La personalidad jurídica de empresas transnacionales como requisito de la responsabilidad penal del art. 31 bis cp. Consideraciones en el contexto de la Unión Europea
Contido principal do artigo
Resumo
Teniendo en cuenta que los tribunales internacionales carecen de competencia para imponer sanciones penales a personas jurídicas, la responsabilidad penal de las empresas únicamente puede imponerse a través de sistemas jurídicos nacionales. El artículo analiza el criterio formal de atribución de personalidad jurídica como presupuesto de la responsabilidad penal, prestando especial atención a los actores empresariales transfronterizos dentro de la UE. Estudia la regulación española sobre determinación de nacionalidad de personas jurídicas y la doctrina del TJCE sobre libertad de establecimiento de las sociedades mercantiles en Europa (reconocimiento mutuo de personalidad jurídica dentro del mercado único). El trabajo llega a la conclusión de que las decisiones de ubicación, movilidad o traslado de actividades mercantiles de los entes societarios pueden influir en la atribución (o exclusión) de su condición de personas jurídicas según los ordenamientos jurídicos nacionales, y en consecuencia, en su condición de sujetos de Derecho penal.