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Beatriz Rodríguez Sanz de Galdeano
Profa. Contratada Doctora de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universidad Pública de Navarra
España
Vol. 23 Núm. 1 (2014), Comentarios y crónicas
Recibido: 16-06-2014 Aceptado: 26-06-2014 Publicado: 26-06-2014
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Resumen

El objetivo del comentario es analizar los problemas que plantea el recurso al procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo para reducir la jornada de trabajo con carácter definitivo, cuando dicha reducción implica una transformación del contrato a tiempo completo en contrato a tiempo parcial. Esta  imposición unilateral de la reducción de jornada contraviene la exigencia de voluntariedad en la novación del contrato a tiempo completo en contrato a tiempo parcial. No obstante, el Tribunal Supremo ha elaborado en los últimos años una interpretación particular del requisito voluntariedad en el contrato a  tiempo parcial con el fin de admitir la reducción unilateral de jornada, incluso en los supuestos en los que implica transformación contractual.

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