Contenido principal del artículo

Yolanda Maneiro Vázquez
Profesora Contratada Doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Universidad de Santiago de Compostela
España
Biografía
Vol. 22 Núm. Ext (2013), Estudios y notas
Recibido: 28-05-2013 Aceptado: 30-05-2013 Publicado: 10-12-2013
Derechos de autoría Cómo citar

Resumen

La indemnización compensadora por los daños morales derivados de la lesión de los derechos fundamentales en el ámbito de la relación laboral y su  defectuosa regulación legal en la anterior Ley de Procedimiento Laboral de 1995, planteó un problema interpretativo fundamental en relación con la exigencia probatoria para la concesión de la indemnización. Sucesivamente a lo largo del tiempo, el TS sostuvo tres líneas jurisprudenciales. La primera, reconoció la automaticidad de la indemnización por daños morales una vez acreditada la lesión del derecho fundamental; la segunda, exigió la prueba de la existencia del daño, pero no de su cuantía. Y, finalmente, se exigió también la prueba de la cuantía solicitada. La STC 247/2006 vino a relajar esta exigencia probatoria, en la línea en que posteriormente se recogería en el reciente artículo 184 LJS.

Detalles del artículo