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Daniela Lombardi
Universidad de Pisa
Italia
Núm. 21 (2012), Artículos
DOI: https://doi.org/10.15304/ohm.21.681
Recibido: 07-01-2013
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Resumen

El artículo llama la atención sobre la importancia que tenía gozar de una buena reputación en la vecindad a la hora de apelar la justicia y de solucionar disputas matrimoniales. Después del Concilio de Trento (1545-63), el tipo más común de demanda ante los tribunales diocesanos fue el relativo al cumplimiento (o, más raras veces, la disolución) de las promesas de matrimonio. La autora señala los caminos jurisdiccionales que podían emplear las mujeres para obtener el cumplimiento de una de esas promesas, sobre todo en caso de preñazgo. El derecho canónico ofrecía protección a mujeres seducidas y abandonadas. La naturaleza obligatoria de promesa de matrimonio fue discutida durante el siglo XVIII. Las autoridades seculares tradujeron dichas críticas en medidas legales al objeto de reducir las opciones legales de las mujeres y de dar más poder a los padres en un período de fuerte crítica al principio de autoridad paternal. Sin embargo la mayor parte de ellas continuaron acudiendo a la ley para de este modo proteger su reputación.
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