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Virginia Mayordomo Rodrigo
Facultad de Derecho de San Sebastián. Secretaria Académica del Instituto Vasco de Criminología
España
Vol. 31 (2011), Artículos doctrinales
Recibido: 02-05-2012 Aceptado: 03-05-2012 Publicado: 03-05-2012
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Resumen

En octubre de 1999, en Tampere (Finlandia) el ConsejoEuropeo instó al establecimiento de un marco penal común de ámbitoeuropeo relativo a la lucha contra la trata de seres humanos, que previerasanciones rigurosas para este grave delito. A partir de esa fecha se incrementaronlas iniciativas a nivel nacional y regional para hacerlo efectivo.A lo largo de la última década, España ha ido adaptando —con mayor omenor acierto— su legislación interna a las obligaciones derivadas de lasnormas internacionales sobre trata y tráfico ilícito de personas. A travésde diversas reformas se fueron multiplicando y solapando los diversostipos de tráfico de personas, planteando numerosas cuestiones concursalesdifíciles de resolver. El proceso se inicia con la Ley Orgánica 11/1999,de 30 de abril, y culmina con la reforma del Código Penal llevada a cabopor Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.

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