Vol. 25 Núm. 1 (2016), Estudios y notas
Recibido: 08-03-2016
Aceptado: 26-04-2016
Publicado: 29-04-2016
La autorización paisajística ha constituido un baluarte por el paisaje, cuya protección remonta al período anterior a la Constitución. Ella fue concebida como salvaguardia de las bellezas naturales, pero después de la Constitución del 1948, gracias también a los estudios de la doctrina, el paisaje asumió una dimensión cultural que superó el aspecto estético. La competencia a la liberación de las específicas autorizaciones, instrumento llave de la protección, después de un período en el que fue reservada al Estado, fue delegada a las Regiones y se han evidenciado numerosas problemáticas. Después de la reforma del título el V de la Constitución del 2001 el Estado ha asumido de nuevo un papel preeminente pero las problemáticas, a causa de interpretaciones y a nuevas intervenciones legislativas, siguen quedando.
protección paisajística, específica autorización, competencia de Estado y Regiones, complejidad