Número/s en curso

Número/s en curso con artículos finales y totalmente citables

Violencia contra la mujer y violencia de género. Delimitación y fundamento jurídico-penal

  • Maite Carretero Sanjuan
Este artículo analiza el fundamento del significativo desvalor de la violencia contra la mujer y de la violencia de género. En relación con la primera, se examina la discusión doctrinal en torno a la llamada «agravante de género» y se defiende que la agravación no puede fundamentarse en la culpabilidad, en el injusto subjetivo ni en un mayor desvalor de resultado, sino en un mayor desvalor del hecho, cuando este se ejecuta en un contexto previo de especial desigualdad caracterizado por la subordinación, sumisión, sometimiento y/o control del hombre sobre la mujer. Sobre esta base, se sostiene que el art. 22.4.ª CP no constituye una sede adecuada para la agravación por razón de género y se propone, de lege ferenda, la configuración de una agravante autónoma. Junto con ello, el trabajo aborda la violencia de género, delimitando su ámbito y fundamentando su desvalor específico, que se explica, entre otros factores, por la intensificación de ese contexto de desigualdad en el marco de la relación de pareja (actual o pretérita).

Las disfunciones de las facultades de intervención de la víctima en la ejecución penal: especial referencia al conflicto con la resocialización del delincuente

  • Alberto Baixauli Fernández
Publicado 2026-03-02

Entre los derechos de las victimas incorporados al Derecho español con la aprobación de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, destacan las facultades de intervención de la víctima en la ejecución penal. El legislador con la intención de proporcionar a las víctimas un grado de protección superior al contenido en la Directiva 2012/29/UE, ha desarrollado un precepto que adolece de una deficiente técnica legislativa y cuyo contenido presenta diferentes problemas de aplicación. Entre ellos destaca la polémica doctrinal en torno a la posible quiebra del monopolio estatal en el ejercicio del ius puniendi y el perjuicio de la finalidad reeducadora y resocializadora de las penas privativas de libertad que consagra el art. 25 CE, aspectos todos ellos, que son objeto de exposición y crítica en el presente trabajo.

Los daños ambientales. Responsabilidad civil y seguros

  • Inmaculada García Presas

El medioambiente está siendo continuamente contaminado y por ello es conveniente analizar los mecanismos precisos para lograr una óptima protección del mismo. Al respecto resultan fundamentales principios ambientales como cautela o precaución, prevención, corrección de los atentados al medio ambiente y quien contamina paga. Ante la concurrencia de daños ambientales se genera responsabilidad penal, administrativa y civil, siendo esta última la que aquí se estudia. La responsabilidad civil, también llamada extracontractual, trata de lograr la reparación de los daños. Actualmente, en materia ambiental, la responsabilidad es objetiva ya que se basa en la idea del riesgo. Teniendo presente la necesidad de algunas empresas de constituir un fondo de compensación de daños medioambientales se valora qué forma de llevarlo a cabo conlleva más ventajas concluyéndose que la contratación de un seguro de responsabilidad medioambiental debe ser la opción elegida frente a la reserva en balance o el aval bancario.

Acciones colectivas y justicia restaurativa: hacia una tutela judicial más efectiva del medio ambiente

  • Ana María Neira Pena
Publicado 2026-02-05

Este trabajo analiza la insuficiencia de la tutela procesal ambiental en España frente a la gravedad de los daños ecológicos. El esquema actual, centrado en el daño individual, resulta ineficaz para proteger derechos supraindividuales. Se identifican dos limitaciones críticas: la regulación sectorial de las acciones colectivas en la LEC, que excluye a entidades ecologistas en defensa de intereses difusos, y las restricciones de la acción popular en el ámbito penal para ejercer la acción civil ex delicto. Ante esto, se proponen dos reformas esenciales. Primero, regular un sistema integral de acciones colectivas en la LEC que otorgue legitimación procesal explícita a las organizaciones ambientales. Segundo, implementar la justicia restaurativa en delitos medioambientales, aprovechando la oportunidad estratégica de la Disposición Adicional 9ª de la LECrim. Esta vía prioriza la autorresponsabilización y la restauración del ecosistema, sugiriendo condicionar la suspensión de penas a personas jurídicas al cumplimiento estricto de acuerdos restaurativos para una reparación efectiva.

La protección penal del medio ambiente en el Derecho de la Unión Europea: un caso de incumplimiento reiterado de transposición en el ordenamiento jurídico español

  • Virxilio Rodríguez Vázquez
Publicado 2026-01-27

El Derecho penal español no ha incorporado de forma autónoma el delito de contaminación por buques exigido por las Directivas 2005/35/CE y 2009/123/CE, lo que constituye, desde una perspectiva jurídica, un incumplimiento de la obligación de transposición impuesta por el Derecho de la Unión Europea. Aunque el artículo 325 del Código Penal contempla la protección de las aguas dentro del tipo general de delito ecológico, esta previsión no responde a la exigencia comunitaria de crear un tipo penal diferenciado. La reciente Directiva (UE) 2024/1203 mantiene esta obligación al establecer, junto al delito ecológico general, la necesidad de tipificar de forma autónoma la contaminación causada por buques. El nuevo plazo de transposición, que finaliza el 21 de mayo de 2026, ofrece a España una nueva oportunidad para cumplir con su deber y adaptar su legislación penal a las exigencias de la normativa comunitaria.

Las fronteras ocultas del océano: una evaluación de la criminalidad azul a través del impacto del ruido submarino y la contaminación lumínica

  • Ascensión García Ruiz
Publicado 2026-01-27

El ruido submarino antropogénico y la luz artificial nocturna (ALAN), dos de los rasgos definitorios de los paisajes marinos actuales, exigen ser parte de la Criminología azul. Son fenómenos derivados de la compleja interacción de las actividades sociales y económicas, que ejercen una profunda influencia en los ecosistemas marinos. Su continua escalada ocasiona impactos lesivos sobre la flora y fauna marinas, con efectos en cascada que amenazan la integridad ecológica de estos entornos. Pese a su importancia, el paisaje sonoro y la iluminación artificial en la salud de los océanos ha recibido relativamente escasa atención. No obstante, con el apoyo y sustrato de la denominada Criminología sensorial, se presentan oportunidades prometedoras para mitigar la presencia de estos contaminantes, además de constituir un banco de pruebas para aplicaciones innovadoras de justicia restaurativa azul, fomentando prácticas sostenibles que ayuden a restaurar y preservar la biodiversidad marina.

Editorial Volumen 47, Número Extraordinario de la Revista Estudios Penales y Criminológicos (2025): “CANALES DE DENUNCIA Y PREVENCIÓN DE LA CORRUPCIÓN EN EL SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL A LA LUZ DE LAS EXIGENCIAS EUROPEAS Y LA EXPERIENCIA ITALIANA”

  • Miriam Cugat Mauri
  • Luigi Foffani
Publicado 2025-10-24

Los conceptos penales generales de funcionario público en el derecho penal italiano frente a los modelos híbridos de gestión de los servicios públicos a la luz del marco normativo de la Unión Europea

  • Valeria Scalia
Publicado 2025-12-18

Este artículo examina la legislación penal en lo que respecta a los conceptos penales generales de funcionario público y su aplicación jurisprudencial en el sistema penal italiano, con especial atención a los sectores caraterizados por una mezcla de esquemas de gestión pública y privada.

CULPA DE ORGANIZACIÓN Y SOFT LAW. REFLEXIONES A PARTIR DEL CASO DEL WHISTLEBLOWING

  • Francesca Consorte
  • Marco Grotto
El ensayo se centra en el papel asumido por la soft law en el ámbito de la compliance penal, utilizando como laboratorio de reflexión la nueva normativa sobre whistleblowing, tal como ha sido implementada por el legislador italiano mediante el Decreto Legislativo n.º 24/2023.

Las potestades públicas como criterio delimitador de responsabilidad penal en las sociedades mercantiles públicas

  • Antonio Cardona
Publicado 2025-09-23

El artículo 31 quinquies del CP cuenta con dos apartados. Resumidamente, en el primero de ellos se determina que las personas jurídicas del sector público no podrán tener responsabilidad penal, y, en el apartado segundo, en cambio, se exceptúa de la anterior irresponsabilidad penal a las sociedades mercantiles públicas, las cuales, si concurren los presupuestos señalados en el artículo 31 bis del Código penal, sí que podrán ser condenadas penalmente. De todos modos, en el último inciso del primer apartado del artículo 31 quinquies del CP el legislador acaba señalando que tampoco tendrán responsabilidad penal aquellos entes que ejerzan potestades públicas de soberanía o administrativas. Así, la pregunta concreta que voy a intentar resolver en este estudio es la siguiente: ¿pueden ser castigadas penalmente aquellas sociedades mercantiles públicas que ejerzan potestades públicas administrativas?