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Tàlia González Collantes
Universitat de València
España
Biografía
Vol. 37 (2017), Artículos doctrinales
DOI: https://doi.org/10.15304/epc.37.2960
Recibido: 08-12-2015 Aceptado: 26-09-2016 Publicado: 30-03-2017
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Resumen

En este trabajo me propongo determinar cuál es la posición a asignar a la resocialización en el marco de la teoría de la pena a la luz de lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Constitución española. Sin embargo, primero me ocuparé de las diferentes interpretaciones surgidas en Italia en torno al artículo 27.3 de la Constitución de este país, pues creo que el análisis de tal cuestión debe tomar como primer punto de reflexión la comparación entre aquél y éste. Indicaré, asimismo, cómo han resuelto la polémica surgida la Corte Constitucional italiana y nuestro Tribunal Constitucional, los cuales, como intérpretes supremos de la Constitución que son, tienen la última palabra.
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