En 1707 el conde de Robres criticaba al Consejo de Ciento barcelonés por estar «compuesto por la mayor parte del pueblo» (). Una idea compartida por el marqués de Gironella, el cual denunciaba las «perjudiciales consecuencias al bien del servicio de su majestad y público» que causaba la amplitud de sus miembros porque «que la mayor parte de este número se compone de menestrales, artistas y gente del común». También Palafox era contrario al gobierno municipal barcelonés, porque en él estaba «excluida casi del todo la nobleza, fiado al pueblo». Sin embargo, no todos los contemporáneos pensaban así. Joan Botero consideraba en 1636 que el gobierno y consulado de Mar de Barcelona «son tan notables que pueden ser idea de los más bien acertados» (). El portugués Domingo da Conceição reconocía a principios del siglo XVIII «el buen gobierno [de Barcelona], que como ciudad es señora de todos sus tributos que se pagan y derechos, no quiere que en las puertas estén sino paisanos, para que no se les pueda hurtar nada los derechos» ().
Los estudios de los últimos años han tenido impresiones divergentes sobre las virtudes o defectos del sistema de gobierno barcelonés. Para Juan Luis Palos o María Adela Fargas (, ; ), existió una élite dirigente ciudadana que controló la institución sobre el pueblo. Según Palos, durante el siglo XVII, Barcelona era una ciudad «governada per un reduït nombre de famílies poderoses, per a les quals les constriccions del sistema legal no fou mai un impediment important a l’hora de mantenir-se en el poder» (). En cambio, otros autores, como Albert García Espuche o James Amelang, han destacado la capacidad del consistorio barcelonés para «aumentar de manera real la representación corporativa en el gobierno local durante el siglo XVII», lo que convierte a Barcelona en un caso bastante singular en Europa (; ). Y ello, cuando desde finales del siglo XVI y principios del XVII, asistimos en Castilla y en toda Europa a un proceso en el que «el papel jugado por las oligarquías es cada vez mayor» (; ).
Wim Blockmans considera que en ocasiones se ha caído en un excesivo análisis biográfico de los miembros de las élites urbanas, sin preguntarse «about the numbers and social status of the participants [in local governments] and the frequency of their appearances» (). El objetivo de este trabajo es intentar dar respuesta a esta sugerencia de Blockmans y valorar si el carácter popular del gobierno barcelonés supone un caso poco frecuente en la Europa de finales del siglo XVII. Para ello, hemos llevado a cabo un estudio de los miembros del Consejo de Ciento en los últimos veintiséis años de su existencia (1688-1714), así como de los consellers de los últimos cincuenta años (1665-1714). ¿Cuánta gente y de qué categoría social participó en el gobierno barcelonés? ¿Qué capacidad de influir en la vida política de la ciudad tuvieron los estamentos inferiores? ¿Hubo procesos de cierre oligárquico? Respondiendo a estas preguntas pretendemos enriquecer el debate actual sobre la representación del hombre común en la edad moderna ( y 2005; y ).
1. Algunos problemas metodológicos
La cuestión a la que nos enfrentamos es compleja. Fácilmente podemos confundir conceptos similares sin diferenciar las particularidades de cada momento histórico y ciudad en particular. Un primer problema es no poner en valor que la participación política del hombre común en los municipios se lleva a término dentro de marcos jurídico-políticos concretos, que influyen directamente en la organización municipal. Dentro de la Monarquía Hispánica, la realidad municipal de Castilla era netamente diferente a la corona de Aragón (). En Europa, constatamos que no son lo mismo las ciudades imperiales (Augsburgo, Frankfurt, Colonia) que los «Alberghi» de Génova, la «élite mercantil» de Ámsterdam o las ciudades suizas (; ; , ; ).
Una segunda dificultad es definir los grupos sociales que participan en los municipios. Para el caso castellano, son numerosos los intentos que se han hecho para establecer una estratificación social (; ; ). Sólo consensuar lo que es un «noble» y un «hombre de negocios» ya resulta una realidad compleja (, ). Ésta aumenta cuando intentamos hacer comparaciones con otros reinos. Un ejemplo: el «caballero» catalán quizá se podría equiparar al hidalgo castellano, la categoría más baja de la nobleza castellana. Sin embargo, en Cataluña había grados inferiores al caballero, como los ciudadanos o burgueses honrados, cuyos orígenes sociales, fuentes de riqueza y bases patrimoniales difícilmente encuentran equivalente en Castilla (; ). En Génova se llegó a diferenciar entre «nobles viejos» y «nobles nuevos» para referirse a lo que antes eran «nobles» y «pueblo». En el fondo ambos grupos representaban un mismo magma social de banqueros, grandes y pequeños comerciantes, diferenciados básicamente por su antigüedad o nivel de riqueza (). En algunos lugares, como Ámsterdam, Hamburgo, Trento o Great Yarmouth, no existía el concepto de nobleza, sino el de ciudadanía, que podía incluir a pequeños mercaderes o artesanos (; , ; ). Por otro lado, en ciudades del norte de Europa, como Danzig, los mercaderes gozaban de privilegios de carácter feudal, lo cual hacer realmente difícil su comparación con los territorios mediterráneos (). Si queremos ver el concepto de ciudadanía, entramos en un terreno arduo y complejo. En algunas ciudades de la corona de Castilla, como Cádiz o León, dentro del concepto de ciudadano se acogen mercaderes pudientes (; ). Una realidad bien alejada de la catalana, donde estos grupos tienen una categoría estamental netamente definida ().
Las formas de elección de los cargos municipales de las ciudades europeas requieren también un estudio atento. Tanto Scholl, Friedrichs, Holestein o Prack, han puesto de manifiesto que una de las formas más extendida en la Europa de los siglos XVI-XVIII respecto a la elección de los cargos municipales era la cooptación (; ; ; ). En Inglaterra eran escogidos por este sistema las tres cuartas partes de las ciudades (). En cambio, en otros lugares eran seleccionados por complejos sistemas electorales controlados por un consejo (, ). En la corona de Aragón se escogían por insaculación o por distintas formas de sorteo, un sistema que también encontramos en las ciudades francesas, italianas e inglesas y en algunas castellanas, como Málaga o Jerez, y en municipios asturianos (; ; ; ; ).
Estas dificultades explican por qué este trabajo tiene que ser tan concreto: hablamos de Barcelona entre 1688 y 1714, e intentamos compararla con otras realidades urbanas europeas del mismo momento histórico. Sus conclusiones, por tanto, no deben extenderse de manera generalizada a todo el siglo XVII, ni aún menos a toda la época moderna.
2. Un tiempo, una ciudad
Hemos escogido los últimos veintiséis años del gobierno municipal, antes de la reforma impuesta por la monarquía borbónica en 1715, porque es una cronología los suficientemente amplia como para poder detectar la existencia de procesos de cierre oligárquico. Por otro lado, el periodo abraza dos momentos fundamentales de la historia de Cataluña y Europa: la guerra de los Nueve Años y la guerra de Sucesión, razón por la cual resulta todavía más relevante saber quién tomó las decisiones del municipio barcelonés relacionadas con estos conflictos (; ; ).
Es conocido el protagonismo político Consejo de Ciento durante este periodo (). Entre 1689 y 1697 el consistorio barcelonés criticó con dureza los abusos de las tropas castellanas sobre la población civil catalana, a la vez que levantaba un tercio para la defensa del Principado. Cabe recordar que estas cuestiones eran competencia de la Diputación, pero la ciudad también se las atribuía como «Cap i Casal de Catalunya» (). Tanto con Felipe V como con el archiduque Carlos III, Barcelona exigió de manera contundente la aplicación de la viceregia, se opuso a la expulsión del ciudadano honrado Arnald Jäger, a la modificación del testamento de Carlos II y a las desinsaculaciones y encarcelamientos injustificados de personas de toda categoría social, exigió, asimismo, la retirada del Epitome de Francesc Grasses y criticó los abusos de las tropas ().
La segunda mitad del siglo XVII fue para Cataluña y Barcelona un momento de desarrollo económico que enriqueció la ciudad (; , ). A ello cabe añadir la significativa legislación económica, política y social aprobada por las Cortes de 1701 y 1705, que beneficiaba de manera clara los intereses de la élite mercantil barcelonesa, limitaba los poderes del monarca y reforzaba la defensa del hombre común frente a los abusos de la Real Audiencia (). No hay que olvidar que Barcelona era una de las ciudades con más atribuciones y privilegios de la Monarquía Hispana. A parte de los privilegios clásicos compartidos con otros municipios —moneda propia, no alojar soldados, milicias urbanas gremiales, señorío sobre otras urbes, etc.—, en 1690 se otorgó a los consellers el privilegio de cobertura ante el monarca. Esto significó, por ejemplo, que el marinero Marià Ros, consejero sexto aquel año, estuviera por delante de los grandes de España en las procesiones públicas en que participaban los mencionados consellers. Por otro lado, en 1694, se otorgó la categoría de embajadores a los enviados del Consejo de Ciento a la corte de Madrid, algo muy poco común en la Monarquía Hispana. El duque de Vendôme decía en 1697 que «nunca había visto una ciudad con tantos privilegios […] con capacidad de burlarse a menudo de las órdenes del rey de España» (). Una realidad también criticada por el virrey Velasco, que en 1705 denunciaba a Felipe V la «insolencia de tener que observar por inviolables leyes las violentas deliberaciones del Consejo de Ciento». Sus competencias y exigencias al monarca eran tan elevadas que en algunos momentos del siglo XVII se llegó a considerar que Barcelona podía convertirse en «cuasi república libre» ().
3. Las manos que mueven los hilos
La historia de la composición del consistorio barcelonés ha sido ampliamente estudiada (, ; ). A finales del siglo XVII estaba formada por dos organismos directivos: el Consejo de Ciento (también llamado Plenario) y los seis consejeros, a la cabeza de los cuales se situaba el conseller en cap.
El Consejo de Ciento lo formaban 144 miembros, repartidos entre las cuatro categorías sociales: los ciudadanos honrados y los militares (que incluían a nobles y caballeros por igual), los mercaderes, los artistas y los menestrales (). Cada uno de ellos tenía treinta y dos personas en el consejo plenario, con la excepción de los ciudadanos y militares que tenían treinta y dos y dieciséis respectivamente. Por su parte, las seis consejerías se repartían por estamentos: el conseller en cap y las consejerías segunda y tercera eran para los ciudadanos y militares, la cuarta para los mercaderes, la quinta para los artistas y la sexta para los menestrales. El modo de elección de los miembros desde Fernando el Católico era por insaculación. La duración de los miembros del Consejo de Ciento Plenario era bianual, mientras que los consejeros se escogían anualmente. Cada consejero tenía un conjunto de competencias asignadas que gestionaba de manera ordinaria. Sin embargo, el poder decisorio y deliberativo se encontraba en el Consejo de Ciento Plenario, sus competencias eran absolutas y abarcaban tanto aspectos económicos como políticos, militares o representativos. Los consellers eran los responsables de llamar a los miembros Consejo de Ciento Plenario, cuya convocatoria era obligatoria y vinculante para cualquier tema de gobierno. Según las circunstancias, la gestión de estas cuestiones se podía delegar en los consejeros y en comisiones menores, formadas también por miembros de los todos los estamentos de la ciudad, o ser llevada directamente por el propio Consejo de Ciento. Algunos ejemplos pueden ilustrar la dinámica de su funcionamiento.
El 1 de junio de 1702, Felipe V informaba de su marcha a Italia y el nombramiento de la reina como gobernadora. El Consejo de Ciento dudó de la constitucionalidad del decreto por lo que encargó su estudio «als excel·lentíssims consellers, junta de vint y personas que que a dits senyors consellers ser ben vistes». Estas personas debían redactar un documento con su parecer, «lo qual format i disposat sien servits los excel·lentíssims consellers reportar-ho al present Consell per poder en vista de son contingut amb major acert resoldre y deliberar». La cita muestra que el Consejo de Ciento es quien toma la decisión final y quien concede a los consellers y a la junta los poderes para actuar autónomamente. En ocasiones, estos poderes podían llegar a ser muy amplios. En julio de 1713, justo antes que empezase el asedio de Barcelona, se concedió competencias a los consejeros y la vintiquatrena de guerra para «posar en execució tot lo quels aparexerà més convenir, no essent cosa gravissima, sens report algun al present Consell». Es decir, sólo cuando hubiera algo gravísimo se debía convocar al Consejo de Ciento Plenario para tomar la decisión final. En ningún momento se anula el poder de los 144 miembros. Son ellos los que lo ceden en pro de una mayor eficacia.
Por esta razón, el número de reuniones que tenía el Consejo de Ciento estaba fijada por las circunstancias políticas del momento. Seguimos en 1713: entre agosto de 1713 y febrero de 1714 la vintiquatrena se reunió en sesenta y ocho ocasiones y el Consejo de Ciento Plenario en dieciocho, es decir, casi 2,5 veces al mes (). En cambio, trece años antes, durante el conflicto por la muerte de Carlos II y la aplicación de la viceregia (octubre 1700-febrero de 1701), la media mensual de reuniones del Consejo de Ciento fue de 5,6 porque quiso controlar directamente todas las decisiones que tomaron los consejeros (; ). Esto pone de manifiesto que a pesar de la autonomía que podían tener los seis consejeros, quien realmente tenía el poder deliberativo y ejecutivo era el Consejo de Ciento Plenario. En él participaba activamente un total de 96 mercaderes, artistas y menestrales, lo que suponía el 66,6% del total de miembros. Por mucho que ciudadanos y militares quisiesen funcionar como un grupo cohesionado y con disciplina de voto (cosa que no se hacía), nunca conseguirían un control de la institución.
No es fácil establecer comparativas con otros modelos municipales. Para Francisco J. Aranda, el Consejo de Ciento Plenario «era el equivalente a los regidores o veinticuatros castellanos» (). En la mayor parte de las ciudades castellanas durante la segunda mitad del siglo XVII, los concejos municipales estaban formados por una veintena o treintena de regidores, normalmente escogidos por designación de un concejo, compra-venta o cooptación, que podía ser de carácter vitalicia o hereditaria (). El caso de Toledo puede ser ilustrativo. En el siglo XVII el regimiento llegó a poseer cincuenta y dos regidores, lo que le convertía en «uno de los regimientos más numeroso del reino castellano» (). Además, su juradería, que representaba a las diferentes parroquias de vecinos, estaba compuesta por cuarenta personas, muy alejadas de las 144 del Consejo de Ciento y con unas competencias menores, pues normalmente eran consultivas y muy excepcionalmente deliberativas (; ). Lo mismo sucedía con los concejos abiertos que pervivieron durante el siglo XVII (). Si bien hay numerosos aspectos comunes, la casuística de cada municipio y su evolución fue diferente a lo largo del siglo XVII. Las competencias de los jurados (en caso de pervivir en el siglo XVII) eran diferentes entre la corona de Aragón y la corona de Castilla (con poderes limitados). Además, como se ha mencionado, a la hora de equiparar las categorías sociales se deber proceder con prudencia, pues en algunas ciudades, dentro de la categoría de ciudadanos se podía incluir a ricos hombres o a algunos miembros de los gremios más poderosos. En muchos casos, la venta de cargos y oficios facilitó el aumento del número de regidores que realmente había en cada ciudad, a pesar de contradecir los estatutos locales. En Cádiz se pasó de treinta regidores en 1650 a más de sesenta en 1673 (). Algo semejante sucedía en Jerez, Oviedo, Salamanca y otras ciudades (; ; ). A ello se añadía el fuerte absentismo de los regidores, algo que muchos historiadores del municipio castellano constatan en el siglo XVII. Por esta razón resulta más difícil valorar de forma precisa el número de miembros que lo componían (; ; ).
En la siguiente tabla presentamos la composición de dieciocho ciudades de la Corona de Castilla y trece de la Corona de Aragón. Lógicamente no son todas, pero se ha intentado que fuera una cifra lo suficientemente amplia y representativa de las diferentes regiones castellanas y aragonesas como para poder valorar con mayor perspectiva el caso barcelonés.
Las cifras de la ciudad de Barcelona —cincuenta personas, pues incluimos a los seis consejeros en ellas— son notablemente mayores que las de los ayuntamientos castellanos, que se mueven entre los dieciséis y los sesenta y cinco regidores. Incluso cuando contabilizamos la presencia de los jurados, esas cifras siguen siendo bastante reducidas, con alguna excepción puntual. En la corona de Aragón, en cambio, el peso que tenían los consejeros o jurados sí que era equivalente al Consejo de Ciento. Nos encontramos ante dos mundos distintos, ya que en los reinos de corona de Aragón el número de personas que dirigían el consistorio era más amplio, tanto a nivel numérico como estamental. No olvidemos que las competencias que tenían los consejeros eran mayores que las juraderías de la corona de Castilla, pues realmente dirigían la institución al poseer el poder deliberativo/ ejecutivo y capacidad para controlar la gestión de los cónsules/paers/consellers/jurats en numerosas circunstancias. Por otro lado, dentro de la corona de Aragón, el caso barcelonés es el que permite una mayor participación política de sus ciudadanos, sólo equivalente quizá a los cien miembros de Zaragoza y los 152 de Valencia, si bien ambas consejerías tenían unas competencias y una composición social diferente (; )
Comparar esta realidad con lo que sucedía en Europa en esos mismos años es arriesgado por la diversidad de situaciones que se daban en el continente. No es posible recoger aquí un estado detallado de las estructuras de gobierno de todas las ciudades europeas, pero puede ser útil destacar las principales atendiendo a los diferentes contextos socioeconómicos de la Europa del siglo XVII. Por ello, hemos seleccionado algunas ciudades italianas, suizas, del centro y norte de Europa, así como inglesas y holandesas.
Resulta evidente la gran variedad de formatos que tenían los municipios europeos. La tendencia general a nivel numérico es semejante a las ciudades castellanas (entre veinte y cuarenta miembros), sobre todo en el sur y centro de Europa. Sin embargo, en las ciudades suizas y de Inglaterra encontramos consejos de gobierno con grandes competencias y muy numerosos (alrededor de doscientos miembros).
Un elemento común a casi todos los ejemplos recogidos en la tabla 2 es la presencia de ciudadanos, mercaderes e incluso miembros de los gremios en los órganos directivos de gobierno más reducidos que gestionaban el día a día de la ciudad (Court de Aldermen, Senator, Magistrati, etc.). Esta estructura social se asemeja más al modelo de la corona de Aragón, y no a la de Castilla, donde los nobles monopolizaban en gran medida las regidurías. No olvidemos que en las ciudades de la corona de Aragón (Zaragoza, Girona, Barcelona, Valencia, etc.), era normal que entre los consellers, jurados o paers hubiese ciudadanos, mercaderes e incluso artistas. Esto ayuda a valorar mejor el papel representativo del Consejo de Ciento, pues el número de sus miembros (144) sitúa a Barcelona en un contexto similar al de ciudades con un fuerte componente comercial, como Zúrich, Londres, Ginebra, Amberes, Danzig o Hamburgo.
4. ¿Una ciudad dirigida por la plebe?
Ya hemos mencionado las dificultades existentes a la hora de definir las diferentes categorías sociales de un reino o una ciudad. En el caso barcelonés estos problemas son menos complejos, ya que existían cuatro categorías sociales: los ciudadanos honrados y los militares, los mercaderes, los artistas y los menestrales (). En el siglo XVII, ciudadanos y militares se correspondían con las clases privilegiadas, exentas de pagar impuestos y poseedoras de otras libertades (). Mercaderes, artistas y menestrales pertenecerían en cambio a lo que los contemporáneos llamaban pueblo o plebe.
Los ciudadanos honrados han sido ampliamente estudiados (; ). Representan a la aristocracia urbana, similar a la de muchas ciudades europeas, y cuyos miembros solían tener un pasado mercantil o vinculado al mundo del derecho y la medicina (; ). Tanto el rey como el Consejo de Ciento tenían la capacidad de crear ciudadanos honrados. Para serlo no se exigía ningún requisito especial, a parte de la renuncia a las actividades mercantiles. Esto facilitaba la integración de los grupos sociales inferiores dentro de la élite aristocrática urbana, algo común en diferentes ciudades europeas del momento.
En otros lugares, en cambio, el acceso era más complicado. En Lleida, por ejemplo, para que el Consell General admitiera una persona en la mano de los ciudadanos tenía que demostrar que ni su padre ni su abuelo se habían dedicado a las artes mecánicas (). Por su parte, el estatuto de Madrid de 1602 sólo permitía la entrada en el regimiento municipal a los nobles y prohibía, explícitamente, el acceso a aquellos candidatos cuyos abuelos «hayan tenido oficios mecánicos o tienda pública» ().
Dentro de los «militares», cabría diferenciar entre caballeros y nobles. Los caballeros quizá se puedan comparar a los hidalgos castellanos, los infanzones aragoneses o los baronets ingleses. No solían ser señores de vasallos y procedían de los estamentos inferiores (; ). Los «nobles» representaban el grado más alto dentro «la nobleza no titulada», si bien algunos historiadores los han equiparados a los hidalgos ().
La definición de los mercaderes no tiene gran dificultad: había una lista (nomina) de quien entraba en el estamento (). Sin embargo, bajo este término se agrupaban una amplia variedad de hombres de negocio, con niveles de riqueza variados, que en no pocas ocasiones se confunden con los de los estamentos inferiores. Artistas y menestrales pertenecen al mismo ámbito social. Los primeros representaban una élite dentro de los gremios formada por notarios, drogueros, apotecarios, cirujanos/barberos y cereros. Por su parte, dentro de los menestrales se constata la presencia de miembros de cincuenta y un gremios diferentes van desde los zapateros, hasta los marineros y albañiles.
Podemos preguntarnos por el peso que tenían a finales del siglo XVII cada uno de estos grupos sociales dentro del Consejo de Ciento. En la siguiente tabla se recoge esta información.
Categoría social | Número de miembros | % |
Ciudadanos | 158 | 16,7 |
Militares | 110 | 11,6 |
Mercaderes | 96 | 10,1 |
Artistas | 191 | 20,3 |
Menestrales | 391 | 41,3 |
Total | 946 | 100,0 |
Entre 1688 y 1714 un total de 946 personas diferentes fueron miembros del gobierno municipal. De estas, el 61,5% fueron artistas y menestrales, los mercaderes un 10% y los grupos privilegiados (ciudadanos y militares) el 28,3% del total. No se equivocaban los contemporáneos que despreciaban al municipio barcelonés por estar formado principalmente por la plebe. Un memorialista borbónico criticaba en 1705 el gobierno del Consejo de Ciento porque estaba compuesto «la mayor parte de menestrales, y aquellos ser gente inútil e irracional, que su sentir siempre se inclina al sentir más malicioso» (). Esta es la razón por la que en 1706 el marqués de Gironella propuso a Felipe V reducir los 144 consejeros a treinta y seis, siguiendo el modelo de algunos cabildos castellanos, en los que solo había nobleza.
El número de personas que participaron en el Consejo de Ciento entre 1688 y 1714 es mucho mayor que, por ejemplo, el que recoge José F. Aranda para Toledo. Durante la edad moderna hubo un total de 808 regidores en esta ciudad (), mientras que en los veintiséis años que estudiamos participaron en el gobierno de Barcelona 946 personas diferentes. Esto muestra que, si bien muchas ciudades castellanas han sido calificadas como «repúblicas», debido al carácter colectivo de gobierno, lo cierto es que había notables diferencias entre ellas y las de la corona de Aragón, tanto en el número de personas como en su categoría social. Para acceder a una regiduría municipal en la mayor parte de las ciudades castellanas era necesario ser al menos hidalgo y, como en el caso de los caballeros veinticuatro de Córdoba, «no practicar trabajos viles, acreditar limpieza de sangre» (). En Toledo los miembros de la juradería no podían ser mercaderes (). Una realidad netamente diferente a la de Zaragoza, Valencia, Alicante o Lleida, donde, en diversa proporción, siempre había en sus gobiernos mercaderes y miembros de algunos gremios (; ; ; ; ).
Cuando comparamos el caso barcelonés con otras ciudades europeas del momento constatamos que, en ciertos aspectos, su configuración estamental era semejante. Algunos ejemplos. Edimburgo era una ciudad totalmente controlada por la élite comercial, ya que el consejo de la ciudad lo componían diez mercaderes, seis decanos de los gremios y dos miembros de los gremios (). En Ámsterdam los grandes mercaderes dirigían la ciudad en el siglo XVII, si bien una parte de ellos se convertiría en rentistas durante el siglo XVIII (). En algunas ciudades francesas como Rodez, no existía el concepto de ciudadano. Podía haber algún pequeño noble, pero quien llevaba el gobierno de la ciudad eran los grandes mercaderes, notarios, abogados y doctores (). En ciudades suizas como Zurich o Berna, más de la mitad de los miembros del consejo municipal eran mercaderes y había una fuerte presencia de los gremios en la Grosse Rat (). El caso de Hamburgo o Londres es incluso más para paradigmático; en la primera urbe, se incluían artesanos y gremios en el Bürgerscraft (), cosa que también sucedía en el Common Council de Londres ().
5. Gobernar ¿hasta cuándo?
Wim Blocksmans también ha planteado la necesidad de analizar la frecuencia con que una misma persona permanecía en el cargo. En numerosas ciudades de Castilla los regidores eran vitalicios o hereditarios, lo que facilitaba enormemente su presencia en el gobierno municipal durante muchos años (). Entre los siglos XVI y XVII en Toledo la media de permanencia en el cargo de los regidores fue de veinte años (). En Europa esto no era tan habitual pues, en general, los cargos municipales se escogían por un tiempo limitado, uno o dos años. Ciertamente, había ciudades cuyos órganos directivos eran vitalicios, como en algunas ciudades holandesas, pero no son representativas de la tónica general ().
Rudolf Schlögl ha recordado que, aunque hubiese elecciones y nombramientos por un tiempo limitado, esto no impedía que algunas personas permaneciesen largos años en el poder al repetir en el cargo u ocupar otros diferentes (). El estudio de los regidores de Córdoba entre 1572 y 1599 nos muestra que el 66% de ellos repitieron en dos o más ocasiones. Algunos llegaron a hacerlo más de siete veces (). Así pues, el hecho de que las ciudades tuviesen oficios vitalicios o temporales no siempre garantizaba la mayor heterogeneidad de las personas que los ocupaban, algo que dependía del número de personas candidatas al cargo o insaculados. Aun así, en los gobiernos donde existía una limitación temporal, la perpetuación de unas élites cerradas en la dirección del municipio se dificultaba con mucha más claridad. La voluntad de mantener sistemas limitados de tiempo en los cargos, como sucedía en gran parte de la corona de Aragón y en numerosas ciudades europeas, es indicativo del deseo de asegurar una representatividad mayor, independientemente de qué personas concretas pudiesen manipular o influir en la designación.
Ya hemos mencionado que los miembros del Consejo de Ciento tenían una duración de dos años, si bien podían estar menos tiempo debido a circunstancias variadas. No había ninguna normativa que les impidiese volver a entrar en la bolsa después de finalizado el cargo. La base electoral de la insaculación en Barcelona era amplia.
Los Llibres de l’Anima del Consell de Cent se han conservado parcialmente. En 1707, con la llegada del archiduque Carlos III, se abrió un nuevo registro, el cual nos permite ver de manera orientativa las personas insaculadas para cada oficio. Lo hemos recogido en la siguiente tabla.
La base electoral era amplia. Solo para el Consejo de Ciento había 810 candidatos, de los que se escogían 144. En el caso de los consejeros el total era de 265 de los que salían seis.
La proporción entre estamentos también es considerable. Los estamentos más numerosos —artistas y menestrales—, tienen más candidatos, mientras que ciudadanos, militares y mercaderes menos. Al resepcto, no podemos olvidar que muchos ciudadanos y militares mantenían vínculos mercantiles activos, lo que refuerza el peso de los intereses económicos en la dirección de la institución. Cada 30 de noviembre se insaculaban los nuevos consejeros y la mitad de los miembros del Consejo de Ciento. Es decir: se renovaban setenta y ocho cargos de un total de 150. En dos años, la renovación era completa. Todo el proceso estaba controlado por la dotzena d’insaculadors, compuesta por miembros de los cinco estamentos (dos ciudadanos, un militar, tres mercaderes, tres artistas y tres menestrales), lo cual garantizaba el equilibrio entre estamentos (). La insaculación era vitalicia, pero se podía —o se debía— renunciar por diferentes causas, como el cambio de estamento, razones personales o desinsaculación por parte del monarca.
A partir de aquí, cabe preguntarse si a pesar de este sistema hubo quien pudiese manipular las bolsas para mantenerse en un cargo más tiempo y aumentar su influencia política. Las fuentes revelan que no sucedió así. El grupo que tiene una media de repetición mayor son mercaderes (7,1 años), seguidos de los ciudadanos (5,6), los artistas (4,5), los militares (4) y los menestrales (2,2).
Muy pocas personas estuvieron más de la mitad de los veintiséis años analizados en el Consejo de Ciento. Si bien la tabla 5 no lo refleja, veintidós de las 946 personas estudiadas estuvieron en el Consejo de Ciento catorce o más años, lo que supone un 2,3% del total. Sólo tres personas llegaron a los dieciocho años (el 69% de los veintiséis años analizados documentalmente) y todas ellas eran mercaderes (Francisco Bàssols, Pau Lluscà y Miquel Colomer). Precisamente fueron los mercaderes y los ciudadanos honrados los que más años permanecieron en el cargo (7,1 y 5,6 de media), mientras que los militares y los menestrales resultaban ser los que menos (4 y 2,2 años de media).
Es significativo que de las veintidós personas que están más del 50% de esos veintiséis años estudiados, catorce (el 54%) fuesen mercaderes. El resto eran ciudadanos honrados y un noble. El hecho de que la nobleza tenga tan poca perdurabilidad en el municipio barcelonés —son pocos y están poco tiempo— es una diferencia importante con respecto a los municipios castellanos. Ciertamente, podría argumentarse que el índice de repetición está vinculado al número de candidatos que había en cada bolsa (tabla 3). En el caso de los mercaderes puede parecer lógico que estos sean los que más repiten (poseen una media de 7 años) porque su bolsa tiene menos miembros (solo 43). Sin embargo, si seguimos esta lógica, los militares deberían ser el siguiente grupo con una mayor media de repetición, pues su bolsa contiene cincuenta y seis integrantes. Pero los datos demuestran que no era así y que repetían en el cargo una media de cuatro años. Esto se explica porque el número de candidatos insaculados no es la única variable que influye en el índice de repetición, ya que el tiempo que están insaculados también es determinante. El hecho que la insaculación sea vitalicia facilita estas repeticiones. Por todo ello, la suerte era realmente el factor más influyente, aunque no exclusivo, a la hora de facilitar la entrada de los miembros propuestos en un cargo municipal.
Si analizamos cada estamento por separado, vemos que entre los mercaderes destaca la presencia de algunas de las grandes fortunas del momento, como Joan Colomer, Francisco Bàssols, Fèlix Vidal, Joan Lapeira, Pau Saiol o Josep Duran. Todos ellos estuvieron catorce o más años en el Consejo de Ciento, muestra de la influencia política que ejercía la elite mercantil barcelonesa. Este ritmo de repetición no se mantiene con la misma intensidad entre los ciudadanos. Sólo seis de ellos superan el 50% de los veintiséis años analizados (Félix Boneu, Anton Massanés, Josep Trullós, Cristòfol Lladó, Francesc Llauder y Miquel Matalí). Las cifras son todavía menores en los otros estamentos. El noble que estuvo más tiempo en el consejo fue Alexandre Boixadors (16 años), seguido de Anton València (13 años) y Ramon Codina (12 años). Solo tres artistas llegaron a permanecer doce años, los notarios: Ramon Congost, Francisco Cortés y Francisco Torres. En cambio, el menestral que se mantuvo más tiempo, el mantero Pau Planes, sólo lo consiguió siete años. A la luz de estos datos parece difícil hablar de la existencia de una élite que controlase el Consejo de Ciento, dado que muy pocos estuvieron presentes más de la mitad de los veintiséis años analizados.
Estos resultados se refuerzan cuando pasamos a estudiar a la persona de los consejeros que dirigían la institución. Al respecto, los hemos analizado a lo largo de los cincuenta años anteriores a 1714, y en las tablas que siguen presentamos el fruto de esa investigación.
Categoría social | Número | Porcentaje |
CHB | 78 | 31,6 |
Caballero | 17 | 6,9 |
Noble | 23 | 9,3 |
Mercaderes | 39 | 15,8 |
Artistas | 44 | 17,8 |
Menestrales | 46 | 18,6 |
Total | 247 | 100 |
Categoría social | Años como consejeros | |||
---|---|---|---|---|
4 | 3 | 2 | 1 | |
Ciudadanos | 1 | 1 | 16 | 60 |
Caballeros | 2 | 15 | ||
Nobles | 1 | 5 | 17 | |
Mercaderes | 1 | 7 | 31 | |
Artistas | 6 | 38 | ||
Menestrales | 1 | 3 | 42 | |
Totales | 1 | 4 | 39 | 203 |
% | 0,4 | 1,6 | 15,8 | 82,2 |
Los estamentos no privilegiados —mercaderes, artistas y menestrales— continúan siendo más del 50% de todos los consejeros que estuvieron activos (52,2%). En cambio, a diferencia de lo que sucedía en el Consejo de Ciento Plenario, los ciudadanos y los militares tienen ahora una mayor presencia, a pesar de que en ningún momento pueden controlar la institución (suponen resepctivamente 31,6% y 16,2% del total de miembros). Aparentemente, los ciudadanos son los que más consiguen repetir como consejeros, pero cuando analizamos los datos porcentualmente, es decir, con respecto al total de miembros de cada estamento, vuelven a ser los mercaderes los que tienen más facilidad para la repetición (26%). Por otra parte, el 82,2% de las personas fueron consejeros sólo una vez, y el 15,8% lo fueron en dos ocasiones, todas ellas bastante alejadas en el tiempo. Esto parece apuntar a que no existió una élite dirigente cerrada que controlase la institución.
El estudio de los consejeros en los cincuenta años anteriores a 1714 nos permite apreciar con mayor claridad el carácter popular de los órganos de gobierno municipal de Barcelona y la relevancia política que podía tener «la plebe». En los años que van de 1665 a 1714 entre los artistas fueron consejeros un total de veintiún notarios, nueve barberos, seis drogueros, seis apotecarios y dos cereros. Los oficios con un mayor número de miembros fueron los paraires, que tuvieron cinco consejeros, les siguen los plateros con cuatro y los carpinteros y zapateros con tres cada uno. En cambio, hubo seis oficios que consiguieron dos consejerías en esos años, y dieciocho que tuvieron una. Podemos ver que entre los artistas, los notarios copan casi el 50% de las consejerías, seguidos, curiosamente, de los barberos/cirujanos, unos oficios muy relacionados con los doctores en medicina que entraban en la consejería tercera. Respecto a los menestrales, no hay ningún gremio que monopolice su consejería. En total fueron consejeros individuos pertenecientes a veintinueve oficios diferentes, el 90% sólo una vez, hecho que también sucede con los artistas.
Al comparar esta realidad con sus equivalentes castellanos o europeos destaca con claridad la excepcionalidad del caso barcelonés. Un sombrerero o un soguero nunca podrían llegar a ser regidores en un municipio castellano. Lo mismo podríamos decir de los burgomaster holandeses, de los doges italianos, los electos de los seggi napolitanos o los aldermen ingleses. Estos cargos estaban reservados para la nobleza o los grandes comerciantes, pero no para un sastre, como era Pere Freixes en 1688. Esto no significa que en Europa no hubiese casos similares al barcelonés, pero sí que no eran mayoritarios.
Cabe preguntarse si la presencia de tantos mercaderes, artistas y menestrales en el gobierno municipal, tenía consecuencias efectivas a la hora de determinar su proceder. La actuación del Consejo de Ciento entre 1665 y 1714 apunta de una manera clara a que sí. No podemos extendernos ahora en la descripción de esa actuación, pero cabe recordar la importancia que tuvieron los mercaderes en conflictos de tanta relevancia en aquellos años como el resellado de la moneda, la demanda del puerto franco, el pago a la coronela, la compra de la Batllia General al archiduque Carlos, los continuados préstamos a la Generalitat y al mencionado archiduque, la exigencia de poder comerciar con América, y un largo etc. ().
No olvidemos que el poder deliberativo lo tenía un Consejo Plenario de 144 miembros, de los que noventa y nueve eran mercaderes, artistas y menestrales. Pero ellos no lo decidían todo. Estaban también las comisiones inferiores que hemos visto antes. Estas, tenían un número variado de miembros (cuartetas, vuitenes, dotzenes, setzenes o veintiquatrenes). Algunas eran estables, como la vintiquatrena de las cortes, la dotzena de habilitadores (para la elección de los consejeros), la vuitena de pastims (que comprobaba el estado de los hornos de pan municipales) o la quarteta de carnes (que revisaba el abasto de carne) (). En estas comisiones casi siempre había miembros de los cuatro estamentos, independientemente de su conocimiento del asunto tratado. Un ejemplo: el 3 de diciembre de 1713, en medio del asedio de la ciudad, los consellers nombraron dos cuartetas, una para revisar los pastims y la otra para atender al abastecimiento de carne. La primera estaba compuesta por un ciudadano honrado (Emmanuel Màs), un mercader (Joan Francec Comerlla), un droguero (Esteve Basca) y un tabernero (Ramon Muns). La segunda, la componía un ciudadano honrado (Rafael Esteve), un mercader (Server March), un candelero de cera (Francisco Mestre) y un espartero (Jacinto Clariana). Ninguno de ellos era experto en los temas tratados, pero todos decidían por igual. Se consideraba que eran asuntos graves, que afectaban a toda la ciudadanía y, por tanto, que todos estamentos debían tener voz.
Las comisiones extraordinarias eran nombradas para solventar temas coyunturales como crear un puerto franco, fabricar moneda, arreglar el rec comtal , establecer medios para evitar las corruptelas en la reventa de gallinas o rezar por la situación militar. Como se ha mencionado, algunas podían tener una gran relevancia política, lo que aumentaba la responsabilidad que recaía sobre sus integrantes, entre los cuales estaban los mercaderes, artistas y menestrales, cuyo voto tenía el mismo valor que el de los de ciudadanos y militares. Veamos algunos ejemplos ilustrativos de ello.
El 27 de febrero de 1698 se decidía nombrar una vuitena para la redacción de las cartas que se iban a enviar a Carlos II al objeto de felicitarle por el retorno de Barcelona a su soberanía después de que hubiese tenido lugar la conquista francesa de 1697. Esta vuitena estaba compuesta por dos ciudadanos honrados (Josep Ferrer y Joan Bautista Reverter), dos mercaderes prestigiosos (Francesc Bássols y Joan Colomer), dos artistas (los notarios Josep Güell y Josep Ferran) y dos menestrales (el cordelero Josep Mestres y el pellejero Felip Bas). Por su parte, el 29 de abril de 1707 Carlos III, el archiduque, solicitaba al municipio que los plateros entrasen en la bolsa de los artistas. El consistorio lo encargó a otra vuitena, con la misma estructura que la de 1698 y dos pequeñas diferencias: los dos ciudadanos honrados eran substituidos ahora por un noble y un ciudadano honrado, mientras que los menestrales fueron un cobrero y un daguero. El equilibrio de fuerzas entre los estamentos se mantenía inalterable.
La selección de los integrantes de las comisiones podía ser tanto del Consejo de Ciento Plenario a través de una votación secreta, o de los consejeros, si el Plenario les otorgaba ese poder. Cuando sucedía esto último, era el conseller de cada estamento el responsable de escoger a sus representantes (). Se pone de manifiesto así la independencia de cada estamento. Era muy difícil que una o varias personas controlasen la institución sin el consentimiento de los mercaderes, artistas y menestrales. Como se ha visto, el poder decisorio de estas comisiones podía ser muy grande. Lo demuestra la veinticuatrena de guerra que el Consejo de Ciento designó en 1713 para defender la ciudad. Sus competencias le permitían actuar sin informar al Consejo de Ciento en cuestiones tan variadas como las fortificaciones, los pagos a la coronela, los nombramientos para la conferencia de los Tres Comunes o la redacción de cartas y embajadas al rey.
Por otro lado, son numerosos los casos donde se puede ver que la defensa de los derechos de la ciudad estuvo por encima de los intereses estamentales. En 1704 el barbero Mateu Hereu, consejero cuarto, y el ciudadano Francesc Costa, eran encarcelados. Todos los consejeros, incluyendo el noble Antoni Sunyer y el ciudadano honrado Cristòfol Lledó, salieron en defensa de Hereu y Costa. Lo mismo sucedió con el encarcelamiento del mercader Onofre Sidós. El Consell de Ciento creó una comisión de doce personas para conseguir su liberación. A los consejeros no les importaba la categoría social de los individuos, pues tanto Hereu como Costa, eran, según el ciudadano honrado Emmanuel Mas, «subjectes molt ben rebuts i tinguts per bons patricios per tothom». Estaban defendiendo a la comunidad, algo que también se puso de manifiesto en julio de 1704, cuando se decidió suprimir las escuadras nocturnas. La razón era clara: muchos menestrales y artistas habían sido objeto de robos cuando tenían armas y volvían a sus casas. Nobles y ciudadanos defendían pues los intereses de artistas y menestrales.
Numerosos autores han mostrado que las milicias urbanas fueron ámbitos de sociabilización, al facilitar la «pertenencia a un yo colectivo y de incorporarse a él», indistintamente de la categoría social de cada miembro (; ). Lo mismo sucedía en Barcelona (; ). En las escuadras de 1694, por ejemplo, participaron más de 200 personas de todos les estamentos. Entre ellas se incluían:
32 cavallers, 16 juristes, 16 doctors en medicina, 16 mercaders, 4 flassaders, 3 tapiners, 4 assaonadors, 3 butifallers, 4 sabaters de Vell, 8 passaaners, 8 barreters d’agulla, 16 mercers, 16 velers, 2 candelers de la seu, 2 escultors, 4 dauradors, 6 perxers, 6 corredors d’orella, 6 garbelladors, 4 traginers de mar y los fusters y mestres de casas acostumats.
El protagonismo político de mercaderes, artistas y menestrales en la vida política de la ciudad era algo público y notorio. Entre las personas que fueron a visitar a Darmstatd en 1704 en nombre de la ciudad estaba «Pedro Careny, carnicero, hombre de mucho séquito en los barrios de la ribera» (). A ellos se debe añadir el barbero Jeroni Ribas, el notario Gabriel Rossines y el zapatero Miquel Ruaix (). Entre las personas que el virrey Velasco desterró 1705 por su filiación austriacista encontramos a pasamaneros (Mateo Bransi), apotecarios (Francisco Pradell) y drogueros (Francisco Ponter). El protagonismo de estos grupos sociales era tan grande que nadie se extrañaba de que Carlos III, el archiduque, otorgara la categoría social de ciudadano a personas de estamentos tan bajos como un droguero o un corredor de seguros. Tampoco sorprendió que entre las personas que fueron a recibir a la reina a Mataró en 1708, estuviesen el droguero Joan Pou y el cerrajero Miquel Esmandia (). En ocasiones los consejeros artistas y menestrales llegaron a presidir actos públicos, por delante de ciudadanos, militares y mercaderes. Así sucedió en la procesión de la Mercé, el 23 de junio de 1713, o en la procesión para ir al Juhí de prohoms, el 23 de diciembre de 1714.
6. Endogamia y cierre oligárquico
Son conocidos los procesos de cierre y control endogámico que se generalizaron en muchas ciudades europeas durante los siglos XVII y XVIII (; ; ). Muestra de ello es que entre 1600 y 1750, por ejemplo, el 63% de los regidores burgaleses pertenecían sólo a diez familias, algo que también sucedía en Córdoba (; Castiello Cuenca, 1995). Por su parte, Ginebra estaba controlada en 1690 por veintitres familias (), y en Ámsterdam, de los cuarenta burgomasters escogidos entre 1690 y 1748, sólo tres no estaban relacionados con alguno de los anteriores (). En Nápoles, en Inglaterra o en los municipios checos, la realidad no era muy diferente (; ; ). Y en Lübeck, los miembros del consejo municipal pertenecían a finales del siglo XVII a solo cinco o seis familias ().
Es cierto que en algunas ciudades se establecieron normas para evitar estas prácticas, pero en ningún momento fue una medida generalizada. ¿Se daban también estos patrones endogámicos en el Consejo de Ciento? Una manera de saberlo puede ser a través del estudio del comportamiento de cada estamento entre 1688 y 1714. Así, de los 158 ciudadanos honrados que participaron en el Consejo de Ciento durante esos años, sesenta y cinco eran doctores en derecho (44%), treinta y nueve en medicina (27%) y sesenta y ocho habían cambiado de estamento (50%). Este último dato es indicativo tanto de la gran movilidad estamental que existía como del hecho de que la mayor parte de los ciudadanos no pertenecían a las grandes familias barcelonesas. La presencia de mercaderes o de hijos de mercaderes es notable: véase, por ejemplo, Magí Mercader, Salvador Massanés o Salvador Feliu de la Peña. De hecho, muchos de ellos continuaban dedicándose de manera activa a actividades mercantiles. Es el caso de Félix Boneu, Joan Llinás, Josep Dalmau o Pau Rossell (). Además, los hermanos, padres o cuñados de estos ciudadanos honrados podían ser mercaderes en activo ( y 450). Estos ejemplos nos permiten apreciar mejor el peso que tuvo la élite mercantil en el Consejo de Ciento. Por mucho que lo ciudadanos honrados tuviesen una mayor representación en el municipio, a la hora de la verdad, una parte de ellos eran auténticos mercaderes en activo.
Estos 158 ciudadanos honrados pertenecían a 145 familias diferentes. Sólo hemos encontrado doce familias que tuviesen dos o más miembros en el Consejo de Ciento entre 1688 y 1714, lo que supone un 8% del total. Ninguna de ellas pertenece a las grandes dinastías que tradicionalmente se consideraba controlaban la institución: Clariana, Gualbes, Fivaller, etc. Los que sí están más presentes son los Barrera (14 años), seguidos de los Lloreda, los Mercader y los Pi (12 años). La participación de sus miembros fue bastante desigual: Baltasar Barrera estuvo tres años, mientras que su hijo Magí once; Jacinto Lloreda estuvo diez años y su hijo Maurici dos.
La presencia de individuos de una determinada familia en el Consejo de Ciento parece obedecer más a los intereses particulares de sus integrantes que a una estrategia familiar cuyo objetivo fuese influir continuamente en la institución. Cuando fijamos nuestra atención en los miembros del Consejo de Ciento en momentos clave constatamos que, en su mayor parte, eran gente del común. Por ejemplo, durante el asedio de 1713-1714 ninguno de los consellers en cap pertenecía a las grandes familias ciudadanas ni habían tenido un gran protagonismo político los años anteriores. Emmanuel Flix —conseller en cap en 1713— fue miembro del Consejo de Ciento por primera vez en 1702. Desde entonces participó en nueve de las catorce ocasiones que hubo, pero no consecutivas. Rafael Casanovas —conseller en cap en 1714— sólo empezó a estar presente en 1707. Eran gente común —abogados, médicos o comerciantes de distinto nivel— sin grandes riquezas, pero con gran liderazgo político.
Respecto a los militares, se constatan las mismas dinámicas, solo que con algunas particularidades. De los 110 caballeros y nobles, dieciséis eran doctores en derecho (15%) y cincuenta y dos tenían vínculos mercantiles (47%). A ello se añade el hecho que sesenta y siete, él o su padre, habían cambiado de estamento, ascendiendo en la escala social (, ; ; ; ). La presencia de nobleza antigua, en la que el abuelo era noble, supone sólo el 36% de los miembros del estamento. Casi una cuarta parte de los militares (23%), eran hijos o nietos de mercaderes. El dato no es baladí. Eran miembros de la pequeña nobleza, de reciente ascenso. De estas 110 personas sólo había cinco títulos (tres marqueses y dos condes), y todos ellos habían recibido el título con posterioridad a 1702 (). El que más tiempo estuvo —tres años— fue el hijo de mercader Pau Ignasi Dalmasses, marqués de Vilallonga desde 1709 (). Se trata de una nobleza que parece haber tenido poco interés en controlar o en influir sobre la institución. Sólo Alexandre Boixadors estuvo más de la mitad del periodo analizado —dieciséis años— y seis personas más (dos caballeros y cuatro nobles) estuvieron entre diez y trece años. La mayoría de esta nobleza, el 70%, estuvo entre uno y cuatro años. Con cifras tan reducidas, resulta realmente difícil por hablar de la existencia de facciones o de grupos de influencia que pretendiesen controlar el estamento.
Como se ha apuntado antes, los mercaderes son los que tienen índices de permanencia más altos en la institución, lo que podría llevarnos a pensar en la existencia entre ellos de familias que controlasen el estamento. No obstante, la realidad es bien diferente. Entre 1688 y 1714, sólo once de las ochenta y cinco familias de mercaderes presentes en Consell de Cent tienen en él a más de un miembro, o sea, el 13% del total. Ninguna de ellas pertenecía a los grandes linajes mercantiles. Hubo seis familias que estuvieron trece o más años (caso de los Vidal, Golorons, Font, Calvaría, Bosch, Novial). La familia que tuvo una mayor presencia fueron los mencionados Vidal —17 años—, algo que, por otra parte, difícilmente puede interpretarse como un signo de control político ante el elevado número de miembros que había. Ciertamente, las grandes fortunas mercantiles del momento estuvieron presentes (Mercader, Joan Pau Llorens, Josep Duran, Salvador Feliu de la Penya, Félix Vidal, etc.), en algunos períodos superiores a los diez años. Sin embargo, ninguno de sus miembros tiene otros familiares en el Consejo de Ciento, lo que vuelve a mostrarnos que su presencia en la institución se debía más a intereses personales que al resultado de una estrategia familiar diseñada al efecto.
De los treinta y dos asientos que tenían asignados los artistas, catorce eran para los notarios —diez de Barcelona y cuatro reales—, seis para los barberos/cirujanos —la documentación los equipara—, seis para los drogueros, cuatro para los apotecarios y dos para los cereros. Esta distribución resulta indicativa de las diferencias internas que había entre ellos, pues los notarios se hacían con casi la mitad de los asientos de esta consejería. Por otro lado, existió una gran disputa entre los drogueros y los apotecarios por las plazas asignadas. En no pocos casos, los primeros controlaron ocho de las diez que había para ellos y los apotecarios, llegando en 1714 a ocupar las diez plazas, mientras que por su parte los citados apotecarios intentaron hacer lo mismo, pero solo lo consiguieron en contadas ocasiones.
Si fijamos nuestra atención en los artistas que fueron miembros del Consejo de Ciento entre 1688 y 1714, veremos que hubo cincuenta y tres notarios de Barcelona (28%), seguidos de treinta y ocho drogueros y treinta y siete cirujanos/barberos, que suponen, respectivamente, el 20% y el 19% del total. Con cifras mucho menores encontraremos veinticinco notarios reales (13%), veintidós apotecarios (12%) y quince candeleros de la cera (8%).
Los datos muestran con claridad que, más allá de la distribución teórica, la consejería estuvo dominada por los notarios de Barcelona, los drogueros y los cirujanos que, en conjunto, acaparan el 70% de las plazas disponibles. En total sólo hubo diecinueve familias de artistas con dos o más miembros entre los jurados, lo que supone el 10% del estamento. Los notarios suponen el 41% del total de los miembros, seguidos de los drogueros y barberos con cifras cercanas al 20%. Los notarios también son los que tienen un mayor porcentaje de repetición. Las tres personas que lo hacen doce veces son notarios (Ramon Congost, Francisco Torres y Francisco Cortés). Entre los drogueros el que más veces lo hizo fue Mariano Pujol —once veces—, la misma cifra que el apotecario Francesc Romà. Hemos de ser conscientes que los artistas pertenecen a ámbitos profesionales muy cercanos a los estamentos superiores. Los notarios están en continuo contacto con los abogados, mientras que cirujanos y barberos ejercían a veces funciones semejantes a las de los doctores en medicina, quienes a su vez estaban vinculados a los apotecarios. Por otro lado, en muchos casos los drogueros se confunden con los mercaderes, amén de ser auténticos hombres de negocios, como Josep Durán, Sever Marc, Salvador Mates, Ramon Mascaró, Jaume Fàbrega, (; ). Finalmente estarían los menestrales.
Como se ha dicho, para los años analizados se ha constatado la presencia de 391 personas pertenecientes a cincuenta y un oficios diferentes. Lo podemos ver en la siguiente tabla.
No todos los oficios estaban igualmente representados. Los paraires, zapateros, plateros, carpinteros, sastres y albañiles, tienen una presencia constante y casi todos los años suelen contar con dos personas. Hay oficios que normalmente tienen un miembro cada año —sazonadores, blanqueros, tejedores de lana, espaderos, etc.— y, en cambio, en otros esa presencia es bastante anecdótica —bordadores, torcedores de lana, merceros, pedrenyalers o sederos—, con una o dos personas en los veintiséis años analizados. Resulta evidente que entre los menestrales también existían diferencias internas y no todos los gremios gozaban de la misma categoría o prestigio. En cuanto a los vínculos familiares no se constatan novedades: parece que hay un total de veintiuna familias que tienen dos miembros diferentes en la institución, lo que supone un 12% del total. Son cifras semejantes al resto de estamentos.
Visto en su conjunto, se constata entonces la inexistencia de procesos endogámicos dentro del consistorio barcelonés y, por el contrario, la existencia de una relativa facilidad para que personas de estamentos muy diferentes participasen en el gobierno de la ciudad. Así pues, en Barcelona sucede lo mismo que en Lleida o Valencia. En ellas «los casos de patrimonialización, si es que los hubo, fueron muy excepcionales» () y, por eso, «más que de familias cabe hablar de individuos con influencia» (.)
El peso de los estamentos no privilegiados en el Consejo de Ciento a finales del siglo XVII y principios del XVIII contrasta con lo que sucede en el mismo periodo en gran parte de Europa, donde se aprecia un cierre no sólo de las familias, sino también del número de personas y de los diferentes estamentos que tenían acceso a los órganos de gobierno municipal. Por ejemplo, en Rodez, los cuatro cónsules de los siglos XV y XVI se redujeron a dos en el XVII. En 1625, se eliminó el cuarto cónsul, reservado a los oficios mecánicos bajo la justificación de que «n’estant pas obligué de mettre en ce degre une persone de bas peuple, qu’ils sont incapables plus que les autres» (). Este rechazo de los oficios mecánicos también se puede constatar otras ciudades francesas como Albi, Narbone o Marsella. Por su parte, en Trento, las reformas que se hicieron en el siglo XVIII y excluyeron del catalogo dei cittadini a los agricultores y aquellos que se dedicaban a «sordid, vile and mechanic craft», lo que incluía también a los pequeños comerciantes (). A partir de 1669, en Lübeck se exigió la renuncia a formar parte de los gremios si se deseaba optar a ser miembro del consejo municipal (). En Gdanz, a finales del siglo XVII, el 80% de los integrantes de su consistorio eran hombres de letras, mientras que los mercaderes habían controlado la institución con anterioridad (). Incluso ciudades con una fuerte presencia gremial de mercaderes y artesanos se vieron afectadas por este cierre. Hamburgo, sin duda, es un buen ejemplo de ello. A pesar de la aparición de muchos mercaderes de diferente de nivel de riqueza en el Bürgercarft, lo cierto es que, como nos recuerda Lindemann, los «day laborers, non guilded craftsmen, publicans, sailors, peddlers, valets […] as well as manual laborers» estaban excluidos de los derechos de ciudadanía y de participar en el gobierno de la ciudad (). En Barcelona, en cambio, a principios del siglo XVIII hubo intentos por aumentar todavía más la representación popular. En 1707, Carlos III, el archiduque, intentó que el Consejo de Ciento incrementase el número de menestrales y artistas que podían ser insaculados en las bolsas de los consejeros quinto y sexto.
7. Algunas reflexiones finales
El caso del gobierno de Barcelona es un caso poco común en la Europa de finales del siglo XVII, momento en el cual el número de miembros de las élites urbanas tiende a disminuir (). Es a la vez un período en que el miedo o el rechazo a la participación política de los grupos estamentales más bajos se está expandiendo, lo que lleva a que los monarcas y señores de vasallos quieran ejercer un mayor control sobre los cabildos municipales (; ).
La configuración del gobierno municipal de Barcelona, sin embargo, parece que consiguió resistir con notable éxito esta tendencia, situándose en la senda de otras ciudades europeas del momento, como Zúrich o Hamburgo. Los datos aportados en este sentido son claros: entre 1688 y 1714, 946 personas diferentes participaron en el gobierno de Barcelona y votaron las decisiones tomadas en condiciones de igualdad, independientemente de su estamento. Esto significa que en 1707 el voto del marqués de Aimeric tenía el mismo peso que el del carpintero Josep Solà.
Las 946 personas se dividían en 158 ciudadanos honrados, 110 nobles y caballeros, 96 mercaderes, 191 artistas pertenecientes a siete gremios y 391 menestrales procedentes de cincuenta y un oficios diferentes. No parece que fuesen una elite cerrada. La media de permanencia en la institución fue de 4,5 años, y el grupo que más veces repitió fueron los mercaderes, con una media de 7 años sobre los veintiséis analizados. La institución de gobierno poseía pues un fuerte dinamismo estamental y económico, permitiendo y asumiendo ascensos y descensos en la jerarquía social: el 50,3% de los ciudadanos, él o el padre, habían cambiado de estamento, cifra que llega al 64% entre los militares. Además, el 40% de los ciudadanos tenía vínculos mercantiles, y el 49,5% de los militares también. Ante esto, cabe afirmar que en Barcelona no existían familias influyentes, sino personas influyentes. Los datos manejados al respecto muestran que los miembros de una misma familia participaron en muy diferente grado en el Consejo de Ciento, visto que no hubo una estrategia de permanencia continuada en el mismo, a parte del interés individual que podía tener esta o aquella persona concreta.
Sabemos que en muchas ciudades europeas el «hombre común», el mercader, el artesano, tuvo resultados dispares a la hora de mantener su influencia política en los gobiernos municipales, de los que fue paulatinamente desplazado por las oligarquías urbanas (; ; ). En Barcelona no parece que esto haya sido así. En los veintiséis años analizados, 583 artistas y menestrales participaron en la toma de decisiones políticas tan relevantes como la defensa de la aplicación de la viceregia, la negativa a modificar el testamento de Carlos II o la decisión de resistir el asedio de 1714. Por tanto, la participación del hombre común en la política era muy significativa. A ello se añade otro elemento determinante: a pesar del gran número de personas de todos los estamentos que participaron en el gobierno de Barcelona, las decisiones que se tomaron en él durante esos años se caracterizaron por su coherencia en defensa de las constituciones y privilegios de la ciudad (). De este modo, entendemos que se puede aplicar a Barcelona lo que Julia Adams decía para algunas ciudades de las Provincias Unidas, “men could now become the subjects of their own history rather than mere subjects of the King” ().
Agradecimientos
Este artículo se enmarca dentro de las investigaciones llevadas a cabo por el Grup d'estudi de les institucions i de les cultures polítiques (segles XVI-XXI) (2017 SGR 1041) y el grupo de investigación España y Francia: intereses dinásticos e intereses nacionales (1701-1733) (PGC2018-097737-B-I00), ambos dirigidos por el profesor Joaquim Albareda.
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Notas
[3] En los casos castellanos, el sorteo se aplicaba sólo a la elección de algunos cargos políticos, como el síndico en Cortes o los miembros de comisiones de trabajo inferiores.
[5] Archivo Histórico Municipal de Barcelona (en adelante AHMB), Llibre de deliberacions del Consell, 1B. II. vol. 211, fol. 162r. En adelante lo citaremos como LLDCC, indicando el volumen y el folio.
[7] Dietari del Antic Conell de Cent Barceloní, (1892-1975), Barcelona, Ajuntament de Barcelona, vol. XXIII, pp. 143-201. En adelante lo citaremos como DACB, indicando el volumen y la página.
[8] En el caso de la Corona de Castilla, hay dos ciudades gallegas, una asturiana, siete castellanas, siete andaluzas y una murciana. En el caso de la Corona de Aragón, cinco catalanas y de Mallorca, tres aragonesas y cinco valencianas.
[9] Cuando hemos podido averiguarlo, se ha añadido entre paréntesis el número real de regidores o jurados que había a finales del s. XVII.
[11] Sería el caso de Cádiz, una ciudad mercantil en ciertos aspectos similar a Barcelona. Pero las competencias y perfil de social de sus miembros eran claramente diversos.
[12] En el caso de Lérida, Gerona y Huesca se les llama jurados, pero responden a la misma realidad.
[13] Lógicamente el cuadro simplifica una realidad mucho más compleja, sobre todo a la hora de definir con precisión qué se entiende por ciudadanos o mercaderes en cada ciudad.
[14] Para no alargar en exceso el cuadro, no se incluyen otras ciudades que tienen estructuras similares a las recogidas aquí, como es el caso de Berna o Munster.
[15] En Burgos se pasó de veintitrés regidores en 1600 a treinta y siete en 1673 (); en Santiago de Compostela los doce regidores iniciales se convirtieron en veintiuno hacia 1700 (). Estos aumentos no se vinculan con un mayor deseo de la Corona para facilitar la participación de nuevos sectores sociales. Son consecuencia de las necesidades económicas de la monarquía, que recurrió a la creación y venta de nuevas regidurías.
[16] Su aparición en la Baja Edad Media se explica en parte, por la ausencia de nobles y caballeros en las ciudades nacientes.
[17] En Trento se exigía un mínimo de ingresos. Desde 1704 se constata la presencia entre los ciudadanos de pequeños mercaderes y artistas (). En Ámsterdam no se requería la renuncia a ninguna actividad mercantil. La ciudadanía se adquiría por compra, nacimiento o matrimonio ().
[19] La principal causa era por defunción, pero también podía ser por cambio de estamento, desinsaculación o renuncia voluntaria. Algunos ejemplos en LLDCC, 215 fol. 9r. y 217, fol. 4r.
[20] De los 810 insaculados en 1707, son desinsaculados por fallecimiento 163, por cambio de estamento quince y por cambio de oficio o razones personales cuatro. Cfr. AHMB, Llibres de l’ánima, 1C.VIII-8.
[22] Candeleros de sebo, sombrereros, curtidores, sogueros, algodoneros, albañiles, colchoneros, sastres, tintoreros, merceros, toneleros, espaderos, esparteros, manteros, guanteros, jarreros, hortelanos, cerrajeros y marineros.
[23] En Rodez, dentro de la consejería primera, había doctores en medicina, notarios y licenciados (). En Trento, los 51 nuevos ciudadanos creados entre 1704 y 1769 incluían a artesanos y pequeños «mercaderes» equiparables a los artistas o menestrales barceloneses (). De los cuatro burgomasters de Hamburgo, uno de ellos debía ser necesariamente mercader ().
[24] Entre los pocos casos de juntas menores que tuvieron miembros de los cuatro estamentos destaca la sisena que se creó en 1704 para desinsacular a Honorat Pallejà, compuesta por tres ciudadanos honrados, dos gaudints y un mercader. LLDCC, 213, fol. 249. Otros casos en DACB, VIII, p. 5.
[25] LLDCC, 223, fols. 11 y ss. Esto no significa que todas las comisiones tuvieran un número paritario de los miembros de cada estamento, pero sí que todos estaban representados. En la veinticuatrena de Cortes, había ocho ciudadanos, seis mercaderes, cinco artistas, cinco menestrales y ningún militar. En 1704, para oponerse a los encarcelamientos del virrey el Consejo de Ciento nombró una dotzena formada por tres ciudadanos, tres militares, dos mercaderes, dos artistas y dos menestrales. Biblioteca del Seminari de Barcelona, Mas, Emmanuel, Diari des del novembre del any 1700 fins a l'octubre del any 1705, document 419, p. 503. En adelante: Mas.
[26] El rec comtal era un canal abierto dentro de la ciudad que se utilizaba para regar, hacer funcionar los molinos y diferentes usos industriales.
[37] En Trento se estableció que no podía haber dos consoli de la misma familia a la vez (). En Valencia, desde 1648 se estableció que no podían ser escogidos para el Consell el mismo año dos hermanos, padres e hijos, así como suegros o yernos ().
[40] Barrera, Costa, Dalmau, Duran, Fornaguera, Gallart, Lloreda, Mercader, Oliver, Orriols, Pi y Sentís.
[41] Otros personajes con un gran protagonismo político en aquel momento (Joan Llinás, Salvador Massanés o Ignasi Bòria) tenían el mismo perfil y tampoco pertenecía a las grandes familias barcelonesas.
[45] Sucedió en 1693, 1696, 1697, 1710 y 1713. Además, en 1694, 1695, 1698 y 1702 tuvieron siete puestos y los apotecarios sólo tres.