alhorrías, en las que se entrevé una continuidad en el agregado doméstico que predispone a sus amos a liberarlas. De manera maximalista, si las familias se conservan enteras son también susceptibles de entrar en la órbita de la casa del amo al completo, como se ha visto en el caso de doña Ana de Deza o en la alhorría otorgada por doña Gila, quien liberaba a sus esclavas e hijos imponiéndoles como condición residir junto a ella.
Uno de los motivos que se aducen para liberar a estas esclavas es haber nacido en la casa familiar, y en ocasiones se menciona a sus antepasados, como hemos visto. Así, Fernando de Santillán liberaba a la esclava negra Juliana, nacida en la Ciudad de los Reyes y que le había acompañado a Sevilla «haciéndome como me habéis hecho muchos y muy agradables servicios, así teniendo cuidado de criarme mis hijos como en otras cosas y ocasiones». Santillán cumplía la voluntad de su primera mujer, quien en Lima había entregado como parte de sus bienes dotales a Isabel Caçanga, madre de Juliana, y que al morir había hecho prometer a su marido que liberaría a ambas esclavas, aunque este liberó a la madre en Perú y retuvo a su servicio a Juliana hasta 1597, que tendría que servir a la familia como libre tres años más.
El deseo que Juliana manifiesta de regresar a Perú forma parte del movimiento de libertos que hubo entre la Península Ibérica y América (; Lobo Cabrera, , ). La movilidad de esclavos y libertos fue más amplia de lo que tradicionalmente se ha considerado, si bien sus protagonistas sufrieron frecuentes problemas por estar marcados o ser de piel oscura, y de forma idéntica a como pasaba en la península. Este fue el caso de María, ahorrada junto a su hija a cambio de un servicio vitalicio, quien fue detenida cuando caminaba «por el campo y en él os prendió un alguacil […] diciendo que íbades sin licencia de vuestro amo», por lo que su antigua dueña recalcaba que «íbades con mi licencia y que entonces érades horra y libre». Para asegurar su posición, la antigua propietaria ahorraba de nuevo a María, declarando además que el servicio al que se había comprometido ya no era obligatorio. Esta doble concesión se documenta también en el caso de doña Francisca Niño de Deza, viuda del poderoso mercader Alonso Nebreda (). En 1594 liberaba a dos hermanas, Isabel de Torres y Cecilia de Jesús, hijas de su esclava ya difunta Juana de Torres, a cambio de un servicio vitalicio, y en 1597 otorgaba la misma carta a Cecilia, entendemos que al fallecer o al marcharse su hermana. En líneas generales, en estas cartas se incluye en la liberación a los hijos futuros de la esclava, aunque esta quedase sometida a servicio.
Solo se han localizado cuatro alhorrías condicionadas en las que aparecen madres e hijos. La primera corresponde a María, de color negra, madre de un niño y una niña; la segunda, a una familia completa; y la tercera, a la morisca María y su hija. Las tres son otorgadas por mujeres: por la doncella honesta Juana de los Pinos, la viuda doña Ana de Deza y doña Ana del Castillo, cuyo marido estaba ausente. Madres e hijos servirían de por vida a estas mujeres de la élite. La cuarta alhorría pertenece al amo que liberaba a la negra Isabel Ruiz, de treinta y dos años, y a sus tres hijos, Lorenzo, Alonso y Juan, respectivamente de 12, 9 y 7 años. Ella quedaba obligada a servirle de por vida y ellos a él y a sus yernos por un período de veinte años.
El panorama para los hombres que llegaban a una alhorría condicionada era similar, aunque el hecho era algo infrecuente (solo 13 individuos de un total de 411), y lo hacían a una edad media ligeramente superior a la de las mujeres. Diez de ellos lo consiguieron a cambio de un servicio: seis de por vida de sus amos y cuatro por un tiempo limitado (respectivamente de 20, 10, 4 y 2 años, dejando así la esclavitud atrás con 40, 15, 34 y 38 años). Éstos últimos quedaban bajo el amparo económico de sus amos, ganando un sueldo y dándose incluso acuerdos laborales previos a la libertad, como sucedió con maese Francisco, cocinero del duque de Alcalá, que continuaba cobrando 750 maravedís mensuales y su «ración diaria», o el de Francisco Martín, esclavo negro que tenía que trabajar dos años más en las heredades de su dueño recibiendo 34 maravedís «cada día de domingo de fiestas y trabajo y tres libras de pan y un vestido cada año», lógica también documentada en Cataluña en la Baja Edad Media, (). En los otros tres casos se impusieron condiciones de alejamiento de la casa, como la obligación de embarcar en la siguiente flota a Indias, la prohibición de entrar en Antequera o no trabajar como cazador para terceros durante la vida del antiguo amo.
Todo indica que la mujer esclavizada —y su trabajo— podían alcanzar la libertad condicionada de manera mucho más amplia que los hombres, y en ello era clave el desempeño de su rol en el trabajo doméstico y en la crianza de los menores, tanto de sus hijos como los de los amos, además del abanico de ocupaciones enfrentadas fuera de la casa ().
4. Las alhorrías pagadas
Los beneficiados por alhorrías de este tipo son los más numerosos en la muestra manejada, y podrían añadirse otros porque algunas de las liberaciones testamentarias no eran respetadas por los herederos. Los esclavos que las protagonizaron son el 43,7% de todos los individuos considerados, menos que en Granada (67%) y muchos más que en Badajoz (18%) (; ). De los 180 que se liberaron previo pago, el 43,8% lo fue por mujeres solas, a las que cabría añadir una otorgada por dos hermanas, y el 42,2% por hombres. Es decir, se reparten por igual entre ambos sexos y no eran solo una opción ensayada por mujeres en una situación económica difícil. Son también alhorrías en las que aparecen más matrimonios, un total de nueve, además de una familia y un hombre y una mujer cuya relación no se especifica.
Los 180 liberados abonaron un total de 3.465.825 maravedís, o sea, una cantidad media de 19.254 maravedís, muy inferior al máximo de Extremadura —en Llerena, 34.238 maravedís— y algo superior al más bajo —en Trujillo, 15.279,6 maravedís— (). De ese total, el 63,4% —2.203.912,5 maravedís— corresponde a 97 esclavas adultas, a una media de 22.720,7 maravedís, cifra inferior al precio medio de venta de las esclavas en Sevilla en 1594: 26.389,4 maravedís, calculado a partir de los datos aportados por . El hecho de que el precio medio de la alhorría fuese más bajo que el de venta es llamativo, dado que en muchos casos el dueño de la esclava podía subirlo por encima del valor de mercado, como se ha constatado en Granada, Extremadura y Córdoba, especialmente si eran moriscas (; ; ). Y así fue en Sevilla entre 1470 y 1525 (). Esto puede deberse a que Corona Pérez calculó el precio con base a la esclava negra, sana y en plena edad productiva, mientras que aquí incluimos esclavas de diferentes edades, colores y procedencias.
En la muestra manejada no parece que la liberación fuese más cara que el precio de mercado. Esto indica que los términos del servicio prestado por las esclavas podían negociarse y que existían márgenes para ello, como se ha comprobado en Charcas, Cuba, y el mundo colonial anglosajón, con evoluciones y precedentes diferentes, o en Minas Gerais, en Brasil (; ; ). Así en algunas compraventas se vende a la esclava haciéndose expresa mención de la existencia de un pacto previo entre ésta y el vendedor para llegar a liberarse bajo condiciones ya acordadas, fundamentalmente el compromiso del comprador de aceptar que la esclava pagase la misma cantidad entregada por su adquisición —casos detectados para Sevilla ()—; una aceptación que el comprador tenía que respetar como una cláusula más del contrato de venta. De las 411 personas de esta muestra, en 21 se explicita esta condición en la venta, lo que dio lugar a 20 alhorrías pagadas y a una condicionada, con un servicio de 8 años. Es importante recordar que la posesión de esclavos constituía en sí misma un seguro de «liquidez» y que las ventas, y las alhorrías, tributaban la alcabala, señal clara de que las liberaciones previo pago constituían un negocio como el de las compraventas (; ). A veces puede calcularse el tiempo que media entre la venta y la liberación otorgada por el nuevo amo —siempre menos de cuatro años, excepto en un caso—, por lo que cabe pensar que el esclavo habría pagado ya alguna cantidad al dueño para que incluyese esta cláusula y que contaría con ahorros y apoyos suficientes para planear su liberación mediante una alhorría pagada en un plazo corto-medio. Hubo también amos dispuestos a emplear su fuerza de trabajo por tiempo limitado, sabiendo que recuperarían la inversión rápidamente, siendo este un aliciente para la venta al no exponerse el comprador a que el esclavo perdiese valor por edad, accidentes o cualquier eventualidad.
De las esclavas adultas, 62 eran berberiscas y moriscas del Reino de Granada, todas ellas blancas o sin mención a su color, excepto el caso de Haxa, de color lora, natural de Safi. Pagaron 1.525.800 maravedís —el 69,2% de las alhorrías pagadas por mujeres y el 44% del total—, o sea, un precio medio ligeramente superior al de todas las esclavas: 26.609,6 maravedís. La edad promedio de este grupo —consta en 56 casos— es de 38,4 años. La esclava de origen islámico es por tanto la protagonista de los ahorramientos pagados, siendo la morisca la que más desembolsaba por liberarse: 26.934,6 maravedís frente a la berberisca, 20.667,3 maravedís, aunque lo hacen a edades medias parecidas, 38,4 años las moriscas y 38,5 las norteafricanas. Esto muestra que las moriscas podían podía pagar más y más rápido que las berberiscas, cuyas redes de solidaridad debían ser más tenues, asunto sobre el que luego volveremos.
El precio medio en el mercado de la esclava «blanca, berberisca y mora» en 1594 era de 23.389 maravedís (), por lo que entre las moriscas (que no berberiscas) parece que la recuperación de la inversión por medio de la alhorría pagada era un hecho claro, dado que su precio de venta llegaba con dificultades a 25.000 maravedís, máxime si considera la elevada edad a la que se ahorraban.
De las esclavas de raigambre cultural musulmana, treinta y una fueron ahorradas por catorce «doñas», de las cuales siete eran viudas, seis viudas sin ese trato y una donada novicia en el convento de San Clemente; la documentación no aporta más información sobre el resto. En estos casos funcionaba una verdadera economía del rescate, en la que la especulación jugaba un papel clave en la amortización de la adquisición. No sabemos por qué el precio que pedían las dueñas —29.100 maravedís por esclava, de 38,7 años de edad media—, era superior al que pedían los dueños —24.000 maravedís y 39,3 años. Fuera por lo que fuese, son edades avanzadas, en consonancia con el tiempo que estas mujeres necesitaban para reunir el peculio necesario para llegar a ahorrarse, igual a como sucede en Puerto Real en el siglo XVII (Izco Reina, 2002, p. 55-56). Por lo demás, este es el caso más claro de la utilización del esclavo como inversión, de forma que según Roser Salicrú su posesión «podía resultar altamente rentable y además amortizable a corto o medio plazo, tanto a través de su asalariamiento y alquiler a jornal a terceros como a través del pingüe negocio que podía representar su redención por medio del sistema de la talla» (). Un ejemplo tanto de lo singular del vínculo entre amos y esclavas —al jugar su papel como madres, y posiblemente como nodrizas para terceros, y la recuperación rápida de la inversión realizada—, lo tenemos en Lucrecia, berberisca de veintiséis años. Obtuvo su carta de alhorría tras pagar 22.500 maravedís y asumir la condición de que terminase «de criar a Juanica vuestra hija, [por] dos años […] que es el tiempo que entre vos e nos está concertado, a la cual dicha Juanica vuestra hija habéis de criar según y como hasta ahora la habéis criado dentro en nuestra casa de noche y de día».
En estas alhorrías pagadas las esclavas mulatas, membrillo cocho y loras eran muy pocas (17) en comparación con moriscas y berberiscas, siendo el resto negras (11) o sin indicación (2). Ambos grupos suman el 30,9% de las liberadas en esta variante, mientras que, en las gratuitas, las negras y mulatas suponían el 65,2%. La edad a la que se ahorraban pagando las mulatas y las blancas sin indicación de origen era mucho más baja que la de las moriscas y berberiscas, obligadas a esperar casi a la cuarentena, en tanto que las esclavas negras lo hacían todavía más tarde, señal del aprecio de su trabajo y reflejo de su mayor valor en el mercado. Esta edad avanzada coincide con la aportada por otros estudios —aunque no la desagregan por tipos— sobre Sevilla: es decir, hasta pasar el pico de la edad productiva de la esclava y el tiempo suficiente para ahorrar el peculio necesario para liberarse (). Lo opuesto al del método gratuito, y sucede aquí como en Córdoba y Lucena, donde a más del 90% de las de moriscas se le concedió la alhorría a cambio de dinero ().
De los 29 niños liberados en alhorrías pagadas, 21 lo fueron solos, sin sus madres —la mayor proporción de niños solos en los tres tipos de carta— y todos ellos eran hijos de esclavas de la casa. Sus madres pudieron pagar la liberación en seis ocasiones; en nueve fueron a cargo de los padres; y en cuatro de otras personas, en un caso la abuela y en otro dos moriscos (posiblemente parientes) compraron la libertad del hijo de una esclava morisca, por una cantidad media de 5.350 maravedís por pequeño. Del resto, se dieron seis alhorrías de madres con sus hijos —una incluía al padre—, con ocho niños en total, a una media de 43.375 maravedís por lote y 17.350 por individuo, aunque el precio de los hijos iba incorporado al de sus progenitores. Así, la libertad de un niño solo valía poco, mientras que al ser vendido con su madre se elevaba el precio de esta, pues de ambos, ella tenía un mayor valor de mercado y podía ser empleada, con o sin su hijo, para trabajar como nodriza (; ).
En algunos casos, el padre sólo podía liberar al hijo que había tenido con la esclava porque el dueño no estaba dispuesto desprenderse de la madre. Esto le aconteció a Domingo de Obregón, quien liberó a su hijo Luis, de dos semanas, habido con la esclava morisca Isabel. Para conseguirlo pagó 7.500 maravedís, comprometiéndose con el amo a «criar[lo] y sustentar[lo] a su costa sin pedirme ni demandarme a mí [el amo] ni a la dicha mi esclava ninguna cosa». Así, algunas alhorrías nos indican que en ocasiones el recién nacido llegaba a ser una carga para el amo, que podía decidir entre deshacerse de él de manera gratuita, como vimos, u obtener un beneficio económico con su venta, como hizo el herrador Antón de Castillo, quien en 1597 liberó a Juana, hija de su esclava Catalina «por servicio de Dios nuestro señor, y porque yo había de criar a mi costa a la dicha esclava, y por quitarme de la dicha costa y por buenos servicios que de la dicha su madre he recibido». La manutención de la pequeña quedaba en manos de la esclava o de sus parientes y amigos, si los tuviese.
Fuente: AHPSe, documentación citada en la nota .
Los 54 esclavos varones adultos se rescataron por 1.127.062 maravedís —20.871,5 maravedís de media—, siendo, como en las alhorrías gratuitas, más jóvenes que las mujeres —28,7 años—, hecho que coincide con los estudios de Alexis Bernard y Jorge Vasseur, que muestran como en Sevilla entre 1611-1620 y en la segunda mitad del siglo XVII, respectivamente, el 74,5% y el 80,2% se liberaban antes de los cuarenta años, frente a lo que sucedía con el 52,5% y 56,3% de las esclavas (). Como en el mercado de compraventas, en el que la mujer era más valorada que el hombre, no parece que ellos lo fueran tanto como ellas, ni tampoco que conservarlos en casa fuese una buena opción económica si podía obtenerse dinero con su rescate (; ). Estos esclavos son ahorrados por 36 hombres y sólo 17 mujeres, siendo doce de ellos berberiscos y moriscos. Además, aparece una pareja, sin constar si sus integrantes estaban casados o no. Con los hombres se produce un fenómeno completamente diferente al de las mujeres: quienes más fácil lo tuvieron fueron los siete esclavos negros (16.387,5 maravedís), con más esfuerzo lo lograron los diecinueve norteafricanos (18.503,2 maravedís), y con mucho mayor los dieciocho moriscos (22.575 maravedís y 30 años de edad media), a semejanza de como sucedía en el caso femenino. Y peor lo pasaron los ocho mulatos y loros, al lograr la libertad a más edad (33,1 años) y pagándola más cara (29.175 maravedís).
Pagador | Individuos | % | Pagador | Individuos | % |
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Esclava | 43 | 51,1 | Esclavo | 40 | 80 |
Familiar | 23 | 27,3 | Familiar | 5 | 10 |
Otros | 18 | 21,4 | Otros | 5 | 10 |
Total | 84 | 100 | - | 50 | 100 |
Fuente: AHPSe, documentación citada en la nota .
Como se aprecia en la tabla 5, en la mayoría de las ocasiones las esclavas y los esclavos fueron responsables de su propia liberación, y mucho más si hablamos de los varones. Cuando la ayuda provenía de familiares, o de terceras personas, las esclavas recibían más apoyo que ellos y por tanto no tenían que depender sólo de sí mismas. En la inmensa mayoría esto corresponde a esclavas moriscas y berberiscas, cuyas redes de solidaridad eran mucho más sólidas que las de las negroafricanas y mulatas, tal y como la historiografía ha constatado.
En el cristianismo la liberación de cautivos era considerada como una obra de misericordia y, como tal, un deber del creyente. Como afirmación explícita aparece entre los motivos citados en algunas cartas, como cuando el mercader italiano Niculoso de Forne liberó a su esclavo berberisco Francisco, «para reverencia y acatamiento de la pasión de nuestro señor Jesucristo, y porque sois cristiano, y porque ahorrar al cristiano cautivo es una de las siete obras de misericordia». Obviamente, esto no sucedía si el esclavo era musulmán, pues entre las causas para conceder la libertad siempre se indica que ese esclavo era cristiano y se le liberaba por servicio «de dios nuestro señor». Esto es muy importante porque muestra cómo, y aunque hubiese una motivación puramente económica, se consideraba como un acto positivo para la salvación y la mejora de la vida cristiana; así se ha documentado en otras zonas de la península, como Extremadura ().
De manera parecida sucedía en la cultura islámica, en la cual existían alhorrías gratuitas ('itq batl), condicionadas a un plazo determinado (mu 'ayyal) y a cambio de un pago (kitāba), además de las testamentarias, siendo considerado asimismo como un «acto altamente meritorio» (). En Barcelona, a finales del siglo XV, aparecen en la documentación fórmulas parecidas cuando los mercaderes musulmanes compraban a sus correligionarios esclavizados para liberarlos: «per deum et profetam Machometum et pro secta machometi in Alcora positam» (). Estas redes de solidaridad eran muy antiguas y conectaban toda la península y el norte de África a través del Mediterráneo ().
Como se ha señalado, en Sevilla la gran presencia de moriscos esclavizados, además de berberiscos, activó estos resortes de solidaridad, hecho con el que contaban sus amos cristianos. Entre los adultos que compraban su libertad se cuentan niños y niñas que en su momento fueron esclavizados contraviniendo la Real Pragmática de 1572 —que ordenaba respetar a las niñas menores de 9’5 años y a los niños menores de 10’5—, y también niñas y mujeres raptadas para servir como esclavas. En ambas circunstancias aparecían en su ayuda los familiares o bien las propias raptadas pleiteaban por su liberación (). Podía recurrirse a la justicia para reclamar la libertad en caso de haber sido injustamente esclavizado, y ello sucedió no sólo entre los moriscos, sino también entre los indios americanos, los de la «India de Portugal» e incluso entre los negro-africanos y mulatos que habían sido liberados previamente y tenían que enfrentarse a sus antiguos amos o a los familiares de éstos que pretendían negar su condición de libres (; ; ; ). Esto, afectó a los indios de varias latitudes en América, generándose una amplia discusión sobre los límites y justificación de la esclavitud en las esferas teológica, jurídica y política (; ).
En los pleitos para obtener la libertad sostenidos por los moriscos se aludía en muchos casos al hecho de haber sido esclavizados en contra de lo dispuesto en la citada pragmática. Una vía de contestación que llevó a las instancias judiciales a muchos de ellos, quienes, en ocasiones, se apoyaban en lo que quedaba de sus familias o en sus correligionarios. En otros casos, y para evitar gastos judiciales, ambas partes pactaban las condiciones de la liberación en una carta de alhorría. Así sucedió con la morisca Isabel y su dueña, doña Antonia de la Cerda. Después de haber iniciado un pleito en el que Isabel sostenía haber sido cautivada muy niña, ambas se avenían a que la mencionada Isabel serviría por cuatro años más sin poder ausentarse de su casa, «desde hoy en todas las cosas que os dijere e mandare así, ni más ni menos que lo hacíades y debíades hacer y érades obligada a hacerlo antes de ahora siendo mi esclava cautiva», quedando obligada doña Antonia a pagarle la comida y la ropa, pero no un salario. Lo mismo sucedió a Catalina Pacheco, quien pleiteó nada menos que con la duquesa de Alcalá, doña Juana Cortés. Catalina afirmaba que fue esclavizada siendo menor de los diez años y que su madre era cristiana vieja, pero se avino a pagar 75.000 maravedís para ahorrarse, un precio este muy elevado, incluso para una esclava joven.
Estos ejemplos nos hablan de la existencia de una red de solidaridad entre moriscos para liberarse y, también, de que los mecanismos legales empleados para dejar atrás la condición esclava contraída contra las leyes vigentes podían funcionar y ser explotados tanto por los moriscos como por los abogados y procuradores cristianos viejos, cuestión esta ampliamente demostrada por la investigación (; ).
5. Conclusiones
Las consideraciones hechas hasta aquí sobre las mujeres esclavas se sustentan sobre el estudio de una minoría: aquellas que alcanzaron la libertad gracias a una carta de alhorría. Su vida, su trabajo y su maternidad quedaron en muchos casos ligados para siempre a la condición esclava.
En las alhorrías se puede seguir la presencia esclava en una misma casa, a través incluso de generaciones, y ver cómo las mujeres esclavizadas que alcanzaban el rol de madres, tanto de sus hijas e hijos como de los del amo, llegaban a adquirir en ocasiones una consideración muy positiva, al tiempo que construían vínculos laborales y afectivos de largo aliento. La maternidad, la lactancia y los niños esclavos presentes en el hogar podían constituir una carga o, por el contrario, ser bienvenidos como una ampliación de los miembros de la familia extensa del amo. Esa presencia continuada en la casa generaba lazos de afecto genuinos en algunos casos y siempre desde una posición de sometimiento, por lo que estas personas no dejaron nunca de tener un papel condicionado e inferior al de sus dueños. El empleo de las esclavas como nodrizas y amas de cría fue frecuente, al margen de las recomendaciones de la tratadística médica de la época, que apuntaba que la leche podía transmitir «el temperamento, carácter y moralidad de la nodriza» y que debía reunir cualidades físicas y morales óptimas, pues a través de este fluido podía contaminarse el linaje, como sucedería, por ejemplo, si se usaban nodrizas judías o conversas (). Como se ha demostrado en la corona de Aragón para la Baja Edad Media, si bien las nodrizas esclavas no fueron mayoría, se empleaban en el amamantamiento y crianza de los niños, siendo en muchas ocasiones de origen islámico debido al cambio que experimentó la demanda de las mencionadas nodrizas y al incremento que conoció el salario de las de condición libre a finales del siglo XIV (. ; ). La gente de mayores recursos contaba con amas de cría para reducir los intervalos intergenésicos de las madres y así tener más hijos (). El empleo de las esclavas como madres alternativas, cuidadoras y criadoras fue importantísimo en las colonias americanas hasta el siglo XIX, como se ha visto para Cuba y Brasil (; ).
Considerar las alhorrías como un medio de suavizar la condición esclava —más benigna en la urbe que en el campo— o, por el contrario, como una hipocresía plasmada en fórmulas notariales donde se mezclan motivos altruistas y la imposición de duras condiciones o pagos en metálico para alcanzar la libertad, nos aleja de la comprensión de esta realidad. Pues la condición inferior de la esclava, de la sierva y de la criada nunca se discute, y estos documentos, aunque recogen manifestaciones de sentimientos y vínculos que van más allá del puro interés material —caso del afecto genuino, paternidades fruto del abuso o del consentimiento, maternidad, etc.—, responden a dos lógicas económicas diferentes.
La concesión de la libertad respondía, en primer lugar, a lo que podemos calificar como «economía de la gracia», la cual, a través de la alhorría gratuita o condicionada, perpetuaba las situaciones de dependencia, al atraer con más fuerza aún a las esclavas al entramado social y económico del ama o amo, del que ya participaban y con el que acababan identificadas, y, si conseguían salir de él, continuaban dependiendo de su antiguo dueño para certificar su libertad e identificarlas con su casa y linaje. Ya lo indicaba , al hablar de Ibiza en relación a otros trabajos sobre Génova y Barcelona, la libertad condicionada y el surgimiento de «criados» que habían sido esclavos liberados bajo condiciones era asimismo un modo de «evitar fugides. Igualmente, s’ha explicat que els llibertins quedaven subjectes al seu antic senyor (el ius patronatus)». Por el contrario, en la «economía del rescate» de las alhorrías pagadas, se terminaba con la condición de esclavitud, pero también se rompían, o al menos se atenuaban, los lazos de dependencia y sumisión posteriores a la liberación gracias a la transacción económica y a la introducción del lucro. No puede olvidarse que en los manuales de práctica de escribanos, al formular la carta de alhorría, se recordaba que, y siguiendo las Partidas , el liberto seguía vinculado a su antiguo amo, debiendo él y sus hijos honrarlo y reverenciarlo,
y humillarse do quiera que los vieren, levantándose a ellos, si estuvieren sentados, y recibiéndoles bien […] y no les pueden convenir en juicio, si no fuere con licencia del juez, ni menos acusar ni infamar […] han de trabajar de ponerles en el mejor cobro que pudieren y si su señor viniere a pobreza, le ha de socorrer dándole de comer según su posibilidad […] ().
Y esto mismo se aplicaba al esclavo que había sido vendido, quien quedaba obligado a reconocer a su antiguo dueño «donde quiera que lo viere, le reverencie como a su señor y no ha de dezir algún mal notable de el» (). Por ello, para alcanzar la libertad plena, en las alhorrías debía explicitarse que «se remite, y quita al ahorrado el derecho de patronazgo que su señor tiene contra el» (), y así aparece reflejado en las escrituras: «desde luego me dejo y desisto y parto y abro mano de vos, el dicho mi esclavo, y de todo cuanto poder y derecho y señorío que a vos tengo, y me pertenece y puede pertenecer». Si no se indicaba así y el esclavo no reconocía ese patronazgo podía volver a ser esclavizado de nuevo, «excepto si el precio que se hubiese dado por la libertad lo hubiese dado algún tercero por el esclavo» (), lo que nos conduce de nuevo a la «economía del rescate». En ella, especialmente en el caso de moriscas y berberiscas, pero no sólo, el dinero aportado por la esclava o esclavo provenía de su trabajo y ahorro o de préstamos y adelantos de parientes, amigos y correligionarios y, por tanto, la dilución del vínculo amo/esclavo era más potente, ya que el esclavo disponía de un entramado social propio, ajeno al del amo, que actuaba fuera de su dominio.
En la libertad de las esclavas jugaron un importante papel las mujeres solas o cabezas de casa, no sólo de condición viuda sino también doncellas honestas, beatas…, gran parte de ellas con el título de «doña». Las amas que liberaban esclavas eran muchas más que los amos, y parece que lo hacían de un modo un tanto diferente. Ellos optaban ampliamente por el servicio vitalicio en las alhorrías condicionadas, liberaban a familias y a madres con hijos, prefiriendo quedase en su compañía las negras y mulatas en las libertades condicionadas y gratuitas, que eran a su vez mayoría en las pagadas, deshaciéndose de las moriscas y berberiscas por un buen precio. Esto se constata todavía en Sevilla entre 1611 y 1650, en cuyo mercado de compraventa de esclavos berberiscos, las mujeres —viudas y solteras muy activas— eran un tercio de los compradores y vendedores de esos esclavos (). Cuando la presencia esclava era más pequeña, en el último cuarto del siglo XVII, las viudas y solteras —doncellas, beatas— seguían siendo casi la mayoría de las mujeres que otorgaban estas cartas ().
Hemos comprobado que la liberación de esclavas respondía a criterios que iban desde la necesidad de obtener liquidez, por haber caído la casa del amo o ama en una situación de precariedad, al premio al servicio, la fidelidad y la vinculación a la casa desde su nacimiento, asociada también a la continuidad de su presencia de manera temporal o vitalicia; esto podía darse incluso en las alhorrías gratuitas, aunque no se explicitara, ampliándose así, y complicándose, los lazos de dependencia existentes entre dominadoras y dominadas. No obstante, hemos de considerar asimismo que en la «economía de la gracia» jugaba un papel clave la idea de la salvación, la liberación de un cristiano como una obra de misericordia, al ser de libre condición, y que por ello en algunas alhorrías se dice explícitamente que se concedían por ser o por haberse convertido el esclavo al cristianismo, siendo la gratuidad en este caso una muestra evidente de la importancia de esa motivación religiosa (). No en vano se señalaba en un tratado sobre el matrimonio de 1566, que los esclavos cristianos debían ser guiados por sus amos para que cumpliesen con los preceptos de la religión y el culto cristiano ().
Por último, subrayamos una vez más el valor otorgado a las esclavas y a sus descendientes como miembros de la familia, que sumaban en lo relativo a su creación, crecimiento y continuidad, si bien desde una posición de inferioridad y subalternidad. Su presencia en el hogar y su trabajo dentro y fuera de él, las colocaba en ocasiones en las esferas de lo íntimo y lo particular, y ello se reconocía en las alhorrías gratuitas y condicionadas. De esta guisa, al referirse a los criados y esclavos, Mexía diferencia en su obra entre los criados que sirven fuera y aquellos que lo hacen en la casa, pues:
Y aunque los unos, y los otros se entiendan generalmente en nombre de criados, se llaman propiamente familiares sino aquellos que sirven en casa, y están a su cargo del señor. Puesto caso que extendiendo algún tanto el nombre de familia todos los que llevan acostamiento de un señor, se pueden en alguna manera decir y ser tenidos por familiares suyos ().
Agradecimientos
Este trabajo ha sido realizado en el marco del Proyecto de I+D El tráfico de esclavos y la economía atlántica del siglo XVI (PID2019-107156RB-I00), financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación, y del Proyecto Europeo de Investigación Connected Worlds: The Caribbean, Origin of Modern World (ConnecCaribbean-823846), financiado por el Programa Horizonte 2020 de la Unión Europea. Agradezco muy especialmente a Javier Carmona Martín su inestimable ayuda en la elaboración de la muestra documental.
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Notas
[1] Documentación consultada: Archivo Histórico Provincial de Sevilla (AHPSe), PNS (PNS), legajos: 8, f. 105v; 1521, s.f., 30-IV-1519; 3247, f. 359r; 25, f. 131v, 683v, 1060r; 3259, f. 271r; 3260, f. 459r; 3262, f. 370r, f. 496v; 5847, s.f., 27-IV-1525; 13455, varias escrituras: s.f, 14 y 15-III-1526, 19-V-1526 y f. 449v; 31, f. 50r, f. 325r; 9787, f. 668r, s.f.; 20-IV-1553, f. 1118; 1536, cuadernillo 48, 16-VIII-1545; 9142, f. 196r; 2272, cuadernillo 16, 12-IV-1535; 2273, s.f., 29-VIII-1535; 9142, f. 223v; 3310, foliación rota, 27-IV-1535; 3311, foliación rota, 9-VIII-1535; 10557, s.f., 25-VI-1534; 3309, f. 905r; 3312, s.f., 14-IX-1535; 9143, f. 540r; 51, f. 415r; 6688; 5862, s.f., 27-XI-1540, carpeta s./n. octubre-diciembre 1540; 11523, f. 86; 60, f. 423r, f. 118r, f. 606v, f. 909v, f. 1120v; 3343, f. 435v; 9156, f. 503r, f. 544v; 9157, f. 91v, f. 176v; 3357; 12316, f. 2035r; 3358, f. 508r; 3360, f. rota, 26-X-1545; 12318, f. 1750v; 12319, f. 2784v; 9161, f. 617v, f. 1386r, f. 1421r, f. 1421v; 3366, f. rota, noviembre 1547; 12332, f. 2791r, f. 2887r, f. 3510r, f. 3587r; 3373, f. 313r, f. 711r; 5886, f. 1724, f. 838r; 17511, f. 89r, f. 551v, f. 587r, f. 1104; 17512, f. rota, f. perdido, 7 y 18-IV-1551; f. 1992r; 17513, f. 4084; 17514, f. 1301v, f. 1302r, f. 1420r, f. 1650r, f. 1752r; 81, f. 417v, f. 445v, f. 470v; 4026, s.f., 10-II-1553, s.f., 18-IV-1553; 9170, f. 414v; 13485, f. 907r, f. 1169r; 9172, f. 917v; 97, f. 138v; 5951, f. 108r; 12392, f. 361r; 1563, f. 694v; 13543, s.f., 8-XI-1569; 14253, s.f. 3-I-1569, f. 155r, f. 154r; f. 578r; 118, f. 719r; 17608, f. 446r, f. 3391r; 119, f. 780v, f. 1058r; 2333, f. 1266r; 9200, f. 609r; 13543, f. 419r; 120, f. 264r; 4061, f. 987r; 13544, f. 169r; 17613, f. 1014v; 121, f. 838r; 5970, f. 423r; 2337, f. 680r, f. 700v, f. 698r, f. 699r; 4952, f. 757r; 5976, s.f., 29-V-1570; 13545, s.f., 6 y 27-XI-1570; 123, f. 312r, f. 628r, f. 334r, f. 1134r; 1087, s.f., 7-X-1570; 124, f. 259r, f. 789r, f. 809v; 12403, f. 647v; 12405, f. 592r; 16041, f. 336r; 7781, f. 204r, f. 673r, f. 680r, f. 773r; 9210, f. 300v, f. 300r; 82, f. 746v; 7785, f. 917r; 9214, f. 655r; 9217, f. 1005r, f. 1006r, f. 1007r; 148, f. 33r, f. 58v, f. 244v, f. 506r, f. 904r, f. 1109r, f. 1197r, f. 1545r; 149, f. 59v, f. 1138r, f. 1180v; 4970, f. 60r; 150, f. 75r.; 17664, f. 1406v; 151, f. 514r, f. 912r; 152, f. 49r, f. 549r, f. 739r, f. 875v, f. 1135r; 153, f. 320r, f. 341v, f. 376r, f. 969r, f. 1215r; 154, f. 178v, f. 347r, f. 556r, f. 844r, f. 851r, f. 852r, f. 984v, f. 1059r, f. 1367v, f. 1375r, f. 1432v; 155, f. 109r, f. 643r, f. 790r, f. 1012r, f. 1128r; 156, f. 565v, f. 1039r, f. 1048v, f. 1105r, f. 1161r; 157, f. 30v, f. 501r, f. 1324r, f. 1552r, f. 1710r; 158, f. 280v, f. 529v, f. 792r, f. 794r, f. 869r, f. 1543r, f. 1584r, f. 1584r; 159, f. 309r, f. 381r, f. 1087r; 160, f. 34v, f. 235r, f. 238r, f. 370r, f. 1548r, f. 1557r; 161, f. 221v, f. 270v, f. 313v, f. 327r; 162, f. 617r, f. 748r, f. 974r; 163, f. 322v, f. 326v; 164, f. 675r, f. 735r, f. 879r, f. 1053v, f. 1129r, f. 1267r, f. 1366v, f. 1433r; 4984, f. 1497r; 165, f. 250r, f. 635r, f. 647r, f. 970v, f. 1137v, f. 1230v, f. 1275r; 166, f. 32r, f. 508r, f. 1201v, f. 1378r, f. 1449r; 167, f. 305r, f. 312r, f. 610r, f. 1085r, f. 1090v, f. 1138r, f. 1230r, f. 1326r; 168, f. 665r; 169, f. 176r, f. 281r, f. 1215r; 170, f. 365r, f. 770r, f. 930r; 9921, f. 241v, f. 187r, f. 637r; 171, f. 11r, f. 1132r; 172, f. 11r, f. 385r, f. 583r, f. 721r, f. 903r, f. 1366r; 173, f. 720r; 9251, f. 22v; 173, f. 998v, f. 1114v; 174, f. 667r; 175, f. 54r, f. 469r, f. 684r, f. 823r, f. 1085r; 1310r; 9253, f. 391v, f. 408r; 176, f. 487r; 180, f. 395r; 16116, f. 243r, f. 397v, f. 845r; 2395, f. 274r; 181, f. 746r, f. 1135r; 181, f. 1243v; 16117, f. 39v, f. 863r, f. 869r, f. 917v, f. 1134, f. 1234r, f. 1235r, f. 1244r; 14373, f. 910v, f. 1038v; 13666, f. 1322v, f. 1482r; 13667, f. 488r, f. 724v; 185, f. 528r, f. 680r, f. 715r, f. 1021r, f. 1151r; 187, f. 259r, f. 1057r; 191, f. 725v, f. 1084r; 193, f. 521r, f. 981r; 194, f. 371v, f. 440v, f. 516r; 195, f. 449r, f. 790r; 199, f. 34r, f. 950r; 200, f. 540r, f. 593r, f. 979v; 201, f. 26v, f. 319r, f. 531, f. 903r; 4166, f. 716r; 202, f. 750v, f. 1172r, f. 1549v; 4167, f. 1399; 4970, f. 968r; 203, f. 175r, f. 254r, f. 307r, f. 435r; 205, f. 127r, f. 219v, f. 1091r, f. 206r, f. 482v, f. 539r; 16760, reg. 44, s.f., 14-X-1598; 207, f. 675v, f. 709v, f. 841v. f. 1075r; 209, f. 122v, f. 242v, f. 994r, f. 1126v, f. 1188v; 211, f. 22v, f. 104v, f. 242r; 212, f. 986r; 213, f. 683r; 214, f. 842r, f. 1162r; 8472, f. 224v.
[2] Si bien para otros autores durante el siglo XV estas alhorrías fueron mayoritarias en la Barcelona del siglo XV, cfr. .
[3] Alhorrías del morisco Francisco Gómez y del «mulato claro blanco» Gaspar de los Reyes, AHPSe, PNS, leg. 200, f. 540r y 979v, 19-VI y 9-VIII-1596.
[4] Del primer caso puede citarse a Juan López Arroyo, ciego, quien liberó a Ana López, su esclava berberisca de cuarenta y cinco años, «porque sois cristiana y por el mucho amor y voluntad que os tengo, y porque habéis criado [a] mis hijos y a mí y a mi mujer, y me habéis regalado y hecho muy buenos y leales servicios». No parece que doña María de Acuña tuviera la misma relación con Brianda, natural de Azamor y de setenta años, quien era liberada gratuitamente «porque es cristiana y por muchos y muy buenos servicios que me ha hecho», sin ninguna indicación más. Ambos documentos en AHPSe, PNS, leg. 157, f. 1324r 25-III-1582 y leg. 154, f. 844r, 22-II-1581.
[23] AHPSe, PNS, leg. 166, f. 32r, 27-XII-1584, leg. 201, f. 319r, 30-IX-1596, leg. 172, f. 11r, 27-XII-1586, leg. 155, f. 1012r, 31-VII-1581.