La ejecución penal es una materia a la que, como regla general, los procesalistas no han dedicado una especial atención. Es por ello que la publicación de una obra sobre este tema no debería sino congratularnos, en la medida en que constituye una nueva contribución destinada a poner fin a un olvido que carece de justificación. Si la obra, además, va más allá de las convenciones y aporta visiones novedosas, el motivo de regocijo es doble. Y eso es lo que sucede con Prueba y ejecución penal. Sobre la traslación de las nociones procesales y probatorias para el procedimiento penal al procedimiento de ejecución penal: el caso mexicano, un libro cuya brevedad no está en absoluto reñida con su enjundia jurídica.
En ella, el magistrado mexicano Alfredo René Uribe Manríquez expone desde la introducción cuál es su premisa de partida: que el estándar probatorio en la ejecución penal no debe ser necesariamente el archiconocido «más allá de toda duda razonable» imperante en la fase de enjuiciamiento. Y esta convicción (que no calificaremos de «íntima», so pena de incurrir en lo que, a juicio del autor, constituye un error), descansa en la idea de que los criterios sobre prueba en el marco de la ejecución penal no pueden ser los mismos que durante el juicio. Entre otras causas, porque en la ejecución ya nos encontramos ante una persona cuya presunción de inocencia ha sido enervada.
A partir de aquí, Uribe Manríquez desgrana la cuestión en cinco bloques: comenzando por la reforma del sistema de Justicia penal en México (en virtud de la cual se instauró un proceso penal acusatorio); pasando por el análisis de la fase de ejecución y de la Ley Nacional de Ejecución Penal; el tratamiento probatorio en la ejecución penal; el efecto y la trascendencia de la presunción de inocencia como regla probatoria en esta etapa; para, finalmente, llegar al estándar probatorio.
Aun teniendo en cuenta que estas brevísimas líneas, con certeza, no harán Justicia a los contenidos de la obra, quisiéramos destacar muy sucintamente algunas ideas que se podrán encontrar a lo largo de sus páginas.
En primer lugar, la distinción entre las nociones de dato de prueba, medio o elemento de prueba y, por último, prueba: una tríada de conceptos cuyo significado, en la manera expuesta por la legislación mexicana, diverge en ciertos aspectos de la terminología española. Lejos de limitarse a reflejar la visión del ordenamiento jurídico mexicano en torno a ellas, el autor plantea los problemas que su concepción como una suerte de compartimentos estanco genera en la práctica.
En segundo, el análisis de la presunción de inocencia y de la regla de juicio del in dubio, que en ejecución penal nos obliga a distinguir entre la labor revisora de las sanciones disciplinarias impuestas a los reos –en cuyo caso, la regla operará de idéntico modo que en el enjuiciamiento penal–; frente a aquellas cuestiones previstas en la Ley Nacional de Ejecución Penal mexicana, como podrían ser la eventual concesión de los beneficios penitenciarios, en los que recaerá sobre el promovente la carga de probar que concurren los requisitos que ameritan tal concesión.
Por último, la exposición acerca del estándar probatorio en ejecución penal. Partiendo del estándar de Bard (el ya mencionado «más allá de toda duda razonable»), el autor expone con acierto que la exigencia de un estándar constituye, a la postre, una decisión política acerca de la distribución del error en las decisiones judiciales. Así las cosas, en el caso de los beneficios penitenciarios defiende que el estándar debiera aproximarse más al que rige en el ámbito civil que al de Bard, decisión esta que se cohonestaría con la vigencia del principio pro libertate. Por su parte, en el supuesto de las cuestiones administrativas, Uribe Manríquez sostiene que el estándar, debiendo ser más exigente que el de los beneficios penitenciarios, no debería alcanzar la cota del de Bard. Entre otras razones, dada la relación de especial sujeción a la que está sometido el reo.
Siendo conscientes de los muchos temas de interés que hemos dejado en el tintero, no quisiéramos finalizar esta recensión sin recomendar encarecidamente la lectura de esta obra, muestra de que el estudio doctrinal, unido a la práctica forense, puede ofrecer los mejores frutos a la ciencia del Derecho Procesal.