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Josefa Romeral Hernández
Universidad Rey Juan Carlos
Spain
Biografía
Vol. 24 Núm. 1 (2015), Comentarios y crónicas
https://doi.org/10.15304/dereito.24.1.2602
Recibido: 2015-06-09 Publicado: 2015-06-30
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Resumen

El porcentaje a imponer en el recargo de prestaciones por incumplimientos de medidas preventivas debe ser proporcional y guiado por criterios normativos. Los criterios jurídicos de referencia son: la peligrosidad de las actividades, número de trabajadores afectados y la actitud o conducta de la empresa en materia preventiva.

DOI:http://dx.doi.org/10.15304/dereito.24.1.2602

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