La personalidad jurídica de empresas transnacionales como requisito de la responsabilidad penal del art. 31 bis cp. Consideraciones en el contexto de la Unión Europea
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Resumen
Teniendo en cuenta que los tribunales internacionales carecen de competencia para imponer sanciones penales a personas jurídicas, la responsabilidad penal de las empresas únicamente puede imponerse a través de sistemas jurídicos nacionales. El artículo analiza el criterio formal de atribución de personalidad jurídica como presupuesto de la responsabilidad penal, prestando especial atención a los actores empresariales transfronterizos dentro de la UE. Estudia la regulación española sobre determinación de nacionalidad de personas jurídicas y la doctrina del TJCE sobre libertad de establecimiento de las sociedades mercantiles en Europa (reconocimiento mutuo de personalidad jurídica dentro del mercado único). El trabajo llega a la conclusión de que las decisiones de ubicación, movilidad o traslado de actividades mercantiles de los entes societarios pueden influir en la atribución (o exclusión) de su condición de personas jurídicas según los ordenamientos jurídicos nacionales, y en consecuencia, en su condición de sujetos de Derecho penal.