El 20 de septiembre de 1742, Josefa Cabrera, casada y madre de cinco hijos, manifestaba ante el Tribunal del Repeso de la ciudad de Valencia «que desde muchacha se ha criado en el mercado con su madre, buscando la vida en vender fruta y otras cosas pertenecientes». Tras la promulgación de un nuevo bando, esta había perdido su licencia como revendedora, viéndose obligada a recurrir ante las autoridades para solicitar su restitución, ya que este era el único medio de subsistencia para su extensa familia, que incluía a su esposo imposibilitado y a su propia madre. Este breve relato autobiográfico que Josefa expuso ante la corte refleja una realidad cotidiana, que no era ni mucho menos una excepción.
Nuestra investigación pretende arrojar luz sobre el rol jugado por las mujeres en el comercio alimentario valenciano a lo largo del siglo XVIII, un fenómeno estructural en las ciudades europeas del periodo preindustrial. Cientos de mujeres se ganaron la vida en los espacios públicos de la ciudad, desempeñando una amplia gama de trabajos, entre los que sobresalía la venta y reventa de frutas, hortalizas y otros géneros de abasto. Ahora bien, esta presencia femenina, reflejada en gran parte de las representaciones coetáneas de plazas y mercados, resulta esquiva en las fuentes de archivo, quedando ensombrecida frente a la preponderancia masculina en el negocio del aprovisionamiento urbano. Sin embargo, pese a los tópicos sobre la invisibilidad del trabajo femenino, no todos los fondos documentales son tan opacos y el rol de las mujeres, al menos en el ámbito comercial, puede reconstruirse a partir de aquellas series documentales más conectadas con la realidad cotidiana de los espacios urbanos. Para el caso valenciano, hemos recurrido a la documentación del Tribunal del Repeso, institución municipal encargada del control diario del funcionamiento de la plaza del mercado y otros espacios vinculados con el abasto urbano; combinando estos con otra documentación de carácter normativo.
1. MUJERES Y MERCADO. UNA SIMBIOSIS HISTORIOGRÁFICA EN AUGE
La renovación de los estudios sobre historia del trabajo en Europa ha contribuido a romper algunos tópicos, ampliando el espectro de análisis en diferentes direcciones, tanto desde la perspectiva de género, incluyendo a las mujeres en el centro del debate, como desde la perspectiva económica, superando el marco institucional y legal, para dar cabida a toda una serie de actividades laborales escasamente reguladas, de carácter informal e incluso ilegales. Podemos afirmar que «in early modern Europe, women were highly active in retail trade in all cities» (). Esta idea, basada en una amplia base bibliográfica, se hace extensible a toda Europa, pese a las notables diferencias que se aprecian en los contextos urbanos a lo largo del continente. A partir del estudio pionero de Merry Wiesner centrado en la ciudad de Nuremberg (1981), toda una serie de historiadores e historiadoras han analizado la presencia femenina en los circuitos comerciales de diversas regiones europeas, generando una corriente historiográfica en auge, que permite analizar este fenómeno desde una perspectiva comparada (sin ánimo de exhaustividad, estas son alguna de las principales aportaciones: ; ; ; ; ; ; ; ).
Desde el punto de vista clásico, la participación femenina en los mercados se definía como una extensión de su actividad doméstica, derivada de la pobreza y la falta de oportunidades laborales en otros sectores productivos, especialmente ante la predominante exclusión laboral de las mujeres dentro de las corporaciones gremiales (). Sin embargo, esta condición de marginalidad, próxima a la delincuencia, en la que, teóricamente, las mujeres se verían abocadas a malvivir gracias a la venta ambulante, ha dado paso a una interpretación más compleja, en la que se las considera como parte esencial de la expansión de los circuitos de intercambio y de la economía urbana ().
A pesar de que los mercados eran espacios estrictamente regulados, tanto por las instituciones locales como por las ordenanzas gremiales, en general, no se observa una tendencia hacia la exclusión femenina, sino más bien una redefinición constante de los límites de lo lícito y lo ilícito, en ocasiones plasmada en regulaciones municipales que limitaban el acceso a la plaza, en función de la edad o el estado civil, tanto a hombres como a mujeres (; ). Sin embargo, la realidad social iba siempre un paso por delante, por lo que el ejercicio del comercio minorista, en buena medida, se basaba en la existencia de una red familiar y vínculos de confianza, entroncando con el concepto de economía moral (; ). Las mujeres formaron parte de este complejo universo social, condicionado por la demanda y las fluctuaciones en el aprovisionamiento urbano, pero cualquiera no podía ejercer estos oficios, limitados a aquellas «who possessed the necessary experience, skills and opportunities to engage in almost all of the occupations whose exercise involved attendance at markets and fairs» (). Esta realidad, extensible a muchos ámbitos de la práctica mercantil, es especialmente evidente en los mercados alimentarios, donde las mujeres pudieron desarrollar un rol más activo, pese a la recurrencia de los tópicos en torno a la exclusión y marginalización femenina por parte de los gremios (). En este sentido, estudiar los mercados de abasto nos permite analizar «the opportunities available to women by a highly flexible market that covered not only licit but also illicit trade» (). Las vendedoras y revendedoras aprendían el oficio, en muchos casos desde niñas, acompañando a sus madres u otros parientes en la plaza, especializándose en un sector concreto de aprovisionamiento alimentario y manteniéndose en el oficio, en ocasiones, durante generaciones.
El análisis de listados oficiales y registros judiciales, aplicado en gran parte de los estudios recientes sobre este tema, nos aproxima al papel jugado por estas mujeres en los espacios públicos, reflejando su carácter emprendedor y una capacidad de iniciativa relacionada con las estrategias de supervivencia de sus hogares (; ). Su labor no puede ser considerada como pasiva, subsidiaria o forzada, sino que, en general, respondía a una colaboración económica fundamental para sus economías domésticas, sin que necesariamente esta estuviese supeditada al ejercicio profesional de sus maridos. En definitiva, pese a la modestia general de este comercio al por menor, las mujeres actuaron con iniciativa propia dentro de los mercados urbanos, en función de las posibilidades que le ofrecía su red familiar, participando de una «entrepreneurial culture where those with greater skills or better positioned in the market did not hesitate to exploit the misery of those in need» (). Pese a que no podemos hablar de un grupo social homogéneo, ni en su actividad económica ni en sus expectativas sociales, en general, se ha observado una cierta interlocución y negociación colectiva con las autoridades en cuanto a la aplicación del marco normativo oficial, flexibilizado o endurecido en función de la coyuntura y el contexto local. Una identidad colectiva, pese a referirnos a oficios no agremiados, que podía manifestarse en momentos de inestabilidad social y confrontación política (; ; ).
En conjunto, podemos afirmar que la historiografía ha priorizado el enfoque de género en el estudio de la simbiosis entre mujeres y mercado, dentro de la corriente que aborda el estudio del trabajo femenino a lo largo de la historia. Sin embargo, coincidimos con Pennington en el hecho de que resulta necesario trascender en el análisis de la división sexual del mercado de trabajo, interrogándonos sobre el papel que estas mujeres tuvieron en la vida social y la cultura comercial de sus ciudades:
Women traders were central to the commercial life of early modern English towns [...] We should therefore be as interested in what the experiencies and activities of tradeswomen tell us about the commercial culture and social life of urban communities as we are in what they tell us about the gendered division of labor ().
Para el caso español, disponemos de una creciente (aunque todavía insuficiente) tradición historiográfica que corrobora una realidad profundamente arraigada: la activa participación de las mujeres en el mercado laboral, tanto en el mundo urbano como rural (Rey Castelao, ; ; ). Las investigaciones sobre el trabajo femenino en Santiago, Zaragoza o Madrid han permitido reconstruir el papel de estas en determinados sectores laborales, como el servicio doméstico o el artesanado, pero también en su faceta comercial, confirmando la presencia de espacios y oficios feminizados en el espacio público urbano (; ; ). La división sexual del mercado de trabajo y el menor coste de los salarios femeninos se imponían como norma en labores manufactureras, como la hilatura de la seda, en conexión con diversas corporaciones gremiales, de las que las mujeres estuvieron oficialmente excluidas (). Sin embargo, en lo que respecta a su presencia en los circuitos comerciales, nos referimos a una heterogénea gama de ocupaciones, ampliamente documentadas desde el periodo bajomedieval (), sobre la cual quedan múltiples aspectos por perfilar. Entre ellos, destacan el perfil social de estas mujeres, no siempre marginadas o pobres, así como el impacto económico de su comercio o su rol esencial en el funcionamiento de los mercados urbanos. No obstante, por el momento, carecemos de investigaciones que hayan abordado el tema como objeto central de estudio, con alguna salvedad (; ; ; ).
En cualquier caso, la historiografía sobre trabajo femenino preindustrial coincide en definir los mercados como uno de sus principales sectores laborales, junto al servicio doméstico, lo que representa una línea de estudio abierta para el futuro. Las mujeres participaron en todos los niveles de la práctica mercantil, aunque el número de estas se incrementa cuando nos aproximamos a los espacios cotidianos de intercambio y a las profesiones más modestas. En buena medida, las mujeres de la plaza del mercado dependían de esta actividad para sustentar su economía familiar. Pese a que podemos encontrar mujeres casadas, solteras o viudas, también figuraban niñas, hijas o criadas, que se ganaban la vida de manera muy modesta, vendiendo para otros. Aun así, no estamos ante mujeres solas y marginadas, ya que la mayor parte contaba con una red familiar de apoyo y una cierta capacidad económica ().
Difícilmente podemos hablar de mujeres independientes, ya que, en buena medida, su trabajo dependía de su estado civil, sus vínculos familiares y su capacidad económica. Sin embargo, sí estamos ante mujeres con iniciativa, que fueron capaces, no sin dificultades y conflictos, de subsistir y mantener su economía doméstica, pese a las limitaciones jurídicas y el carácter humilde de su comercio. Centenares de ellas acabaron siendo multadas por cometer diferentes tipos de fraude, siendo este tipo de registros penales una de las fuentes principales para aproximarnos a esta esfera femenina. Estamos hablando de oficios relacionados con la venta minorista de comestibles y otros géneros de abasto, por lo general modestos, aunque ello no significa que su papel dentro de las economías urbanas también lo fuera, desterrando el tópico de la marginalidad. Las mujeres pudieron emprender y desarrollar su labor dentro de los mercados, insertadas en un marco legal relativamente permisivo, que otorgaba cierta autonomía a las mujeres del mercado ().
2. EL ESPEJISMO DOCUMENTAL DE LAS FUENTES MUNICIPALES
Prácticamente todos los estudios sobre trabajo femenino en la historia coinciden en remarcar la escasez de fuentes y la dificultad que presenta indagar sobre la actividad laboral de estas mujeres. Sin embargo, el contraste entre la omnipresencia femenina en las economías urbanas preindustriales y su infrarrepresentación en las fuentes responde también a un problema de enfoque. En palabras de Simonton y Montenach, «this invisibility does not result from a lack of archives, but from a lack of questions» (). Este trabajo no escapa a esa realidad, aunque aspira a superar alguno de esos obstáculos, a través del uso de fuentes capaces de aproximarnos a la realidad social, marcando la diferencia entre la norma y la praxis.
Aun así, nos enfrentamos a un problema heurístico difícilmente subsanable, la parquedad de referencias documentales y el carácter parcial de los casos que nos presentan las fuentes primarias, pese a poder complementar estas con otras de carácter literario o iconográfico. Por lo que respecta a los archivos valencianos, el papel femenino queda ensombrecido ante el predominio de los personajes masculinos en la mayor parte de fuentes de carácter oficial. Por lo tanto, para indagar sobre el trabajo de las mujeres en la plaza del mercado de Valencia ha sido necesario recurrir a diferentes fondos archivísticos, con resultado dispar. El rastreo documental de las series vinculadas con el aprovisionamiento urbano inicialmente arrojó un resultado pobre. Por un lado, los libros de actas municipales reflejaban aspectos relacionados con el negocio del abasto, pero rara vez descendían a tratar la realidad cotidiana del mercado. Por otro, la creciente intervención regia sobre la administración municipal contribuyó a desarrollar un control más estricto y sistemático de diferentes aspectos de la política municipal, entre ellos, los mecanismos de aprovisionamiento (; ). A partir de la creación de la Junta de Abastos en 1767, disponemos de una serie documental específica que cubre el último tercio del siglo XVIII. Sin embargo, esta documentación aporta una imagen vinculada a la gestión y el negocio del abasto, pero no necesariamente a su funcionamiento diario, por ello apenas encontramos mujeres, salvo alguna viuda. Pese a la riqueza e interés de ambos fondos, ninguno de ellos cubría la temática de este estudio.
Este espejismo documental nos obligó a recurrir a otras series, de menor interés para la historiografía tradicional, pero con un perfil más social y próximo a los sectores populares. En este sentido, el Tribunal del Repeso representa la institución jurídica que estaba presente en la regulación diaria de los puestos de venta y los mercados, entre otras funciones (). El interés despertado por este funcionario municipal en la Valencia del siglo XVIII ha sido escaso, focalizándose especialmente en sus competencias en materia urbanísticas y de salud pública (). Sin embargo, sus atribuciones iban más allá, siendo la entidad encargada de inspeccionar el comercio minorista y la distribución alimentaria en la ciudad, en colaboración con otras instituciones locales, como el Almudín o la Lonja del Aceite.
El Tribunal del Repeso cuenta con una serie propia dentro de los fondos del Archivo Histórico Municipal de Valencia, la cual comienza a partir de la Nueva Planta, momento en que la supresión del marco institucional foral hizo desaparecer la figura del mustassaf, funcionario municipal encargado del control de los mercados desde el periodo medieval y cuyas competencias, grosso modo, fueron refundidas en el nuevo tribunal borbónico (, ). A pesar del desorden imperante en los fondos archivísticos de esta institución, podemos reconstruir de manera aproximada su labor diaria, a través de los registros de imposición de penas, los ramos de providencias específicos, que regulaban un amplio abanico relacionados con la policía urbana, y un sinfín de informes, memoriales y consultas elevados a esta corte, que reflejan una dimensión cotidiana de las actividades productivas y comerciales, modesta pero fundamental, imperceptible en otras series documentales. He aquí donde hemos podido rescatar la historia de vida de centenares de mujeres que consiguieron ganarse la vida en la esfera pública, manteniendo a sus familias a través de la venta y reventa de géneros de abasto por las calles y plazas de la ciudad, especialmente en la plaza mayor o del mercado.
Aunque este fondo será el soporte principal de nuestro estudio, necesariamente hemos de cruzar la información obtenida con el marco jurídico-institucional que regulaba el funcionamiento de los mercados en la ciudad; un amplio corpus legislativo que trató de evolucionar y adaptarse a la cambiante y dinámica realidad de los espacios comerciales en la Valencia del siglo XVIII. La creciente dificultad para controlar el abastecimiento urbano, especialmente en el ámbito de la economía informal, obligó a readaptar la normativa oficial a la realidad social de manera recurrente. Las autoridades valencianas tuvieron que regular constantemente las prácticas mercantiles desarrolladas en el mercado, haciendo mención explícita en diversas ocasiones al papel desempeñado por las vendedoras y revendedoras, con el fin de evitar los acaparamientos y especulación en los precios de los abastos. El libro de Establiments i ordinacions de la ciudad refleja la preocupación de las autoridades por poner coto a la reventa durante los siglos XVI y XVII, a través de toda una serie de disposiciones en favor del «bien común», condenando el hecho de que «moltes persones que poden fer fahena van venent y comprant fruytes y ortalizes y melons y carchofes […] en total perjuhí de la dita ciutat y república de aquella» (). Este marco jurídico foral reglamentaba las condiciones bajo las cuales se podía ejercer la reventa (concesión de licencia, regulación horaria, control de pesos...), sin imponer ningún criterio de exclusión en base al género o estado civil, llegando incluso a promover, con poco éxito, que esta actividad se limitase a las mujeres mayores de 40 años.
No obstante, la reiteración de las disposiciones pone de manifiesto el constante incumplimiento de las normas y la recurrencia de estas prácticas fraudulentas, que probablemente se intensificaron en el siglo XVIII, como consecuencia del crecimiento urbano de Valencia. Tras la Nueva Planta, se produjo un incremento de la actividad legisladora, plasmada en una quincena de autos de buen gobierno destinados a la regulación específica de la plaza del mercado, los cuales fueron promulgados entre 1728 y 1763. Entre otros aspectos, las autoridades insistían en que ni las ordenanzas municipales ni los autos de buen gobierno habían evitado los abusos de los regatones, sin distinción de sexo, que revendían a toda hora en el mercado y fuera de él, a lo que habría que sumar otros fraudes relacionados con el aprovisionamiento urbano ().
3. EL TRABAJO FEMENINO EN LA PLAZA. UNA APROXIMACIÓN CUANTITATIVA
La documentación del Repeso para el siglo XVIII tiene un carácter disperso y parcial, especialmente para la etapa previa a la puesta en marcha de la Junta de Abastos en 1767. No obstante, sus fondos nos aportan decenas de referencias puntuales sobre concesiones de licencias para vender en el mercado, tanto de hombres como de mujeres, pero también listados conjuntos, susceptibles de ser analizados desde un punto de vista cuantitativo, a través de los cuales ponderar el peso del trabajo femenino en la plaza. Este es el caso de la «mano de asientos de vendedores y revendedores» correspondiente a los años 1741 y 1748.
Gracias a estos listados conocemos mejor el funcionamiento ordinario de la plaza del mercado, distinguiendo cuatro categorías profesionales fundamentales, de las que participaban tanto hombres como mujeres, en función del rol que ejercían dentro de la cadena de distribución alimentaria de la ciudad: 1) los abastecedores, 2) los vendedores, 3) los revendedores y 4) los pesadores. Los primeros se dedicaban a introducir géneros al por mayor en la plaza, por lo general traídos de fuera de la Particular Contribución, con la obligación de conducirlos directamente al mercado y declararlos ante las autoridades; los segundos se dedicaban a la venta minorista, sin intermediarios, y podían incluir géneros foráneos o propios, como era el caso de los labradores y hortelanos de la Huerta de Valencia, a quienes se les asignaba un puesto fijo en el mercado. En tercer lugar, los revendedores y revendedoras compraban géneros dentro de la plaza con el fin de revenderlos, siendo este un comercio ambulante, pero regulado por los autos de buen gobierno, con el fin de facilitar la distribución y el abastecimiento de la ciudad durante todo el día, una vez que los vendedores cerraban sus puestos. Todos ellos debían recibir licencia del Repeso para ejercer su comercio, asignándoles un espacio concreto y vetándoles el acceso a la plaza hasta las 11 horas, a fin de que los consumidores pudieran comprar primero en los puestos de venta directa. Un último colectivo sería el de los medidores o pesadores, aquellos que, tras ser nombrados para tal efecto, se dedicaban a pesar y medir las mercancías cuando se cerraba una venta en el mercado, a fin de garantizar al consumidor que los pesos empleados no habían sido adulterados por los vendedores, a cambio de una pequeña suma de dinero. También estos podían encargarse de vender géneros a petición del Repeso, aquellos que habían sido decomisados por fraude, u otras mercancías y prendas embargadas a los contraventores para saldar sus multas. Quedan, por tanto, fuera de estos listados la muchedumbre de personas que, de forma ilícita, revendían sin licencia, los conocidos como regatones y regatonas, a quienes se asociaba con la ociosidad, el acaparamiento y la especulación en los precios de los abastos. Los datos se reflejan en la siguiente tabla:
Fuente: véase nota . Elaboración propia
De las 48 licencias otorgadas el año 1741, una cuarta parte (12) fueron concedidas a mujeres, todas ellas especializadas en la distribución de fruta, verde o seca, en el mercado, mientras que, en el resto de los abastos, los titulares fueron hombres. Pese a que la muestra es limitada, las mujeres participaban como abastecedoras (1), vendedoras (2) y, especialmente, como revendedoras, el colectivo más numeroso (9), evidenciando la preponderancia femenina en esta profesión, clave para el correcto aprovisionamiento y distribución de los abastos urbanos. Del mismo modo, el asiento de abastecedores, vendedores y revendedores de 1748 mantiene una estructura similar al anterior, aunque con una muestra más amplia y una mayor presencia femenina, que en este caso se eleva hasta el 45,3%. Los 39 asientos a nombre de mujeres se distribuyen de manera más diversificada, pese a la preponderancia de las revendedoras de frutas (25). Además, también figuran mujeres que desarrollan un rol activo en el aprovisionamiento de la plaza; es el caso de tres vendedoras de fruta (3), cuatro revendedoras de huevos «de acarreo» y siete abastecedoras de fruta forastera, higos, pasas, pimiento y queso. Todos estos géneros provenían de fuera de la Particular Contribución de la ciudad y, en ocasiones, de fuera del reino de Valencia, para lo cual se creaban de compañías encabezadas por mujeres, con la iniciativa y el capital necesario para tomar parte del creciente negocio del abasto urbano en la Valencia del siglo XVIII.
Este fue el caso de Manuela Fernández, quien declaraba ante el Repeso en septiembre de 1774 por ciertas desavenencias con otra revendedora. En su declaración indicaba que vendía en el mercado desde hacía unos cincuenta años, habiendo creado compañía de comercio junto a un taleguero y su esposa en 1765, para abastecer la plaza «de peras, manzanas y nueces […] cuidando de prevenirse dichas frutas al tiempo de la cosecha de ellas fuera de la General Contribución, y en los lugares de este reyno y el de Aragón, teniendo en la ciudad de Segorve sus trojes de repuesto». Tras la disolución de esta compañía, activa hasta 1773, había vuelto a la venta directa en el mercado, asistida por una hermana y varias criadas.
Como analizaremos más adelante, la reventa fue un oficio predominantemente femenino en la Valencia del siglo XVIII, mientras que las licencias de abastecedores y vendedores se concedían a hombres, aunque, como hemos visto, no de manera exclusiva. No obstante, el predominio masculino en estos listados no significa que fueran estos los que mantuvieran sus puestos de venta en la plaza, ya que, por lo general, los abastecedores o cosecheros delegaban esta labor de distribución directa en sus esposas u otras mujeres de confianza. No en vano, en 1793, cuando la Junta de Policía Urbana prohibió de manera taxativa la reventa y limitó la transmisión del derecho de venta a otras mujeres que no fueran las esposas de los labradores, por los fraudes y engaños que se cometían a través de esta práctica, estos protestaron de manera reiterada ante el Repeso, pidiendo que se flexibilizase la norma, y que pudieran ser criadas, doncellas u otras mujeres honradas, en lugar de sus esposas, las que vendieran diariamente en la plaza.
Adentrándonos más en dicha plaza, disponemos de una relación exhaustiva de los puestos de venta directa del mercado, donde constan los nombres de todos aquellos que, «en virtud de papel de los señores comisarios, han tomado licencia del señor Corregidor para vender en este presente año 1766 los géneros, frutos y vituallas siguientes». Además, el listado se completaba con una segunda nota «de los sujetos que toman aranzel mensual», incluyendo a aquellos cuyo comercio estaba aforado. La primera categoría refleja fundamentalmente los puestos fijos asignados a los vendedores y vendedoras del mercado, incluyendo un amplio abanico de géneros de abasto, comestibles (frutas, legumbres, aceite, volatería...) y no comestibles (quincallería y loza), pero excluyendo a las revendedoras. El segundo bloque hace referencia a las casas-tienda y/o establecimientos permanentes, los cuales teóricamente debían limitar sus precios en base a los aranceles públicos de la ciudad, actualizados mes a mes. Ello nos permite realizar una cuantificación aproximada del número de establecimientos minorista en la ciudad, aunque lo que nos resulta de especial interés es remarcar el peso que tuvieron aquellas mujeres, que figuran al frente de algún puesto de venta.
Fuente: véase nota . Elaboración propia
En conjunto, entre una muestra de 656 registros, figuran un total de 125 mujeres al frente de diversos puestos de venta (periódica o estables), lo que representa el 19,1% del total. Sin embargo, si focalizamos nuestra atención en el primer grupo, el de las vendedoras del mercado, la proporción se eleva hasta el 34,9%. Entre las 83 mujeres que recibieron licencia, la gran mayoría se dedicaba a la venta de fruta, aunque también ejercían otros oficios, como el de quincalleras (3) y, especialmente, el de torrateras, figurando un total de 21 mujeres dedicadas a la venta de garbanzos, castañas y otros frutos secos torrados, un colectivo estrechamente ligado a las revendedoras. Por último, cabe reseñar que las licencias como pesadores se repartían al 50% entre hombres (12) y mujeres (12), contando todos ellos con fiadores que respondían ante posibles fraudes o menoscabos en los géneros. Su labor era agilizar las transacciones y dar garantías a los compradores, especializándose en aquellos ramos del abasto más propios de cada sexo, que en el caso de las mujeres eran la venta de fruta, verde o seca, hortalizas y pan, principalmente.
El aprovisionamiento del mercado diario de la ciudad se realizaba a través de oficios no agremiados, siendo este un espacio que, en buena medida, escapaba de las restricciones gremiales. Por su parte, los oficios reflejados en el segundo bloque incluyen buena parte de los vendedores que estaban integrados en gremios de comercio (los botigueros o mercaderes de vara, los especieros y drogueros, los atuneros y los semoleros y jaboneros), de los que las mujeres estaban oficialmente excluidas, pese a que hay noticias de su colaboración en el despacho de los géneros. Entre estos, la presencia femenina se diluye, y las pocas mujeres que aparecen figuran al frente de los negocios de sus difuntos esposos, como viudas. En conjunto, solo el 10% de los 418 establecimientos referidos (42) estaban regentados por mujeres, una presencia minoritaria, aunque con una excepción reseñable, la de las gallineras, entre las que figuran un total de 17 mujeres; un sector completamente feminizado, en el que eran los hombres los que colaboraban de manera puntual con sus esposas.
Siguiendo con nuestro análisis cuantitativo y avanzando en el tiempo, podemos recurrir todavía a otro tipo de registros, en este caso punitivos, derivados de la intervención judicial de los regidores-comisarios del Tribunal del Repeso. Para la década de 1780 disponemos de cierta continuidad en las relaciones diarias de penas, lo que nos permite extraer algunas conclusiones sobre las contravenciones más frecuentes y la participación femenina en prácticas fraudulentas y actividades ilícitas relacionadas con el abasto urbano. Conviene remarcar que la jurisdicción del Repeso no se ejercía exclusivamente sobre el mercado, haciéndose extensible a toda la ciudad, incluyendo los arrabales y el Grao, e interviniendo sobre un amplio abanico de actividades comerciales y productivas, agremiadas o no. En consecuencia, nuevamente, la proporción de presencia femenina sobre el conjunto queda minimizada, viéndose incrementada en aquellos periodos del año en que se intensificaba el control del mercado, ante el incremento de los fraudes en el abasto (horarios y lugares de venta, calidad de los géneros, pesos y medidas, precios de aforo...). La renovación mensual de los regidores también generaba oscilaciones en la presión sobre los puestos de venta, con el añadido de que, en momentos concretos, se intensificaba la vigilancia sobre algún sector (por ejemplo, los atuneros, los horneros o los taberneros y botilleros, ante el uso recurrente de pesos y medidas faltas de ley o la mala calidad de los géneros despachados).
La muestra empleada se compone de un total de 2.985 sanciones, a lo largo de seis anualidades repartidas entre 1780 y 1787, a partir de las cuales hemos elaborado la tabla y gráficos anexos. El análisis mensual de las penas nos permite establecer una división sexuada de la misma, observando la fluctuación interanual, con un incremento de la punición a mujeres durante los meses más calurosos, en los que la actividad del mercado se ampliaba, ante la afluencia creciente de frutas y verduras, entre otras vituallas. Si para el conjunto de la muestra, el peso específico de las sanciones a mujeres se situó en torno al 19% (con un total de 562 penas registradas a nombre de mujeres), este porcentaje se eleva por encima de la media en función de las cosechas de la huerta, especialmente en el trimestre de junio a agosto, donde el promedio de sanciones a mujeres rondaba el 25%.
La amplia gama de mercancías a la venta y las tipologías profesionales reflejadas en estos registros nos permite intuir la enorme complejidad social del abasto urbano en Valencia, evidenciando un claro predominio de los hombres sobre las mujeres en este nivel de la economía formal. No obstante, los porcentajes pueden ser engañosos, ya que reflejan aquellas personas que tenían asignado un puesto de venta o el derecho a ejercer un determinado oficio (como el de pesador y pesadora). Ello no significa que fueran directamente estas personas las que se dedicaran a la venta de manera cotidiana. Además, especialmente en el caso de las vendedoras, estas solían estar acompañadas por sus hijas y otras personas a su cargo (criadas o parientes), que de manera informal también participaban las actividades de distribución. Asímismo, también formarían parte del escenario social del mercado un número indeterminado de revendedoras que ejercían este oficio de manera ilícita, en los márgenes del mercado y de la economía urbana, sin disponer de licencia y fuera de los parámetros establecidos en los autos de buen gobierno.
Resulta evidente, a partir de la abundante documentación, la incapacidad de las autoridades para controlar el mercado de abastos de la ciudad, pese a la constante regulación e intervención sobre el mismo. La reiteración de infracciones y la repetición de nombres induce a pensar que su eficacia fue limitada. La dinámica actividad de intercambio y circulación de mercancías hacía casi imposible que las autoridades cumpliesen con su cometido, siendo conscientes de la impunidad con que se incumplía el marco normativo vigente, pese a los esfuerzos por adaptarse a la coyuntura. La imposición de penas fluctuaba en función de quién ejercía el cargo cada mensualidad, controlando solo una pequeña parte del comercio alimentario de la ciudad e incidiendo puntualmente sobre algún sector concreto, en momentos de especial necesidad. Paradójicamente, el control fue más intenso sobre el comercio lícito, especialmente sobre aquellos puestos de venta a los que se concedía licencia. En estos casos, se perseguían con especial atención los fraudes en los pesos y medidas, pero también en los precios de venta exigidos, teniendo en cuenta que estos estaban aforados. En conjunto, el valor de las sanciones era moderado —solía rondar los 12 sueldos valencianos, aunque variaba en función de la gravedad del fraude—, sin distinción entre sexos. Pese a que la punición sobre mujeres era porcentualmente inferior, la imposición de penas por parte del Tribunal del Repeso no tuvo un efecto disuasorio, sino más bien recaudatorio. La reiteración de nombres en los listados pone de manifiesto la generalización de actividades fraudulentas, así como la escasa obediencia y evidente impunidad con que actuaban los vendedores y revendedores del mercado, tanto hombres como mujeres.
En las inmediaciones del mercado, existieron diferentes espacios especialmente sensibles a esta vigilancia, como es el caso de las Carnicerías Mayores o la pescadería de la ciudad. En 1767, las vendedoras de pescado fresco elevaron una queja ante el Repeso a través de los jurados de la Comunidad de Pescadores de Valencia, señalando que «las continuas penas que los comisarios del Repeso han impuesto a las pescadoras que venden el pescado porque no tendrían finos los pesos han motivado las quexas de estas». Este control se hacía extensible también a las tiendas que proliferaban en las calles adyacentes al mercado, especialmente la del Trench, donde se ubicaban la mayor parte de los atuneros y los especieros, pero también las gallineras con casa fija, obligadas a tener a la venta sus géneros a cualquier hora del día, a diferencia de aquellas que hacían plaza diariamente en el mercado. El 8 de mayo de 1799, estas elevaron un expediente solicitando al Repeso que flexibilizase su regulación, ante la competencia desleal de las revendedoras, «las quales mercan quantas gallinas encuentran en la plaza, y desde luego las meten en los banastos, con cuya fraudulenta negociación hacen su causa y perjudican al público».
En definitiva, si bien las fuentes oficiales de carácter serial —listados de licencias y registros de penas— nos aportan significativos datos cuantitativos, que reflejan un porcentaje de participación femenina en la plaza del mercado de Valencia que fluctúa entre el 20 y el 45% del total, en línea con los datos disponibles para otras ciudades españolas del momento, hemos de ser conscientes de que la realidad social fue diferente. El volumen de mujeres integradas en estos circuitos comerciales formales, pero sobre todo informales, debió ser considerablemente más alto, distinguiendo profesiones exclusivamente femeninas dentro de este espacio público. El mercado ofrecía a las mujeres un entorno laboral en el que eran capaces de desarrollar su actividad con iniciativa propia, generando redes sociales y económicas, tanto con los abastecedores y cosecheros que abastecían al por mayor la plaza como con sus propias compañeras, creando compañías o grupos de mujeres que se protegían y ayudaban entre sí. También ejerciendo un oficio, el de comprar y revender, que se transmitía de madres a hijas, en ocasiones durante generaciones, perpetuando una condición social basada en una subsistencia modesta e incierta, mitigada gracias a su trabajo en la plaza.
4. ¿VIVIR O SOBREVIVIR? LAS VENDEDORAS Y REVENDEDORAS EN EL ESPACIO PÚBLICO DEL MERCADO
Resulta imposible abordar en este estudio la intensa labor, punitiva y legislativa, llevada a cabo por el Tribunal del Repeso a lo largo del siglo XVIII. Sin embargo, trataremos de aproximarnos a la regulación de aquellos aspectos que afectaron directamente a la vida de las vendedoras y revendedoras que trabajaban en la plaza. Junto a los fraudes y los acaparamientos, una de las preocupaciones fue la estructuración del espacio diáfano del mercado, en el que se sucedían en tiras los puestos de venta de pan y de verduras regentados por mujeres, conviviendo, a su vez, con las omnipresentes revendedoras y con otros oficios femeninos de menor relevancia y número, como las ramilleteras, las vendedoras de vetas o las vidrieras, entre otros.
El orden de los puestos de venta se reguló en diversas ocasiones, como sucedió el 12 de septiembre de 1774, cuando los regidores anotaron el orden en que «se hallaron colocadas las vendedoras de ortalizas y verduras de las tres tiras principales de la plaza», con el fin de «evitar que algunas dupliquen sus paradas en perjuycio de las demás vendedoras y contra las reglas de buena policía». Gracias a ello, disponemos de un listado de 74 puestos de venta de verdura de labradores de la ciudad, detallando el nombre de los arrendadores de los huertos, todos ellos hombres, así como el de las vendedoras, todas ellas mujeres. Las hortelanas o verduleras de la ciudad de Valencia aparecen como parte fundamental de la venta directa de fruta y verdura en la plaza, contribuyendo a reforzar la idea de que las mujeres no solo participaron en el mercado como vendedoras o consumidoras, sino también como labradoras, vendiendo «los mismos cosecheros y vendedores por sí, por sus propias consortes o por personas de su propia familia de los frutos, verduras, melones y demás que producen los campos de sus respectivos cultivos». Como figura en la tabla 5, el 60,6% de los casos era la mujer del cosechero la que se encargaba de la venta, un porcentaje que se eleva hasta casi el 75% si incluimos al resto de la parentela, por lo general las hijas. El resto de se corresponde con un grupo de vendedoras profesionales (21,1%), no vinculadas a la familia, pero en las que se confiaba lo suficiente para encargar esta tarea, al igual que sucedía en tres ocasiones con las criadas, cuya labor, pese a su condición servil, se desarrollaba fuera del ámbito doméstico.
Vendedoras | Número | Porcentaje |
---|---|---|
Esposas | 43 | 60,6 |
Vendedoras | 15 | 21,1 |
Otras parientes | 10 | 14,1 |
Criadas | 3 | 4,2 |
TOTAL | 71 |
Fuente: véase nota . Elaboración propia.
Las pugnas que generaba el control de los puestos del mercado y la voluntad de reordenar la plaza obligaron a intervenir a la Junta de Policía Urbana, esbozando un nuevo plano y diseño para toda la plaza del mercado el 12 de julio de 1796. Su autor, Tomás de Valeriola, planteaba la necesidad de reordenar este espacio público, destinándolo principalmente a la venta de vituallas, evitando los desórdenes y confusión imperantes. En base a este nuevo plan, el 22 de octubre de ese año se formó un expediente para el señalamiento de los sitios que debían ocupar las «hortelanas de huerto serrado en la plaza del mercado para la venta de sus verduras». A pesar de ser definidas como un oficio femenino, se anotaron los nombres de los labradores que solicitaron sitio en el mercado, elaborando una asignación de 104 puestos de venta, entre los que destaca la presencia de 36 mujeres al frente de estas haciendas agrícolas urbanas. Las vendedoras serían todas mujeres, pero estas a su vez trabajaban para otras mujeres en al menos el 35% de los casos.
Sin embargo, pese a los esfuerzos por ordenar la venta de géneros de abasto en la plaza a lo largo de todo el siglo XVIII, la realidad es que esta labor fue en vano, ya que, en la práctica, la estructura espacial del mercado no se configuraba únicamente desde arriba, sino que también participaban los sectores populares, tanto los vendedores como los compradores. El funcionamiento del mercado estaba supeditado al juego de intereses de los diversos agentes urbanos que intervenían en él, y a la práctica mercantil cotidiana de sus trabajadoras y trabajadores, que día tras día buscaban el mejor modo de incrementar sus posibilidades de negocio, generando circuitos de economía informal en los márgenes de la plaza, imposibles de cuantificar, ante los que las autoridades debían hacer la vista gorda, salvo en momentos de excesivo desorden.
Si hubo un colectivo femenino que, de manera sistemática, eludió las disposiciones del Tribunal del Repeso, ese fue el de las revendedoras. Esta práctica comercial generó no pocos problemas, siendo uno de los grandes quebraderos de cabeza para las autoridades locales. Pese a la regulación constante, las instituciones fueron incapaces de controlar la ineludible actividad de las revendedoras y revendedores, que frecuentemente derivaba en fraudes, acaparamientos y especulación. La miseria y necesidades económicas de familias modestas solían estar entre las causas generales que empujaba a las mujeres de todas las edades, pero también a algunos hombres, a dedicarse a la reventa de todo tipo de géneros —frutas, verduras, legumbres, huevos, gallinas, pescado, carne...—, pese al estigma social que venía asociado a estos oficios, siempre bajo sospecha para las autoridades, refiriéndose a ellas de manera despectiva como «regatonas». En este sentido, el 12 de julio de 1776 se trató una queja elevada al Tribual del Repeso por parte de cuatro vendedoras de vidrio, ante las molestias y quebrantos que les generaba la reubicación constante de las revendedoras por parte del mismo Repeso, ya que:
las suplicantes están de mañana vendiendo en su primitiva tira y a las onse oras van las revendedoras de tropel a su sitio, y las suplicantes han de quitar aprisa sus paradas causándolas los perjuicios de quebrarse algunas piezas y no tener expedición [...] y es cosas sencible que las suplicantes padezen esta incomodidad, y las revendedoras hazen poca manzión en el sitio, pues se ponen dadas las onze, y luego que sierran el Repeso, que es a las doce, se buelven a su primitivo sitio.
En Valencia, el tema adquirió en algunos momentos tintes dramáticos, llevando a prohibiciones taxativas de este comercio indirecto, que eran seguidas, en primer lugar, de súplicas por parte de las revendedoras, que argumentaban que era su medio de vida y el de sus familias y, posteriormente, de flexibilizaciones y excepciones a la norma con el paso del tiempo, sin encontrar un modo de erradicar esta práctica. A lo largo del mes de junio de 1780, el Repeso actuó contra las revendedoras, tratando de «extraerlas de la plaza del Mercado», ante los desórdenes que se estaban produciendo en la venta de géneros comestibles, «apoderándose de ellos antes de hora una multitud de mugeres revendedoras, que se ha introducido sin nombramiento del Tribunal del Repeso ni licencia de su señoría».
El expediente se había iniciado con la incautación de una porción de bajocas a Josefa Clausell, revendedora del lugar de Ruzafa, quien más tarde, ante la corte, delató a más de una decena de revendedoras de frutas, verduras y volatería que, según su declaración, ejercían sin licencia y contraviniendo los autos de buen gobierno. Se trataba de viejas conocidas para los regidores del Repeso, pese a que difícilmente podían ser aprehendidas, ya que «tenían algunas hijas suyas de espía quando sale el Repeso para que les avise». En esta ocasión, el corregidor actuó con contundencia prohibiéndoles ejercer por sí o por terceros cualquier tipo de negocio en la plaza del mercado, amenazando incluso con el destierro en caso de reincidencia. También dejaba abierta la puerta a futuras pesquisas, a fin de identificar a otras revendedoras a las que se aplicaría el mismo rasero.
Gracias a estas averiguaciones, se presentó ante el Tribunal del Repeso, presuntamente por parte de una revendedora, una lista nominal de aproximadamente 145 revendedoras (en la que se incluyen algunos maridos o hijos de estas), asegurando «que todas las contenidas en ella tienen el mismo trato de comprar y revender a todas horas en la plaza», las cuales fueron apartadas del mercado por orden del corregidor. Entre las revendedoras se distinguían dos categorías; las de número, es decir, aquellas que habían recibido licencia por parte del Repeso —identificadas con un distintivo o paleta que debían tener a la vista en sus paradas—, y las que revendían sin licencia alguna. Sin embargo, tanto unas como otras contravenían lo dispuesto en las ordenanzas municipales, revendiendo a cualquier hora del día, estando fuera de sus paradas, acaparando determinados productos, y encareciendo los precios de venta, a pesar de los aforos de comestibles que regularmente se venían publicando. El auto afectaba también a otros oficios del mercado, como las pesadoras y pesadores, a quienes se indicaba que:
continúen vendiendo por sí solas cada una en su parada, sin tener a su lado hijos, marido ni criados que puedan estar dedicados a oficio [...] en inteligencia que si se les justificare que directa o indirectamente compran géneros para revender o que hacen compañía con los demás revendedores que dibagan por el mercado con igual tráfico sin las licencias, sufrirán los efectos de la misma providencia.
El análisis de esta relación nos permite extraer algunas conclusiones en torno la estructuración de estos circuitos de distribución. La primera de ellas es que estamos ante una actividad colectiva, ya que las revendedoras, por lo general, se organizaban en pequeños grupos, basados en vínculos de parentesco, que no solían superar las cinco personas. Estas cuadrillas, bien conocidas por las autoridades gracias a sus apodos —la Potenciana, las del Negrito, las Valeras, las Higas Negras...— se movían en diferentes espacios de la ciudad, tanto dentro como fuera del mercado, en áreas especialmente concurridas como la pescadería, las plazas o las puertas de acceso a la ciudad, pese a estar prohibido. En algunos casos, se indica que estaban agregadas a algún labrador o hortelano de la urbe, aprovechando su presencia en la plaza como vendedoras para acaparar géneros y revenderlos. En otros casos, se apoyaban en sus maridos para comprar mercancías antes del alba y llevarlas a sus casas, contraviniendo los autos de buen gobierno. El rigor con el que durante estas semanas se actuó llevó al Repeso a remitir al ayuntamiento un expediente manifestando que:
se ha limpiado el mercado, de suerte que no parece en él ninguna de las sospechosas. La fruta se advierte más barata y más abundante que lo regular, la plaza más desembarazada y espaciosa, de forma que los niños y niñas de siete a doce años que se advertían vendiendo tomates, zevollas, etc. a las entradas del mercado, por las calles del Trenque y Puerta Nueva, desaparecieron.
Se planteaba la pertinencia de mantener la prohibición, pese a que se abría la posibilidad a que, con arreglo a los autos de buen gobierno, «se nombrasen algunas revendedoras, las menos perjudiciales», indicando un total de 17 mujeres y un hombre. Tratado en sesión ordinaria de Abastos del 27 de julio de 1780, se acordó mantener, por el momento, el criterio del Repeso. Pero, pese a ello, se atendía a las peticiones de los hortelanos, eximiendo a sus mujeres de vender directamente, abriendo la posibilidad nuevamente de que esta venta la realizaran otras mujeres por ellas, aunque sin incurrir en los fraudes anteriormente expuestos. En paralelo al auge de las quejas de los labradores, el número de nombramiento de vendedoras se fue incrementando, incorporando a mujeres previamente excluidas. También aumentaron las sanciones y advertencias, extendiendo el auto a otros espacios de la ciudad que servían como puesto de reventa, como las plazas de Pertusa o Pellicers, los portales de Ruzafa y Quart, o las carnicerías de Roteros. Este fue el caso de Tomasa Marco, quien, tras ser denunciada por tercera vez por revender melocotones, fue apresada y llevada a la cárcel de San Narcís por orden del Corregidor el 7 de septiembre de ese año, aunque liberada al día siguiente.
Las quejas de abastecedores, pesadores, cosecheros y otras personas interesadas en el rápido despacho de los géneros de abasto traídos a la plaza del mercado de Valencia se hicieron cada vez más insistentes, evidenciando que, más allá de los constantes fraudes y desobediencias llevados a cabo por las revendedoras para ganarse la vida, su papel era fundamental para dar salida a los géneros. En definitiva, las revendedoras eran un mal necesario y un engranaje fundamental de la compleja maquinaria que se articulaba en torno a aprovisionamiento del mercado de una ciudad tan populosa como Valencia.
Pocos años más tarde, quedaba de manifiesto que el desorden que los comisarios-regidores y los diputados del común advertían había vuelto a la plaza. En 1788 se formó un expediente contra varias personas, todas ellas revendedoras, a las que se prohibía cualquier tipo de actividad dentro del mercado por auto del corregidor a fecha de 7 de septiembre, insistiendo en el carácter «incorregible» de estas. Destaca el caso de Mariana Peris, mujer de Josep Pellicer, quien, pese a estar embarazada, fue aprendida revendiendo sin licencia en diversas ocasiones a lo largo de ese año, justificando su actitud en que «si no tuviera a su marido accidentado y sin poder por otro término lucrar el sustento, se separaría de la venta».
No obstante, ninguna de estas medidas surtió el efecto deseado, de modo que la Junta de Policía Urbana se vio obligada a intervenir nuevamente en el asunto a comienzos de 1792, suspendiendo todas las licencias previas de revendedores de número y sujetando esta actividad a una nueva instrucción y capítulos, aprobada el 11 de enero de dicho año. La nueva norma, en realidad, innovaba poco, ya que restablecía y reiteraba alguna de las principales disposiciones dictadas previamente con el mismo fin. Las revendedoras debían tener al menos 40 años cumplidos, actuar solo dentro del mercado a partir de las 11 horas, en el espacio específicamente destinado para ello, alejado del resto de puestos de venta. Se estipulaba, asimismo, que hubieran de ejercer su trabajo por sí mismas y que no pudieran tener casa con puerta abierta al mercado, ni guardar mercancías para revender en sus domicilios. Cabe remarcar que se limitaba a 40 el número de licencias de reventa para la plaza, indicando además que se concedieran tres o cuatro licencias extra en cada una de las carnicerías foranas y otras plazas de la ciudad, con el fin de desembarazar el mercado y mejorar la distribución de los géneros de abasto. La novedad de esta medida estriba en el hecho de que, gracias a ella, disponemos de todas las solicitudes que se dirigieron al Tribunal del Repeso solicitando una de estas licencias a lo largo del mes de marzo de 1792. Este expediente incluye un total de 86 solicitudes, acompañadas cada una de ellas de la documentación preceptiva (partida de bautismo y, en algún caso, declaración de los alcaldes de barrio, dando fe del domicilio exacto y la honradez de los peticionarios).
La instrucción no establecía ninguna limitación de género, aunque, como era de prever, mayoritariamente fueron ellas las que optaron a las licencias. Un total de 67 peticiones estaban encabezadas por mujeres (77,9%), mientras que las restantes 19 figuraban a nombre de varones (22,1%), en algunos casos esposos de revendedora. Entre estas peticiones solo se concedieron 56 licencias, de las cuales el 82,1% fueron a parar a manos femeninas. El perfil de la revendedora en la Valencia de finales del siglo XVIII es el de una mujer de avanzada edad —en torno a 50 años de media—, casada y con cargas familiares, residente en Valencia, generalmente cerca de la plaza del mercado, y con experiencia previa en la reventa, cuyos ingresos no son subsidiarios, sino vitales para el sustentamiento de su economía familiar. Una imagen que contrasta con el caso de Santiago, donde el perfil de revendedora se define como «proletariado comercial», entre el que predominarían las viudas, asociándolo con «las mujeres más humildes [...] y sin ninguna suerte de cualificación» ().
Entre los solicitantes, la mitad eran personas casadas, por lo general con hijos pequeños a su cargo. Aunque también había un grupo considerable de mujeres viudas, con o sin hijos, que solicitaban poder ejercer la reventa como medio de vida. Las mujeres solas tendrían una presencia minoritaria en este colectivo, evidenciando la relevancia que adquirían los lazos familiares a la hora de participar en el mercado. No por casualidad, se repiten apellidos e incluso el domicilio en varias de las solicitudes. El promedio de edad está condicionado por la exigencia de que superaran los 40 años, aunque también se registraron solicitudes de personas más jóvenes. No obstante, quedan excluidas de la muestra la mayor parte de mujeres jóvenes y niñas dedicadas a la reventa, abocadas a mantener su actividad sumergida, en connivencia con las revendedoras de número. En cualquier caso, la institución fue estricta en este sentido, concediendo las licencias exclusivamente a residentes intramuros de más de 40 años.
Fuente: Véase nota . Elaboración propia.
En relación con su origen, podemos decir que menos de la mitad de ellas habían nacido en la ciudad, ya que la mayoría proceden del entorno rural, especialmente de poblaciones próximas. El mercado era un espacio de oportunidad laboral para estas jóvenes recién llegadas, casadas y residentes en Valencia. Hemos definido estos rasgos comunes en femenino, aunque también encontramos un grupo de hombres (19) que solicitaron obtener licencia de reventa. Entre estos, el porcentaje de casados es considerablemente inferior, y, por lo general, se trata de personas que no podían ejercer sus oficios, por diferentes factores.
En las memorias que acompañan las solicitudes se resumía brevemente la historia de vida de estas mujeres. En general, plantean un panorama próximo a la pobreza, en la cual las mujeres son las encargadas de criar a los hijos ante la cortedad de los jornales de sus esposos, o el hecho de que estos no pudiesen trabajar. Todas ellas insistían en su honradez y en no haber dado motivos de desconfianza en el ejercicio de su profesión, sometiéndose humildemente a los dictámenes del Repeso. Ante este relato recurrente y estereotipado, se esperaba la correspondiente muestra de actitud paternalista por parte de las autoridades, accediendo a su petición.
¿Significa esto que todas las revendedoras eran pobres y sobrevivían a duras penas gracias a la reventa? Lo cierto es que prácticamente todas tenían domicilio fijo y habían ejercido previamente esta profesión, en ocasiones desde hacía décadas, es decir, desde muy jóvenes. Son frecuentes los casos donde las peticionarias relatan ser hijas y nietas de revendedoras, de las más antiguas y honradas, reforzando de este modo su petición ante las autoridades. Resulta especialmente interesante el caso de María Sabio, mujer de un peón de albañil, quien había ejercido como pesadora y ahora pedía licencia de reventa, con el fin de mantener a su marido y a sus hijos, «un niño de 10 años que tiene aplicado al estudio de primeras letras y una hija de 12 que maneja las haciendas caseras»; una imagen que se aleja del tópico de la marginalidad. En cualquier caso, somos conscientes que esta muestra no representa a todas las revendedoras de la plaza. Aun así, pese a la invisibilidad de parte de ellas, podemos afirmar que no todas eran pobres y que, dentro de esta categoría, encontramos a mujeres con iniciativa propia, capaces de mantenerse en la profesión durante toda su vida, e incluso de acumular cierto capital gracias al comercio minorista. Por el momento, es poco lo que sabemos sobre la capacidad económica de estas mujeres, que desarrollaron su trabajo en la plaza del mercado en conexión con su red familiar, siendo este un espacio público de convivencia entre ambos sexos. En cualquier caso, da la impresión que la condición de pobreza de una parte de estas mujeres no se derivaba exclusivamente de su condición sexual, sino de su contexto socioeconómico, marcado por la proximidad a la marginalidad.
El perfil y la actividad laboral de las revendedoras valencianas coincide en buena medida con el que otros estudios han delineado para ciudades como Madrid, Zaragoza, A Coruña o Tenerife, salvando las diferencias y singularidades de cada caso. Estas mujeres desarrollaban una labor esencial dentro de los mercados alimentarios de las ciudades del antiguo régimen, y su condición social y capacidad económica, generalmente modesta, no debe ser identificada con la marginalidad, al menos no en la mayoría de los casos. Estamos ante «un universo de mujeres que se mueven y deciden en primera persona, que se equivocan y aciertan, que conforman lo que en palabras actuales nombraríamos como la ‘emprendeduría’ de los Tiempos Modernos» (). Sirva como colofón a esta idea el retrato costumbrista aportado en 1859 por Pedro Yago, exacerbando los estereotipos de las revendedoras del mercado de Valencia:
Hay una muger que, antes que la multitud invada la plaza, recorre los puestos de las vendedoras, contoneándose con aire de triunfo […] inspecciona con ojo inteligente varias paradas, arregla con muchas vendedoras cuentas pendientes, presta a unas, cobra de otras, etc.; esta es la revendedora, pero la revendedora en gordo, la que gasta ricas arracadas […] Muger incansable, va al portal a esperar a los labradores, con quienes ajusta la carga que traen antes de que lleguen al mercado y la traslada a su casa […] dejando cosas de otra importancia al marido, y probando una vez más que en esta tierra las mugeres son más activas que los hombres.
La otra revendedora de que llevamos hecha mención, la pobre, víctima sacrificada al monopolio y a la ambición de su colega, es la que, contando con mucho menos capital, tiene que vivir a la sombra de la anterior, y en quien la falta de numerario determina una diferencia notable en las costumbres […] Esta es la revendedora a quien con más frecuencia se oye vocear en las acaloradas disputas de la plaza, que se distingue por su traje deterioradísimo, esta cuya imagen espeluznada y harapienta se nos representa siempre que oímos mentar a la revendedora ().
5. CONCLUSIONES
Resulta imposible comprender el funcionamiento de los mercados de abasto en las ciudades preindustriales sin tener en cuenta el papel activo que desempeñaron las mujeres. Pese a que tradicionalmente se ha insistido en el carácter modesto y marginal de la venta y reventa, identificándolo con una estrategia de supervivencia familiar, lo cierto es que su actividad, como ya apuntó Wiesner, se convertía en esencial para el funcionamiento cotidiano de los circuitos alimentarios y de abasto urbano. Como hemos podido comprobar en el caso de la ciudad de Valencia, las mujeres estuvieron presentes en todos los ámbitos mercantiles, pero fue en el comercio minorista, y especialmente en el mercado, donde desarrollaron un papel más activo (en porcentajes que fluctúan entre el 20 y el 45%, según nuestros datos). Para ello, desempeñaron diferentes oficios especializados, entre los que destacó la venta y reventa de frutas y verduras, gracias a la experiencia adquirida junto a sus madres y el apoyo de su red familiar, contribuyendo así a complementar los ingresos de sus economías domésticas.
Estamos ante un tema de investigación abierto, que nos pone en contacto con centenares de trabajadoras del mercado, cuyas historias de vida deberán ser analizadas en futuras investigaciones, pero que ahora nos permite observar la presencia de mujeres con iniciativa en la ciudad de Valencia a lo largo del siglo XVIII. No obstante, la redefinición permanente del mercado a lo largo de toda la edad moderna, como esfera física, pero también como entorno institucional, nos obliga a profundizar en nuestras preguntas, reivindicando el papel femenino en la configuración de la vida comercial de esta ciudad a finales del antiguo régimen. Pese a los esfuerzos de las autoridades por regular y ordenar este espacio público desde arriba, fueron las mujeres de la plaza, junto a otros agentes urbanos, las que contribuyeron, desde abajo, a redefinir los límites del mercado y amoldarlos a sus intereses, desarrollando sus actividades tanto dentro como fuera del marco de la economía formal.
Agradecimientos
El presente trabajo se inserta en el marco del proyecto «Privilegio, trabajo y conflictividad. La sociedad moderna de los territorios hispánicos del Mediterráneo occidental entre el cambio y las resistencias» (PGC2018-094150-B-C21), financiado por el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Agencia Estatal de Investigación.
Bibliografía
1
Bellavitis, Anna (2018), Women’s Work and Rights in Early Modern Urban Europe, Palgrave MacMillan, 2018. <https://doi.org/10.1007/978-3-319-96541-3>
2
Canepari, Eleonora, Montenach, Anne y Pernin, Isabelle (2017), «Aux marges du marché. Circuits d’échange alternatifs dans les économies préindustrielles Introduction», Rives méditerranéennes, 54, pp. 7-17. <https://doi.org/10.4000/rives.5154>
3
4
5
6
Fontaine, Laurence (2012), «The influence of the market on household survival strategies in preindustrial Europe», Field Actions Science Reports [online], Special Issue 4. <https://journals.openedition.org/factsreports/1543>.
7
8
Fontaine, Laurence (2015), «Makeshift, Women and Capability in Preindustrial European Towns», en Simonton, Deborah y Montenach, Anne (eds.), Female Agency in the Urban Economy. Gender in European Towns, 1640-1830, Londres, Nueva York, Routledge, pp. 56-72. <https://doi.org/10.4324/9780203110522-15
9
Franch Benavent, Ricardo (2016), «Salario y condiciones de trabajo en la industria de la seda valenciana del siglo XVIII», Obradoiro de Historia Moderna, 25, pp. 207-242. <https://doi.org/10.15304/ohm.25.3202>
10
11
Gold, Carol (2015), «On the Streets and in the Markets: Independent Copenhagen Saleswomen», en Simonton, Deborah y Montenach, Anne (eds.), Female agency in the urban economy. Gender in European towns, 1640-1830, Londres, Nueva York, Routledge, pp. 35-55. <https://doi.org/10.4324/9780203110522-14>
12
13
14
Jarvis, Katie (2019), Politics in the Marketplace: Work, Gender and Citizenship in Revolutionary France, Nueva York, Oxford University Press. <https://doi.org/10.1093/oso/9780190917111.001.0001
15
16
López Antón, Margarita (2021), Tras los pasos de Francisco de Zamora. Trabajo de las mujeres y reconstrucción de las tasas de actividad en Cataluña (siglos XVIII-XIX), Universitat Autónoma de Barcelona. Tesis doctoral inédita dirigida por la prof. Carmen Sarasúa. <https://ddd.uab.cat/pub/tesis/2021/hdl_10803_671708/mla1de1.pdf
17
18
19
20
Montenach, Anne (2015), «Legal Trade and Black Markets: Food Trades in Lyon in the Late Seventeenth and Early Eighteenth Centuries», en Simonton, Deborah y Montenach, Anne (eds.), Female agency in the urban economy. Gender in European towns, 1640-1830, Londres, Nueva York, Routledge, pp. 17-34. <https://doi.org/10.4324/9780203110522-13
21
Montenach, Anne (2018), «Working at the margins. Women and illicit economic practices in Lyon in the late Seventeenth and Eighteenth Centuries», en Bailey, Merridee L., Colwell, Tania M. y Hotchin, Julie (eds), Women and Work in Premodern Europe: Experiences, Relationships and Cultural Representation, Londres, Nueva York, Routledge, pp. 192-213.
22
23
24
Muñoz Navarro, Daniel (2012), «L’approvvigionamento di Valencia (1650-1763). Consumi, mercato e instituzioni», Storia Urbana, 134, pp. 115-132. <https://doi.org/10.3280/su2012-134007
25
Muñoz Navarro, Daniel (2020), «‘En gran dany de la cosa pública’. Policía urbana, fraude y desobediencia en la plaza del mercado de Valencia (siglos XVI-XVII)», en Muñoz Navarro, Daniel (ed.), Ciudades mediterráneas. Dinámicas sociales y transformaciones urbanas en el Antiguo Régimen, Valencia, Tirant lo Blanch.
26
Ogilvie, Sheilagh (2003), A Bitter Living. Women, Markets, and Social Capital in Early Modern Germany, Oxford, Nueva York, Oxford University Press. https://doi.org/10.1093/acprof:oso/9780198205548.001.0001
27
28
París Martín, Álvaro y Nieto Sánchez, José Antolín (2019), «La participación popular en la crisis política de la Monarquía: del motín contra Godoy al 2 de mayo de 1808 en Madrid», Investigaciones Históricas, 39, pp. 109-148. <https://doi.org/10.24197/ihemc.39.2019.109-148>
29
30
31
Rey Castelao, Ofelia (2010), «Trabajando a cubierto. Las empleadas institucionales a fines del Antiguo Régimen», Mélanges de la Casa de Velázquez [Online], 40, 2 https://doi.org/10.4000/mcv.3575.
32
33
Rial García, Serrana M. (1993), «Las mujeres en la economía urbana compostelana del siglo XVIII: conclusiones y su ejemplificación en las actividades comerciales», Obradoiro de Historia Moderna, 2, pp. 173-184. <https://doi.org/10.15304/ohm.2.953>
34
35
36
37
Simonton, Deborah y Montenach, Anne (eds.) (2015), Female agency in the urban economy. Gender in European towns, 1640-1830, Londres, Nueva York, Routledge. <https://doi.org/10.4324/9780203110522>
38
39
Thwaites, Wendy (1984), «Women in the market place: Oxfordshire c. 1690-1800», Midland History, 9, 1, pp. 23-42. <https://doi.org/10.1179/mdh.1984.9.1.23>
40
Torres Santana, María Elisa (1999), «Las vendedoras de Lanzarote y el abastecimiento cotidiano de la isla en el siglo XVII», en Bernardo Ares, José Manuel de y González Beltrán, Jesús Manuel (eds.), La administración municipal en la Edad Moderna. Actas de la V Reunión Científica de la Asociación Española de Historia Moderna, Cádiz, Universidad de Cádiz, vol. II, pp. 457-465.
41
42
Wiesner, Merry (1981), «Paltry Peddlers or Essential Merchants? Women in the Distributive Trades in Early Modern Nuremberg», The Sixteenth Century Journal, 12, 2, pp. 3-13. <https://doi.org/10.2307/2539498>
Notas
[6] Los datos recogidos en la tabla 1 no reflejan la evolución de los puestos de venta en la plaza del mercado de Valencia, sino las nuevas licencias otorgadas por el Repeso en 1741 y 1748. No obstante, ello nos permite aproximarnos al valor porcentual de presencia femenina en estos circuitos comerciales a mediados del siglo XVIII. Por desgracia, la fuente no revela el coste de las licencias, un dato que hubiera sido útil para determinar la capacidad económica de estas mujeres.
[9] AMV, Repeso, X1-1, ff. 226 y ss. (1766). A diferencia de las relaciones de 1741 y 1748, en este caso figuran todos los puestos fijos de venta del mercado, junto a otros comercios minoristas sujetos al arancel de precios fijado mensualmente por el Repeso. En cambio, en este caso no quedan reflejadas las licencias de reventa.
[10] Este listado no refleja la totalidad de la venta minorista en Valencia. Algunas vituallas tenían sus propias instituciones y sistema de venta, como es el caso del trigo y el pan, mientras que otros abastos estaban arrendados (carne, vino, carbón, nieve...), aunque el Repeso intervenía en el control de los precios y calidades.
[11] Para el caso de Madrid, demuestra que, en 1802, el 42,6% de los 1.425 puestos de comestibles repartidos por los diez cuarteles de la ciudad eran de titularidad femenina. Por su parte, calcula que el número de licencias otorgadas a mujeres en el mercado de abasto zaragozano era algo superior al 15% del total, mientras que para el caso de Oviedo este porcentaje se situaría en el 17,5% (p. 212). No obstante, este mismo autor considera equiparable la participación femenina en la venta de productos alimenticios en el mercado de Zaragoza respecto a la masculina, identificando un total de 254 mujeres con puestos en 1799 (pp. 230-231).
[12] AMV, Repeso, X1-10, exp. 9 (1781) y 10 (1780) y X1-11, exp. 10 (1784), 20 (1785), 24 (1786) y 25 (1787).
[20] AMV, Repeso, X1-2, exp. 9. Recopilación de providencias sobre los revendedores entre 1724 y 1792.
[30] De cara al futuro, se plantea la posibilidad de cruzar los listados de revendedoras de que disponemos con los escasos padrones de riqueza que se conservan para la Valencia de finales del siglo XVIII y principios del XIX; aunque esta es una labor ardua, que supera con creces los límites de este estudio.