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Mercedes García Arán
Facultad de Derecho de la Universitat Autònoma de Barcelona
España
https://orcid.org/0000-0002-9701-7559
Vol 42 (2022), Artículos doctrinales, páxinas 1-21
DOI https://doi.org/10.15304/epc..8205
Recibido: 10-01-2022 Aceptado: 21-09-2022 Publicado: 03-10-2022
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Resumo

La LO 2/2020 modificó el art. 156 del CP español, suprimiendo la posibilidad de autorizar judicialmente la esterilización de personas discapacitadas que el Tribunal Constitucional había confirmado en 1994. Este trabajo analiza la repercusión de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad en esta reforma penal y también en el nuevo régimen civil de la discapacidad mental, en el que se sustituye el viejo sistema de representación por el de asistencia y apoyo en la decisión de la persona discapacitada. Tanto la Convención como el Código Civil aceptan la representación excepcional en casos graves, pero la reforma penal lo ha rechazado, prohibiendo la esterilización en casos de discapacidad absoluta. El trabajo analiza el principio de no discriminación y las consecuencias penales de la nueva situación.