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Ignacio Javier Ezquerra Revilla
Instituto Universitario "La Corte en Europa" (IULCE). Universidad Autónoma de Madrid.
España
Biografía
Núm. 23 (2014), Artículos
DOI: https://doi.org/10.15304/ohm.23.1908
Recibido: 23-05-2014 Aceptado: 06-10-2014 Publicado: 26-11-2014
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Resumen

La publicación de libros en la Edad Moderna implicaba un hecho tanto creativo como administrativo. Las obligaciones contenidas en la conocida Pragmática de 1558 no sólo alteraron la formalidad material del libro castellano, al obligar a insertar requisitos como la licencia, la fe de erratas, el privilegio, etc. Sino que tales paratextos son útiles para conocer el funcionamiento del organismo encargado de conceder la autorización administrativa de publicaciones, el Consejo Real de Castilla, así como para apreciar la definición de un ámbito meramente administrativo en la gestión pública, formalizado mediante la figura de la licencia. A su vez, con la mencionada Pragmática quedaba también sancionado un juego mediatorio que implicaba a oidores del Consejo, autores y editores, definitivamente instalado en adelante en el mundo de la creación. El conocimiento de toda esta serie de aspectos favorece la realización de estudios e investigaciones de carácter interdisciplinar, tocantes principalmente a la historia y la literatura.

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