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José María Domínguez Blanco
Xunta de Galicia.
España
Biografía
Vol. 23 Núm. 2 (2014), Estudios y notas
Recibido: 16-09-2014 Aceptado: 18-12-2014 Publicado: 18-12-2014
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Resumen

En el presente estudio, se pretende dar una visión práctica a los frecuentes conflictos que surgen en el quehacer diario de las Administraciones Públicas, en cuanto a la contraposición entre multas coercitivas y sanciones administrativas de carácter urbanístico. A pesar del comúnmente término empleado: multas y sanciones,  ambas instituciones difieren considerablemente. Su naturaleza jurídica, la distinta habilitación legal y los principios inspiradores son algunos de los aspectos que se analizan, y que sin duda van dibujando las líneas maestras que ayudan a diferenciar ambas figuras con distintas consecuencias.

En primer lugar, y como adelanto, el principio de culpabilidad enmarca una de las grandes diferencias entre la multa coercitiva y la sanción. Pero como se verá, no sólo este principio en consonancia con otros, sino también el distinto iter procedimental de unas y otras nos llevan a la conclusión de que multas coercitivas y sanciones administrativas son dos instrumentos jurídicos de distinta naturaleza y tratamiento.

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