Este trabajo tiene por objeto determinar, en una situación puramente interna, la posible aplicación del Reglamento (UE) núm. 1215/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil y, con ello, de su art. 25 R. 1215 como regla reguladora del ejercicio expreso de la autonomía de la voluntad, por el hecho de que las partes domiciliadas en el mismo Estado miembro hayan designado a los órganos jurisdiccionales de otro Estado miembro para conocer de cualquier litigio que haya surgido o que pueda surgir entre ellas derivado de la relación contractual que las une.