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Angeles Catalina Benavente
Universidad de Santiago de Compostela
España
https://orcid.org/0000-0003-3488-0176
Vol 43 (2023), Artículos doctrinales, páxinas 1-52
DOI https://doi.org/10.15304/epc.43.9427
Recibido: 06-10-2023 Aceptado: 10-10-2023 Publicado: 27-11-2023
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Resumo

El Centro Nacional de Inteligencia cada vez tiene acceso a más datos personales de los ciudadanos. Al mismo tiempo, los ficheros propiedad del CNI se encuentran expresamente excluidos del ámbito de aplicación de la normativa de protección de datos de carácter personal. La eventual confluencia de las investigaciones de seguridad del CNI y las investigaciones policiales, a través del flujo de datos del primero al segundo, supone una amenaza a los derechos procesales. La única manera de poner fin a esta amenaza es regular esta cesión, estableciendo las limitaciones procedentes y fijando las  consecuencias de la incorporación de datos procedentes del CNI a un futuro proceso penal.