Vol 40 (2020), Artículos doctrinales
Recibido: 31-07-2019
Aceptado: 07-10-2019
Publicado: 21-04-2020
El artículo propone interpretar dogmáticamente la valoración de la culpabilidad de las empresas a partir de la implementación de protocolos de cumplimiento. Así, las empresas con un compliance eficaz podrían ser inimputables, pero eso no evitaría atender a la persistencia de su peligrosidad. Esta dimensión podría atenderse mediante una reformulación del art. 129 CP, que así podría dotarse de racionalidad pragmática y sistemática, compatibilizándose con el art. 31bis CP
Empresas, compliance, culpabilidad, inimputabilidad, peligrosidad