1. Introducción
En la Criminología de nuestro tiempo es bien sabido que las sociedades de la abundancia y el bienestar sufren, paradójicamente y en comparación con otras con menores niveles de desarrollo y riqueza, de una elevada percepción del riesgo y de una alta demanda de seguridad por parte de sus ciudadanos. En países como España, cuyos habitantes gozamos en términos generales de un aceptable nivel de vida, con pocas urgencias o preocupaciones auténticamente existenciales, la sensación de inseguridad ciudadana y por extensión el miedo al delito alcanzan, sin embargo, una intensidad considerable. Así, hoy en día diversas instituciones públicas o privadas, como los servicios sociales, ciertas ONGs (v.gr., el Banco de Alimentos), entidades religiosas, etc. garantizan de manera habitual que prácticamente ninguna persona fallezca por causa directa del hambre o la sed, o por falta de asistencia sanitaria en una situación de verdadera emergencia para su salud. Por otra parte, los sistemas y medidas de seguridad obtenidos tanto por vías públicas (Policía y otras Fuerzas de Seguridad del Estado, video-vigilancia en las sedes de organismos oficiales, etc.) como por vías privadas (v.gr., alarmas en domicilios y vehículos, cámaras en locales comerciales, en cajeros automáticos...) proporcionan a la población los medios materiales y personales necesarios para prevenir o reprimir una gran parte de la delincuencia que eventualmente podría producirse. Al mismo tiempo, los más variados mecanismos de detección, control y vigilancia (escáneres, radares, barreras, arcos de seguridad...) se han instalado en nuestras vidas y nos rodean: en los aparcamientos públicos, en los accesos a edificios administrativos, en aeropuertos y estaciones, en los medios de transporte urbanos.... Así pues, nunca antes las sociedades desarrolladas habían estado tan protegidas frente al riesgo de sufrir delincuencia y ataques interpersonales; nunca antes se habían procurado tantos medios para prevenir la agresividad, la violencia y la amenaza de unas personas contra otras, o de una persona o personas contra la propiedad de sus congéneres.
Pese a todo, entre los ciudadanos la preocupación y el temor a ser víctimas de un delito no disminuyen, sino que se mantienen constantes o aumentan, como también se incrementan nuestras demandas de seguridad hacia los poderes públicos y sus agentes a fin de que intervengan preventivamente frente a la criminalidad. Asimismo contribuyen a esas inquietudes y expectativas sociales determinadas actuaciones por parte de los medios de comunicación y de otros actores: singularmente, de las empresas de seguridad privada (aseguradoras, proveedores de alarmas...). Es posible también que el temor al delito y la alarma social ante la delincuencia estén relacionados con un sentimiento de inseguridad más generalizado y de alcance más amplio, derivado de otros factores y condiciones que pueden afectar a un elevado porcentaje de la población: entre dichos factores estarían la crisis económica, el desempleo o la precariedad laboral, el aumento de la brecha salarial entre las capas sociales más favorecidas y las menos pudientes, la relativa inadaptación y vulnerabilidad social de ciertos grupos, como los procedentes de la inmigración, etc. Como consecuencia de estos elementos de riesgo estructurales, se habría incrementado en la ciudadanía tal percepción de inseguridad difusa y, más en concreto, el miedo al delito.
Resulta imprescindible plantearnos en este ámbito, sin embargo, hasta qué punto dicha impresión subjetiva de temor, aunque comprensible en términos psicológicos y sociológicos, se corresponde con la realidad de la criminalidad en nuestro país; y en especial con la realidad de lo que llamamos la criminalidad común o convencional, concepto que definiré a continuación. Por lo tanto, la pregunta que debemos hacernos surge con toda claridad: ¿ha aumentado la delincuencia común en los últimos años en España? ¿Es realmente el panorama de la criminalidad en nuestro país tan inquietante y angustioso como se nos antoja, o como nos quieren hacer creer? Y con “criminalidad” me refiero sobre todo a la delincuencia violenta y a la patrimonial, que son las que verdaderamente nos preocupan y las que conocemos con mayor exactitud en parámetros estadísticos y fenomenológicos, frente a lo que suele ocurrir con la delincuencia socioeconómica, de los profesionales o “de cuello blanco”. Tratemos, pues, de resolver dichos interrogantes y de aclarar conceptos.
2. Características de la criminalidad en España en la actualidad
2.1. La delincuencia en España según su tipo de sociedad: predominio de la delincuencia común y aumento progresivo de la criminalidad no convencional
España se configura como un Estado social y democrático de Derecho (art. 1º.1 de la Constitución Española) y como un país económica y socialmente desarrollado, plenamente integrado en la sociedad postindustrial y de la información. Nuestra posición es, por lo tanto, semejante a la de las naciones del entorno, de Europa del sur y occidental, lo cual hace que también la delincuencia cometida en España resulte esencialmente similar a la de dichos países, a pesar de las posibles diferencias en cuanto a los “modus operandi”, los sistemas penales de represión, etc. En tal contexto, las formas criminales que todavía predominan en España, sobre todo si tenemos en cuenta lo que reflejan las estadísticas oficiales (como enseguida se comprobará) son las propias de la delincuencia común: es decir, fundamentalmente delitos contra las personas y contra el patrimonio. Deteniéndonos un instante en ese concepto, podemos definir la delincuencia común, también denominada ordinaria, convencional o callejera, como aquella que se ha llevado a cabo en todas las épocas históricas y en todas las zonas geográficas del planeta, porque es característica de la condición humana y de la vida en sociedad. En la Criminología anglosajona se conoce igualmente como street crime, ordinary o conventional crime. De ella pueden hallarse manifestaciones tanto en las zonas rurales como en las zonas urbanas de los distintos países; incluso en las sociedades más tecnificadas y evolucionadas se mantiene un reducto más o menos abultado de esta delincuencia ordinaria. Se trata, en definitiva, de los delitos clásicos o naturales, incluidos en las normas penales de todos los Estados con independencia de su grado de civilización y desarrollo. Entre esos delitos comunes encontramos los homicidios y asesinatos, las lesiones, los abortos ilegales, las amenazas y coacciones, las agresiones y abusos sexuales, las detenciones y secuestros, los robos, hurtos y estafas, los incendios y daños, etc. Modernamente suele añadirse a esta lista la actividad del tráfico de drogas a pequeña o mediana escala, excluyéndose el narcotráfico a nivel de criminalidad organizada, o el vinculado con el terrorismo. Tal delincuencia ordinaria constituye un fenómeno normal y asumible en cualquier comunidad, en el sentido de que es virtualmente imposible reducir su volumen a cero, aunque sí disminuirlo significativamente con políticas criminales y sociales adecuadas.
Otros rasgos definitorios de esta criminalidad convencional son sus formas de comisión, basadas principalmente en la violencia, la intimidación, el engaño o el abuso de superioridad, así como el perfil socioeconómico más bien bajo y marginal de sus autores, si bien, en principio cualquier persona podría incurrir en tales delitos, y de ahí también la denominación de comunes. A su vez, esta delincuencia ordinaria es la que aparece registrada con mayor precisión en las estadísticas policiales, tanto a nivel nacional como europeo o internacional. Por otro lado, la criminalidad común se caracteriza porque es la que suscita más preocupación pública o alarma social y la que resulta más anunciada por los medios de comunicación: conforma, pues, esa imagen que los ciudadanos solemos representarnos mentalmente cuando pensamos en “el problema criminal”. Precisamente el miedo que tal delincuencia provoca llega a condicionar la vida en las ciudades, fomentando el aumento de las desigualdades económicas y sociales y modificando el urbanismo: por ejemplo, en numerosas urbes de América Latina y, en menor medida y de otra forma, en grandes ciudades europeas (Londres, París, Hamburgo...) las clases sociales acomodadas y pudientes abandonan los centros urbanos y se “atrincheran” en barrios residenciales privados, que se conocen con el nombre de gated-communities: barrios cerrados. También se habla en este caso del “efecto donut”, por la forma que adoptan las ciudades a través de esos procesos de huida de la población hacia los suburbios de las afueras, dejando el centro vaciado. En cambio, las clases sociales más bajas permanecen en viviendas precarias y con condiciones de vida desfavorables, incluso indignas, resultando asimismo más vulnerables a la criminalidad por parte de otros. Tales barrios suelen contar con una reducida supervisión policial, con peores infraestructuras en cuanto a servicios públicos, etc.
En el caso concreto de España, en definitiva, la delincuencia común sigue lógicamente existiendo, incluso como tipología mayoritaria en el conjunto de la criminalidad cometida o, al menos, de la registrada (vid. infra, apartado II.2). No obstante, desde los años 90 del siglo XX viene descendiendo en su volumen absoluto y en su porcentaje en el total de la criminalidad, en beneficio de la delincuencia que llamaríamos no convencional. Esta otra modalidad, también denominada delincuencia de los profesionales o especializada, se caracteriza, en oposición a la común, por agrupar una serie de conductas criminales que no siempre se han considerado como tales, sino que sólo recientemente han sido sancionadas por la ley y estudiadas por la Criminología: por ejemplo, estaríamos hablando de los fraudes a consumidores, los delitos contra el medio ambiente o las estafas informáticas. En cuanto a sus rasgos más definitorios, podemos decir que esta criminalidad no convencional resulta en parte cometida por personas pertenecientes a las clases profesionales o cualificadas (no tanto a la clase baja y marginal), o bien que han adquirido alguna forma de preparación o de profesionalización a la hora de llevar a cabo esa delincuencia. Así, englobamos dentro de tal categoría lo que llamamos la criminalidad “de cuello blanco”, habitualmente socio-económica, realizada por las clases sociales preparadas o incluso por las poderosas e influyentes: v.gr., la corrupción privada y la de los funcionarios públicos, el uso desviado del poder político y económico, etc. Además, tales delitos pueden y suelen ser cometidos por grupos organizados, por las empresas y multinacionales, por sus directores y ejecutivos... Entre las áreas y figuras delictivas que se incluyen en dicha modalidad no convencional de la criminalidad estarían las siguientes, todas ellas tipificadas por el CP español: 1) la delincuencia socioeconómica (defraudaciones de cierta complejidad, delitos en el mercado de valores, contra la propiedad industrial y empresarial, estafas masa, delitos contra los consumidores, corrupción entre particulares y otras formas de competencia desleal, delitos de quiebra y alzamiento de bienes, delitos societarios, receptación y blanqueo de capitales, falsedades, delitos monetarios...); 2) la delincuencia cometida en el marco de la Administración Pública y contra ella: cohecho, prevaricación, tráfico de influencias, malversación...; fraude fiscal y de subvenciones públicas, a la Seguridad Social, etc.; 3) los delitos de contrabando y tráfico: de drogas, armas, explosivos, materiales químicos o biológicos, pornografía infantil...; 4) los delitos relativos a la inmigración ilegal, la trata de personas y el tráfico ilegal de órganos, así como los delitos contra los derechos de los trabajadores; 5) los delitos contra el medio ambiente y la seguridad colectiva: contra la salud pública, contra la seguridad vial, contra el orden urbanístico, contra el patrimonio histórico...; 6) los delitos contra sistemas, programas y datos informáticos; y 7) los delitos de terrorismo y de delincuencia organizada, en general.
Si analizamos los tipos que acabamos de mencionar, se comprueba que esta criminalidad no convencional suele cometerse por medios más tecnificados y complejos que la delincuencia común, y con apoyo fundamental en los avances tecnológicos. A su vez, muchos de estos delitos, aunque no todos, se llevan a cabo con una extensión transnacional y en un ámbito globalizado, a través de organizaciones criminales o redes, estructuras jerárquicas o de distribución del trabajo, “mafias”, etc. Otro aspecto esencial de dicha delincuencia es su naturaleza más desconocida y opaca, tanto en lo que respecta a los registros oficiales como para la ciudadanía: ciertamente, el hecho de que gran parte de esos delitos tengan una víctima difusa o colectiva, no individualizada, dificulta el objetivo de conocer su auténtico volumen por medio de las encuestas de victimización o a través del número de denuncias. De ahí que la delincuencia no convencional resulte peor cuantificada oficialmente (existencia de una elevada cifra negra) y que, por extensión, despierte mucha menos alarma social que la delincuencia común. Por ejemplo, la mayoría de los ciudadanos no somos verdaderamente conscientes de la gran nocividad individual y social que representan fenómenos delictivos como la trata de personas, los daños al medio ambiente, los abusos contra los derechos de los trabajadores o el abultado fraude fiscal que se produce anualmente en nuestro país.
Precisamente en España -volviendo a la cuestión de la evolución de la delincuencia en los últimos años, y como indicaremos en el siguiente apartado- la tasa de la delincuencia no convencional está creciendo de forma continua, de manera que progresivamente irá desbancando en importancia a la delincuencia común, aunque el conocimiento exacto de esos datos se ve dificultado por la ya mencionada falta de fuentes fiables. Por ejemplo, la delincuencia económica cometida por profesionales y trabajadores en empresas está multiplicando su incidencia en todas las sociedades desarrolladas, en general; entre otros motivos, porque también ha aumentado el número de puestos de trabajo desde los que potencialmente se puede realizar esa delincuencia “de cuello blanco”.
En definitiva, la criminalidad no es un fenómeno inmutable ni uniforme, sino que sus manifestaciones van cambiando con el paso del tiempo, incidiendo en esas transformaciones las nuevas realidades políticas, económico-sociales, antropológicas y tecnológicas. En la actualidad, la mayoría de los países del mundo han experimentado y siguen experimentando una serie de cambios que arrojan consecuencias también en sus formas y tasas de delincuencia: se trata de procesos como la implantación de las democracias y de los derechos humanos (en especial y más recientemente, de los derechos de la mujer), la concentración de la población en las ciudades, la burocratización, la informatización y el cambio tecnológico, la globalización económica, cultural y social... Sin embargo, en cada país o grupos de países dichos cambios se manifiestan de un modo distinto, y en aquellos que se encuentren en vías de desarrollo, o bien inmersos en procesos de evolución política o en grave crisis económica, la delincuencia común seguirá ocupando un lugar fundamental y alcanzando tasas altas, sobre todo la criminalidad violenta y la de fraudes y estafas. Por ejemplo, si pensamos en un país como Venezuela, que desde hace años padece un estado de convulsión política, económica y social, comprobamos que allí se incrementó la tasa anual del homicidio doloso hasta aprox. 56,62 homicidios por cada 100.000 habitantes en 2016; si bien, para el año 2022 esta tasa ha bajado hasta un 12,61. Para poder establecer un término de comparación, baste decir que tal índice se situaba en España en 2022 en 0,69 homicidios por cada 100.000 habitantes, siendo esta una de las tasas más bajas de Europa y del mundo. Otro ejemplo interesante puede ser el de Ecuador, en el que los graves disturbios políticos y sociales han llevado su tasa anual de homicidios intencionales desde un moderado 6,48 en 2015, semejante a EEUU, hasta los 26,99 homicidios por 100.000 habitantes en 2022. Del mismo modo, se sabe que en anteriores tiempos históricos los índices de homicidio, y los de la delincuencia violenta, en general, siempre se han elevado significativamente en períodos de revoluciones, guerras civiles o inestabilidad política, como en las revoluciones burguesas en Francia en 1789, 1830, 1868 y 1870, o en zonas de fronteras muy disputadas, durante ocupaciones militares hostiles, etc.
En sentido contrario, puede afirmarse que cuando una sociedad menos desarrollada se va civilizando y progresando económicamente, va suavizando sus costumbres y se somete a políticas criminales eficaces, su tasa de criminalidad común y violenta disminuirá, incrementándose en cambio otras formas delictivas más sofisticadas y sutiles: a saber, estafas, abusos de confianza, falsedades documentales, corrupción económica y política, fraude fiscal o delitos tecnológicos. Así sucedió, por ejemplo, en los países del este de Europa y del Báltico tras su incorporación a la UE y el consiguiente impulso positivo a sus economías y sociedades. Y tal evolución es también la que ha experimentado la sociedad española desde hace ya varias décadas, como se analizará más adelante (vid. infra, apartado III).
2.2. Estadísticas disponibles sobre la criminalidad en España: imagen general de la delincuencia que nos ofrecen
Como ya se indicó previamente, las fuentes oficiales sobre volumen y tendencias de la criminalidad en España proporcionan datos más específicos sobre la delincuencia común, y bastante menos precisos sobre la delincuencia no convencional, esencialmente debido a la elevada “cifra negra” en tales infracciones: v.gr., fraude fiscal, trata de personas, narcotráfico.... Esas fuentes oficiales y accesibles al público son las siguientes: a) las memorias anuales de la Fiscalía General del Estado (FGE); b) las estadísticas policiales publicadas por el Ministerio del Interior (MIR), tanto en su Portal web como en sus Anuarios de actividad; c) las estadísticas elaboradas por Instituciones Penitenciarias sobre el número de condenados, la población penitenciaria y las penas y medidas alternativas impuestas –datos que son publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE)-; y d) los datos proporcionados por otros organismos oficiales, como el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género; la Dirección General de Tráfico, por lo que atañe a la siniestralidad vial; las estadísticas sobre sentencias y procesos del Consejo General del Poder Judicial, etc.
A través de dichos canales de información, sabemos con bastante exactitud el número de los delitos contra las personas y contra el patrimonio (delincuencia común) que han llegado al conocimiento de nuestras fuerzas policiales cada año, e incluso cada trimestre. Estos datos suelen aparecer desglosados con detalle en cuanto a la tipología delictiva: por ejemplo, se indican separadamente los homicidios dolosos y asesinatos consumados y los intentados, los robos cometidos con fuerza en las cosas se distinguen en función del lugar de ejecución (domicilios, establecimientos o vehículos), etc. En cambio, los delitos correspondientes a la delincuencia no convencional se registran de forma más agrupada: v.gr., si consultamos la página web del INE con los datos más actualizados, de 2023, sobre personas condenadas por los distintos delitos, por ejemplo bajo la rúbrica “Receptación y blanqueo de capitales” no se distingue entre una modalidad típica y otra; bajo el título de “Defraudaciones”, desconocemos cuántos delitos dentro de la cifra aportada se refieren a estafas, cuántos a administración desleal y cuántos a apropiación indebida; es igualmente imposible saber cuántas infracciones se han cometido del tipo “corrupción entre particulares” (arts. 286 bis y ss. CP), ya que no se desglosan los datos sobre “Delitos contra la propiedad industrial e intelectual”, título que, al parecer, agrupa también los delitos contra el mercado y los consumidores, etc. Algo parecido sucede con los Anuarios estadísticos del MIR, cuya última edición, del 2023, al igual que las ediciones anteriores, no especifica el número de casos conocidos en materia de apropiaciones indebidas, ni en delitos contra los consumidores, ni en cohechos o malversaciones, ni en prevaricaciones judiciales, etc., etc.
Además, las estadísticas criminales emitidas por nuestras Fuerzas policiales y el MIR han recibido tradicionalmente críticas desde la doctrina científica, si bien es preciso reconocer los grandes esfuerzos que se han realizado en los últimos años por mejorar su accesibilidad y su calidad metodológica, así como por ampliar el alcance de los datos registrados. De este modo, recientemente las estadísticas oficiales han ido incorporando información más detallada sobre la violencia de género, los delitos de odio, la trata de personas u otras tipologías: por ejemplo, desde 2019, los balances trimestrales de criminalidad publicados por el MIR reflejan la incidencia de los ciberdelitos, es decir, aquellos cometidos por medios o en contextos informáticos, como las estafas.
Otra fuente de información sobre la criminalidad, no necesariamente proveniente de las instancias públicas, son las encuestas de victimización. Estas interrogan a una muestra generalmente amplia de población en torno a su experiencia reciente con respecto a un número reducido de delitos, correspondiendo la mayor parte de ellos a la delincuencia ordinaria, dado que ésta es la que suele contar con una víctima individualizada. A efectos de obtener un conocimiento más preciso acerca de la criminalidad producida en un determinado país, conviene desde luego cotejar los datos obtenidos a partir de las estadísticas policiales con la información que proporcionen dichas encuestas de victimización, en la medida en que éstas pueden recoger parte de la “cifra negra” de la delincuencia. En España, lamentablemente la última encuesta de victimización realizada con alcance nacional data de los años 2008-2009, aunque por ejemplo en Cataluña sí se están realizando actualmente estudios de este tipo, tanto a nivel local (en Barcelona y su área metropolitana) como al nivel de toda la Comunidad autónoma. En este último caso se trata de la Encuesta de Seguridad pública de Cataluña, que se viene llevando a cabo cada dos años desde 2013, correspondiendo la última edición al 2022. A su vez, en otras naciones de nuestro entorno es habitual que dichas consultas se realicen con frecuencia y a escala estatal: baste citar el ejemplo de la Crime Survey for England and Wales, llevada a cabo en el país británico por su Instituto nacional de Estadística con periodicidad anual. También está la Deutscher Viktimisierungssurvey, confeccionada cada varios años por la Oficina criminal estatal alemana, y cuya más reciente edición corresponde al año 2020, siendo publicada en noviembre de 2022. Asimismo en diversos países iberoamericanos, como México, Chile o Argentina se realizan periódicamente dichas encuestas, por lo que sorprende la total ausencia de estos estudios de ámbito global en España.
De cualquier forma, inspeccionando la información proporcionada por aquellas fuentes a las que tenemos acceso en España (sobre todo, las estadísticas policiales del MIR), y observando la serie histórica desde 2008, comprobamos cómo la delincuencia en nuestro país mantiene un curso bastante estable, pese a las subidas y bajadas cíclicas. No obstante, en la actualidad se percibe una cierta tendencia al alza. Podemos contemplar los datos resumidos en la tabla y gráfico nº 1, teniendo en cuenta que, hasta el año 2015, las cifras totales de la delincuencia registrada agrupaban tanto los delitos como las antiguas faltas; por ello, se indica también en el cuadro de manera separada el volumen en concreto de los delitos. A partir de la LO 1/2015, de 30 de marzo, desaparecen de nuestra legislación penal las faltas, por lo que, del año 2015 en adelante, se señalan en la tabla sólo las cifras totales de los delitos (graves, menos graves y leves).
| AÑO | 2008 | 2009 | 2010 | 2011 | 2012 | 2013# | 2014 | 2015 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº de infracciones penales conocidas* | 2.396.890 | 2.339.203 | 2.297.484 | 2.285.525 | 2.268.867 | 2.172.133 | 2.092.040 | 2.036.815 |
| De las cuales, DELITOS: | 941.144 | 896.561 | 871.143 | 1.117.293 | 1.111.695 | 1.056.445 | 1.002.555 | ... |
| AÑO | 2016 | 2017 | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
| Nº de delitos conocidos* | 2.009.690 | 2.045.784 | 2.131.118 | 2.201.859 | 1.766.779 | 1.957.719 | 2.323.075 | 2.464.759 |
Fuente: Elaboración propia a partir de los anuarios estadísticos y balances trimestrales del MIR.
A partir de los datos expresados en las anteriores figuras, podemos extraer las siguientes observaciones para explicar la evolución reciente de la criminalidad:
-
a) Comenzando por el final, se aprecia que, según el Anuario elaborado por el MIR para el año 2023, el número total de delitos conocidos en esos doce meses ha sido de 2.464.759, lo cual supone un incremento del 6,09% con respecto al mismo dato de 2022. Esta cifra de 2023 supera en un nº de 67.869 infracciones al otro pico máximo de criminalidad en tal serie histórica, que es el correspondiente al año 2008 (2.396.890). Debe recordarse que este fue el año de la eclosión en nuestro país de la última gran crisis económica mundial, ligada a la caída de Lehman Brothers y otras entidades financieras en EEUU, habitualmente denominada “crash del 2008”. Tal circunstancia apoya la tesis, que sostendré en un apartado posterior, de que, en España, los momentos álgidos en el volumen de la delincuencia coinciden con épocas de bonanza máxima y de “burbujas” en el crecimiento económico (vid. infra, epígrafe IV).
-
b) A su vez, hay que tener en cuenta que, como se apuntó unas líneas más arriba, desde al menos el año 2019 estos datos totales incorporan la incidencia de los ciberdelitos: una modalidad que antes solía engrosar la cifra negra y que, por lo tanto, no se reflejaba en las estadísticas. Este aspecto seguramente contribuye a explicar los incrementos en el volumen total de delincuencia que se aprecian en el último trienio, tras la pandemia.
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c) También es preciso considerar que, entre 2008 y 2023, la población de nuestro país ha aumentado en un 5,15%, pasando de los 45.668.938 habitantes en enero de 2008 a los 48.022.515 habitantes en enero de 2023. En un primer vistazo, podría deducirse que esto justificaría el leve aumento en los últimos años en la cantidad total de delitos conocidos en España. Sin embargo, si comprobamos la tasa de criminalidad medida como el nº de delitos cometidos por cada mil habitantes, en realidad dicha tasa ha descendido, desde el 52,48 en 2008 hasta el 51,3 en 2023 (ver infra, Tabla 4). Por consiguiente, considero que, en términos exactos, el nivel de inseguridad ciudadana no ha crecido significativamente en estas décadas pasadas, sino que incluso ha disminuido (vid. infra, epígrafe IV).
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d) En cuanto al nivel mínimo de criminalidad en todo el período, éste lo encontramos, como era de esperar, en el año 2020, al ser el de mayor incidencia de la pandemia por COVID-19: se trata de una tasa de 37,2 delitos por cada 1.000 habitantes.
Para el año 2024, según los datos aparecidos de modo provisional en el Balance de la Criminalidad del MIR para el cuarto trimestre, a priori parece que el volumen de los delitos podría haber incluso disminuido en España: a saber, se habrían dado entre enero y diciembre de 2024 un total de 2.456.413 infracciones, lo que equivale a una variación a la baja del -0,3% sobre el mismo dato de 2023. No obstante, si comparamos estas cifras de 2024 con las correspondientes al último año pre-pandémico, 2019, lo que percibimos es una cierta tendencia alcista, ya que en ese año se dieron unos 2.201.859 delitos, lo cual supone que el nº total de infracciones penales para el 2024 ha sido un 10,36% más elevado.
2.3. Evolución reciente de la delincuencia en nuestro país
A partir de dichas informaciones anteriores, obtenidas mediante una visión general, podemos ahora reflexionar con más profundidad acerca de los cambios que ha experimentado la criminalidad en España en las últimas décadas:
a) En primer lugar, es preciso tener en cuenta que los datos sobre la delincuencia en 2022 y 2023 emergen después de una época de circunstancias absolutamente excepcionales, como han sido los dos años pandémicos del 2020 y 2021, marcados socialmente por las sucesivas e intensas restricciones a la actividad y a los movimientos de los ciudadanos. Resulta absolutamente lógico que, bajo unas condiciones de confinamiento doméstico, paralización o restricción de la actividad económica y social en muchos sectores (singularmente los del comercio no esencial, la hostelería, el turismo y el ocio nocturno), con toques de queda vespertinos, teletrabajo, etc., la delincuencia en general, y sobre todo la común y callejera disminuyeran de manera notable, alcanzando ese mínimo de 1.766.779 delitos en 2020. Como se indicará más adelante, únicamente la ciberdelincuencia, en pleno auge en esos dos años, así como la violencia doméstica han impedido que las cifras de la criminalidad alcanzasen en nuestro país mínimos históricos más pronunciados. Dicha tendencia bajista se ha producido de manera generalizada en todas aquellas naciones, especialmente las europeas, que establecieron limitaciones a la movilidad de los ciudadanos en los meses iniciales y más severos de la pandemia: es decir, en marzo, abril y mayo de 2020. De hecho se calcula que, en el momento álgido del confinamiento, a finales de marzo y en abril de ese año, en muchos países de Europa y de Latinoamérica los desplazamientos cotidianos destinados a actividades de ocio y de compras se redujeron en más de un 80%.
En cuanto a los efectos de estas restricciones a la movilidad y de la ralentización de la vida urbana en los índices de la delincuencia común, varios estudios han demostrado una significativa correlación entre tales variables, y ello con independencia, hasta cierto punto, de las diferencias entre países en cuanto a la severidad del confinamiento domiciliario o su duración. Así, una investigación desarrollada por Nivette, Zahnow y otros en 27 ciudades de 23 Estados distintos en todo el mundo halló que la criminalidad común, identificada con los delitos de agresión, hurto, robo con fuerza, robo con violencia e intimidación, sustracción de vehículos y homicidio, descendió en tales países en una media del 37% a partir de la puesta en marcha de las restricciones. A su vez, Andrés Pueyo y Redondo Illescas nos hablan de una reducción en la tasa general de delincuencia de un 73,8% para el caso de España, durante el primer confinamiento al inicio de la pandemia, en la 2ª quincena de marzo de 2020. De esta manera se confirman los postulados de las teorías de la oportunidad, de la elección racional y de las actividades rutinarias, según las cuales la existencia del delito depende estrechamente de que confluyan en un mismo lugar y tiempo un infractor potencial motivado y una víctima propicia, estando ausentes personas o instrumentos que puedan actuar como guardianes capaces. Bajo tales premisas, la reducción en el flujo de personas en la vía pública y en otro tipo de escenarios tanto públicos como privados (estaciones de trenes y aeropuertos, colegios, centros comerciales o religiosos...) iba a producir casi con seguridad una disminución de muchos de tales delitos habitualmente callejeros, sin necesidad de que se dieran cambios sustanciales en la motivación de los potenciales infractores, es decir, incluso permaneciendo esa motivación inalterada. Por otro lado, el énfasis que se puso durante la pandemia en que todos los ciudadanos cumpliéramos las normas incrementó el grado de control social formal en las calles, y probablemente también el de control social informal. Sin embargo, tales descensos en el delito van a variar en función del tipo de infracción, ya que cada una de ellas responde a sus propias “estructuras de oportunidad” y a unas específicas condiciones espaciales y temporales.
En primer lugar, por lo que se refiere a los delitos contra la propiedad y concretamente al hurto, robo con fuerza, robo con violencia o intimidación y sustracción de vehículos, el efecto reductor de la pandemia resulta especialmente pronunciado y uniforme entre los diversos países. De acuerdo con otro relevante estudio realizado por la Oficina de las Naciones Unidas para la lucha contra la droga y la criminalidad (UNODC) en octubre de 2020, sobre una muestra de 22 países, entre ellos, España, en todos ellos se apreció de manera homogénea un notable descenso en las tasas registradas para esos delitos entre febrero y abril de 2020 (vid. infra, figura 1). En concreto, el número de robos con violencia o intimidación y el de robos con fuerza se aminoró de media en un 58%, mientras que el de los hurtos lo hizo en un 72%, seguramente porque estos últimos dependen aún más de la proximidad física entre el infractor y la víctima, generalmente en un contexto de aglomeraciones en actividades de ocio, en el transporte público, etc. Coinciden con tales resultados de UNODC Nivette, Zahnow y colaboradores: en su muestra, y pese a las variaciones entre unas ciudades y otras, las tasas medias de robo con violencia o intimidación se redujeron en un 46%; las del hurto, en un 47%; las de la sustracción de vehículos, en un 39%, y las del robo con fuerza, en un 28%.
Unos descensos similares se produjeron en nuestro país a lo largo de todo el año 2020, en concreto del 31,3% para los robos con violencia o intimidación, del 39,9% para los hurtos, del 27,7% para las sustracciones de vehículos, y del 26,5% para los robos con fuerza. Incluso la disminución detectada resulta más abrupta si tenemos en cuenta sólo los datos de marzo y abril de 2020, durante el confinamiento severo: en ese período, los robos habrían bajado un 90,18%, las ocupaciones ilegales de inmuebles, un 79,7%, los fraudes y estafas fuera de Internet, un 86,6%, y en general los delitos “comunes en la calle”, muy relacionados con el ocio y el turismo, un 80%. No obstante, los investigadores reconocen que dichos descensos tan pronunciados pueden deberse, bien a una verdadera reducción de la criminalidad, o bien a una menor tasa de denuncias o a niveles más bajos de registro y detección de los delitos por parte de las autoridades policiales, durante tal período pandémico.
Fuente: Informe UNODC (2020).
En cuanto a los robos en locales comerciales, los estudios han detectado ausencia de cambios o incluso cierto aumento debido a la mayor desatención que sufrieron tales establecimientos como consecuencia de su cierre forzoso (en cambio, los robos en domicilios claramente disminuyeron). Así lo refleja, por ejemplo, la Encuesta de Victimización de Establecimientos comerciales realizada en Inglaterra y Gales en 2021, referida a los meses entre abril de 2020 y marzo de 2021: según tal estudio, el 30% de los locales encuestados, ya fueran mayoristas o minoristas, reportaba haber sufrido más robos durante dicho período que antes de la pandemia, mientras que el 59% afirmaba que el número de robos había permanecido igual. Sólo un 11% consideraba que habían disminuido.
En cualquier caso, a nivel global se demuestra que, cuanta mayor intensidad y rigor de las restricciones impuestas por las autoridades junto con el confinamiento domiciliario y a distintos niveles, como la prohibición de eventos públicos, el cierre de bares y especialmente la reducción del transporte público, mayores descensos se produjeron en los delitos contra la propiedad. De esa manera, se aprecia una correlación directa entre aquellas limitaciones que, como consecuencia del confinamiento en casa, se impusieron al uso del espacio público (parques, zonas comerciales...) y la disminución en las tasas globales de criminalidad común.
No obstante, entra dentro de lo posible, como he apuntado antes, que tales descensos en la delincuencia callejera durante el período pandémico se tradujeran en un cierto desplazamiento de la criminalidad hacia otros espacios: a saber, hacia el ámbito privado y familiar, del hogar, en la forma de violencia de género o doméstica, y hacia el mundo virtual, en la forma de estafas informáticas y otros ciberdelitos. De hecho, varias investigaciones preliminares han encontrado evidencias de dichos desplazamientos malignos, al surgir nuevas “estructuras de oportunidad” para el comportamiento ilícito. Por ejemplo, en lo que respecta a Gran Bretaña, según hallazgos de Buil-Gil, Miró-Llinares y sus colaboradores, en el período más intenso de restricciones en esa nación, correspondiente a los meses de abril y mayo de 2020, se incrementó la incidencia de casi todas las modalidades de delitos cibernéticos. Así ocurrió tanto para los delitos facilitados por las nuevas tecnologías, como las estafas en compras on line, en banca electrónica o mediante tarjetas de crédito, como para aquellos necesariamente cometidos mediante dichas técnicas (delitos “ciber-dependientes”), como el hackeo de ordenadores personales o los ataques con virus, malware y spyware. Los aumentos más pronunciados y estadísticamente significativos se produjeron para las estafas en compras y subastas on line, que crecieron casi un 51% en mayo de 2020 con respecto a mayo de 2019; para el pirateo de cuentas de correo electrónico y en redes sociales, que aumentó en un 54,3%, y para el pirateo de ordenadores personales, que subió en un 77,4%. En concreto, las víctimas más habituales fueron particulares, individuos, más que las empresas u organizaciones; esto podría explicarse porque, como consecuencia del confinamiento domiciliario, muchos de tales negocios y entidades tuvieron que detener al menos temporalmente su actividad. En cualquier caso, la figura delictiva que afectó más claramente al conjunto de la población fue la estafa informática, cuyas tasas aumentaron, en el mes de mayo de 2020 y con respecto al mismo mes del año anterior, en un 52% para los particulares, y en casi un 29% para las empresas. Tales datos se ven confirmados por lo reportado en la Encuesta de Victimización para Inglaterra y Gales entre los meses de abril 2020 y marzo 2021: en ese período, coincidente con las circunstancias de aislamiento domiciliario más severas de la pandemia, las estafas y abusos por internet crecieron dramáticamente con respecto al año previo, es decir, al año transcurrido entre abril de 2019 y marzo de 2020. Según esta fuente, el aumento para el delito de hackeo de ordenadores personales fue del 55%; para las estafas en compras o subastas on line, del 57%; para el hackeo con extorsión, del 26%, y para el ataque con un virus informático o malware, del 13%. Es decir, de media, los delitos consistentes en abuso informático crecieron un 16% en ese país.
En el caso de España, a partir de los datos publicados por el MIR se descubre que, del mismo modo, los años de la pandemia han constituido un auténtico trampolín para las cifras de la ciberdelincuencia, si bien ésta ya venía desarrollándose espectacularmente en los tramos anteriores. En particular, entre 2019 y 2020 los fraudes on line crecieron en un 34%, habiendo aumentado ya en el período anterior, 2018-2019, un 40%; las falsificaciones informáticas subieron en un 47% (ya lo habían hecho en un 24%), y las interferencias no autorizadas en datos y sistemas se incrementaron en un 32% (el alza ya había sido del 23,6% en 2019). La progresión continuó el año siguiente, 2021, siendo en este caso los porcentajes de crecimiento con relación al año 2020 del 3,5%, el 66,6% y el 34,4%, respectivamente. Otras de las modalidades delictivas que aumentaron durante el confinamiento, como consecuencia del mayor uso de las tecnologías de manera indiscriminada, fueron los delitos de odio en el ciberespacio, el ciberacoso, el embaucamiento de menores con fines sexuales (child-grooming) y el acoso a menores para la obtención de imágenes sexuales (sexting).
A su vez, por lo que se refiere al impacto que previsiblemente podían desarrollar el confinamiento domiciliario y el correspondiente aislamiento social en los índices de violencia doméstica y de género, los primeros estudios han confirmado dicho vaticinio en la forma de un desplazamiento delictivo maligno. Según el meta-análisis de Piquero, Jennings y otros, basado en 18 investigaciones previas elaboradas en EEUU, 12 de ellas, y en México, Argentina, Italia, Suecia, Australia y la India, las 6 restantes, los incidentes por violencia doméstica habrían aumentado un 7,9% de media en el conjunto de los países de la muestra, y en EEUU en particular, un 8,1%. Esos estudios examinados habían tenido en cuenta datos de los registros policiales, de servicios de asistencia para víctimas, de líneas telefónicas para casos de emergencia, de centros de salud y de otros departamentos de las Administraciones públicas. A juicio de Piquero y sus colaboradores, las causas que pueden explicar dicho incremento en la incidencia de la violencia doméstica son, entre otras: el aumento del paro masculino debido a las consecuencias económicas de la pandemia; el estrés asociado a la necesidad de cuidar a los hijos en casa y ayudarles con la escuela “a distancia”; la mayor incertidumbre económica en ese período; la falta de estrategias adecuadas para sobrellevar tal estrés y, por consiguiente, el recurso al alcohol o las drogas; el aislamiento de las víctimas con respecto a aquellas personas de apoyo que, en un momento dado, podrían identificar las señales de riesgo y ayudarles, como familiares, amigos, vecinos..., etc.
Unos resultados muy similares son los que arroja otro estudio realizado en Portugal por Ribero, Almeida y colaboradoras, según el cual, durante el período de confinamiento domiciliario en ese país, entre el 22 de marzo y el 3 de mayo de 2020, se produjo un incremento general del 100,7% en el nº de solicitudes de ayuda por casos de violencia doméstica. Y en el conjunto del año 2020, se dio un aumento del 13,3% de media en comparación con el año anterior. De acuerdo con los datos del servicio portugués de asistencia a las víctimas (APAV, Associação Portuguesa de Apoio à Vítima), en los dos meses de confinamiento, el mayor aumento de llamadas de auxilio se produjo en relación con episodios de violencia en la pareja, que subieron un 123,6%, y de violencia hacia personas mayores en el ámbito intrafamiliar, que subieron un 103,6%. A su vez, se incrementaron los casos de violencia contra niños y adolescentes, en un 28,6%. Pese a estos hallazgos, las estadísticas de la Policía portuguesa demostraban, por otro lado, que se había producido un descenso del 4,9% en las denuncias interpuestas por violencia doméstica a lo largo del 2020, y en particular para los casos de violencia en la pareja. Ello se podría explicar por la mayor predisposición de las víctimas a buscar ayuda en un servicio de asistencia por teléfono o internet que a presentar una denuncia por un posible delito ante la Policía, y más aún bajo las especiales condiciones sociales de la pandemia. Los factores que pudieron influir en ese aumento de la violencia intrafamiliar fueron, de acuerdo con los investigadores, el hecho de que las víctimas se encontraran desempleadas durante la pandemia, y por tanto pasando más tiempo en casa junto al agresor; el estrés emocional derivado de las eventuales pérdidas económicas, e incluso, la posibilidad de que los agresores estuvieran coaccionando a sus víctimas para que no buscaran asistencia médica o psicológica a fin de evitar contagiarse por COVID, incrementando así su sufrimiento psicológico.
Tales aumentos en la incidencia de la violencia doméstica con motivo de la pandemia y sus restricciones se han hallado también en países como Reino Unido, Francia, Chipre, China, Singapur, Sudáfrica y Brasil. En cuanto a España, las tendencias que se han puesto de manifiesto durante los dos principales años pandémicos, 2020 y 2021, coinciden en gran medida con las que ya hemos descrito. Por un lado, de acuerdo con los datos ofrecidos por el MIR acerca de los hechos conocidos en 2020 en materia de violencia de género y doméstica, se ha producido un descenso en el número de denuncias o atestados con respecto al año 2019, en concreto del 2,86% para el delito de maltrato ocasional (art. 153 CP) y del 4% para el delito de maltrato habitual (art. 173.2 CP). Sin embargo, en ese mismo período de tiempo ascendió de manera considerable el nº de llamadas al teléfono público de asistencia para casos de violencia de género, el 016: en efecto, a lo largo del año 2020, dicho volumen de llamadas creció un 15,26% en relación al año 2019 (pese a que, desde 2016, venía claramente descendiendo), y en 2021 subió un 10,2% con respecto al 2020. En concreto, en el 2º trimestre de 2020, durante el confinamiento más riguroso, las solicitudes al 016 subieron en un 48,5% en comparación con los mismos meses del año anterior, y un 51,43% en relación al primer trimestre del 2020. Esto nos permite deducir, de modo semejante a los estudios previos, que durante el confinamiento domiciliario se habrían incrementado los episodios de violencia de género en los hogares españoles.
Esa deducción en primera instancia se ve corroborada por las conclusiones de un estudio realizado por Lorente Acosta, Luna del Castillo y otros: según éstos, en 2020 primeramente disminuyó el número de homicidios por violencia de género en un 22,8% con respecto al 2019, como consecuencia del mayor control que los agresores tenían sobre sus víctimas, dadas las circunstancias de confinamiento y limitación de la movilidad. En concreto, en el 2º trimestre de 2020 dicho descenso fue del 73,3% con respecto al mismo período del año anterior. Ello no significaba, empero, que descendiera el nivel de violencia sobre las víctimas, sino tan solo su gravedad, ya que, como consecuencia del aislamiento, el agresor tenía más capacidad para ejercer y justificar su presión sobre la mujer con total impunidad. Por otro lado, efectivamente el número de denuncias disminuyó durante el año 2020 en relación al 2019, en un 10,3%: sobre todo en el 2º trimestre del año y coincidiendo con la situación de aislamiento domiciliario para los ciudadanos, con un descenso del 14,6%. Tal reducción se explica, según los investigadores, debido a las mayores limitaciones que los familiares de las víctimas, la Policía y los sanitarios o asistentes sociales tenían para conocer la situación de violencia y denunciar o elevar atestado/parte de lesiones. Por otro lado, en ese año 2020 se redujo también, seguramente por los mismos motivos, el número de expedientes incoados por otros delitos de violencia intrafamiliar, como la filio-parental, si bien crecieron las llamadas de auxilio al 112 por parte de progenitores. El volumen de denuncias por violencia de género, en cualquier caso, se recuperó durante el segundo semestre del 2020 y a partir de 2021, una vez que, al normalizarse la convivencia y la vida social, se incrementaron las oportunidades laborales de las víctimas y sus opciones para salir de la relación. Ello refleja asimismo la mayor concienciación social acerca de la violencia de género, pese a las enormes consecuencias de la crisis por el COVID-19. Así pues, la pandemia ha supuesto un impacto específico y negativo en la violencia de género en nuestro país, dificultándose la respuesta ante la misma y la atención a las víctimas en dicho período.
Por último, otro de los delitos que aumentó durante el estado de alarma en nuestro país fue el de resistencia a la autoridad y desobediencia (arts. 550 y ss. CP), relacionado en este caso con la disconformidad de algunos ciudadanos hacia las limitaciones sanitarias impuestas por la pandemia, como el uso de mascarillas, la prohibición de reuniones y los toques de queda. Estas infracciones, cometidas contra los miembros de las Fuerzas y cuerpos de seguridad, crecieron en un 519% en el periodo de confinamiento severo.
Pasando a otro ámbito de la criminalidad, en cuanto a la influencia de la pandemia y sus restricciones a la movilidad en los índices generales del homicidio doloso, los resultados de los estudios son algo menos concluyentes que para los anteriores delitos. Según el citado informe de UNODC de 2020, por un lado, las tasas del homicidio intencional descendieron en un 25% o más en países europeos como Albania, Grecia, Italia, Croacia, Letonia, Lituania, Moldavia, Serbia o la propia España, en comparación con los datos de los años anteriores (2015-2019), información que viene confirmada por las fuentes policiales españolas. Lo expresan claramente las siguientes figuras:
| Figura 2. Incidencia de la pandemia en los homicidios mensuales en Italia, España y Moldavia. | Figura 3. Tendencia en el número de víctimas de homicidio en Europa. |
|---|---|
Fuente: Informe UNODC
En cambio, Nivette, Zahnow y sus colaboradores encontraron descensos menos pronunciados con respecto a dichas tasas de homicidio y mayor heterogeneidad entre unos países y otros: así, la reducción media de los homicidios en las ciudades de su muestra resultó ser del 14%, mucho más modesta que para otros delitos, y sólo tres de esos emplazamientos manifestaron una disminución que fuera estadísticamente significativa: a saber, Lima, Cali y Río de Janeiro. Por el contrario, los descensos en las tasas de delitos de agresión aparecieron de manera más clara, en una media del 35% en los diversos países analizados por ellos. En España, tal reducción en los delitos de lesiones fue del 20,1% entre los años 2019 y 2020, y en concreto para el 2º trimestre de 2020, del 32,4%, probablemente por efecto de las limitaciones al ocio nocturno y la actividad en la calle.
Las razones que podrían explicar esa mayor diversidad entre lugares del mundo en cuanto a las variaciones en los índices del homicidio podrían ser de tipo socio-económico, o bien debido a los diferentes niveles de restricciones impuestos por los gobiernos, así como también por la preponderancia de formas distintas de homicidio en cada región. Por ejemplo, mientras que en Europa predomina el homicidio interpersonal o en el ámbito intrafamiliar, del que ya hemos hablado, en Latinoamérica destaca el homicidio relacionado con las bandas juveniles, el crimen organizado o el narcotráfico. Por tanto, pese a que en las clases sociales convencionales el confinamiento produjo un gran cambio en las rutinas cotidianas, afectando así a las tasas de la delincuencia común, en cambio los grupos de población implicados en la delincuencia organizada fueron bastante menos permeables a estos cambios, lo que pudo mantener quizá más constantes las cifras de los homicidios perpetrados en tales contextos. Precisamente el citado informe de UNODC halló diversas evoluciones durante la primavera de 2020 en los estados de América latina: por ejemplo, en Colombia o en Guatemala las tasas del homicidio descendieron un 32% y un 26% respectivamente, mientras que, en México, el número de víctimas de homicidio se mantuvo dentro del rango usual propio del período anterior a la pandemia. A su vez, en otros países iberoamericanos como Chile, Ecuador, Brasil, Perú, El Salvador u Honduras también hubo descensos al mismo tiempo en que se introducían las medidas de restricción de movimientos; pero en algunos de ellos, como en El Salvador, las tasas de homicidio han sido bastante volátiles en los últimos años, por lo que es difícil saber si tales cambios se deben exactamente al confinamiento o no.
En cualquier caso, una vez pasado el período de aislamiento domiciliario, relajadas las medidas y recuperado el modo de vida habitual, en el mundo y en España en particular, las tendencias propias del período pre-pandemia han vuelto a manifestarse en las cifras de la criminalidad común. Así se explica que, en nuestro país, el volumen total de la delincuencia se haya incrementado en un 9% entre 2020 y 2021, en un 18,7% entre 2021 y 2022, y en un 6,09% entre 2022 y 2023 (si bien, según datos provisionales para 2024, en este año esa cifra total habría disminuido en un 0,3% con respecto al 2023). De forma paralela, y tal y como testimoniaba la Fiscalía General del Estado, la incidencia de la criminalidad patrimonial y económica ya prácticamente se igualó en el año 2022 a los niveles previos a la pandemia, en especial para los hurtos (no así para otros delitos que, como más adelante se explicará, llevan años en un claro descenso, como los robos con violencia o intimidación o los robos de vehículos).
b) Dejando a un lado ese bienio intermedio y anómalo de la pandemia por COVID-19, se ha de señalar que la trayectoria que percibimos en los datos de la delincuencia en España entre los años 2017 y 2023 es de signo alcista, y viene a invertir en alguna medida la tendencia que se manifestaba en los lustros anteriores. Ciertamente, la criminalidad en nuestro país estaba reduciéndose de forma paulatina desde el año 2008 (véase supra, apartado 2, Tabla y gráfico 1), y ello pese a que la población española había aumentado en más de 11 millones y medio de habitantes entre 1971 y 2008, y lo ha seguido haciendo en más de dos millones entre 2008 y 2023. En efecto, si analizamos las dos últimas décadas, entre 2008 y 2009 la tasa de la delincuencia descendió en España en un 2,4%; entre 2009 y 2010, en un 1,78%; entre 2010 y 2011, en un 0,5%; entre 2011 y 2012, en un 0,7%; entre 2012 y 2013, en un 4,3%; entre 2013 y 2014, en un 3,6%; entre 2014 y 2015, en un 2,7; y entre 2015 y 2016, en un 1,33%, lográndose así el nivel de criminalidad más bajo en 13 años, que es el de 2016, con 2.009.690 delitos conocidos. Se percibe así claramente en el gráfico 1, que vuelvo a reproducir bajo estas líneas. Tal descenso progresivo puede hallar su explicación en la radical contracción de la actividad económica causada por la crisis del 2008 y sus sucesivas oleadas.
Fuente: Elaboración propia a partir de los anuarios estadísticos y balances trimestrales del MIR.
A fin de examinar la serie histórica anterior, entre 1987 y 2007, pasemos a los siguientes tabla y gráfico. De nuevo se indican en ellos de forma separada los montantes correspondientes solamente a los delitos, por un lado, y al conjunto de infracciones registradas, delitos + faltas, por otro lado:
| AÑO | 1987 | 1988 | 1989 | 1990 | 1991 | 1992 | 1993 | |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº de infracciones penales conocidas* | 1.487.500 | 1.506.664 | 1.566.619 | 1.553.833 | 1.530.026 | 1.481.117 | 1.544.975 | |
| De las cuales, DELITOS: | 992.223 | 979.839 | 1.030.996 | 1.021.050 | 990.306 | 934.070 | 938.612 | |
| AÑO | 1994 | 1995 | 1996 | 1997 | 1998≠ | 1999 | 2000 | |
| Nº de infracciones penales conocidas* | 1.561.888 | 1.603.182 | 1.695.248 | 1.726.346 | 1.822.763 | 1.842.518 | 1.789.989 | |
| De las cuales, DELITOS: | 901.696 | 908.264 | 930.780 | 924.393 | 965.835 | 961.787 | 923.270 | |
| AÑO | 2001 | 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006● | 2007 | |
| Nº de infracciones penales conocidas* | 1.976.405 | 2.074.293 | 2.003.665 | 1.985.595 | 2.034.816 | 2.256.470 | 2.315.836 | |
| De las cuales, DELITOS: | 1.015.640 | 1.036.716 | 955.802 | 936.457 | 930.779 | 1.048.496 | 1.086.390 | |
Fuente: Elaboración propia a partir de los anuarios estadísticos del MIR.
Si analizamos la información reflejada en la tabla y el gráfico 2, observaremos que, en este período de 20 años (1987-2007), las cifras totales de la delincuencia sumados los delitos y las faltas conocidos se incrementan lenta pero continuamente, llegando hasta un máximo de 2.315.836 en el último año de la serie, 2007. Este máximo, a su vez, fue superado por el dato del año siguiente, 2008, con 2.396.890 infracciones (vid. tabla 1). En consecuencia, y por lo que parece a simple vista, la evolución de la criminalidad en España no es muy favorable durante esas dos décadas, probablemente debido al imparable crecimiento y expansión de la actividad económica en tales años.
c) Pese a la información que se acaba de exponer, y que arroja el saldo final de un incremento de la delincuencia en España entre 1987 y 2023 del 65,7%, aunque con subidas y bajadas intermedias, la imagen se torna algo distinta si analizamos los datos más a fondo. En primer lugar, examinando la tabla 2, se advierte que del total de infracciones penales registradas año tras año, que oscilan aproximadamente entre el millón y medio y los dos millones más o menos holgados, en todo caso al menos medio millón de ellas, incluso a veces más de un millón constituyen en realidad faltas: es decir, hechos de carácter leve, con escasa trascendencia económica y una pena pecuniaria o de arresto. Dicha tasa de faltas asciende continuamente en la serie histórica, mientras que la de los delitos sufre variaciones más pronunciadas, experimentando incluso bajadas: así, va descendiendo desde 1991 hasta 1994 y 1995, dándose en esos años los niveles mínimos; posteriormente, muestra oscilaciones desde 1995 hasta 2005, para volver a ofrecer este último año un mínimo de 930.779 delitos. Finalmente, tal volumen de delitos arroja una importante subida en 2006 y 2007, años de boom financiero y económico, antes de enlazar con la progresión descendente que se inicia a partir de 2008, como ya expliqué supra.
En la misma línea, si examinamos en particular algunos tipos de la delincuencia común y callejera, que son, al fin y al cabo, los que más preocupan a la población, observaremos tendencias más halagüeñas que las que muestra el trazo grueso de las cifras totales. Centrándonos en primer lugar en los delitos contra la propiedad, son perceptibles claramente evoluciones a la baja a lo largo de la serie histórica: más exactamente, entre 1987 y 2023 han disminuido de forma drástica los delitos de robo con fuerza en las cosas (un 46%), de robo con violencia e intimidación (un 36,9%) y de sustracción de vehículos (un 77,7%). De la misma manera, desde 1994 ha bajado en un 40% la tasa del robo con fuerza en establecimientos, con toda seguridad debido al auge de la seguridad privada, entre otras razones. En cuanto a los hurtos, también su incidencia manifiesta una tendencia descendente en la última década, pasando de 790.281 en el año 2012 a 665.622 en 2023 (-15,77%); y lo mismo ocurre con las tasas del robo con fuerza en vehículos, que han descendido un 31,5% entre 2011 y 2023. En cambio, lo que sí ha aumentado de manera alarmante en las últimas décadas ha sido el número de las estafas, pasando de ser 15.071 las conocidas en 1995 a ser 533.379 en 2023 (¡!). Dicha progresión se debe fundamentalmente a la expansión de las estafas mediante tarjeta de crédito, también llamadas “bancarias”; y en los últimos años, a las estafas informáticas. Como dijimos, estas últimas se han disparado desde la pandemia, pasando de alcanzar las 60.511 en 2017 a las 427.448 de 2023, lo que supone un incremento del 606%.
En lo que atañe, a continuación, a los delitos contra las personas (homicidios, lesiones, detenciones y secuestros, etc.) los datos de la última década merecen un comentario matizado. Por un lado, según el Ministerio del Interior, entre 2011 y 2023 ha tenido lugar un descenso del 24,6% en el total de esta delincuencia. Tal evolución se percibe especialmente en lo tocante al homicidio doloso, porque, aunque la tasa anual de homicidios y asesinatos consumados va oscilando en algunas unidades hacia arriba o hacia abajo, ese índice está en conjunto disminuyendo desde hace mucho tiempo. Así, pese a que el volumen de homicidios aumentó en 2024 con respecto al 2023 en un 4,5%, y con respecto al 2019 en un 4,8%, lo cierto es que desde el año 2010, con 401 homicidios consumados, ha ido reduciéndose progresivamente hasta quedarse en los 348 homicidios de 2024 (-13,2%). De hecho, desde 2016 la tasa ha bajado hasta en 4 ocasiones de la simbólica cifra de los 300, de tal manera que quedan ya lejos los 551 homicidios consumados de 1993. En un apartado posterior de este trabajo se profundizará acerca de esa progresión positiva en nuestro país.
Por lo que se refiere a los tipos de lesiones, excluidos los malos tratos en el ámbito familiar o de pareja, la evolución de su incidencia en España ha seguido un curso más errático. En efecto, después de experimentar una subida del 16,86% entre 1999 y 2010, y un descenso del 14,2% entre 2010 y 2015, ha alcanzado en 2023 un máximo en la serie histórica, con 118.125 hechos conocidos (un 21,76% más que en 2015).
Un capítulo aparte en la delincuencia común lo conforman las infracciones contra la libertad e indemnidad sexual, tratándose esta de una modalidad delictiva que, por lo general, no suele disminuir por debajo de un cierto nivel incluso en aquellas sociedades más desarrolladas y civilizadas, con lo que tampoco era previsible una reducción de su incidencia en el caso de España, pese a la mejora socioeconómica del país. Si tomamos como criterio principal y, en su caso, como ejemplo paradigmático de la delincuencia sexual callejera el número de agresiones sexuales con penetración/acceso carnal (violaciones) que se hayan cometido en los distintos períodos temporales, observaremos que esa cifra se ha mantenido bastante constante, aunque ligeramente al alza, desde mediados de los años 90 del siglo XX. A la hora de analizar tal progresión, será preciso tomar en consideración dos períodos distintos: en primer lugar, el tramo comprendido entre 1996 y 2009, para el que los datos sobre violación que aportaremos se referirán al concepto tradicional de este delito a partir de la LO 10/1995, de 23 de noviembre, el cual sólo incluía las agresiones sexuales cometidas mediante violencia o intimidación (tabla 3). En segundo lugar, observaremos los datos correspondientes al período 2010-2023 teniendo en cuenta ya la definición actual del delito de violación, introducida por la LO 10/2022. Según esta concepción, el tipo penal de “agresiones sexuales con penetración” (art. 179.2 CP) engloba tanto las violaciones cometidas con violencia o intimidación como las que no emplean esos medios comisivos (vid. tabla 4).
| AÑO | 1996 | 1997 | 1998 | 1999 | 2000 | 2001 | 2002 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº de violaciones registradas* | 1.139 | 1.094 | 1.325 | 1.126 | 1.265 | 1.257 | 1.402 |
| AÑO | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 | 2007 | 2008 | 2009 |
| Nº de violaciones registradas* | 1.439 | 1.487 | 1.599 | 1.481 | 1.573 | 1.386 | 1.304 |
Fuente: Elaboración propia a partir de los anuarios y Portal Estadístico de la Criminalidad del MIR.
| AÑO | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 | 2014 | 2015 | 2016 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Nº de violaciones registradas* | 1.991 | 1.887 | 1.631 | 1.684 | 1.622 | 1.668 | 1.793 |
| AÑO | 2017 | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
| Nº de violaciones registradas* | 2.136 | 2.744 | 3.079 | 2.785 | 3.795 | 4.270 | 4.890 |
Fuente: Elaboración propia a partir de los anuarios y Portal Estadístico de la Criminalidad del MIR.
A la vista de tales datos podemos extraer dos grandes conclusiones:
-
1) En el primer período contemplado, entre los años 1996 y 2010, se aprecia que las cifras de violaciones computadas por la Policía experimentan alteraciones al alza y a la baja, pero sin que se detecte en ellas una tendencia indubitadamente ascendente.
-
2) En el tramo comprendido entre 2010 y 2023, en cambio, la información disponible parece testimoniar un incremento progresivo en las agresiones sexuales con penetración, especialmente a partir de 2016. De hecho, la FGE ya dio noticia en su Memoria de 2020, anterior a la pandemia, de un ascenso general del 12% en los delitos sexuales contra mayores de 16 años entre los años 2018 y 2019. Esta subida, que confirmaba a su vez la del año anterior (del 15%) se detectó sobre todo en las agresiones y violaciones (+13%) y en los antiguos abusos sexuales sobre mayores de 16 años (+16%). No obstante, no hay que pasar por alto que un incremento tan generalizado en los últimos años puede deberse también a la creciente sensibilización social acerca del tema, con la consiguiente mayor disposición de las víctimas a denunciar: en especial, desde los mediáticos casos de “la Manada” o “del equipo de fútbol de la Arandina”, el movimiento feminista reivindicativo “Me too”, etc.
d) En definitiva, si recapitulamos el balance realizado tanto de la delincuencia patrimonial como de la delincuencia contra las personas en la evolución que han experimentado en las últimas décadas, podemos concluir que los índices de la criminalidad común y callejera en España permanecen a día de hoy estables, con tendencia ligeramente alcista en algunos casos (v.gr., delitos de lesiones o de agresiones sexuales) y en otros, con clara evolución a la baja: así, en homicidios consumados, robos con fuerza, robos con violencia e intimidación o sustracción de vehículos. De esta misma tendencia descendente en los niveles de inseguridad ciudadana nos daba ya testimonio la última gran encuesta de victimización que se llevó a cabo a nivel nacional en España, entre 1989 y 2008, ya citada. Se trata de un estudio realizado por el Observatorio Andaluz de la Delincuencia y completado con otra encuesta elaborada a nivel internacional con la participación de España: la International Crime Victim Survey (ICVS). Entre los hallazgos obtenidos gracias a esta amplia consulta se encuentra la constatación de que la tasa de delitos en nuestro país subió ligeramente entre 2005 y 2008, pero no tanto como había bajado entre 1989 y 2005. De 1989 a 2008, pues, el índice de victimización descendió, excepto para los hurtos, mientras que la tasa de denuncias aumentó como consecuencia de la mayor iniciativa ciudadana. Tales informaciones corroboran lo que nos han indicado las estadísticas policiales para los años 2007 a 2019, en el sentido de que el total de infracciones penales descendió en ese período en un 5%.
En general, según dicha encuesta de victimización, la tasa de delitos comunes solo se incrementó en el tramo 1989-2008 para una minoría de tipos concretos, siendo el que más creció la tentativa de robo en viviendas. No obstante, desde 2013 ese volumen de robos en domicilios, ya sea con fuerza o con violencia/intimidación, ha bajado significativamente según las estadísticas oficiales: en concreto, en un 33,78% entre 2013 y 2023. Del mismo modo, presentaron evolución descendente entre 1989 y 2008 el robo de vehículos y el robo con violencia e intimidación; todo ello, como ya dijimos, confirmado por datos posteriores del MIR hasta 2023. En definitiva, y como ya se afirmó antes (apartado c), es evidente que en los últimos 35 años se han reducido de manera espectacular en España los delitos contra la propiedad, a excepción de las estafas.
Para terminar, y como un criterio que probablemente nos ofrece una visión aún más objetiva del estado de la criminalidad en nuestro país, examinaremos cómo han cambiado grosso modo las tasas de la delincuencia en función de la población residente cada año. Así queda reflejado en el siguiente cuadro:
Fuente: Elaboración propia a partir de los anuarios estadísticos del MIR y web del INE, Estadística continua de población.
Como puede comprobarse, las tasas de delincuencia por 1.000 habitantes, o “tasas de inseguridad ciudadana”, han sufrido una evolución sólo ligeramente ascendente, y más bien estable a largo plazo, quedando el nivel correspondiente a 2023 todavía por debajo del máximo en estas últimas décadas, situado en 2008. Además, en comparación con las tasas de criminalidad que presentan otros países de la UE, la de España queda bastante a la zaga en delitos ya comentados como las lesiones graves (comparemos nuestro índice de 55,75 lesiones por 100.000 habitantes con las 561,21 de Bélgica o las 577,21 de Francia), los hurtos (con 133,65 casos por 100.000 habitantes en España frente a los 2.249 hurtos de Finlandia o los 2.496 de Dinamarca), o las agresiones sexuales (a saber, con una ratio de 6 por cada 100.000 en España frente a las 37 agresiones en Bélgica o las 86,38 en Suecia). Por consiguiente, conviene desterrar el alarmismo sobre la delincuencia y la inseguridad que con tanta frecuencia nos transmiten los medios de comunicación, y que se instala con gran facilidad en la opinión pública española.
2.4. Tipologías delictivas más frecuentemente cometidas en España hoy en día
Centrándonos en el panorama actual de la delincuencia en nuestro país, entre las modalidades criminales que más preocupan (no están todas...) destacan las que enumeraré brevemente a continuación, siendo el orden en el que se mencionan no necesariamente indicativo de su importancia relativa dentro del total de la criminalidad:
a) Delitos contra la propiedad y el patrimonio: según el Anuario MIR 2023, tales infracciones representan el 74,9% de todos los delitos conocidos por las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, destacando los hurtos (un 27% del total de hechos conocidos), los robos con fuerza en las cosas (11,1%), los daños (8,5%) y los robos con violencia (2,6%). Año tras año se da esta preponderancia dentro de las formas de criminalidad registradas por la Policía, lo que pone de manifiesto ciertos patrones en la actuación de ésta y en los comportamientos de denuncia de los ciudadanos. También dichas infracciones contra el patrimonio suponen un elevado porcentaje de aquellos asuntos por los que se abren diligencias procesales en nuestro país, de acuerdo con las Memorias de la FGE, sólo por detrás de los delitos de lesiones. En la actualidad, preocupan en este ámbito de la delincuencia fenómenos como las estafas, que, como ya dije, son ahora la infracción más cometida entre las que atentan contra el patrimonio, y la 3ª modalidad delictiva más frecuente en el total de la criminalidad registrada, tras las lesiones y la violencia de género e intrafamiliar. Por otro lado, la cifra de ocupaciones está disminuyendo desde 2022, tras unos años de estabilidad, y la de defraudaciones del fluido eléctrico ha subido ligeramente en 2023, apareciendo este último delito con frecuencia ligado al cultivo ilegal de cannabis.
b) Delitos contra la vida e integridad física (excluidas la violencia de género e intrafamiliar): de acuerdo con el Anuario MIR 2023, las lesiones constituyen un 4,8% de todos los delitos conocidos por las Fuerzas de Seguridad, y han aumentado en ese año un 3,9% con respecto a los niveles de 2022. Según la FGE, en total los delitos contra la vida y contra la integridad física, incluyendo en este caso también los hechos por violencia de género o intrafamiliar, supusieron el 17,9% de los asuntos sentenciados en 2023. Al parecer, una buena parte de estos episodios delictivos tienen lugar en un contexto de riñas o peleas y en ambientes de ocio, interviniendo en ellos las armas blancas u otros objetos cortantes.
c) Delitos de violencia intrafamiliar y de género: estos representan el 4,8% de todos los delitos registrados por las fuerzas policiales en nuestro país, superando ligeramente en número a las lesiones que se producen en otros ámbitos, como el del ocio nocturno. Destaca entre las modalidades típicas el maltrato ocasional del art. 153 CP, que representa el 40,5% de todas las calificaciones efectuadas por las Fiscalías en 2023 a raíz de estos delitos, seguido del quebrantamiento de condena (14,6%). En ese año 2023, las calificaciones por casos de violencia intrafamiliar y de género en su conjunto han aumentado en un 5% con respecto al 2022, predominando la violencia de padres contra hijos (40,47% de los asuntos) y la violencia filio-parental (27,5%). Crece también en los últimos tiempos el maltrato a las personas mayores, con frecuencia cometido por sus propios familiares, que abusan de los ancianos ya sea física, psíquica o económicamente.
Centrándonos en la violencia de género, es preciso indicar que, después de varios años con unas cifras mínimas en la serie histórica de mujeres asesinadas por sus parejas o ex parejas masculinas (con 49 ó 50 víctimas anuales), en 2023 se ha alcanzado, por desgracia, el nº de 55 mujeres asesinadas. Este número, con ser terrible, se sitúa al menos lejos del máximo de 76 víctimas mortales en el año 2008. Por otro lado, en cuanto a las denuncias presentadas por posibles hechos de violencia de género, a tenor del Observatorio contra la violencia de género y familiar, entre 2013 y 2022 se detecta un incremento del 45,77%. Este dato ha de ser contemplado a priori de manera positiva, habida cuenta del carácter tradicionalmente oculto y de elevada cifra negra de dicho fenómeno criminal. Por lo que se refiere a la tasa de victimización por violencia de género entre las españolas de más de 14 años, en 2023 ha habido 1,7 mujeres víctimas por cada 1.000, teniendo en cuenta en este caso a aquellas mujeres a favor de las cuales se hayan dictado medidas cautelares u órdenes de protección. Por otra parte, también asciende año tras año el número de los agresores de género que se encuentran cumpliendo condena en los centros penitenciarios, con un máximo histórico de 6.999 internos en 2022 (en 2009, se contabilizaron 4.734 penados). Seguramente ello expresa el mayor esfuerzo probatorio y de sustento de las acusaciones que están llevando a cabo tanto el Ministerio Fiscal como los órganos judiciales y demás organismos implicados en la protección de las mujeres víctimas.
d) Delitos contra la libertad sexual: como ya se comentó en un apartado anterior, el número de estas infracciones está experimentando una evolución ascendente si nos atenemos a los registros policiales y a las memorias de la FGE. De acuerdo en primer lugar con los datos del MIR sobre hechos conocidos, en los últimos 8 años el número total de estos delitos habría crecido en un 101,2%, pasando de 10.844 en 2016 a 21.825 en 2023. Tal aumento responde sobre todo a una variación en el volumen de las agresiones sexuales, tanto las básicas, sin penetración, que se habrían incrementado en un 104%, como especialmente las violaciones, cuyo aumento se cifra en un 172,7% para dicho período de 8 años. Más moderada, sin embargo, es la variación detectada en los delitos relativos a la pornografía infantil (art. 189 CP), que habrían subido un 46,37%; así como en los delitos de corrupción de menores o personas discapacitadas, para los que el incremento entre 2016 y 2023 ha sido del 5,7%. Por otro lado, en relación con la última modalidad indicada por el Portal estadístico de la Criminalidad, que es la de “otros delitos contra la libertad sexual”, la cantidad de ilícitos sí ha crecido más notablemente, en un 59% entre 2016 y 2023. Es posible, empero, que alguna parte de tal incremento responda a la pujante cibercriminalidad, con infracciones al alza como el “child-grooming” y el “sexting” (art. 183 CP). A su vez, si acudimos al Balance de criminalidad para el 2024, editado por el MIR, podría quedar confirmada tal trayectoria de incremento en los delitos sexuales, pues se apunta a una subida del 6,7% en el número de violaciones con respecto al 2023, y en general, a un aumento del 5,7% en el conjunto de estos delitos. Por otro lado, en lo tocante al año en curso, 2025, de acuerdo con la misma fuente, el nº de agresiones sexuales con penetración seguiría aumentando para los dos primeros trimestres del año (enero a junio 2025), en un 7% con respecto a la cifra del mismo período del 2024.
Los datos de la FGE nos permiten trazar un dibujo similar, en primer lugar en lo que se refiere al incremento general en el número de ilícitos sexuales conocidos entre los años 2016 y 2023: en concreto, las calificaciones de las Fiscalías por delitos sexuales cometidos contra menores habrían crecido en un 87,3% en ese intervalo, y las calificaciones por delitos contra mayores, en un 184% (¡!). Se trata, pues, de una línea de espectacular crecimiento que viene desde años atrás, y que indudablemente tendrá que ver, como ya señalé, con la mayor sensibilización social ante esta delincuencia, lo que favorece las denuncias por parte de las víctimas y sus familiares. Descendiendo un poco más al detalle, y aplicando el concepto de agresión sexual vigente desde la LO 10/2022, en ese mismo período de tiempo (2016-2023) han aumentado especialmente las calificaciones por delitos de agresión sexual sobre menores (en un 129,6%) y por acoso sexual de adultos (en un 18%); por el contrario, en realidad habrían descendido las calificaciones por agresión sexual sobre mayores de 16 años (en un 21%) y por acoso sexual de menores por medios telemáticos (en un 18%). Con respecto a los tipos de los Capítulos IV y V del Título VIII, Libro II CP, desde 2016 han aumentado los casos tramitados por las Fiscalías en materia de exhibicionismo y provocación sexual a menores (en un 46,3%), de prostitución forzada de adultos (42,8%) y de prostitución de menores (41,4%); en estos dos últimos casos, generalmente sobre víctimas muy vulnerables e indefensas, frecuentemente extranjeras, y por grupos organizados. Por el contrario, está disminuyendo, o quizá está aflorando menos la pornografía infantil, en un 45%.
Finalmente, si acudimos a la información que ofrece el INE acerca del número de personas condenadas por un delito sexual, comprobaremos que las evoluciones experimentadas en tales cifras de condenados desde el año 2016 corroboran en parte las tendencias antes observadas. Así, aplicando de nuevo los conceptos propios de la LO 10/2022, el curso sería ascendente para el volumen de condenados por delitos de agresiones sexuales sobre mayores, pasando de 1.399 penados en 2016 a 1.672 en 2023 (+19,5%). También, confirmando los datos aportados por la FGE, en estos ocho años han aumentado en un 163,8% los condenados por agresiones sexuales sobre menores, desde los 318 hasta los 839 casos. No obstante, es posible que esta última subida tan espectacular no sólo se deba a una mayor disposición de la ciudadanía hacia la denuncia o incluso a un efectivo incremento del delito, sino también a un cierto trasvase de cifras desde unas categorías delictivas a otras. En efecto, téngase en cuenta que, por la LO 1/2015, se amplió el tipo del acoso sexual virtual sobre menores (art. 183 CP) y se postergó la edad de consentimiento sexual válido desde los 13 hasta los 16 años, ampliando así el concepto jurídico del delito sexual infantil.
A su vez, el INE atestigua que, desde 2016, no ha variado sustancialmente el número de condenas por acoso sexual hacia adultos, y que las de prostitución y corrupción de menores sólo habrían crecido en un 4,7% (en este último caso, confirmando en cierto modo los datos del MIR). En cuanto a los delitos de exhibicionismo y provocación sexual de menores, el número de condenados muestra en estos 8 años una evolución a la baja (-34,5%), que no coincide con la información aportada por la FGE sobre sus calificaciones, ya citada. Examinando las cifras globales, según el INE las personas penadas por delitos sexuales aumentan en un 25,8% entre 2016 y 2023, pasando de 2.721 a 3.423 sujetos: se trata de un incremento general parecido, teniendo en cuenta que hablamos aquí ya de sentencias efectivas, al que han reflejado las otras dos fuentes de información, FGE y Ministerio del Interior.
e) Otros delitos contra las personas: las estadísticas ofrecidas por el MIR incorporan asimismo información acerca de “otras infracciones contra las personas”. Se entiende que la referencia es, en este caso, hacia otras categorías delictivas distintas de las ya examinadas: es decir, aparte de los delitos de homicidio, lesiones, malos tratos en el ámbito intrafamiliar o de pareja y delitos sexuales. A su vez, se computa de manera separada a todos los anteriores el apartado de “otras infracciones contra la libertad”. Si bien el Ministerio no especifica en qué consiste exactamente cada concepto, es de suponer que, dentro del primero, “otras infracciones contra las personas”, se incluirán el aborto ilegal y las lesiones al feto (Títulos II y IV, Libro II del CP), los delitos contra la integridad moral y la trata de personas (Títulos VII y VII bis), la omisión del deber de socorro (Título IX) y los delitos contra la intimidad y el honor (Títulos X y XI, Libro II del CP). Pues bien, este grupo tan variado de delitos ha crecido en volumen de manera notable en los últimos años, alcanzando en 2023 un 172,7% más que en 2016. A su vez, el apartado de “otras infracciones contra la libertad”, que debe albergar en buena lógica las modalidades de amenazas, coacciones, detenciones ilegales y secuestros, acoso personal y matrimonio forzado (Título VI, Libro II CP) reúne un total de 141.993 casos acontecidos en el año 2023, lo que supone un 40,6% más que la cifra registrada en 2016. Ambas categorías delictivas (Otras infracciones contra las personas y otras contra la libertad) representan en 2023 un 6% de todos los delitos registrados por nuestros cuerpos policiales.
Analizando más al detalle esas diversas infracciones, con ayuda de la información que aporta el INE sobre el nº de personas condenadas, constatamos en el mismo período 2016-2023 un descenso notable, del 80%, en los delitos de aborto y lesiones al feto y en los delitos contra el honor, así como en los delitos de omisión de socorro (en un 64,7%) y, en menor medida, en las detenciones y secuestros (-26,8%). Por el contrario, los mayores incrementos en ese tramo de 8 años han afectado a los delitos de coacciones, con una subida del 80,6%; de torturas y otros atentados a la integridad moral (+61,63%), de amenazas (+34,5%) y, en menor grado, a los delitos contra la intimidad (+17%). Dichos incrementos en el nº de condenados podrían responder, en mi opinión, esencialmente a dos factores: por un lado, a la proliferación de los ataques personales cometidos mediante las TICs, y por el otro lado, a la mayor severidad punitiva con la que, desde la LO 1/2015, son castigadas las amenazas, coacciones, injurias y vejaciones leves, especialmente en el contexto de la violencia de género e intrafamiliar.
f) Delitos contra las relaciones familiares. De acuerdo con la FGE, dentro de este apartado de la criminalidad, que reúne delitos tan dispares como la bigamia, la celebración de matrimonio inválido, la suposición de parto, la adopción ilegal o la sustracción de menores, los delitos más frecuentes estadísticamente, y que más preocupan, son: el impago de pensiones alimenticias del art. 227 CP, que implica el 56,5% de todas las sentencias por tales infracciones, y el abandono de familia o de menores de los arts. 226 y 229 CP, con el 41,9% de las sentencias. Ambos suelen tener lugar en el contexto de crisis familiares y/o de violencia de género o inframiliar, cuando el agresor, además de haber maltratado a la víctima, deja de atender a las necesidades económicas de ésta y de los hijos o familiares en común. En cualquier caso, entre 2016 y 2023 descendió el nº de procedimientos en materia de abandono de familia o menores en un 40%; el de impago de pensiones alimenticias, en un 48%, y el de empleo de menores para la mendicidad, en un 11,9%. Por el contrario, han aumentado las calificaciones por delitos de sustracción de menores en un 34,7%, y de quebrantamiento de los deberes de custodia, en un 134,5%. Por su parte, el MIR da fe de que, en ese mismo período de tiempo, el conjunto de todas las infracciones contra las relaciones familiares ha descendido en un 5,37%.
g) Delitos de corrupción económica y en el ámbito de las instituciones públicas: con respecto a estos ilícitos, las estadísticas oficiales ponen de manifiesto la estrecha relación que existe entre los períodos de crisis económica y la mayor o menor presión social, política y judicial que se ejerce hacia la persecución de tales infracciones. Para ilustrar este argumento, consultemos el siguiente cuadro:
| Año | 2008 | 2011 | 2016 | 2017 | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2023 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Delitos | |||||||||
| Blanqueo de capitales/receptación | 1.318 | 1.435 | 3.000 | 3.021 | 3.161 | 2.936 | 2.064 | 2.447 | 2.191 |
| Delitos contra la Hacienda Pública | 340 | 318 | 937 | 1.002 | 1.396 | 1.170 | 818 | 1.001 | 799 |
| Delitos contra la Admón Pública | 1.378 | 288 | 1.692 | 1.678 | 1.527 | 1.770 | 1.945 | 1.874 | 518 |
| Delitos societarios | 43 | 42 | 77 | 96 | 81 | 53 | 47 | 52 | 34 |
| Alteración de precios en concursos y subastas públicas | 4 | 1 | 38 | 34 | 24 | 35 | 30 | 2 | 0 |
| Insolvencias punibles# | 509 | 443 | 835 | 845 | 766 | 724 | 511 | 571 | 414 |
Fuente: Elaboración propia a partir de datos del INE, Estadística de condenados.
A la vista de la tabla, se percibe cómo el número de personas condenadas por delitos de corrupción asciende lentamente desde el estallido del “crash” en 2008 hasta alcanzar su máximo en torno al 2016-2018: así ocurre para los tipos penales de blanqueo y receptación, los delitos contra la Hacienda y Seguridad social, delitos societarios, alteración de precios en concursos y subastas públicos e insolvencias punibles. En cambio, pasados unos años tras la gran indignación social que representó esa época de hundimiento económico y escándalos financieros, con casos tan notorios como los llamados “Noós - Iñaki Urdangarin”, “tarjetas black de Bankia”, “Malaya”, “Gürtel”, “Púnica”, etc., los controles sobre la actividad económica y pública se volvieron a relajar. Y así se refleja, quizás, en los índices de personas condenadas por estos delitos, que han regresado a cifras más discretas. Del mismo modo ha ocurrido con los delitos contra la Administración pública, que habiendo alcanzado el máximo de condenas en 2020, con 1.945 personas cumpliendo pena, han descendido hasta los “sólo” 528 penados en 2023. También la FGE constata un descenso general en el nº de calificaciones correspondientes a estos delitos, singularmente por lo que respecta a la prevaricación, que se ha reducido en un 48% entre 2016 y 2023, la malversación (-47,5%) y el cohecho (-65%), como figuras más representativas.
No obstante, entre las categorías delictivas relativas a la corrupción económica, podríamos identificar tres de ellas que eventualmente manifiestan un curso más estable en el tiempo; y es que, aunque no han vuelto a alcanzar los máximos indicados en la tabla 6, sí tienden hacia la estabilización en esa serie histórica de 15 años (2008-2023). Esto podría poner de manifiesto, entre otros factores, una preocupación más constante de la Política criminal por reprimir dichos comportamientos “de cuello blanco”. Se trataría de los delitos de fraude fiscal, receptación y blanqueo de capitales y, por último, infracciones “contra la propiedad intelectual e industrial”, dentro de los que las fuentes oficiales incluyen, como ya dijimos, los delitos contra el mercado y los consumidores y la corrupción entre particulares (arts. 278 a 288 bis CP). Según los datos del INE, el nº de condenados para estas tres tipologías delictivas ha aumentado si comparamos las cifras de 2013 con las de 2023: así, en un 23,5% para los delitos contra la Hacienda Pública, en un 9% para el blanqueo y la receptación, y en un 77,9% para los delitos contra la propiedad intelectual e industrial.
h) Delincuencia organizada y transnacional: esta rama de la criminalidad parece hallarse en tendencia ascendente, pues, de acuerdo con los datos ofrecidos por el INE, de 4 condenados por pertenencia a organización criminal en el año 2011 se ha pasado a 1.253 condenados en 2023 (¡!). Tal subida espectacular en las cifras probablemente se explica, al menos en parte, por un incremento en el esfuerzo llevado a cabo tanto por las Fuerzas de seguridad como por los Ministerios Fiscal y Judicial en la detección y persecución de dichos delitos. También los organismos internacionales dedicados al control de la criminalidad manifiestan su preocupación: así, según un informe de Europol del año 2021, la delincuencia organizada constituye una amenaza esencial para la seguridad interior de la UE. Sus rasgos característicos serían la cooperación fluida y sistemática entre los infractores, orientada hacia la obtención de beneficios; una infraestructura que cuenta con servicios de apoyo, asesores legales y financieros, expertos en tecnología, falsificadores, blanqueadores de dinero...; un uso de la violencia cada vez más frecuente y más dañino; las estrechas relaciones con el mundo de la corrupción (esto es cierto para casi un 60% de estos grupos criminales); la infiltración en estructuras empresariales dentro del contexto legal, en más del 80% de los casos; la capacidad para blanquear capitales a una escala extraordinaria, etc. Entre las principales áreas a las que se dedican estas redes criminales en la Unión, Europol destaca el narcotráfico, sobre todo de cocaína, cannabis y drogas sintéticas; el delito patrimonial a escala organizada, el fraude fiscal, la trata de seres humanos, las estafas online y el tráfico ilegal de migrantes.
Por otro lado, según el Índice Global de Delincuencia Organizada (Global Organized Crime Index), España, debido a su posición geográfica, tiene un papel clave como punto de tránsito y de destino para los mercados de la delincuencia organizada. Así ocurre para el tráfico de drogas, la trata de personas (especialmente con fines de explotación sexual), el tráfico de migrantes, el mercado de armas, y el tráfico de plantas y animales exóticos, sobre todo de mamíferos, pájaros o reptiles vivos y pieles de reptiles. Otro de los ámbitos en los que nuestro país tiene un papel fundamental para las redes criminales es el tráfico de productos falsos, como ropa, aparatos tecnológicos, juguetes o joyas. También es preciso hacer una mención especial al tabaco ilegal, que procede en su mayor parte de Gibraltar y de Andorra: de hecho, se calcula que un 10% de todo el tabaco consumido en España tiene su origen en el mercado negro. Y en cuanto a los grupos que dominan todo este contexto criminal en nuestro país, se trataría esencialmente de redes extranjeras (italianas, albanesas, rusas, nigerianas, serbias, turcas, mexicanas u holandesas) con base principal en ciudades como Madrid, Barcelona y Marbella.
i) Cibercriminalidad: delitos cometidos gracias a los avances técnicos y de telecomunicación, como fraudes informáticos, acceso ilícito a sistemas, falsificaciones, piratería de obras musicales y audiovisuales, etc. En la línea de lo ya comentado supra, se trata esta de una vertiente de la delincuencia que no deja de crecer en los últimos tiempos. Desde hace unos años se detecta un desplazamiento de la criminalidad desde la calle hacia los escenarios digitales, y probablemente las condiciones de la pandemia aceleraron dicho proceso. Según se extrae de los datos oficiales del MIR, en 2023 se contabilizaron en España un total de 472.125 casos de ciberdelincuencia, lo cual implica un 409% más que los hechos conocidos en 2016, y un 1.162% más que los hechos conocidos en 2011: es decir, la cifra se ha multiplicado desde entonces casi por 13 veces. A partir de tal número de casos totales, podemos inferir que la delincuencia informática representa actualmente en España un 19% del conjunto de la criminalidad registrada, mientras que en 2011 era sólo el 1,6% del total de los delitos.
La inmensa mayoría de los ciberdelitos conocidos en 2023 corresponden a estafas informáticas (90,5%), seguidas a mucha distancia de los delitos de amenazas y coacciones (3,7%) y de las falsificaciones (3,2%). Quedan por debajo, aunque tampoco son desdeñables, los porcentajes para los delitos de acceso e interceptación ilícitos (1,5%), para los delitos contra el honor (0,25%, 1.174 casos) y para los delitos sexuales cometidos mediante las TICs, como serían el sexting, la pornografía infantil, la corrupción de menores/discapacitados o el acoso sexual (0,38% del total, equivalente a 1.804 casos). De hecho, se sospecha que existe una elevada cifra negra en cuanto a los ciberdelitos cometidos contra bienes personalísimos, como la libertad y seguridad, la intimidad, la libertad sexual o la integridad moral, y que, en general, la mayoría de los delitos informáticos no se denuncian. Debemos citar en este punto la encuesta realizada por el CIS en febrero de 2024 acerca de “Inseguridad en la red”, según la cual, más de la mitad de los entrevistados, el 53,1%, manifestaba haber sido víctima de una estafa o intento de estafa en Internet en el último año; sin embargo, sólo un 26,2% de estas personas había denunciado los hechos a la Policía. A su vez, un 2,8% de la muestra declaraba haber sufrido un delito sexual a través de la red, pero, entre estas personas víctimas, sólo un 31,6% lo había denunciado.
También la FGE, cuyas actuaciones específicas en esta área de la criminalidad se iniciaron en el año 2011, nos habla de una tendencia claramente alcista en el volumen de los ciberdelitos. Entre los 23.486 procedimientos judiciales incoados en 2023 por la Fiscalía a raíz de dichos ilícitos, el grueso, un 82,87% del total, se refirieron a estafas y fraudes informáticos –confirmando de esta manera los datos aportados por el MIR-. Les siguieron en importancia las amenazas y coacciones a través de las TICs (con el 5,29%), los delitos relativos a la pornografía infantil (2,6%) y el descubrimiento o revelación de secretos por medio de las TICs (1,68%). A continuación, en volumen estarían otros delitos contra la libertad sexual (1,48%: por ejemplo, agresiones sexuales en el entorno virtual, con o sin introducción de objetos); los delitos de acoso o “stalking”, ya fuera a adultos (1,72%) o a menores (0,78%); los daños informáticos, la discriminación o incitación al odio a través de las TICs, del art. 510 CP, etc.
En nuestro país, la creciente preocupación por la seguridad en el ciberespacio se concretó en la publicación en 2019 de una nueva Estrategia de Ciberseguridad Nacional (Orden PCI/487/2019, de 26 de abril), que vino a sustituir a la anterior, de 2013. Dicha Estrategia se dirige, entre otros aspectos, a la lucha frente a la delincuencia en Internet, tratando de ofrecer una mejor respuesta a las amenazas de seguridad emergentes en redes y sistemas de información, especialmente a aquellas que pueden afectar a la seguridad global. Precisamente se ha de comentar el carácter marcadamente transnacional y de criminalidad organizada que presenta la ciberdelincuencia: estos ataques de todo tipo a través de internet son cada vez más sofisticados, y proliferan aquellos grupos que, a través de complejas estructuras para el fraude, estafan de manera casi automática a individuos, empresas y a organismos públicos. En España preocupan sobre todo los ciber-atentados sufridos por los servicios de salud, las empresas energéticas, Hacienda y el sector bancario, los transportes y los sistemas de información y comunicación, así como los fraudes mediante criptomonedas o con estafas piramidales. Y el fácil acceso a herramientas delictivas una y otra vez perfeccionadas, por ejemplo a través de la “web oscura” (como los llamados malware, ransomware, DDoS...), así como la Inteligencia Artificial, dejan a la vista un preocupante futuro, con ciberataques más frecuentes y dañinos.
j) Tráfico de drogas: después de unos años de descenso en el número de casos para este delito, desde 2018 han aumentado sensiblemente, en un 38%, los procedimientos judiciales incoados por tráfico de drogas, hasta llegar a los 23.949 en 2023. Las zonas de España más afectadas por dicha delincuencia son las franjas costeras y las grandes ciudades: v.gr., aproximadamente por este orden, Barcelona, Madrid, Andalucía (Málaga, Granada, Cádiz...), Comunidad Valenciana, Canarias, Baleares, Ceuta, Galicia, etc. A tenor de la FGE, en los últimos años estarían cobrando más fuerza determinadas manifestaciones de esta criminalidad, como la producción y tráfico de cannabis, especialmente mediante plantaciones “indoor”, en las que España se considera líder en Europa. También destaca el problema de las “narcolanchas” en la desembocadura del Guadalquivir (Sanlúcar, Rota) y en el Campo de Gibraltar (La Línea); los denominados clubes cannábicos, con actividades que traspasan lo legalmente admitido; el creciente tráfico de drogas en puertos y aeropuertos, así como los narcopisos, especialmente en la ciudad de Madrid. A su vez, no hay duda de que el tráfico de drogas, como ya se apuntó, es un fenómeno de dimensiones transnacionales, con nuestro país funcionando como sede de operaciones de numerosas organizaciones criminales que a ello se dedican, así como al blanqueo de los capitales obtenidos. Estos grupos son cada vez más violentos, suelen hacer uso de armas de fuego y, en ocasiones, emplean mano de obra extranjera a la que explotan en régimen de cuasi-esclavitud. Las redes proceden fundamentalmente de países como Turquía y Albania para la heroína, Colombia y Ecuador para la cocaína, así como, en general, Italia, Serbia, Lituania, Ucrania, Holanda o Marruecos.
k) Delitos relacionados con la inmigración ilegal y el tráfico de personas: incluimos aquí varios grupos de infracciones que aparecen en expansión desde hace un par de décadas, como serían la trata de personas (art. 177 bis CP), en particular, para su explotación sexual o laboral; los delitos contra los derechos laborales de los extranjeros (arts. 311.1º y 3º, 311 bis y 312.2º CP) y el delito de favorecimiento de la inmigración ilegal (art. 318 bis CP). Tal expansión se refleja perfectamente en la información facilitada por el INE, según la cual, la cifra de condenados por el delito de trata de personas se ha multiplicado por más de 50 entre 2011 y 2023, pasando de 5 a 266 condenados, mientras que la de penados por el delito de inmigración ilegal ha subido en un 39% entre 2013 y 2023. De acuerdo con los datos de la FGE, del mismo modo, entre 2018 y 2023 han aumentado tanto los procedimientos judiciales incoados por delitos de trata, en un 117%, como los iniciados por delitos relativos a la inmigración ilegal, en un 17,3%. En cambio, los procesos tramitados por delitos laborales contra extranjeros han descendido en un 9,7%.
En cuanto a la trata de seres humanos, el grueso de estos casos, el 71,6%, van dirigidos hacia la explotación sexual de las personas tratadas, seguidos de aquellos otros que tienen por objeto su explotación laboral (24,7%). En mucha menor medida, está la trata para destinar a las víctimas a actividades delictivas (1,85%) o al matrimonio forzado (1,23%). Se sabe también que la mayoría de las víctimas de trata para la explotación sexual, un 95,7%, son mujeres, y entre el 70 y el 80% de ellas, de nacionalidad latinoamericana. Con frecuencia, sus captadores son amigos, conocidos o familiares. Por el contrario, entre los afectados por la trata para la explotación laboral, la mayoría son hombres (un 57%). Se detecta en este campo de la trata, al igual que en otros sectores de la criminalidad, un cierto desplazamiento de los modus operandi hacia el escenario virtual, empleando las tecnologías para captar a las víctimas, así como para movilizar y blanquear las ganancias obtenidas. Otra característica señalada de estas modalidades delictivas es que, en muchas ocasiones, se presentan en cadena, de tal manera que aquellas mismas personas migrantes a las que se introduce ilegalmente en España son después víctimas de las redes de trata, y finalmente explotadas con fines sexuales u otros. Habitualmente, tales conductas de tráfico ilegal de migrantes son realizadas por organizaciones criminales con proyección transnacional, que ponen en peligro la vida e integridad física de esas personas.
l) Delitos contra la seguridad vial: es preciso reconocer la importancia cuantitativa que habitualmente ha tenido este ámbito de la criminalidad en nuestro país, ya que se trata de delitos cuya incidencia se mantiene bastante estable a lo largo de la serie histórica. Esto se puede comprobar analizando el volumen que, en el total de sentencias condenatorias dictadas por nuestros tribunales, representan los delitos de peligro en el tráfico rodado, como conducir temerariamente, bajo alcoholemia elevada, sin carnet válido, etc. Tales cifras parecen muy constantes: así, en el año 2023, el porcentaje ha sido del 34,6%, lo que coincide con la proporción que dichos delitos alcanzaron en los años 2018 y 2015, que fue del 34% en ambos casos. Según datos del MIR, no obstante, es perceptible una cierta trayectoria descendente en la última década, pues el nº de ilícitos contra la seguridad vial ha bajado entre 2010 y 2023 de los 57.088 a los 53.517 delitos, quedando ya lejos el máximo de los 67.374 casos habidos en 2011.
m) Delitos contra el medio ambiente y el urbanismo: de acuerdo con la información aportada por la FGE, en el año 2023 se dictaron 959 sentencias condenatorias por estos delitos. Entre dichas sentencias, la mayoría, 295, fueron por delitos urbanísticos (arts. 319 y 320 CP), seguidos en número por el maltrato animal (256 casos), los delitos en materia de flora y fauna (218), los incendios forestales (90), los delitos contra el medio ambiente (61) y, por último, los delitos contra el patrimonio histórico (39). Ejercicio tras ejercicio, esta suele ser la distribución en importancia de tales delitos, debiendo destacarse la relevancia creciente del maltrato animal: v.gr., en 2016 tan solo se dictaron 103 condenas por causa de esta infracción penal, frente a las 256 recaídas en 2023. Si acudimos, por otro lado, a las estadísticas del INE entre 2013 y 2023, se ponen de manifiesto varias tendencias interesantes, a saber: en primer lugar, confirmando los datos de la FGE, un incremento del 249% a lo largo de esa década en el nº de condenados por delitos de maltrato animal y contra la flora y la fauna. También se detecta una disminución del 30% en los penados por delitos urbanísticos, tras los peores años de la crisis por la “burbuja inmobiliaria” del 2008. Por último, aparece un aumento extraordinario en las cifras de condenados por delitos contra el patrimonio histórico, desde los sólo 6 penados en 2013 a los 45 en 2023.
n) Delincuencia juvenil: la cifra más alta de casos registrada en este ámbito, en los últimos tiempos, corresponde al 2011, año en el que las Fiscalías de Menores tramitaron hasta 29.614 expedientes penales. En los años posteriores esas cifras no han vuelto a alcanzarse, si bien no se ha estado lejos en ocasiones, como en 2017, con 28.284 expedientes, y en 2019, con 28.460. En 2023 se detecta una cierta tendencia a la estabilización después de recuperarse los niveles prepandémicos, ya que pese a alcanzarse los 26.024 expedientes, no se ha superado el dato del año anterior, con 26.948 casos. Estos registros se ven corroborados grosso modo por los que nos ofrece el MIR, según el cual, en los tres últimos años las tasas de menores detenidos o investigados han estado muy igualadas, en torno a los 24.000 menores. En cualquier caso, observando la serie histórica (vid. gráfico 3) se percibe una evolución ligeramente al alza, ya que dichas cifras de detenidos llegan a superar las que hasta ahora eran las máximas del período, correspondientes efectivamente a 2011, con 23.074 detenidos.
Fuente: Elaboración propia a partir de los Anuarios estadísticos del MIR entre 2012 y 2023 (https://www.interior.gob.es/opencms/es/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas/)
A este respecto, es preciso recordar también el aumento que ha experimentado la población general en España en tiempos recientes, en concreto de un 3% entre 2011 y 2023. Y como otro dato tranquilizador, conviene señalar que el nº de menores condenados por infracción penal no ha crecido desde la última década, sino que, por el contrario, ha disminuido en un 11,7% entre 2013 y 2023.
En cuanto a los fenómenos delictivos que concretamente cometen los menores, y según los datos sobre expedientes de las Fiscalías, desde hace años preocupan sobre todo los siguientes:
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1) los homicidios o asesinatos y las lesiones, que se han incrementado de nuevo en el año 2023: las lesiones, un 6,59% respecto al 2022, y los homicidios, un 14,77% respecto al 2021;
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2) la violencia filio-parental y hacia hermanos, de la que en 2023 se han abierto un 1,94% más de causas que en 2022;
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3) la violencia de género, con un incremento del 11% en el nº de incoaciones de 2023, revelándose así que no están funcionando del todo las campañas de educación en igualdad;
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4) los delitos contra la libertad sexual, frecuentemente acompañados de un mal uso de las redes sociales; tales delitos crecen un 8% en 2023, confirmando la tendencia alcista desde 2017. Algunas posibles causas de ello serían la falta de una formación adecuada en valores ético-sexuales, el fácil y precoz acceso a contenidos pornográficos, la banalización de las relaciones íntimas, etc.;
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5) el acoso escolar, especialmente en la modalidad de ciberbullying a través de las TICs.
En cambio, descienden en importancia los delitos contra el patrimonio, especialmente el robo con fuerza (-2,87%), el robo con violencia e intimidación (-11,31%) y los delitos de daños (-2,63%); así como el tráfico de drogas, que en 2023 baja para estos infractores en un 14,57%. Igualmente se reducen en 2023 las infracciones contra el orden público, en concreto un 15,24% en comparación con el 2022.
o) Delincuencia femenina: ésta se halla en incremento, como lo demuestra el hecho de que, entre los años 2013 y 2023, el número de mujeres cumpliendo condena en España ha aumentado en un 142%, pasando de representar el 10,5% del total de los penados a ser el 17,43% (con 70.291 mujeres). No obstante, tales cifras quedan por debajo del máximo que se ha alcanzado en la década pasada, que se situó en 2019 con el 19,5% del total de penados (80.532 mujeres condenadas). Los delitos más frecuentemente cometidos por las féminas, aunque siempre por debajo de la presencia masculina, son los siguientes, según el Registro de condenados a fecha de 2023: hurtos (23.892 condenadas), delitos contra la seguridad vial (11.076 condenadas), lesiones (10.958), estafas (4.101), amenazas (2.843), atentados contra la autoridad, resistencia y desobediencia (2.543), delitos contra la salud pública (1.739), robos (1.600), quebrantamientos de condena (1.548), daños (1.427) y usurpaciones (1.340). Llama la atención que tal distribución es algo diferente de la que muestra la delincuencia masculina, en la que destacan por encima de todo los delitos contra la seguridad vial (88.105 penados), seguidos de las lesiones (58.988 penados), los hurtos (36.456), las amenazas (21.143), los robos (19.814), los quebrantamientos de condena (19.476), los atentados contra la autoridad (13.061), las estafas (11.626), los delitos contra la salud pública (10.202), el trato degradante y maltrato habitual (9.551) y los daños (7.911). En definitiva, se observa que, aunque los fenómenos delictivos más frecuentes son muy similares para uno y otro sexo, en el caso de los hombres despuntan más en el orden de prelación las conductas que implican fuerza o violencia, como lesiones, amenazas, robos o maltrato habitual, así como el quebrantamiento de condena. Por el contrario, para las mujeres tienden a ser preferentes delitos no violentos, como los hurtos, las estafas y las infracciones contra la salud pública.
Como breve conclusión de este extenso apartado, puede afirmarse que, si bien el grueso de la criminalidad conocida y registrada en España aparece integrado por formas de la delincuencia ordinaria (a saber, ilícitos contra la propiedad y el patrimonio, contra la vida y la integridad física, contra la libertad, la libertad sexual y otros bienes de las personas), en la actualidad ganan terreno rápidamente otras manifestaciones propias de la delincuencia no convencional, con medios más sofisticados de comisión, afectación a los intereses colectivos y dimensión muchas veces transnacional. Así está ocurriendo con la cibercriminalidad, la delincuencia organizada, la trata de personas y otros ilícitos relacionados con la inmigración, el narcotráfico a gran escala, etc. Pasemos, a continuación, a analizar las causas profundas de esta evolución reciente que viene experimentando la delincuencia común en España y en el marco más amplio del mundo occidental, al hilo del ejemplo paradigmático del homicidio doloso.
3. Especial referencia al homicidio intencional y a la evolución reciente de esta y otras formas de delincuencia común en Europa
El estudio del homicidio intencional como uno de los fenómenos destacados dentro de la delincuencia común resulta importante para el criminólogo/a, en mi opinión, por diversas razones: 1) en primer lugar, porque constituye la forma más extrema de violencia, de tal manera que todo episodio concreto de homicidio doloso incrementa en los ciudadanos a largo plazo la sensación de inseguridad y miedo; 2) en segundo lugar, el homicidio puede afectar en principio a cualquier persona con independencia de su sexo, edad, etnia y nivel socioeconómico, y constituye una de las primeras causas de muerte no natural en el mundo, muy por encima de los atentados terroristas y de las muertes causadas por conflictos armados (sin incluir, empero, los recientes conflictos en Ucrania y en Gaza); 3) en tercer lugar, el número de decesos violentos ocurridos es un país es uno de los mejores indicadores del nivel de violencia e inseguridad existentes en dicho Estado, y además, se suele conocer con bastante precisión, de manera que las estadísticas nacionales e internacionales sobre el homicidio se consideran fiables y comparables; 4) asimismo, la efectividad de la Policía y del sistema penal de un país se pueden medir por el número de homicidios esclarecidos: en España, dicha tasa se sitúa en torno al 90%. En definitiva, el homicidio constituye uno de los indicadores más completos y precisos para medir la criminalidad violenta y los cambios en la delincuencia a lo largo del tiempo Por ello, y aunque la incidencia de este delito, en su modalidad consumada, lleve varias décadas descendiendo en nuestro país, el estudio detenido de esa evolución resulta muy aconsejable, a mi juicio, para explicar las modificaciones que ha experimentado en general la criminalidad común.
Si acudimos a los índices anuales de homicidio doloso en el mundo, constatamos que aquellas regiones del planeta con la mayor tasa son América, con 15 homicidios/100.000 habitantes (en particular, Latinoamérica y el Caribe, con 19,58 homicidios/100.000 hab.) y África, con 12,8 homicidios/100.000 habitantes. En el otro extremo, la menor tasa anual de homicidios se da en Europa, con 2,2/100.000 habitantes, incluso por debajo de 2 en Europa del sur, del norte y occidental. Le superan los continentes oceánico, con 2,9 homicidios/100.000 habitantes, y asiático, con 2,3 homicidios/100.000 hab. Por otro lado, en el mundo existen actualmente 18 países con un índice de homicidios superior a los 20/100.000 habitantes; 14 de estos países están en América, entre ellos Brasil con un 20% de todas las víctimas mundiales (¡!). A su vez, otros tres de tales países se encuentran en África: a saber, Sudáfrica, Lesoto y Nigeria, singularmente esta última, que también responde del 20% de todas las víctimas en el mundo. El último de esos Estados. Myanmar, se sitúa en Asia.
3.1. Las cifras del homicidio doloso en España: ¿por qué habrá bajado nuestra ratio?
En España, la tasa actual de muertes por homicidio está aproximadamente en 0,69 al año por cada 100.000 habitantes, lo cual nos convierte en uno de los países del mundo y de Europa con la ratio más baja, y por consiguiente, en una de las naciones más seguras. Entre las distintas provincias españolas, en 2023 los números más altos de homicidios consumados se registraron, por ese orden, en Barcelona (46 homicidios), Madrid (33), Valencia (18), Málaga, Murcia y Sevilla (15) y Tarragona (14). Sin embargo, si estandarizamos esas cifras por cada 100.000 habitantes, las ratios más elevadas se observan en las provincias de Ceuta, con 6 homicidios/100.000 habitantes; Tarragona, con 1,65 homicidios/100.000 habitantes; Granada, con 1,17; Almería y A Coruña, con 1,06, y Santa Cruz de Tenerife con 1,03 homicidios/100.000 habitantes. En varios de tales casos, esas tasas pueden explicarse por la condición de “espacio fronterizo” y “de tránsito” de dichos territorios:v.gr., Ceuta, Almería o la isla canaria (vid. supra, apartado II.1). Del mismo modo, puede jugar un papel la conflictividad social que se haya generado como consecuencia de las tasas superiores de inmigración que soportan esas provincias (igualmente Ceuta, Almería o Tarragona). También puede haber cierta relación de la violencia con la actividad de tráfico y producción de drogas, especialmente en zonas de costa o cercanas (A Coruña, Granada, Ceuta, Almería, Santa Cruz de Tenerife). Por el lado contrario, algunas de las provincias españolas con menor ratio de homicidios son Zamora, Soria, Ávila, Palencia, Segovia o Teruel, las cuales suelen presentar año tras año un índice de sólo 1 ó incluso 0 homicidios/100.000 habitantes. En este caso, pueden mencionarse como causas probables el nivel más bajo de actividad económica en dichas zonas en comparación con otras áreas del país, su posición geográfica en el interior, su mayor proporción de territorio rural y, fundamentalmente, su menor densidad de población. Así, en general, las áreas más densamente pobladas de nuestro país, con más de 30.000 habitantes, acumulan el doble de casos de homicidio que las zonas rurales: 68% del total versus 32%. Con respecto a la modalidad de homicidio, predominan en España los casos motivados por conflictos interpersonales (78% del total) y, dentro de este grupo, concretamente los relacionados con la violencia de género e intrafamiliar (40%). En tercer lugar, los homicidios cometidos como consecuencia o con ocasión de otras actividades criminales, sobre todo el robo, supondrían un 18% del total.
De cualquier forma, y como se indicó en el apartado II.3.c), lo cierto es que, en las últimas décadas, los homicidios consumados vienen descendiendo paulatina y continuamente, desde los 551 registrados en 1993 hasta los 348 de 2024. El siguiente gráfico, relativo a las tasas de homicidio en España desde 1980, ilustra perfectamente dicha evolución positiva y nos lleva a plantearnos cuáles pueden ser sus causas:
Fuente: González Álvarez y otros (2018) a partir de datos del INE.
Entre los factores que han debido influir en tal evolución, como se intentará explicar seguidamente, se pueden mencionar: 1) el fin de la violencia armada de la banda terrorista ETA; 2) el aumento generalizado del nivel de vida en nuestro país; 3) unas exitosas políticas de prevención y tratamiento en materia de consumo de drogas duras, especialmente la heroína; 4) la mejora en el nivel de alfabetización de la población, aspecto éste que correlaciona inversamente con la ratio de homicidios tanto a nivel macro-estructural como a nivel individual; 5) un sistema sanitario bien desarrollado, con medios de emergencia eficaces que garantizan una tasa elevada de supervivencia tras sufrir un crimen violento, etc.
3.2. Tasas de homicidio y de delincuencia común en Europa a lo largo de la Historia: causas que pueden explicar su descenso
En la actualidad, las tasas más bajas de homicidio en el mundo se dan en los países de Europa occidental, del norte y del sur, que desde hace años muestran un nivel relativamente estable en torno a 1 homicidio/100.000 habitantes. Dicha tasa supone el índice más bajo logrado hasta ahora en la Historia de la humanidad, y quizá represente una especie de “umbral mínimo” que resulte difícil de reducir más, al menos significativamente, en un futuro a medio plazo. Las raíces profundas de tal declive en el nº de homicidios se remontarían a varias centurias atrás, ya que desde el siglo XIII la violencia letal interpersonal viene descendiendo en Europa a un ritmo sorprendentemente constante, sobre todo en lo relativo a los homicidios entre hombres jóvenes en el espacio público. Y las causas remotas de dicha evolución se encuentran, posiblemente, en la mejora en la autodisciplina y el nivel de civilización de la sociedad y del individuo, así como en el incremento en el número de centros escolares y en los niveles de alfabetización de la población. A estos motivos se suman otras transformaciones que han tenido lugar a lo largo de las centurias en el continente: a saber (sin ánimo de ser exhaustivos), la gradual expansión del monopolio estatal en el uso de la violencia; el alcance y eficacia cada vez mayor de la Ley; el progresivo debilitamiento de los deberes colectivos frente a una forma de pensamiento más individualista, etc. En el siguiente gráfico podemos observar claramente este proceso de civilización de las sociedades occidentales europeas desde el siglo XIII al XXI.
Fuente: Elaboración propia a partir de UNODC (2019)
Pero no solo el homicidio, sino también la delincuencia común en general, sobre todo los delitos patrimoniales, vienen experimentando una evolución a la baja en Europa, en EEUU y en todo el mundo occidental, en particular desde mediados de los años 90 del siglo XX. Entre las posibles causas inmediatas de dicha evolución, los estudios han sugerido una serie de factores de distinto alcance, relativos al estilo de vida actual en los países desarrollados. Algunos de dichos factores afectarían fundamentalmente a Europa, y otros a Occidente en general, y serían los siguientes:
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1) una economía cotidiana menos basada en el dinero en efectivo, lo cual disminuye la frecuencia de robos y de homicidio o lesiones ligadas a éstos.
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2) La inversión masiva en tecnología para la seguridad, tanto en los domicilios como en los establecimientos comerciales (puertas y cristales blindados, alarmas, cámaras...). No hay duda de que las oportunidades para la delincuencia, y especialmente para el robo con fuerza en las cosas y para la sustracción de vehículos han disminuido en los últimos años debido a ese “aseguramiento responsable”, es decir, a una mejora en las medidas de seguridad desplegadas por los ciudadanos.
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3) El hecho de que las personas ocupemos una gran parte de nuestro tiempo de ocio en lugares que se encuentran permanentemente bajo la vigilancia de agentes de seguridad privada, como tiendas, cines, centros comerciales o museos, siendo así que éstos pueden intervenir en cualquier momento para disolver enfrentamientos entre los clientes o visitantes. Incluso se ha sugerido la relevancia de que ahora la inmensa mayoría de los ciudadanos llevemos siempre un teléfono móvil encima, lo cual podría convertirnos en mejores guardianes de nosotros mismos.
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4) En el caso de Europa, una situación socioeconómica favorable gracias a los buenos resultados para muchos países (v.gr., de Europa central, del sur y del este) a partir de su adhesión a la UE y los sucesivos acuerdos económicos en el seno de ésta, particularmente entre 1990 y 2007. Como consecuencia de lo anterior, se produjo primero una saturación del mercado negro de productos, y posteriormente su práctica desaparición en dichos países, nuevos miembros de la UE, lo que ha favorecido la disminución de la delincuencia.
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5) Las medidas de policía implantadas para una mejor protección de las fronteras exteriores de la UE, lo que ha permitido luchar más eficazmente contra la criminalidad transnacional, el citado mercado negro, etc.: por ejemplo, mediante el “espacio Schengen” y otros instrumentos.
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6) En relación con la disminución en las tasas del homicidio, se alega la escasa disponibilidad en Europa occidental de armas de fuego entre los ciudadanos (sobre todo, de las cortas o “de mano”), y en todo caso la falta de costumbre de portar dichas armas en público. Por ello, si se da una reyerta callejera, van a ser menores las posibilidades de que uno de los contrincantes resulte letalmente herido.
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7) También en cuanto al homicidio, la alta calidad de los servicios de salud en estos países muy industrializados, lo que incrementa la posibilidad de sobrevivir a un ataque violento grave.
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8) La ausencia de conflictos sociales severos en la Europa occidental, del norte y del sur, pese a los indicios de crisis en las democracias y en el modelo del “Estado del bienestar”.
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9) Una “sensación de seguridad” y de confianza social en los países desarrollados, civilizados y prósperos, lo que puede ser un factor de protección. En particular, se ha dicho que la tasa de homicidios dolosos en un país cualquiera, especialmente la de homicidios entre personas desconocidas (que históricamente han sido cometidos casi siempre por hombres) depende de que entre la población exista un mayor o menor nivel de las siguientes creencias y sensaciones: a) la seguridad de que el gobierno es estable y sus instituciones legales y judiciales son imparciales, van a corregir las faltas y a proteger las vidas y la propiedad de la gente; b) un sentimiento de confianza en el gobierno y en sus funcionarios, así como la creencia en su legitimidad; c) ideas de patriotismo, empatía y compañerismo a partir de una solidaridad racial, religiosa o política entre los ciudadanos de ese país o territorio; y d) la creencia de que la jerarquía social es legítima, la posición de uno en la sociedad es satisfactoria, y que uno puede exigir respeto a los demás sin recurrir a la violencia. Todo lo anterior conduciría a dicha “sensación de seguridad”, y en el caso de que esos cuatro factores se dieran a niveles altos en una sociedad, sus tasas anuales de homicidio doloso podrían descender por debajo de 1/100.000 habitantes, como ocurre actualmente en gran parte de Europa y en España; en caso contrario, podrían ascender hasta decenas o centenas de homicidios por cada 100.000 habitantes. A lo largo de los últimos 4 siglos y medio así ha ocurrido, de hecho, en Norteamérica y en Europa occidental, como demuestran las estadísticas. Del mismo modo, se ha afirmado que los factores que mejor explican las variaciones en la ratio de criminalidad común en los EEUU desde 1945, y en particular su disminución durante los años 90, son la creciente confianza de los ciudadanos en que el Gobierno persigue el bien común y en la honestidad de sus líderes, y la aceptación de la legitimidad de las instituciones (gobierno, administración de justicia, prisiones, policía, etc.); todo ello junto con el incremento sustancial del bienestar económico y del apoyo público para los ciudadanos (Estado del bienestar) y la mejora de las instituciones educativas, con mayor inversión de los gobiernos y de las familias en la educación de los niños y jóvenes.
También se ha sugerido que el principal factor que explica la reciente disminución en las tasas del homicidio, desde los años 90, es un retorno general de las sociedades occidentales a aquellos valores que promueven el autocontrol, la disciplina, el comportamiento civilizado y la moral individual (p.ej., con el actual énfasis en la prevención del delito, el control de la ira y del comportamiento violento, las técnicas de vídeo-vigilancia, etc.).
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10) La disminución del consumo de drogas duras, como el crack, la heroína o la cocaína, o bien la reducción de su precio en el comercio negro. Se ha planteado esta como otra explicación del decrecimiento en la delincuencia violenta y la patrimonial, porque, en tal caso, ocurriría que los traficantes, por un lado, y los consumidores, por el otro, tendrían menos motivos para involucrarse en la delincuencia funcional con la que defender su cuota de mercado o financiar su adicción, respectivamente. En la misma línea, podrían estar contribuyendo a los descensos en la delincuencia común las mejoras en el tratamiento psicofarmacológico prestado a los niños, adolescentes y a los propios adultos que lo requieran para atender a su salud mental, por ejemplo por un historial previo de adicción a sustancias o al alcohol. Ello estaría ayudando a controlar posibles impulsos violentos o antisociales en tales grupos de población.
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11) Por último, como factor muy destacado para el descenso reciente de la delincuencia ordinaria se ha sugerido la aparición de Internet. Las nuevas tecnologías propician un incremento del tiempo que se pasa en el hogar, sobre todo en el caso de los jóvenes, al menos los de un estatus socioeconómico medio-alto. De ahí que Internet haya reducido el número de jóvenes involucrados en el delito callejero, porque aquellos que tienen acceso a la Red eligen pasar más tiempo en sus domicilios, aunque así estén más expuestos a ser autores o víctimas de ciberdelitos como estafas, bullying, pirateo informático, etc.; e incluso más expuestos a la violencia filio-parental o intrafamiliar en general. En definitiva, las oportunidades crecientes para el cibercrimen han “retirado” a algunos delincuentes de las calles y los han introducido en un ámbito más difícil de registrar en las estadísticas. En cambio, aquellos chicos que tienen un menor acceso a las tecnologías, y que pertenecerán sobre todo a las clases bajas y a minorías étnicas, dispondrán en teoría de más oportunidades para el vandalismo, la implicación en bandas y otras formas de delincuencia en el espacio público. Así pues, Internet y las nuevas TICs constituyen una variable algo más difícil de medir y que habrá influido sobremanera en la contracción de la criminalidad ordinaria desde los años 90 y en su desplazamiento hacia escenarios virtuales. Por eso, aunque estemos más protegidos en nuestros domicilios, lugares de trabajo y de ocio frente a la delincuencia callejera, lo cierto es que cada día son mayores los peligros que corremos al utilizar los ordenadores y pantallas.
3.3. Aplicación de los argumentos anteriores al caso de España
En el particular caso de nuestro país, no hay duda de que las mismas razones ya citadas que pueden explicar de manera creíble la evolución en la criminalidad común de otras naciones occidentales son aplicables, sin muchas objeciones, a España. Basta con reflexionar acerca de los profundos cambios que se han producido entre nosotros desde la transición a la democracia a finales de los 70 y la incorporación de España al Mercado Común Europeo en 1985. A saber, ha mejorado de manera considerable el nivel económico medio y el estilo de vida de la inmensa mayoría de los ciudadanos, así como las condiciones del empleo y los salarios. Se ha incrementado el rendimiento educativo a todos los niveles, del mismo modo que se ha avanzado en la erradicación del analfabetismo y ha crecido en calidad y complejidad nuestra vida social y cultural. Han aumentado las ayudas sociales y de apoyo a las familias, y se ha mejorado en el aspecto de la integración de las minorías, ya lo sean éstas por razones de diversidad racial, sexual, funcional.... En cuanto al consumo de drogas, si bien es cierto que éste no ha disminuido en su conjunto y que se ha extendido el uso del cannabis, especialmente entre la población juvenil, también es digno de reseñar el gran logro que ha supuesto para la sociedad española la reducción en el consumo de la heroína, sobre todo por vía parenteral. Este hábito constituyó una auténtica lacra desde finales de los años 70 hasta los 90, contribuyendo enormemente al aumento de la delincuencia callejera. Su control fue posible en gran medida gracias a los exitosos programas de administración de metadona a cargo de los sistemas públicos de salud, además de a las diversas campañas de concienciación y prevención.
Igualmente, por lo que se refiere al denominado “aseguramiento responsable”, es perceptible el incremento en las medidas de seguridad privada y pública en la forma de alarmas, vigilantes, cámaras y circuitos cerrados de televisión, mejores materiales de construcción en las viviendas y locales, etc. Por otro lado, en la sociedad española cada vez son más habituales otros modelos de familia distintos a la tradicional, compuesta por padre, madre e hijos comunes, y esta normalización e institucionalización ha sido considerada por algunos criminólogos como un factor que puede proteger frente a la delincuencia juvenil. En efecto, esas nuevas formas familiares (monoparentales, reconstituidas, homosexuales...) tendrían ya plena capacidad también para transmitir a su prole valores prosociales y convencionales, ejerciendo un adecuado control social informal. Asimismo, entre los ciudadanos españoles se aprecia un grado suficiente de confianza y de sensación de seguridad con respecto al Gobierno y a las instituciones públicas; y ello con independencia de posibles discusiones y debates políticos, sobre todo en los medios de comunicación y redes sociales, y de las inevitables “filias y fobias” de cada uno. También son patentes los elevados sentimientos de patriotismo, solidaridad y altruismo que caracterizan a nuestra sociedad, y así se demuestra en aspectos tan diversos como los índices de record que solemos ofrecer en materia de donación de sangre y de órganos humanos, la generosidad con la que prestamos ayuda en caso de catástrofes naturales y crisis humanitarias, o el entusiasmo con el que celebramos los éxitos del deporte español. Como dato curioso a este respecto, sucede que el año con índices más bajos de criminalidad en el tramo comprendido entre 1987 y 2007 fue precisamente 1992, coincidiendo con dos grandes y exitosos acontecimientos en España que exacerbaron los sentimientos de orgullo patrio, como fueron la Exposición Universal de Sevilla y los Juegos Olímpicos de Barcelona. A su vez, en el tramo 2008-2023, el año en que se registró una tasa menor de delitos (haciendo aquí la distinción con las faltas) fue 2010, coincidiendo con el triunfo de la selección española, “la Roja”, en el Mundial de fútbol de Sudáfrica.
Del mismo modo, la cada vez mayor implantación del acceso a Internet y a las TICs entre los ciudadanos españoles ha debido de contribuir al descenso de la criminalidad callejera y a la reducción de las tasas de la delincuencia juvenil más marginal (vid. supra, II.4.n), creciendo, sin embargo, la ciberdelincuencia tanto de adultos como de menores. Se ha de citar, en efecto, que entre 2006 y 2023, el % de hogares que dispone de Internet en nuestro país ha pasado del 38% al 96,4%. En la actualidad, el 93,1% de los menores de 10 a 15 años usa el ordenador, el 94,7% navega por Internet, y el 70,6% usa el teléfono móvil. En el siguiente grupo de edad, el de los jóvenes entre 16 y 24 años, son un 99,8% los que acceden diariamente a la Red.
Así pues, estos diversos factores deben poder explicar la circunstancia de que, como ya se analizó supra (apartado II.3.c), en los 36 años transcurridos entre 1987 y 2023 han disminuido radicalmente delitos patrimoniales como los robos con fuerza en las cosas (- 46%), los robos con violencia e intimidación (-36,9%) y la sustracción de vehículos (-77,7%). Igualmente, desde 1994 ha bajado de manera significativa el robo con fuerza en establecimientos (-40%), y desde los años 2011-2012 también han descendido el hurto (- 15,77%) y el robo en vehículos (-31,5%). De manera paralela, los casos de ciberdelincuencia computados por las estadísticas oficiales en España han crecido en 2023 un 409% con respecto a 2016, y un 1.162% con respecto a 2011, pasando esta criminalidad informática, en ese período de 12 años, a representar el 19% del total de la delincuencia registrada (supra, apartado II.4.i).
En cuanto a los delitos contra las personas, hemos mencionado con insistencia el importante descenso del 39,5% en el nº de homicidios consumados a lo largo de las tres décadas transcurridas entre 1993 y 2023. También conviene aludir a la reducción del 26,8% detectada en los delitos de detención ilegal y secuestro entre los años 2016 y 2023 (vid. supra, II.4.e). En cambio, por lo que respecta a los delitos de lesiones (excluido el ámbito intrafamiliar y de género) y a la tentativa de homicidio, es cierto que se percibe una evolución menos favorable, ya que los primeros han aumentado un 21,76% entre 2015 y 2023, y las segundas, un 66,7%, entre 2007 y 2023 (supra, apartado II.3.c). La explicación a este balance puede hallarse, según los expertos, en la creciente proliferación de bandas juveniles callejeras, frecuentemente integradas por minorías étnicas, en los países de la Europa occidental, lo que habría contribuido a ese incremento de los niveles de violencia en los años 90 y 2000. Debido a la escasez de armas de fuego entre la población europea y a la calidad de sus servicios sanitarios, como aspectos ya mencionados, dicho aumento no ha incidido también, o no en la misma medida, en las tasas del homicidio consumado.
4. Conclusiones
Llegados a este punto, y una vez constatada la relativa estabilidad de los niveles de delincuencia en España (recordemos que la tasa de delitos por cada 1.000 habitantes se ha mantenido en los años 2022 y 2023 a niveles similares a los de los años 2002, 2007 ó 2008: vid. supra, Tabla 4, apartado II.3.d), podemos plantearnos cuál será la tendencia que seguirá la criminalidad en nuestro país en los siguientes lustros o décadas. Sabiendo que los análisis prospectivos constituyen el punto débil de las ciencias sociales, comenzaremos señalando que diversos autores habían vaticinado un auge de la delincuencia en España en las primeras décadas del siglo XXI, sobre la base de las transformaciones sociales que se venían observando. En concreto, se aludía a la creciente disolución de ciertos elementos religiosos o de carácter humanista de la sociedad española que hasta ese momento podían haber funcionado como mecanismos de protección frente a los estímulos criminógenos, impidiendo un incremento de la delincuencia más grave, y que ahora dejarían paso a la escasez de ideales, al relativismo moral y a la insolidaridad. También se mencionaban como factores de riesgo la desintegración de la familia tradicional y el consiguiente debilitamiento del control social ejercido por ella; el creciente problema del consumo de drogas, cada vez a edades más tempranas, y el rejuvenecimiento de la pirámide poblacional en España debido al aumento de la inmigración, lo que podría dar lugar a un incremento en volumen de la delincuencia juvenil. Con respecto a esto último, es cierto que en nuestro país el grupo de edad predominante entre los investigados o detenidos por delincuencia violenta es el comprendido entre los 18 y los 30 años. Concretamente, éstos representan el 39,6% de los detenidos por homicidio/asesinato, el 34,6% de los detenidos por lesiones y el 48,3% de los detenidos por robo con violencia o intimidación. También son mayoría los adultos jóvenes en el ámbito de los delitos contra el patrimonio, en general, donde representan el 38,4% de los detenidos. Sin embargo, en el apartado global de los delitos contra las personas y en el de los delitos contra la libertad sexual, predominan los detenidos de entre 41 y 64 años, con un 35,7% y un 33,4% del total, respectivamente. Así pues, parece problemático asociar en todo caso la delincuencia con la edad juvenil en países con una población tan envejecida como es España.
Otros aspectos que también preocupaban a priori (y preocupan) con vistas a sus posibles efectos sobre la criminalidad, eran los siguientes: 1) la tendencia al consumo de sexo y a la despersonalización en las relaciones sexuales, aspecto este, en mi opinión, exacerbado por el abuso de pornografía entre los jóvenes; 2) una elevada tasa de desempleo y de empleo precario, especialmente juvenil; 3) la ausencia de un control social informal consistente, o dicho de otro modo, “la crisis de la cultura de la legalidad”; 4) una fuerte des-ruralización (lo que hoy llamamos la “España vaciada”), con el consiguiente problema de despoblación de unas zonas y de superpoblación en otras; 5) la creciente desigualdad económica, avivada por las crisis cíclicas con su rastro de pobreza y exclusión social; 6) la consiguiente falta de expectativas y desesperanza presentes en muchos ciudadanos, lo que puede llevar a una cultura del hedonismo y a una moral utilitarista; 7) las dificultades de la política criminal para abordar con eficacia retos tan desafiantes como la delincuencia organizada, el narcotráfico, la trata de personas, la cibercriminalidad, la corrupción, etc.
A la vista de estos graves problemas sociales, que encierran aparentemente un elevado potencial criminógeno, quedaría justificado imaginar un futuro tenebroso, en el que efectivamente nuestras tasas de delincuencia llegaran a equipararse a las de otros países europeos con un mayor nivel de inseguridad en sus grandes urbes, como Holanda, Bélgica o Suecia. De hecho, ya se comentó en los apartados anteriores que el nº total de delitos conocidos para el año 2023 ha venido a superar en un 2,8% al hasta ahora pico máximo de criminalidad en la serie histórica, que era el correspondiente al año 2008. Sin embargo, a mi juicio las expectativas no se antojan tan negativas por dos motivos fundamentales, además de los ya expresados en las páginas previas:
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1) porque los delitos que experimentan una mayor subida en los últimos tiempos, y que deben de ser, en buena lógica, los que hayan causado tal incremento en la cifra global, son infracciones integradas dentro de la delincuencia no convencional, como los delitos informáticos, socio-económicos, contra los ciudadanos extranjeros (trata de personas), etc., pero no aquellos más asociados a la marginalidad y a la precariedad social y económica, que son también los que generan más alarma social (delincuencia callejera). Y será poco probable que reviertan ya en España las transformaciones sociales que se hallan detrás de esos cambios en la criminalidad común, como los extraordinarios avances económicos y en materia educativa, de calidad de vida, etc., que se han producido en las últimas décadas.
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2) Y, por otro lado, aquel factor que parece explicar mejor las oscilaciones en la tasa de delitos medida por los cuerpos policiales es, en realidad, la crisis económica, pero no en la línea que proponen las tesis más agoreras (a saber, a mayor crisis y precariedad, mayor desviación social y delincuencia), sino justamente en la orientación contraria. Es decir, a mayor nivel de actividad económica y de flujos de dinero, boom turístico y urbanístico, etc., mayor nivel de delincuencia, como sugieren la teoría de la oportunidad y la criminología situacional, de las actividades rutinarias. Ello explica probablemente las oscilaciones en la ratio de delitos experimentadas por nuestro país tanto en los períodos anteriores de expansión económica, entre 2005 y 2008, y de posterior crisis, entre 2009 y 2016, como en el momento presente, tras la pandemia por COVID 19, de recuperación y crecimiento económico desde mediados de 2021 (vid. supra, Tabla 1 y gráfico 1).
En cualquier caso, habrá que seguir prestando atención a aquellos fenómenos que en los últimos meses han podido despertar la alarma social, como el problema del narcotráfico violento y con armas de fuego en las provincias de Cádiz, Sevilla y Granada, o los desórdenes públicos derivados de la creciente polaridad ideológica: v.gr., los disturbios en la sede del PSOE en la C/Ferraz de Madrid durante el llamado “noviembre nacional” en 2023. Igualmente suscitan preocupación los niveles actuales de pobreza infantil en España, como un factor criminógeno a medio y largo plazo (vid. supra, ), y la desigualdad económica que introduce la crisis de la vivienda. Pese a ello, entiendo poco probable que se produzca un verdadero y nuevo auge en la tasa de la delincuencia que haga regresar al país a la precaria situación de los años 70, 80 ó principios de los 90, y esto siempre sobre la base de que tal nivel de seguridad o inseguridad se mide, sobre todo, a partir de los índices de la criminalidad común.
Financiación
Esta publicación es parte del proyecto I+D con referencia C‐SEJ‐372‐UGR23, financiado por la Universidad de Granada y el Programa Operativo FEDER Andalucía 2021-2027.
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Notas
[*] Profesora Titular de Derecho Penal y Experta en Criminología. Facultad de Derecho. Plaza de la Universidad, nº 1, 18071, Granada. Universidad de Granada. ORCID: https://orcid.org/0000-0001-7262-4689. Correo: esquinas@ugr.es
[2] Vid. : está comprobado empíricamente que la seguridad objetiva existente en una ciudad no tiene por qué coincidir con la seguridad subjetiva. En ocasiones, en entornos razonablemente seguros se experimenta un elevado temor al delito, lo cual sería disfuncional y debería ser reducido: es lo que estos autores denominan “la paradoja del miedo al delito” (citando a Fattah, 1993). Vid. también de . Asimismo, . Por su parte, los autores de la última gran encuesta de victimización realizada en nuestro país () señalaban que el descenso continuado de la delincuencia en España en las dos décadas anteriores contrastaba con las percepciones que tenían los ciudadanos sobre el nivel general de seguridad: en concreto, el 88,8% de los encuestados creían que la delincuencia había aumentado mucho o bastante. Y en sentido parecido se expresaba la encuesta nacional de victimización llevada a cabo en Alemania en 2017 (: www.bka.de), p. 3: los ciudadanos suelen tener una percepción errónea acerca de las tasas de delincuencia reales en el país, lo que da lugar a sentimientos de inseguridad y de amenaza injustificados. También puede citarse un estudio más reciente realizado entre los estudiantes de la Universidad de Granada (): de acuerdo con dicha investigación, en una muestra de alumnos del curso 1º del Grado en Derecho recogida a lo largo de los años 2014 a 2018, una media del 61% de los encuestados consideraba “amenazante y peligrosa” la situación de la delincuencia en nuestro país (pp. 12 y 14).
[3] No obstante, es cierto que si analizamos los Barómetros del CIS de los últimos años percibimos cómo la preocupación de los españoles por la delincuencia en general (excluyendo fenómenos concretos como la violencia de género, los delitos sexuales o la corrupción política) ha descendido. Así, en julio de 2024, este problema de la inseguridad ciudadana ocupa el puesto nº 20 entre los más mencionados por los encuestados, ya que sólo un 4% de ellos considera que es uno de los tres principales problemas de nuestro país (vid. https://www.cis.es/documents/d/cis/es3468mar-pdf). Por el contrario, hace cuatro décadas, en enero de 1980, el porcentaje de los españoles que citaba “el orden público y la seguridad ciudadana” como uno de los tres principales obstáculos para nuestra sociedad ascendía hasta el 16% (https://www.cis.es/cis/export/sites/default/-Archivos/Marginales/1200_1219/1208/Es1208mar_s.pdf). Trece años más tarde, en marzo de 1993, la proporción de los encuestados preocupados mucho o bastante por tal tema había subido hasta el 89% (https://www.cis.es/cis/export/sites/default/-Archivos/Marginales/2060_2079/2065/es2065mar.pdf). A su vez, en los albores del siglo XXI, en septiembre del 2000, todavía un 10,4% de los españoles consultados mencionaba la delincuencia y la inseguridad ciudadana como uno de esos tres principales problemas (https://www.cis.es/cis/export/sites/default/-Archivos/Marginales/2380_2399/2398/Es2398.pdf). Pasados otros diez años, en septiembre de 2010, dicho porcentaje de “muy preocupados” había bajado algo, hasta el 7,5% (https://www.cis.es/cis/export/sites/default/-Archivos/Marginales/2840_2859/2844/es2844.pdf); pero es un lustro más tarde, en septiembre de 2015, cuando la inquietud de los españoles debido a la inseguridad ciudadana descendió hasta mínimos históricos, en torno al 2,2% (https://www.cis.es/cis/export/sites/default/-Archivos/Marginales/3100_3119/3109/es3109mar.pdf). En este trabajo, pues, intentaremos demostrar que tal evolución se corresponde bastante con la auténtica progresión de las tasas de la delincuencia común en nuestro país. Precisamente defiende esta correlación ; BRANDARIZ denomina ese declive en la preocupación pública sobre la criminalidad, favorecido por el largo período de descenso de la delincuencia, como “una etapa de enfriamiento del clima penal” y una “crisis del punitivismo”, “sin que la etapa post-pandémica evidencie un cambio de tendencia en este sentido”. A juicio de , no obstante, “la inseguridad ciudadana constituye una preocupación fundamental y constante de los ciudadanos, a la que debe prestarse la debida atención científica”.
[4] De acuerdo con la mencionada investigación de , las causas de esa preocupación excesiva por el delito podrían situarse, en gran parte, en la reiterada información sobre hechos criminales que reciben los ciudadanos a través de los medios de comunicación. Este estudio constató que el 92,8% de los encuestados recibía noticias sobre delincuencia casi todos los días, y que precisamente este grupo de ciudadanos eran los que en mayor medida, concretamente en un 53,2%, opinaban que la delincuencia había aumentado considerablemente. Por el contrario, no existían diferencias significativas que relacionasen tal visión pesimista con una previa victimización de los encuestados. Igualmente afirman , que la percepción negativa hallada entre los estudiantes de Derecho acerca de la situación de la delincuencia en España “no está fundamentada por las experiencias de victimización vividas personalmente por el alumnado”. En efecto, más del 90% de los encuestados jamás había sido víctima de una agresión física grave o de un delito sexual a lo largo de los tres años previos al de la investigación. Vid. asimismo , acerca de la responsabilidad de los medios de comunicación, las redes sociales, los partidos políticos, etc. en tal generación de un miedo excesivo al delito; igualmente .
[5] , se refiere a “la capacidad del delito para representar otra serie de malestares colectivos”, o “para operar como símbolo de condensación” de esos otros malestares o “ansiedades públicas”.
[6] Vid. ; . De acuerdo con , entre esos factores distintos a las tasas objetivas de delincuencia que pueden incidir en el temor al delito estarían algunos de origen psicosocial o ambiental, como la confianza en la policía o el diseño y los usos urbanos.
[7] Sobre el concepto, las características y la incidencia en España de la delincuencia de cuello blanco, vid. por todos .
[8] Cfr. . Como ejemplos puramente anecdóticos pueden citarse un par de diferencias entre los sistemas penales español y alemán, por todos: a saber, mientras que el CP español sólo se refiere al hurto y robo de uso de vehículo a motor, el Strafgesetzbuch alemán (StGB) se refiere expresamente al hurto de uso de bicicletas, debido a lo popular que es este medio de locomoción entre la población alemana (véase § 248 b, “Unbefugter Gebrauch eines Fahrzeugs”: uso no autorizado de un vehículo). Por otro lado, el StGB recoge todavía, entre los delitos relativos al aborto, el de la puesta en circulación de medios u objetos idóneos para practicar abortos ilegales (§ 219 b, “Inverkehrbringen von Mitteln zum Abbruch der Schwangerschaft”): un tipo penal que desapareció de la legislación española en 1995, con la derogación del anterior Código, texto refundido de 1973 (vid. antiguo art. 416.2º y 3º).
[9] Por todos, , considera que la delincuencia común es la que se lleva a cabo en lugares públicos, en la calle.
[10] Simplemente como ejemplo de lo extendido y habitual de este término y concepto de street crime, ordinary, conventional crime podemos citar a los siguientes criminólogos que lo han utilizado: ; ; ; ; (el término de street crime se menciona 504 veces en este manual; el de ordinary crime, 497 veces; el de conventional crime, hasta en 503 ocasiones), etc.
[12] Por su parte, , identifican al delincuente común como aquel que, además de cometer delitos contra la propiedad, “suele menudear con las drogas y amenazar con la violencia a sus víctimas si se le resisten” ..., aunque “su objetivo no es dañar a nadie”.
[14] En opinión de , esto podría afirmarse de cualquier tipo de delincuencia, ya que a lo máximo a lo que nuestras sociedades aspiran es a reducir la criminalidad, y no genuinamente a prevenirla.
[16] . Por ejemplo, si atendemos a los delitos que aparecen registrados en la base oficial de Eurostat (Oficina Estadística de la UE) bajo la rúbrica “Crime and criminal Justice”, encontramos los siguientes: homicidio intencional, lesiones, secuestro, delitos de violencia sexual (agresiones y abusos sexuales, violación), hurto, robo con violencia e intimidación, robo con fuerza en las cosas, robo y hurto en domicilios, hurto de vehículos a motor y tráfico de drogas (https://ec.europa.eu/eurostat/web/crime/database). Ello coincide bastante con la lista de las infracciones que cada trimestre del año contabiliza el Ministerio del Interior español en sus Balances; de hecho, desde 2015 se han adaptado sus criterios a los exigidos por Eurostat: a saber, se trata de homicidios dolosos y asesinatos, lesiones graves y menos graves, secuestro, delitos contra la libertad sexual (agresión sexual con penetración y “otros”), robos con violencia e intimidación, robos con fuerza, hurtos, sustracciones de vehículos y tráfico de drogas. El resto de infracciones penales se computa de forma acumulada en dichos balances trimestrales, sin desagregar las tipologías penales concretas: véase en Portal estadístico de la criminalidad, Ministerio del Interior: https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/balances.html. No obstante, desde 2019 se incorporan también en esos balances trimestrales, en un apartado específico, los delitos cometidos en o por medios cibernéticos, bajo la denominación de cibercriminalidad (vid. infra, apartado II.4, letra i).
[18] Ya lo señalaba en los años 40 del siglo pasado el célebre sociólogo y criminólogo americano : “las estadísticas criminales muestran inequívocamente que el delito, tal y como popularmente se concibe y oficialmente se mide, tiene una elevada incidencia en la clase baja y una baja incidencia en la clase alta”; esto es lo que se considera el verdadero “problema criminal”.
[23] De acuerdo con los Anuarios del Ministerio del Interior correspondientes a 2012 (p. 216), 2016 (p. 167) y 2023, p. 104 (descargables en https://www.interior.gob.es/opencms/es/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas/), haciendo un cálculo aproximado la delincuencia no común habría pasado de representar sólo un 6,15% del total de la criminalidad conocida en 2007 a ser un 8,76% en 2010, un 10,8% en 2015, un 18,67% en 2019 y un 28,33% ya en 2023. Comenta a su vez , que, si bien la delincuencia común parece intuitivamente como la más frecuente, pues “afecta de forma visible a mucha gente” y es la que aparece generalmente contabilizada por la Policía, en realidad es posible que se vea superada en volumen por lo que LARRAURI llama “la delincuencia de clase media”: fraudes fiscales o al IVA, malversación de bienes públicos, etc. También apunta dicha autora que la delincuencia “de cuello blanco” (sobre la que a continuación hablaremos) causa globalmente un mayor daño a la sociedad que la criminalidad común. Sobre esta última cuestión, vid. .
[27] En efecto, frente a esta delincuencia no convencional, muchos tipos de delito comunes se han mantenido constantes en cuanto a su modo de ejecución a lo largo del tiempo. Por ejemplo, el robo, la estafa callejera o las agresiones sexuales se siguen cometiendo hoy en día como hace siglos, pero también, otras muchas veces, con un nuevo modus operandi, que emplea medios tecnológicos y más sofisticados. En cambio, otros delitos asimismo naturales, como el homicidio, las lesiones o la violación resultan mucho menos accesibles a nuevas formas técnicas, dado que implican generalmente un contacto físico entre el agresor y la víctima, salvedad hecha de algún caso de asesinato a distancia, como los de intoxicación mediante un paquete contaminado con el bacilo del ántrax o con “agentes nerviosos”. Por otro lado, ciertamente la jurisprudencia cada vez está admitiendo más la posibilidad de la agresión sexual on line, sin contacto físico directo entre autor y víctima: vid. Sentencias del Tribunal Supremo de 12/04/2016, 23/07/2018, 19/06/2019 y 26/06/2021, entre otras.
[31] Cfr. por todos (154): en los EEUU, la proporción de trabajadores de cuello blanco dentro de toda la población activa habría pasado de representar el 18% en el año 1900 a superar el 61% en el año 2010.
[34] Vid. estimaciones de la Organización de las Naciones Unidas para la lucha contra la Criminalidad y la Droga ( (4ª edición de este informe después de las de 2011, 2013 y 2019), descargable en: https://www.unodc.org/unodc/en/data-and-analysis/global-study-on-homicide.html y https://dataunodc.un.org/dp-intentional-homicide-victims?. Según , ese incremento del homicidio en Ecuador está relacionado con la criminalidad organizada y las bandas violentas.
[37] En concreto, la tasa de delitos violentos descendió notablemente en Lituania, Eslovaquia, Polonia, Bulgaria y la República Checa (sobre ello, vid. ). Según datos precisos de Eurostat y UNODC, en el período entre 2008 y 2022 han disminuido (en ocasiones, significativamente) las ratios de homicidio doloso en Bulgaria, República Checa, Hungría, Eslovaquia, Rumanía, Polonia, Estonia, Lituania y Letonia (si bien, estos dos últimos países suelen tener las tasas de homicidio más altas de la UE: la de Letonia ha sido de 4,05 en 2022). A lo largo de estos años también han bajado o se han mantenido a la baja las tasas de lesiones graves en República Checa, Lituania, Polonia, Eslovenia, Eslovaquia, Estonia y Rumanía (en este último caso, de manera espectacular). Igualmente han bajado las tasas de agresiones sexuales y violación en Letonia, Lituania, Hungría –de manera significativa- y Eslovenia (en cambio, han aumentado o se han mantenido en Bulgaria, Chequia, Estonia, Croacia, Polonia, Rumanía y Eslovaquia). En cuanto a los índices de robo con violencia, éstos han descendido notablemente en casi todos los países del área (sólo han subido en Rumanía), y por lo que respecta a los secuestros, éstos se han reducido en Bulgaria, Chequia, Estonia, Croacia, Lituania, Hungría, Eslovenia y Eslovaquia (en Letonia se ha mantenido la tasa más o menos estable; en Polonia y Rumanía, ha subido). En cambio, el tráfico de drogas se ha mantenido o ha aumentado en muchos de estos países del Este y el Báltico, excepto en Chequia, Estonia, Letonia y Eslovenia, donde se ha reducido en alguna medida. A su vez, aunque por motivos diferentes, en la Federación Rusa la tasa de homicidios ha estado bajando continuamente desde 2002, reduciéndose entre ese año y el 2021 en un 77,6% (ha pasado de 30,39 a 6,8 homicidios por 100.000 habitantes). Vid. webs de UNODC (https://dataunodc.un.org/dp-intentional-homicide-victims-est) y Eurostat (https://ec.europa.eu/eurostat/web/crime/database).
[38] Por todos (en adelante, p.t.), , dividen estos datos oficiales en policiales, judiciales y penitenciarios, y consideran que, pese a los problemas de cifra negra y metodológico-estadísticos que arrastran, constituyen fuentes de información esenciales que nos permiten medir la criminalidad, analizar sus tendencias y avanzar en la investigación criminológica.
[39] Se pueden consultar en: https://www.fiscal.es/documentación.
[40] Vid. Portal de la Criminalidad del MIR, ya citado: https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/.
[41] Descargables todos ellos en: https://www.interior.gob.es/opencms/es/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas/, cit.
[42] Vid. web del INE, apartados “INEbase”, “Sociedad” y “Seguridad y Justicia” (https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/categoria.htm?c=Estadistica_P&cid=1254735573206).
[43] Ampliamente sobre estas diversas fuentes de información y las dificultades que plantean en el acceso a sus datos, vid. . Dichas autoras clasifican las bases de datos en las tres instancias oficiales que las gestionan, como son: 1) el MIR y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, 2) el Ministerio de Justicia (FGE y Consejo General del Poder Judicial) y 3) las Instituciones penitenciarias, dependientes asimismo del MIR.
[44] , nos recuerda aquellos motivos que el MIR ha alegado, en ocasiones, para justificar por qué suele seleccionar tales delitos en sus publicaciones sobre la criminalidad: a saber, porque dichas infracciones suponen un ataque directo a las personas, son las que expresan más claramente el grado de inseguridad ciudadana (según revelan los estudios sobre victimización), responden además a los criterios estadísticos de la UE (Eurostat) y facilitan el obtener tasas de la criminalidad que permitan analizar su evolución “de manera global y comparada”.
[45] Cfr. Estadística de delitos según tipo en: https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=25997.
[46] Vid. Anuario MIR 2023 (descargable en https://www.interior.gob.es/opencms/pdf/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas/ultimo-anuario-estadistico/Anuario_estadistico_2023_126150729_Prov.pdf), p. 104. Otro tanto podemos decir sobre los datos volcados en el Portal estadístico, que son semejantes. Critican esta forma de agrupar y no desagregar los datos, puesto que ello obstaculiza también la trazabilidad de los casos, .
[47] Por todos, ; así como en ; igualmente ; . Señalan estos autores que dichas estadísticas con frecuencia no incluyen toda la información de las policías autonómicas vasca y catalana, aunque ya sí recogen los registros procedentes de las policías locales (desde el año 2013) y de la policía foral navarra. Sin ir más lejos, advierte el último Anuario estadístico del MIR (2023), cit., p. 103) que en su relación de datos no aparecen algunos correspondientes a la Ertzaintza (v.gr., se omiten los datos sobre los hechos esclarecidos y las personas investigadas por este cuerpo), ni otros relativos a los Mossos d´Esquadra (sobre los hechos conocidos, hechos esclarecidos, detenciones practicadas o personas investigadas por dicha policía en lo que respecta a determinados delitos, como los homicidios consumados o los robos con fuerza en establecimientos). En otras ocasiones, dichas estadísticas del MIR no han tenido en cuenta que la policía suele acumular delitos distintos en un solo atestado, lo que ha podido generar alguna contradicción en la información ofrecida; otras veces la terminología y la metodología empleadas para sistematizar los datos han sido confusas o científicamente discutibles, o las cifras cuantificadas por los cuerpos policiales no han coincidido con la información aportada por la FGE, etc. Por su parte, , consideran una limitación de tales estadísticas policiales el hecho de que no aporten información personal sobre los infractores ni sobre las víctimas, ya que ello impide conectar esos datos a cada hecho criminal y conocer mejor las características de los delitos.
[48] En particular, desde el año 2015 el MIR ha incorporado la clasificación por tipos penales recomendada por Eurostat, con el objetivo de que coincida con la Clasificación Internacional del Delito con fines estadísticos de Naciones Unidas, y así mejorar la coherencia y comparabilidad internacional de nuestras estadísticas sobre la delincuencia. Incluso, actualmente, en ocasiones el propio MIR corrige de un año para otro algunos de sus datos indicando que se trata de “cifra/s modificada/s respecto al año pasado debido a procesos de control de calidad”: p.t., vid. Anuario 2023, cit., p. 104.
[49] Cfr. con https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/balances.html.
[52] Véase la encuesta de victimización por parte del Institut Metròpoli (de Estudios Regionales y Metropolitanos) de Barcelona, vinculado a la Universidad de Barcelona, en el área metropolitana de esa ciudad. Pueden consultarse los resultados de 2023 (https://www.institutmetropoli.cat/es/estudi/informe-resultados-sinteticos-evamb-2023), así como los de años previos (https://www.institutmetropoli.cat/es/investigacion/estudios/seguridad/) y otros estudios específicos (v.gr., una encuesta sobre la victimización en el transporte público: https://www.institutmetropoli.cat/es/estudi/encuesta-victimizacion-amb-evamb-2023-informe-monografico-transporte-publico/).
[53] Consúltese esa edición en: https://interior.gencat.cat/es/el_departament/publicacions/seguretat/estudis-i-enquestes/enquesta_ de_seguretat_publica_de_catalunya/index.html.
[54] Vid. página oficial: www.crimesurvey.co.uk.
[55] Véanse los principales hallazgos de esta última edición en el informe „Sicherheit und Kriminalität in Deutschland –SkiD 2020; Bundesweite Kernbefunde des Viktimisierungsurvey“ (https://www.bka.de/DE/UnsereAufgaben/Forschung/ForschungsprojekteUndErgebnisse/Dunkelfeldforschung/dunkelfeldforschung.html).
[56] Vid. Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2023 (https://www.inegi.org.mx/programas/envipe/2023/).
[57] Vid. Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Ciudadana (ENUSC), edición de 2022, publicada en noviembre de 2023 (https://www.ine.gob.cl/docs/default-source/seguridad-ciudadana/publicaciones-y-anuarios/2022/nacional/síntesis-de-resultados-19-enusc-2022---nacional.pdf?sfvrsn=2854ad13_2).
[58] Vid. Encuesta Nacional de Victimización (ENV), cuya última edición corresponde a 2017/2018 (https://www.indec.gob.ar/uploads/informesdeprensa/env_2017_02_18.pdf).
[59] Así . Consideran por su parte , que una posible explicación a esa lamentable ausencia de encuestas de victimización a nivel nacional (ni siquiera a cargo del CIS) podría encontrarse en el mayor interés de los gobiernos por conocer el estado de opinión de los ciudadanos sobre la delincuencia (probablemente relacionada con su intención de voto) que por averiguar la magnitud real del problema.
[60] Cfr. Anuario 2023, cit., p. 96, así como página web del INE, población residente por fecha: https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=56934.
[61] Cfr. Balances trimestrales de la criminalidad, Portal estadístico del MIR: https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/balances.html.
[62] lo consideran precisamente así: como un experimento natural y casi aleatorio, único en la Historia, que ha permitido y permitirá contrastar hipótesis criminológicas las cuales no hubieran sido averiguables empíricamente de otra manera. En el mismo sentido, (https://postc.umh.es/minipapers/confinamiento-y-criminalidad-en-espana-un-experimento-criminologico-natural/).
[64] En concreto, el mínimo en nuestro país desde mediados de los años 80 del siglo XX se sitúa en el año 1992, con un total de 1.481.117 infracciones penales conocidas: véase infra, Tabla 2.
[66] Ibidem, pp. 868, 870 y 873. En lo que respecta a EEUU, también , nos hablan de un descenso espectacular y de cambios drásticos en las tasas del delito.
[67] Cfr. , mencionando fuentes de la Policía Nacional. En particular, tal descenso resultó más pronunciado en las zonas urbanas (v.gr., de un 80.3% en Cataluña) y especialmente allí donde la pandemia incidió con más virulencia, como en la ciudad y región de Madrid (con un descenso del 84,1%).
[68] Cfr. : de acuerdo con su planteamiento, un cambio estructural en los patrones de actividad rutinaria y cotidiana de las personas puede influir en las tasas de la delincuencia al afectar a la convergencia en el espacio y en el tiempo de los tres elementos mínimos que presenta todo delito, pensando concretamente en aquellos que implican contacto físico directo entre el ofensor y la víctima u objeto (es decir, infracciones dolosas contra las personas y contra la propiedad). Esos tres elementos son un objetivo adecuado, un infractor motivado y la ausencia de guardianes capaces, y si alguno de ellos falta, eso resultará suficiente para prevenir que se realice con éxito el delito. Por consiguiente, al disminuir bajo las condiciones pandémicas el número de las víctimas propiciatorias para el delito, automáticamente, y sin que fuera necesario que disminuyese también el número de los delincuentes motivados (aunque seguramente esto también se produjo...) era de prever una reducción drástica en los niveles de la delincuencia común.
[69] Vid. : según estos autores, las oportunidades para el delito parecen estar tan entremezcladas con la propia estructura de oportunidades para las actividades legítimas que sería muy difícil eliminar una proporción significativa de la delincuencia sin modificar al mismo tiempo gran parte de nuestro estilo de vida. Pues bien, precisamente algo tan anómalo como una alteración sustancial de nuestro estilo de vida fue lo que sucedió durante los dos años de la pandemia. Vid. ; también ; . Por su parte, , atribuyen esa reducción abrupta en 2020 de la mayoría de los delitos a la disminución radical de las interacciones sociales directas; del mismo modo, : el experimento natural del confinamiento nos muestra “el papel decisivo que puede jugar la interacción entre motivación criminal, intercambios sociales y oportunidades infractoras en la génesis de los delitos”.
[71] En el mismo sentido se pronunciaba la FGE en su Memoria de 2022, pp. 1048 y 1049 (descargable en https://www.fiscal.es/memorias/memoria2022/FISCALIA_SITE/index.html): los delitos patrimoniales y económicos constituyen un grupo “cuyo análisis estadístico se ve extraordinariamente influido por las circunstancias vinculadas a la pandemia, a la declaración del estado de alarma y al confinamiento general de la población del año 2020 (...), ya que la obligada permanencia de la población en sus domicilios y la disminución de la actividad económica y social han tenido, sin duda, una profunda repercusión”.
[72] A saber, así fue en Mongolia, Macao, China, Albania, Croacia, Grecia, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Macedonia del Norte, Moldavia, Serbia, Eslovenia, la propia España, Colombia, Guatemala, Paraguay, Perú, Uruguay, Nueva Zelanda, Eswatini y Namibia.
[73] De manera similar, , señalan que una investigación realizada en Suecia halló un descenso de los hurtos por carterismo en un 61% durante las primeras cinco semanas después de imponerse las restricciones, al desaconsejarse a los ciudadanos las aglomeraciones. Asimismo, diversos estudios en EEUU muestran una reducción en los delitos de hurto. , indican que las reducciones en las tasas de hurto fueron más homogéneas que las de otros delitos, dándose incluso en aquellas urbes en las que las autoridades tan sólo recomendaron el confinamiento como una medida voluntaria: v.gr., en Malmö y Estocolmo (Suecia).
[75] Tales descensos se han calculado por comparación con los datos globales del año 2019: cfr. Anuario MIR para 2023, cit., p. 104.
[76] Cfr. , apoyándose en informes de la Policía española; en concreto, el dato relativo a los robos en general se refiere a la 2ª quincena de marzo de 2020. También mencionan estos autores una caída del 69% en los robos de vehículos.
[77] Cfr. Informe de (descargable en https://www.unodc.org/documents/data-and-analysis/covid/Property_Crime_Brief_2020.pdf), pp. 9 y 10; igualmente con tales dudas, ; ; .
[78] Para el robo con fuerza en las cosas, en general, se han percibido grandes diferencias entre ciudades, pues, mientras que en algunas como Lima (Perú) dichos robos descendieron en un 84%, en otras, como San Francisco (EEUU) se produjeron aumentos, en ese caso del 38% (vid. ). Por lo que se refiere a España, y como indican los datos aportados por el MIR en el Anuario de 2023 (https://www.interior.gob.es/opencms/pdf/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas/ultimo-anuario-estadistico/Anuario_esta distico_2023_126150729_Prov.pdf), p. 104, los robos con fuerza en establecimientos comerciales fueron otro de los delitos que disminuyeron durante los dos años de crisis sanitaria: en 2020, en un 3,47%, y en 2021, en un 12,9%. En cuanto a los robos en domicilios, a priori ese decrecimiento fue mayor, ya que en 2020 la tasa descendió en un 26,38% con respecto al 2019, apoyando la tesis expuesta por NIVETTE y otros: a saber, que los robos en domicilios disminuyeron simplemente porque sus propietarios o inquilinos se encontraban la mayor parte del día en ellos, ejerciendo así una vigilancia natural. Lo cierto, sin embargo, es que el volumen de los robos en domicilios volvió a un curso ascendente en seguida, pues en 2021 ya creció un 4,3% con relación al 2020, y en 2022, un 14,58% con respecto a 2021.
[79] Cfr. -descargable en: https://www.gov.uk/government/statistics/crime-against-businesses-findings-from-the-year-ending-march-2021-commercial-victimisation-survey/crime-against-businesses-findings-from-the-2021-commercial-victimisation-survey#key-results-, Sumario ejecutivo, apartado 3, Impacto del Covid-19. Pese a esos resultados, los propios autores de la encuesta reconocen que la percepción de las personas consultadas no concuerda con los datos registrados por la Policía británica para el mismo período: en efecto, según la Policía, en 2020 la tasa de robos con fuerza en locales y en la comunidad en general habría descendido en un 39%. Por otro lado, volviendo a dicha Encuesta de victimización, un 46% de los responsables de locales pensaba que, durante la pandemia, se había producido un incremento en el número de asaltos violentos (ataques, amenazas o robos con violencia e intimidación) sufridos por sus establecimientos; en cambio, para un 42% de los consultados ese nivel de ataques se habría mantenido igual que en el periodo anterior. A propósito de esto, debe tenerse en cuenta que aproximadamente dos tercios de los establecimientos encuestados, el 66,7%, eran tiendas o empresas pequeñas, como supermercados o colmados, con menos de 10 empleados, por lo que muchas de ellas tuvieron que permanecer abiertas al ser comercio esencial (ibidem, apartados 1 y 3). Por su parte, , señalan que, en España, algunos de los robos a establecimientos se desplazaron desde los bancos u otros hacia locales que sí estaban abiertos al ser servicios esenciales, como las farmacias o los supermercados. De manera semejante, , mencionan un estudio realizado en Los Ángeles, California, según el cual en el período de confinamiento los robos a tiendas minoristas habrían aumentado un 64%. Y para estos autores resulta lógico que se produzca tal desplazamiento hacia las tiendas que seguían abriendo, dado que, además, probablemente los empleados estarían más preocupados por garantizar el servicio que por prevenir el hurto o el robo (menos guardianes). STICKLE/FELSON sugieren también un posible aumento de los hurtos de paquetes durante la pandemia, al haber crecido espectacularmente las compras por internet pero, al mismo tiempo, estar los ciudadanos más distraídos para recoger sus paquetes debido al cambio de rutinas.
[80] Nos indican , que también disminuyeron, en un 80%, los delitos contra la seguridad vial, en el tráfico rodado.
[81] Vid. . Según los resultados de este estudio, el factor fundamental que incidió en la reducción del delito fue el propio mandato a los ciudadanos de permanecer en casa, más que, aisladamente, el hecho de prohibir o limitar la estancia en parques, áreas comerciales, o el cierre de escuelas. Así pues, a mayor severidad en el confinamiento domiciliario en cada país o ciudad, mayores descensos en las tasas delictivas, y ello para todos los tipos analizados: robos, hurtos, agresiones y homicidio. De manera similar, vid. : el elemento más sobresaliente y la única condición social que cambió de manera abrupta justo antes de esos pronunciados descensos en la delincuencia fue la imposición de los mandatos de confinamiento domiciliario por parte de los gobiernos. Tales mandatos interrumpieron las actividades cotidianas de poblaciones enteras en el mundo, y en la práctica limitaron mucho las posibilidades de que las víctimas y los infractores potenciales coincidieran en un mismo escenario.
[82] También se produjo cierto desplazamiento en cuanto al modus operandi de algunos delitos: v.gr., , mencionan que el tráfico de drogas se siguió realizando pero a través de otros medios de distribución, como taxistas o servicios de mensajería.
[84] Por todos, vid. : dicho desplazamiento se produce porque tanto los potenciales infractores como las víctimas habrían pasado mucho más tiempo de lo habitual en el espacio virtual de internet, surgiendo así nuevas oportunidades para el ciberdelito (según teorías de las actividades rutinarias y la elección racional). Y lo mismo habría sucedido con la delincuencia cometida en los hogares.
[85] El mencionado estudio analiza ocho tipos de ciberdelitos: virus informáticos, malware y spyware; ataques a un sistema o servicio electrónico, con o sin extorsión a sus responsables; pirateo (hackeo) de un servidor; hackeo de un ordenador personal; hackeo de una cuenta de correo electrónico o de una cuenta en una red social; hackeo de una línea telefónica; hackeo y extorsión, y estafas on line. Como señalan , las estafas son delitos facilitados por los medios tecnológicos, mientras que todas las otras modalidades son delitos ciber-dependientes, que sólo se pueden cometer mediante estas nuevas técnicas.
[86] Esos dos tipos de infracción mencionados son, de hecho, los dos ciberdelitos más frecuentes en Gran Bretaña.
[87] Cfr. : en Reino Unido, aproximadamente un 20% de los negocios cerraron temporal o permanentemente en mayo de 2020. Indican estos autores que aquellos ciberdelitos que no aumentaron tan señaladamente durante ese período, o que incluso se mantuvieron estables o disminuyeron, son precisamente algunos de los que afectan más específicamente a las empresas y no a los individuos, como el hackeo de líneas telefónicas, los virus informáticos, el ataque a sistemas y el pirateo combinado con extorsión.
[89] Vid. (descargable en: https://www.ons.gov.uk/peoplepopulationandcommunity/crimeandjustice/bulletins/crimeinenglandandwales/yearendingmarch2021#computer-misuse). Indica este estudio que, en el tramo temporal de 2020-2021, el número de infracciones informáticas (computer misuse offences) fue de 1.700.000, lo cual supuso un aumento del 85% comparado con la cifra correspondiente a dos años antes, es decir, al año transcurrido entre abril de 2018 y marzo de 2019. A su vez, se calculaba que en el mismo período 2019-2021 habían crecido en un 162% los accesos no autorizados a información personal de los ciudadanos, como el pirateo de cuentas en redes sociales, correo electrónico, etc.
[90] Vid. Portal estadístico del MIR, apartado sobre Cibercriminalidad: https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/datos.html?type=pcaxis&path=/Datos5/&file=pcaxis. Por su parte, , mencionando fuentes de los Mossos d`Esquadra, afirman que tal aumento de los ciberdelitos habría podido alcanzar, durante el tiempo del confinamiento, hasta un 70-80%.
[92] Cfr. . Sin embargo -señalan estos investigadores-, no se puede descartar del todo que tal aumento de los incidentes conocidos se deba también a una mayor disposición de las víctimas a denunciar durante la pandemia.
[93] Ibidem, pp. 3 y 4, si bien tales autores admiten que no está claro cuáles de esos factores exactamente, y en qué medida, podrían haber influido en el incremento de la violencia doméstica, por lo que será precisa más investigación en el futuro.
[94] Cfr. . A lo largo del año 2020, a su vez, los casos que presentaron un mayor aumento global en las llamadas fueron los de maltrato a niños y adolescentes (subieron en un 48,9%) y los de otros maltratos no relacionados con la violencia de pareja ni sobre los ancianos, que ascendieron en un 41,5%. En cambio, el estudio detectó un ligero descenso en el nº total de llamadas en 2020 por casos de violencia en la pareja o hacia personas ancianas, lo cual pudo deberse a que estas víctimas, al fin y al cabo, tendrían más dificultad para acceder a la ayuda debido al control que sobre ellas estuvieran ejerciendo sus agresores (pp. 1231 y 1235).
[98] Vid. Portal estadístico de la criminalidad del MIR, Series anuales de hechos delictivos conocidos: https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/seriesAnuales.html.
[99] Cfr. XV Informe anual del Observatorio estatal de violencia sobre la mujer (Anuario 2021) ―descargable en: https://violenciagenero.igualdad.gob.es/wp-content/uploads/XV_Informe_2021.pdf―, p. 5.
[100] Cfr. (descargable en: https://violenciagenero.igualdad.gob.es/wp-content/uploads/Estudio_Impacto_COVID-19.pdf), pp. 27 y 37. Vid. asimismo
[101] , insisten en la importancia de tener en cuenta la información que proporcionan tales teléfonos de asistencia, a fin de conocer cómo han evolucionado durante la pandemia los delitos que tienen como escenario el ámbito privado y familiar.
[102] Cfr. igualmente , señalando que, en los tres meses de confinamiento riguroso, se pasó de la media previa de 4 ó 5 asesinatos mensuales a un total de 5 muertes en todo ese período.
[103] Vid. . Además, esta situación de mayor control del agresor sobre su víctima durante el confinamiento conllevaba una acumulación del riesgo de violencia y letalidad para la mujer cuando tal situación cambiara, cuando ella pudiera salir de nuevo de la relación y el agresor percibiera que perdía el control. Precisamente en el tercer trimestre de 2020, al relajarse de nuevo las condiciones de la pandemia debido a la estación de verano, se produjo un incremento importante del número de homicidios.
[105] Vid. Memoria FGE de 2022 (descargable en: https://www.fiscal.es/memorias/memoria2022/FISCALIA_SITE/index.html), p. 777: frente a lo que podría esperarse, en 2020 descendió el número de asuntos por violencia filio-parental en un 7% con respecto a 2019. En 2021, sin embargo, se produjo un nuevo incremento del 0,8% en el nº de expedientes con respecto a 2020, confirmándose “la persistencia de esta problemática social”.
[106] Vid. . , mencionan como posibles causas de ese incremento en la violencia filio-parental la disminución de los controles sociales habituales que actúan como factores de protección (profesores, etc.), las mayores necesidades emocionales por la situación de pandemia y la percepción de una mayor impunidad por parte de los agresores.
[107] Cfr. . Para ser más exactos, según datos del MIR, las cifras de hechos conocidos y, por consiguiente, de denuncias o atestados por casos de maltrato ocasional subieron en 2021 en un 9% con respecto a los datos de 2020, y en un 7,25% para los casos de maltrato habitual.
[109] Vid. Asimismo, afirman , que, probablemente, cuando más tiempo durasen los mandatos legales de confinamiento en casa, más personas empezarían a incumplir dicho mandato (se volvería menos efectivo), y es posible que aumentara la delincuencia.
[111] De acuerdo con los datos proporcionados por el Portal estadístico del MIR (https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/balances.html), el número de homicidios y asesinatos consumados en nuestro país se redujo en un 16,9% en el 2º trimestre de 2020 con respecto al mismo período del 2019, en un 12,7% en el tercer trimestre de 2020, y en un 18,2% en el 4º trimestre.
[113] Vid. Portal estadístico del MIR, cit., balances trimestrales del año 2020 (https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/balances.html).
[118] Cfr. . Del mismo modo, : a juicio de estos autores, los descensos en las tasas de homicidios detectados en ciudades iberoamericanas como Cali, Lima o Río de Janeiro se deberían a que, pese a la existencia de bandas criminales, algunas de ellas pueden haber aprovechado la crisis del COVID-19 para fortalecer su poder, imponiendo sus propios toques de queda en el espacio público y limitando los movimientos en los barrios sometidos a su control.
[119] Vid. ; ; igualmente : estos últimos autores señalan que, en general, los efectos de la pandemia sobre la delincuencia común fueron efímeros, percibiéndose los descensos más pronunciados en torno a las 2-5 semanas tras comenzar los confinamientos, para retornar gradualmente a los niveles previos conforme las medidas restrictivas fueron relajándose. No obstante, en su opinión sería precisa más investigación para entender mejor esas evoluciones posteriores.
[120] Vid. Memorias de la FGE de 2022, pp. 1048, 1049 y 1052 a 1057; de 2023, pp. 1061 y 1062, y de 2024, p. 1056 (descargables en https://www.fiscal.es/documentación?category=36784). Debido a los condicionantes de la pandemia, en el año 2020 el número de diligencias incoadas por las Fiscalías en materia de delitos patrimoniales y económicos fue un 14% menor que en el año 2019. En 2021, ese volumen de incoaciones se recuperó en un 7,2% con respecto al 2020, mientras que en 2022 aumentó un 6% con respecto al año anterior. A su vez, en 2023 ya se alcanzaron y superaron, con 418.259 incoaciones, las 401.707 del año 2019.
[121] Vid. web del INE, Demografía y población, series detalladas desde 1971: https://ine.es.
[122] Por ejemplo, en el año con mayor número de infracciones penales de esa serie, que es el 2007, un 53% del total de hechos conocidos corresponden a faltas.
[123] Datos extraídos de los Anuarios estadísticos del MIR y de su Portal sobre la criminalidad. Indica asimismo la FGE en sus Memorias de 2022 y 2024 (https://www.fiscal.es/memorias/memoria2022/FISCALIA_SITE/index.html y https://www.fiscal.es/memorias/memoria2024/FISCALIA_SITE/index.html, pp. 1064 y 1070, respectivamente) que el nº de diligencias incoadas por estafa en 2021 fue un 20,5% superior al del año anterior, y a su vez un 15% superior al del 2019. Posteriormente, en 2023, ese número todavía subió un 6,37% con respecto al 2022. Se trata, pues, de un incremento constante en estos delitos, el cual “deriva de su habitual comisión a través de las nuevas tecnologías”. Sobre este incremento exorbitante de la cibercriminalidad, en particular de los fraudes informáticos, vid. .
[124] Si tenemos en cuenta el Balance provisional de la criminalidad del MIR para el 2024 (https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/balances.html), el nº de homicidios consumados en ese año habría aumentado en un 4,5% con respecto al 2023, si bien el de homicidios intentados habría disminuido un 0,2%.
[125] En cuanto a los homicidios y asesinatos intentados, el balance de los últimos años resulta más negativo: a pesar de que, desde 2007, también en cuatro ocasiones se ha bajado de la frontera simbólica de las 1.000 tentativas, entre 2007 y 2023 la cifra de homicidios y asesinatos no consumados ha subido un 66,7%, La explicación de tal diferencia en la evolución de las tasas puede estar, según , en el hecho de que la creciente calidad de los servicios de salud y las tecnologías médicas han conseguido reducir los casos de homicidio consumado, al incrementar las posibilidades de supervivencia de las víctimas.
[126] Es preciso señalar que ha sido imposible manejar datos más antiguos y que resultasen seguros en relación con estos delitos de lesiones, fundamentalmente por una razón: porque los anuarios estadísticos del MIR anteriores a 1999 no segregaban exactamente las cifras de los delitos y de las faltas contra las personas por tipologías delictivas, con lo que no es posible conocer cuántas de esas infracciones constituían lesiones y malos tratos de obra fuera del ámbito familiar.
[127] Véase el caso de los países nórdicos, cuyas tasas de delitos sexuales han aumentado en los últimos años: según datos de Eurostat (https://ec.europa.eu/eurostat/web/crime/database), entre 2013 y 2022 el índice de violaciones (rape) por cada 100.000 habitantes ha crecido en 31,39 puntos para Dinamarca, en 23,41 puntos para Suecia, en 8,58 puntos para Noruega y en 13,38 puntos para Finlandia. Asimismo cfr. supra, nota al pie nº 37.
[128] Mi decisión metodológica de no emplear datos anteriores, pese a que los Anuarios del MIR ofrecen las cifras del delito de violación al menos desde 1987, se debe al objetivo de mantener la comparabilidad de esos datos. Y ello porque el Texto refundido de CP de 1973, previo al CP de 1995, consideraba abarcado dentro del tipo penal de violación tanto el acceso carnal forzado con violencia o intimidación como el ejercido sobre personas menores de 12 años, o privadas de sentido o de cuya enajenación se abusare (art. 429 CPTR73).
[129] Es preciso tener en cuenta, en cualquier caso, que las sucesivas reformas introducidas a lo largo de los años en la regulación de los delitos sexuales han podido influir en las oscilaciones apreciadas. Por ejemplo, las cifras anteriores al año 2000 sólo contemplan agresiones con acceso carnal por vías vaginal o anal, pero no felaciones forzadas o introducción de objetos (LO 11/1999, de 30 de abril), etc.
[130] Cfr. Memoria 2020 (descargable en https://www.fiscal.es/memorias/memoria2020/FISCALIA_SITE/index.html), pp. 1166 a 1168.
[131] Como ejemplo de este mayor compromiso social e institucional en contra de la violencia sexual podemos citar que, desde 2015, existen en el seno de la Policía Nacional las Unidades de Atención a la Familia y la Mujer (UFAM), especializadas en prevenir e investigar aquellas infracciones penales relacionadas con la violencia de género, doméstica o sexual.
[132] Tal y como señalan , la delincuencia en nuestro país permanece esencialmente estable o tiende a reducirse ligeramente, y la mayoría de los delitos son hurtos, siendo muy minoritarios los delitos violentos. También , habla sin reticencias de un descenso estructural y sostenido de las tasas de criminalidad en España en el medio plazo (entre 2010 y 2019), especialmente del homicidio, las lesiones y los robos. Solamente excluye de esta tendencia reduccionista general los delitos sexuales y el tráfico de drogas. Tal declive, afirma BRANDARIZ, se produce “sin perjuicio del repunte que ha caracterizado, a nivel global, la salida de la pandemia”, aunque durante los propios años del COVID, la disminución generalizada de las tasas delictivas se mantuvo e intensificó.
[134] Así lo indican igualmente las estadísticas oficiales del MIR, ya comentadas (vid. supra, tablas y gráficos 1 y 2 y Anuarios estadísticos): es decir, entre 2005 y 2008, el volumen de delitos (excluidas las faltas) subió en un 1,11%, pasando de ser 930.779 en 2005 a ser 941.144 en 2008. Sin embargo, entre 1989 y 2005 la cifra de delitos había descendido en un 9,7% (pasó de 1.030.996 delitos conocidos en 1989 a 930.779 en 2005).
[138] Según los Anuarios del MIR, las sustracciones de vehículos se han reducido en un 54,4% entre 2008 y 2023, y los robos con violencia e intimidación, en un 9,4%.
[139] Datos correspondientes a 2022 y descargables en https://ec.europa.eu/eurostat/data/database.
[141] Cfr. Anuario estadístico del MIR 2023, p. 101 (descargable en https://www.interior.gob.es/opencms/pdf/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas/ultimo-anuario-estadistico/Anuario_estadistico_2023_126150729_Prov.pdf).
[142] Como nos indican , la identificación y detección del comportamiento delictivo dependen de una denuncia o investigación policial, y el conocimiento que tenemos de los datos sobre delincuencia se ve afectado también por las políticas de represión que se desarrollan en cada país. En el nuestro, considero que no hay duda de que los delitos contra la propiedad son denunciados en mucha mayor medida que otros, como los delitos sexuales, las amenazas, la trata de personas o los delitos contra la intimidad, por citar algunos. Y también el legislador y los cuerpos policiales se preocupan especialmente por la persecución de estos ilícitos patrimoniales.
[143] Ha de recordarse que, con la nueva redacción del art. 284 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a partir de la LO 41/2015, de 5 de octubre, aquellos atestados policiales en los que no conste autor conocido del delito o en los que no se considere factible la identificación de éste, salvo que se trate de delitos contra la vida, la integridad física o la libertad sexual, son archivados sin que se dé traslado del asunto al Juzgado de instrucción ni a la Fiscalía competentes. Por consiguiente, ese caso no quedará registrado oficialmente por el Ministerio Fiscal, aunque sí por las instancias policiales. Vid. sobre ello Memoria 2024 de la FGE (descargable en: https://www.fiscal.es/memorias/memoria2024/FISCALIA_SITE/index.html), pp. 1030 y 1056.
[148] Cfr. Anuario estadístico del MIR 2023, cit., pp. 100 y 101: a saber, los malos tratos en el ámbito familiar han alcanzado un total de 118.299 en ese año, mientras que el resto de lesiones ha sido 118.125.
[150] Cfr. INE, Mujeres y hombres en España, Víctimas mortales por violencia de género. Serie 1999-2023 (https://www.ine.es/jaxi/Tabla.htm?path=/t00/mujeres_hombres/tablas_1/l0/&file=v02001.px&L=0
[151] Vid. –descargable en: https://violenciagenero.igualdad.gob.es/wp-content/uploads/XVI_Anuario2022-1.pdf, p. 3.
[154] Adoptamos la decisión metodológica de comparar los datos existentes sólo desde 2016, aunque están accesibles incluso desde el 2010, por dos motivos principales: 1º) porque a partir de 2016 ya estaban en vigor los cambios introducidos por la LO 1/2015, de 30 de marzo, que, entre otros aspectos fundamentales, elevó la edad de consentimiento sexual a los 16 años, modificando el concepto de las agresiones y abusos sexuales sobre menores; 2º) porque disponemos para ese año y los posteriores de información detallada tanto por parte del INE como por parte de la FGE y el MIR, en este último caso expresamente bajo la nueva categoría de las “agresiones sexuales” introducida por la LO 10/2022 . Dicha nueva categoría, tipificada en los arts. 178 a 180 CP, aúna las agresiones sexuales con violencia e intimidación y los antiguos abusos sexuales, que son actos sexuales no consentidos por la víctima y cometidos por el atacante empleando medios como el aprovechamiento de un trastorno psíquico que padeciera aquélla, o su estado de embriaguez o inconsciencia, o la superioridad o parentesco sobre ella, etc.
[155] Cfr. Portal estadístico de la Criminalidad del MIR (https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/), que, como decimos, maneja el concepto de “agresión sexual” previsto en el CP vigente. En cambio, lo que el Ministerio no aclara es si dentro de este ítem incluye sólo los delitos sobre personas mayores de 16 años (arts. 178 a 180 CP) o también aquellos cometidos contra menores de esa edad (art. 181 CP). Por las cifras ofrecidas y atendiendo asimismo a las otras categorías contempladas en las estadísticas, se intuye que están incluidas en el concepto todas las agresiones sexuales.
[156] En relación con este otro concepto empleado por el MIR, no sabemos exactamente si se refiere al delito del art. 188 CP (inducción de menores de 18 años a la prostitución) o a algo distinto o adicional: p.ej., también al tipo residual de corrupción de menores previsto en el art. 182 CP.
[158] En efecto, señala la FGE en su Memoria 2024, cit., pp. 1046 y 1050, que una parte importante de la delincuencia sexual contra los menores de edad nos lleva al entorno de la criminalidad informática.
[159] Cfr. Balances de la criminalidad, descargables en: https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/balances.html.
[160] Como se ha explicado supra, en este apartado d) unificamos el intervalo temporal para el que vamos a extraer datos de las diversas fuentes, que va a ser el comprendido entre 2016 y 2023, a fin de hacer la información más inteligible y comparable.
[161] Cfr. Memorias de la FGE de 2024, cit., p. 1047, y de 2019 (https://www.fiscal.es/memorias/memoria2019/FISCALIA_SITE/index.html), p. 1130.
[162] La FGE reconoce que, en ese mayor afloramiento y denuncia de conductas ilícitas con respecto a años anteriores influyen, “sin duda, las campañas de sensibilización”, que “son eficaces”, así como “la repercusión mediática y social de determinados casos que han fortalecido a las víctimas” y “las manifestaciones públicas de colectivos en repudia de estos delitos”: vid. Memoria 2024, cit., p. 1049.
[163] Cfr. Memorias de la FGE de 2024, cit., pp. 1048 y 1050, y de 2019, cit., pp. 1131 y 1132. Tal disparidad entre estos datos y los aportados por el MIR (según el cual, entre 2016 y 2023 la pornografía infantil habría subido sensiblemente, mientras que la corrupción de menores no habría crecido tanto...) se explica principalmente por el desfase temporal entre el momento en que unos determinados hechos son conocidos por la Policía mediante denuncia y el momento, siempre posterior, en que los Fiscales van a emitir su escrito de calificación en el proceso penal correspondiente. Uno y otro momento pueden perfectamente no suceder en el mismo año, por lo que los números van a “bailar”. La propia Fiscalía lo admite en su Memoria 2024, pp. 1030, 1033 y passim: en cuanto a los delitos que ella registra como calificados, hay que tener en cuenta que la fecha del hecho concreto “no necesariamente se corresponde con el ejercicio estadístico” (ej., la memoria de 2023), “sino que, en no pocos casos, el acontecimiento puede haberse producido en ejercicios anteriores” (v.gr., en 2021 ó 2022). Dicho de otra manera, “las calificaciones realizadas ponen de manifiesto el trabajo realizado por la fiscalía en ese año pero, salvo las calificaciones formuladas en el trámite de diligencias urgentes, normalmente serán consecuencia de hechos sucedidos en ejercicios anteriores”. A su vez, el Ministerio del Interior, en el Informe metodológico del Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC) sobre actuaciones policiales (https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/metodologia.html, p. 12), aclara que, “cuando se tiene conocimiento de cualquier hecho delictivo, bien sea por denuncia o por acción policial por “motu proprio”, se documenta y se registra en la correspondiente base de datos policial. De esas bases se extrae información que, al finalizar el mes, se remite vía fichero a la Secretaría de Estado de Seguridad para completar las variables estadísticas definidas por el SEC”. Por consiguiente, parece que cada denuncia se computa en la estadística en el mismo mes en que fue presentada, y de ahí la limitada comparabilidad entre unos y otros datos. Se refieren en concreto a este problema del desfase temporal, que ellas vinculan con el concepto de trazabilidad de los datos, ; a su juicio, resulta bastante complejo analizar esa evolución de los hechos delictivos en las diferentes fases del proceso judicial, debido también a la compartimentación y a la disparidad en la metodología existente entre los organismos gestores de las fuentes oficiales. Sería preciso que estos diversos gestores se coordinaran mucho mejor entre sí, y que emplearan criterios e identificadores comunes para los casos, a fin de que se les pudiera hacer un seguimiento.
[164] Vid. (https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176793&menu=ultiDatos&idp=1254735573206).
[166] Datos extraídos del , “Series anuales” y “Hechos conocidos”. Se tiene en cuenta concretamente la evolución desde 2016, ya que, con anterioridad a esa fecha, dichas categorías recogen también las antiguas faltas contra las personas, que fueron eliminadas por la LO 1/2015, de 30 de marzo, y reconvertidas en su mayoría en delitos leves.
[169] Cfr. (https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/seriesAnuales), “Series anuales” y “Hechos conocidos”. En general, como también nos indica la FGE (Memoria de 2024, cit., p. 1054), estos delitos oscilan en su volumen en función de las condiciones económicas, y de ahí que, en los peores años de la crisis del 2008 (2012 a 2014) alcanzaran máximos históricos, con más de 10.000 hechos conocidos, mientras que, en 2023, han llegado sólo a los 7.611 casos.
[171] Vid. Memorias de la FGE de 2024, cit., pp. 1079 y 1080, y de 2018 (descargable en: https://www.fiscal.es/memorias/memoria2018/Inicio.html), p. 921. Según la información ofrecida por el MIR, a su vez (https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/seriesAnuales), los hechos conocidos para esta modalidad delictiva en 2023 serían en un 8,5% inferiores a los conocidos en 2016.
[172] Cfr. INE, Estadística de condenados, cit. Por desgracia, no podemos comparar en este punto con un mínimo de coherencia los datos del INE con los del Portal estadístico de la criminalidad del MIR, ya que éste no segrega expresamente los delitos contra la Hacienda Pública, ni los delitos societarios, las alteraciones de precios públicos, las insolvencias punibles o los delitos contra el mercado y los consumidores. Tan solo menciona información concreta sobre los delitos contra la Administración pública, en general, y sobre el blanqueo de capitales y la receptación. Con respecto a estos últimos delitos (blanqueo/receptación), precisamente el Portal refleja un incremento del 96,9% entre el nº de hechos conocidos en 2016 (262) y el de hechos conocidos en 2023 (516), confirmando esa citada tendencia de estabilización al alza que acreditan los datos del INE.
[174] Vid. Memoria 2024 de la Fiscalía Especial contra la corrupción y la criminalidad organizada (descargable en https://www.fiscal.es/memorias/memoria2024/FISCALIA_SITE/recursos/pdf/capitulo_II/cap_II_6_4.pdf, como parte de la Memoria general), pp. 491 y 492.
[175] Vid. (descargable en: https://www.europol.europa.eu/cms/sites/default/files/documents/socta2021_1.pdf, pp. 10 a 13 (Hallazgos principales). También informa este documento (en sus pp. 29, 47, 49, 56, 64, 73, 75 y passim) acerca de varios episodios concretos en la lucha contra la delincuencia organizada ocurridos en España: a saber, la detención en nuestro país de una red de blanqueo de dinero que utilizaba para ello, entre otros métodos, las criptomonedas (2019), la localización de una plantación a gran escala de cannabis en Barcelona (2020), la desarticulación de un cartel de la cocaína en Valencia y Málaga (2020), el arresto de unos traficantes de loros, tratándose de especies en peligro de extinción (2020), el desmantelamiento por la Guardia Civil de un búnker en el que se fabricaba y se traficaba con drogas y cigarrillos ilegales, a 4 metros bajo tierra y en unas condiciones de extrema insalubridad (2020), el descubrimiento de una red de explotación sexual de nigerianas que operaba desde Marbella, y de otra red de tráfico de menores no acompañados (2019), etc., etc.
[176] Cfr. web del , una prestigiosa plataforma financiada por el Gobierno de los EEUU y la propia UE. Información relativa a España en https://ocindex.net/country/spain, consultada el 04/10/2023.
[177] Cfr. ; . Asimismo : tal desplazamiento comenzó probablemente, al menos para los delitos contra la propiedad, desde los años 90 del siglo XX, tanto en EEUU como en otros países desarrollados.
[178] Vid. asimismo la web del , información relativa a nuestro país, cit. (https://ocindex.net/country/spain), consultada el 04/10/2023: la cibercriminalidad va en aumento en España, siendo el ataque con malware el delito informático más habitual.
[180] Vid. Memorias de la FGE de 2019 (descargable en https://www.fiscal.es/memorias/memoria2019/FISCALIA_SITE/index.html), pp. 959 y 964, y de 2024, cit., p. 788. Señalan a su vez , apoyándose en la Encuesta de Victimización para Inglaterra y Gales de 2018/2019, que, del total de ciberdelitos que se cometen al año, sólo un 37% son denunciados, mientras que el otro 63% no llega a conocimiento de la Policía.
[181] Vid. Estudio nº 3443, “Inseguridad en la Red”, febrero 2024 (descargable en: https://www.cis.es/documents/d/cis/es3443mar-pdf), pp. 1 a 3, 6 y 7. A este respecto, conviene precisar que un 10,6% de los encuestados tenía menos de 24 años, y un 2,4%, menos de 18 (16 ó 17 años).
[182] Cfr. Memoria FGE de 2024, apartado de Criminalidad informática (descargable en https://www.fiscal.es/memorias/memoria2024/FISCALIA_SITE/recursos/pdf/capitulo_III/cap_III_8_2.pdf), pp. 786 y 787.
[185] Vid. web del , información relativa a España, cit. (https://ocindex.net/country/spain), consultada el 04/10/2023. Más ampliamente sobre las diversas modalidades de fraude, vid. Memoria FGE de 2024, cit., pp. 789 a 792; asimismo, recuerda la FGE (p. 795) los ciberataques a gran escala sufridos recientemente por el Hospital Clinic de Barcelona o la empresa Air Europa.
[186] Vid. Memoria de la FGE 2024, cit., pp. 789, 790 y 793: algunos de los delitos para los que se emplea la IA son las estafas mediante robos o simulaciones de identidad, como “la estafa del hijo en apuros”, o también el delito de trato degradante (art. 173.1 CP), con la creación y publicación posterior en la red de imágenes de una persona con contenido pornográfico.
[188] Cfr. Memorias de la FGE de 2019, cit., p. 617, y de 2024, cit., p. 443. Igualmente el Portal estadístico de Criminalidad del MIR (https://estadísticasdecriminalidad.ses.mir.es/publico/portalestadistico/portal/seriesAnuales.html) señala que, entre 2010 y 2023, el nº de hechos conocidos en materia de tráfico de drogas ha aumentado en un 46%.
[189] Vid. Memoria FGE de 2024, apartado dedicado a la Fiscalía especial Antidroga (descargable en: https://www.fiscal.es/memorias/memoria2024/FISCALIA_SITE/recursos/pdf/capitulo_II/cap_II_5_3.pdf), pp. 443 a 456.
[190] Ibidem, pp. 447, 448, 450, 452, 453, 455 y 456. Vid. asimismo , información relativa a España, cit. (https://ocindex.net/country/spain), consultada el 04/10/2023.
[191] Cfr. INE, Estadística de condenados (https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operacion.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176793&menu=ultiDatos&idp=1254735573206). No se especifica, sin embargo, el nº de condenados por delitos contra los derechos laborales de los extranjeros.
[192] Vid. Memorias FGE de 2024 y 2019, apartados sobre las Fiscalías especializadas en trata de personas y extranjería (descargables en https://www.fiscal.es/memorias/memoria2024/FISCALIA_SITE/recursos/pdf/capitulo_III/cap_III_4_2.pdf y https://www.fiscal.es/memorias/memoria2019/FISCALIA_SITE/recursos/pdf/capitulo_III/cap_III_4_2.pdf), pp. 622, 633 y 638, y 819 y 821, respectivamente.
[194] La FGE hace mención en su Memoria de 2024, cit., p. 671, de “un cierto estancamiento en las cifras de siniestralidad, análogas a las de los últimos años prepandemia”, de tal manera que no se consigue avanzar en la reducción del nº de víctimas mortales en accidentes de tráfico, aunque tampoco las cifras aumentan significativamente.
[195] Para la FGE, estos datos ponen de manifiesto la “ya tradicional relevancia cuantitativa de la justicia penal de tráfico en nuestro país”: vid. Memorias de 2024, pp. 673 y 675; de 2019, p. 867, y de 2016 (https://www.fiscal.es/memorias/memoria2016/FISCALIA_SITE/index.html), p. 501.
[196] Cfr. Portal estadístico de la Criminalidad, cit., “Series anuales”, “Hechos conocidos”. La disparidad evidente entre el nº de hechos conocidos y el nº de sentencias condenatorias recaídas por delitos contra la seguridad vial en cada año puede deberse, a mi juicio, a la lentitud de la justicia en España. Ello acarreará que, como ya se dijo supra, los procesos penales incoados por hechos ocurridos en un determinado año no se resuelvan mediante sentencia hasta meses o años después, con lo que se contabilizarán en otro ejercicio. También está la circunstancia de que, en ocasiones, en estos delitos de puesta en peligro puede haber varios infractores implicados. De esa manera, si recayeran varias sentencias distintas por cada episodio delictivo o si, como otra posibilidad, la FGE estuviera contabilizando tantas sentencias como personas condenadas (no se aclara...), ello explicaría por qué se dan al año, según los datos, casi el doble de sentencias que de hechos ilícitos conocidos. Por ejemplo, en 2023 se han dado 53.517 hechos y 92.816 sentencias condenatorias; en 2018, 47.648 hechos y 89.264 sentencias condenatorias, etc. Desde luego sería deseable, con vistas a una mejora de la investigación criminológica y como proponen , que se pudiera trazar adecuadamente el curso procesal que siguen tales hechos delictivos relacionados con la seguridad vial. De ese modo podría saberse, en efecto, cuántas de las denuncias que se interponen cada año ante las Fuerzas y Cuerpos de seguridad acaban en un proceso judicial, y a continuación, en una sentencia condenatoria. Por el momento, sin embargo, sólo podemos realizar elucubraciones como las antes expuestas, ya que “el enfoque basado en la trazabilidad no es una opción viable todavía en España”, ante la gran disparidad en las metodologías que aplican las diversas entidades oficiales gestoras de la información.
[197] Vid. Memorias de la FGE de 2024 y 2017, apartados referidos a la Fiscalía especial para medio ambiente y urbanismo (descargables en https://www.fiscal.es/memorias/memoria2024/FISCALIA_SITE/recursos/pdf/capitulo_III/cap_III_3_5.pdf y https://www.fiscal.es/memorias/memoria2017/FISCALIA_SITE/recursos/pdf/capitulo_III/cap_III_3.pdf), pp. 610 y 523, respectivamente.
[199] Vid. Memorias de la FGE 2024 y 2022, apartados relativos a las Fiscalías de Menores (descargables en (https://www.fiscal.es/memorias/memoria2024/FISCALIA_SITE/recursos/pdf/capitulo_III/cap_III_6_2.pdf y https://www.fiscal.es/memorias/memoria2022/FISCALIA_SITE/recursos/pdf/capitulo_III/cap_III_6_2.pdf), pp. 700 y 774, respectivamente.
[200] Cfr. (https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/).
[201] Ibidem, Estadística de condenados menores (https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=25721).
[202] Vid. Memoria FGE de 2024, apartado relativo a las Fiscalías de Menores, cit., pp. 701 a 707. Conviene tener en cuenta que tanto las infracciones contra el patrimonio como el tráfico de drogas y, por lo general, las lesiones y homicidios, se refieren más específicamente a la delincuencia de clases sociales juveniles marginadas, a diferencia de las otras modalidades delictivas.
[203] Cfr. (https://www.ine.es/jaxiT3/Tabla.htm?t=25998).
[204] Vid. por todos : resulta difícilmente discutible que los hombres superan a las mujeres en cuanto a la frecuencia, la intensidad y el nivel de peligrosidad de sus comportamientos agresivos, y esto es cierto para cualquier tiempo, nación y cultura. Los hombres representan la mayoría de los criminales violentos, los presos, los veteranos de guerra, los hooligans agresivos...
[206] Cfr. : en el mundo se producen cada año una media de 440.000 muertes por homicidio, según datos de 2019-2021, de las cuales unas 22.000 se pueden atribuir a acciones terroristas. A su vez, el nº de muertes por conflictos armados sería de unas 94.000 al año, de tal manera que los fallecimientos por homicidio multiplican por 5 estas otras muertes, y por 20 las que produce el terrorismo.
[207] Vid. ; asimismo, (descargable en: https://www.unodc.org/unodc/en/data-and-analysis/global-study-on-homicide-2019.html); y . De acuerdo con el Anuario estadístico 2024 del MIR, cit., pp. 104 y 105, la tasa de esclarecimiento de los homicidios dolosos y asesinatos en España estaría en el 91%, y en particular para los homicidios consumados, en el 94,6%.
[210] Vid. , así como la base de datos actualizada de UNODC (https://dataunodc.un.org/dp-intentional-homicide-victims-est).
[211] En tal sentido, a fecha de 2021-2022, y según Eurostat (https://doi.org/10.2908/CRIM_HOM_SOFF) el índice es de 1,14 homicidios/100.000 habitantes en Gran Bretaña (datos de 2018); 1,21 en Francia; 0,82 en Alemania; 0,99 en Dinamarca; 0,8 en Portugal; 0,55 en Italia; 0,49 en Suiza. Las tasas más elevadas en Europa suelen situarse en el este: por ejemplo, 3,57 en Letonia; 6,8 en Rusia. Por otro lado, resulta peculiar el caso de los EEUU de América, cuya tasa de homicidios suele ser de 3 a 15 veces superior a las de otros países desarrollados; en la actualidad, es de 6,38 homicidios/100.000 hab., según base de datos .
[213] Ibidem; ver también (https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=56945). En cambio, quedan por debajo las ratios de provincias como Murcia, con 0,96 homicidios/100.000 habitantes; Málaga, con 0,85; Barcelona, con 0,79; Sevilla, con 0,76; Valencia, con 0,67, o Madrid con 0,48/100.000 habitantes.
[215] Cfr. , mencionando las elevadas tasas de violencia en ciudades portuarias y de entrada de drogas al continente europeo como Hamburgo, Ámsterdam o Rotterdam.
[218] Ibidem, pp. 22 y 53: los investigadores examinaron una muestra correspondiente a homicidios cometidos entre los años 2010-2012. De un 4% de los homicidios estudiados, se desconocía el motivo o la ocasión.
[219] En esta Figura 4, nótese el brusco incremento en la tasa de homicidios para el año 2004, debido al brutal atentado cometido en Madrid el 11 de marzo de ese año por una cédula yihadista vinculada a Al Qaeda, con 192 víctimas mortales.
[221] Cfr. ; , y base de datos UNODC (https://dataunodc.un.org/dp-intentional-homicide-victims-est): según esta fuente, a fecha de 2022 la media de homicidios anuales en Europa del sur es de 0,74/100.000 hab.; la de Europa occidental, de 0,97, y la de Europa del norte, de 1,15 homicidios/100.000 habitantes.
[222] Cfr. . A propósito de ello, lamenta UNODC en su , que, en esta pasada década, poco se ha conseguido en Europa occidental a la hora de bajar dicha tasa de homicidios.
[223] Vid. : entre los años 1200 y 1450, las tasas del homicidio en Europa se mantenían más o menos constantes en una media de unos 27 homicidios por cada 100.000 habitantes. A partir de 1450, y en especial desde el 1600 tales tasas comenzarían a descender de manera bastante estable a razón de un 0,5% cada año, hasta llegar al 1/100.000 en el tramo del año 2000 al 2012. A su vez, , nos muestra la trayectoria descendente de las tasas de homicidio en EEUU desde principios del siglo XVIII.
[224] Cfr. : este sería el principal factor por el que descendió la tasa registrada de homicidios durante el período entre 1850 y 1950; igualmente, .
[229] Explicando cómo pudo producirse a lo largo de los siglos dicho proceso de civilización (concepto inicialmente propuesto por Norbert Elías, 1978), vid. . A su juicio, los principales elementos en dicho proceso serían: el establecimiento y la extensión del modelo del Estado de Derecho; el surgimiento de un sistema de justicia penal que no era cruel, que se regía por normas y que era predecible; la aparición de ideas políticas y morales que promovieron la disciplina en la vida diaria y en la vida pública, y que controlaban el comportamiento de los ciudadanos; y una mejora sustancial en el nivel educativo de la población, en el acceso a los libros y en la educación moral de los individuos. Por consiguiente, la inversión de las distintas sociedades europeas en un mayor autocontrol y pacificación del comportamiento sería una de las principales fuerzas motoras que habrían conducido hacia el descenso de las tasas de homicidio desde el año 1500, aproximadamente (ibidem, pp. 112, 126).
[230] Como nos indican , el resto de los delitos violentos (v.gr., las lesiones), así como el tráfico de drogas no han disminuido desde 1990, sino que han aumentado en Europa, al igual que ya se ha expuesto para el caso de España (véase también supra, nota al pie 37); asimismo, . Esta última autora (p. 317) destaca, en general, que los delitos que han disminuido desde los años 90, tanto en EEUU como en otros países occidentales, han sido los que ella denomina “de contacto”, es decir, los que requieren la presencia en el mismo espacio físico de un agresor y de una víctima. Así ocurre con el homicidio y con los delitos contra la propiedad tradicionales (hurto, robo...).
[231] Señala , que ese proceso de reducción estructural de las tasas de delincuencia o crime drop, presenta múltiples matices en cada país, sobre todo de carácter temporal, como consecuencia de los diferentes contextos sociales, económicos y políticos.
[232] Por todos, : casi todas las naciones desarrolladas, incluyendo EEUU, Australia, Canadá y, con un retraso de unos 5 años o más con respecto a EEUU, también los países miembros de la UE han experimentado aproximadamente a partir de 1995 un descenso significativo en el volumen de la delincuencia, de hasta el 50% o más. En cuanto a EEUU, según , durante el período entre 1990 y 1997 se produce allí lo más parecido a una “caída en la criminalidad”, radical y sostenida, que este país había experimentado en más de 50 años. Vid. del mismo autor, . Mencionando igualmente dicho descenso de la delincuencia especialmente perceptible en el homicidio y la violencia grave, vid. ; ; de los mismos, ; ; y , señalando que dichos descensos se perciben sólo en EEUU y otros países occidentales democráticos y prósperos.
[234] Ibidem; asimismo ; (aunque un poco más crítica con este argumento, pero admitiendo sus posibilidades explicativas).
[235] Cfr. ; a su juicio, empero, tales medidas de autoprotección implementadas por los ciudadanos, sobre todo en entornos de clases sociales adineradas, han podido producir un desplazamiento del riesgo de victimización hacia vecindarios y personas de clase social más baja, y por tanto, con menos acceso a dichas medidas de protección, aumentando así las desigualdades. Vid. asimismo . Para el planteamiento general ligado a las teorías de la oportunidad y de las actividades rutinarias, vid. .
[237] Aunque crítica con este planteamiento, que requiere todavía más investigación, así se manifiesta .
[245] Cfr. : tales valores de autocontrol y disciplina se diluyeron, hasta cierto punto, durante los años 60 y 70 del siglo XX debido al énfasis en las ideas de la liberación sexual, el creciente narcisismo e individualismo, la generalización del consumo de drogas, etc.
[246] Se refiere a estos argumentos , si bien insiste en que necesitan mayor investigación empírica, pues hasta ahora no han sido probados.
[248] Por todos, : así podría explicarse el descenso en la delincuencia de contacto físico (homicidios, robos, etc.) que se ha sostenido incluso hasta la década de los 2010.
[252] Según , se trata de entender “cómo las estadísticas que no tenemos dan lugar a aquellas que sí tenemos”.
[253] A juicio de y 328, mucho más acertado que estudiar la posible relación entre pobreza o estatus social desfavorable y delincuencia sería atender a los niveles de pobreza infantil, que sí pueden estar en el origen de las subidas o bajadas de la criminalidad, ya que la deprivación sostenida en el tiempo durante la infancia es un predictor del comportamiento violento y delictivo en la edad adulta. En este sentido, según datos de UNICEF España, las tasas de pobreza infantil se mantuvieron bastante estables entre 1999 y 2005, en torno al 24%; después subieron hasta un 32% hacia los años 2012-2014, y a fecha de 2021 se han conseguido reducir 4 puntos porcentuales, siendo actualmente, en marzo del 2024, del 28,9% (vid. informes Pobreza y exclusión social de la infancia en España, Instituto UAM-UNICEF de Necesidades y Derechos de la Infancia y la Adolescencia (IUNDIA), Ministerio de Sanidad y Política social, 2010, p. 127, y España: pobreza infantil en medio de la abundancia. Pobreza infantil en los países de la OCDE, UNICEF España, diciembre de 2023, pp. 5, 12 y 13, así como web UNICEF ―https://www.unicef.es/blog/pobreza/pobreza-infantil-en-espana#:~:text―, consultada el 05/02/2025).
[254] De acuerdo con los datos del INE sobre la renta media anual de los hogares españoles por unidad de consumo (es decir, según su número de miembros), dicha renta habría subido en casi un 65% sólo entre 2004 y 2022; de este modo, mientras que cada español disponía en 2004 de 11.621 € de media al año, en 2022 esa cantidad es de 19.160 €. Además, entre 2008 y 2021 ha descendido en casi un punto porcentual, del 17,6% al 16,7% la proporción de asalariados dentro del total que recibe un sueldo bajo, es decir, uno inferior a los 2/3 del salario medio bruto por hora. Entre 2006 y 2022 también se ha reducido en más de 8 puntos porcentuales, del 56,7 al 48,5%, el tanto por ciento de los trabajadores que soporta jornadas laborales largas, i.e., de más de 40 horas a la semana, y ha bajado en 8 puntos (del 29% en 2008 al 21% en 2022) el porcentaje de trabajo temporal entre los españoles. Al mismo tiempo, ha subido en 9,6 puntos, del 63,6% al 73,2% en el mismo período, el grupo de los asalariados españoles que manifiesta estar satisfecho o muy satisfecho con su empleo (cfr. INE, Encuesta de condiciones de vida, https://www.ine.es/ss/Satellite?L=es_ES&c=INESeccion_C&cid=1259944504067&p=1254735110672&pagename=ProductosYServicios%2FPYSLayout¶m1=PYSDetalleFichaIndicador¶m3=1259937499084).
[255] Acudiendo al INE y con datos del 2022 (Indicadores de calidad de vida, cit.) se revela que, del conjunto de la población española entre los 16 y los 64 años, un 63,4% ha alcanzado al menos el nivel de estudios correspondiente a la ESO o al Bachillerato: esto supone 17,9 puntos porcentuales más que en 2004, con sólo un 45,5% de la población. Además, un 37,4% de los españoles ha alcanzado incluso la educación superior, universitaria o de doctorado, lo que supone 12,9 puntos más que en 2004, con un 24,5% de los ciudadanos. Así pues, en la actualidad, del conjunto de la población española entre 18 y 69 años únicamente un 4,2% tiene solo estudios primarios o inferiores (vid. INE, Nivel de formación, máximo nivel educativo: https://www.ine.es/jaxi/Tabla.htm?tpx=60909&L=0).
[256] Volviendo al INE, a los Indicadores de calidad de vida, cit., descubrimos que, en el tramo entre 2015 y 2022, pues desgraciadamente el Instituto no ofrece datos más antiguos, han pasado del 34,2% al 39,2% el porcentaje de españoles que ha visitado lugares de interés cultural, como museos o monumentos históricos. Tal información seguramente está relacionada con la expansión extraordinaria de la actividad del turismo y los viajes, tanto en territorio nacional como hacia el extranjero, lo cual no deja de ser, en todo caso, otro exponente del aumento en el nivel de vida de los españoles. Baste con tener en cuenta que, entre 2015 y 2024, nuestro gasto anual medio en turismo y viajes ha crecido un 56%, de los 216 € en 2015 a los 337 € en 2025 (INE, Encuesta de Turismo de residentes, ETR/FAMILITUR: https://www.ine.es/dyngs/Prensa/ETR4T24.htm). Por otra parte, el % de españoles que en 2022 afirma estar satisfecho o muy satisfecho con su vida, en general, es del 70,4%, mientras que en 2013 era solo del 63,6%.
[257] P.ej., entre 1992 y 2010 aumentó en un 251% el nº de personas en nuestro país que percibía una pensión no contributiva por parte del Estado, pasando de 129.100 a 453.300 beneficiarios. Y entre 1992 y 2009 se incrementó en un 225% el gasto público en prestaciones de protección social, pasando de apenas 80 a 258 millones de € invertidos en esta partida (INE, Indicadores sociales, edición 2011: https://www.ine.es/dyngs/INEbase/es/operación.htm?c=Estadistica_C&cid=1254736176825&menu=resultados&idp=1254735576508).
[258] De acuerdo con la https://pnsd.sanidad.gob.es/profesionales/sistemasInformacion/sistemaInformacion/domiciliaria/home.htm, aun reconociéndose que el consumo de heroína había experimentado “un notable retroceso en los últimos años”, se afirmaba que todavía seguía siendo “una droga de gran importancia epidemiológica y social”, ya que un 0,5% de los encuestados reconocía haberla consumido alguna vez en los 12 meses previos. En 2022, según la https://pnsd.sanidad.gob.es/profesionales/sistemasInformacion/sistemaInformacion/pdf/2022_Informe_Ejecutivo_EDADES_es.pdf, p. 7, dicho porcentaje de consumo de heroína en el año previo a la encuesta había bajado al 0,1%. En opinión del antiguo director y actual profesor de la Escuela Andaluza de Salud Pública Joan Carles MARCH, sin embargo, esos datos no resultan del todo fiables dadas las características habitualmente marginales del adicto a la heroína. Este autor se remite a otros estudios para sugerir una prevalencia del consumo en personas de 15 a 54 años en el período 1990-1993 de entre 7,2 y 11/1.000 habitantes en Barcelona, y de unos 14,1/1.000 habitantes en Madrid (vid. , http://www.easp.es/blogs/joan/2011/12/18/un-poco-de-historia-del-programa-de-metadona/, entrada de 18/12/2011, consultada el 21/10/2024).
[259] Las primeras normas reguladoras de los programas de metadona fueron las Órdenes Ministeriales de 23/05/1983, por la que se regulan los tratamientos con metadona, y de 31/10/1985, por la que se regulan los tratamientos de deshabituación con metadona dirigidos a toxicómanos dependientes de opiáceos. Según el “1999 Extended annual report on the state of the drugs problem in the European Union”, del Observatorio europeo de las drogas y las toxicomanías (EMCDDA), actualmente en la web del European Union Drugs Agency (https://www.euda.europa.eu/html.cfm/index37336EN.html_en), p. 11, en 1999, en España, los participantes en estos programas de metadona entre la población de 16 a 60 años eran ya del orden de 200 personas por cada 100.000 habitantes.
[260] Por ejemplo, entre 1999 y 2023, el personal de empresas de seguridad privada habilitado para prestar labores de esta índole ha crecido en España un 363,6%, desde las 96.285 a las 446.407 personas: vid. Anuario 2023 del MIR, cit., p. 255, y Anuario 2000 (https://www.interior.gob.es/opencms/es/archivos-y-documentacion/documentacion-y-publicaciones/anuarios-y-estadisticas/anuarios-estadisticos-anteriores/anuario-estadistico-de-2000/), p. 265. Destacan también esta progresión .
[261] De acuerdo con el estudio de (descargable en: https://ec.europa.eu/eurostat/web/products-statistical-books/-/KS-78-09-908), pp. 26 y 27, en nuestro país, a fecha de 2006, la distribución de la población entre 25 y 49 años de edad por tipos de familia se daba del siguiente modo (si bien, la suma excede del 100%): el 42% eran parejas con hijos; el 11%, parejas sin hijos; el 16%, otros tipos de familia con hijos, por ejemplo familia extensa); el 26%, otros tipos de familia sin hijos: el 2%, personas que viven solas con hijos, es decir, familias monoparentales; y el 5%, singles sin hijos. Quince años más tarde, en 2021, la distribución por tipos de familia u hogares en España quedaría como sigue, de acuerdo con el estudio de Eurostat “The life of women and men in Europe” (vid. https://ec.europa.eu/eurostat/cache/infographs/womenmen/bloc-1b.html?lang=en: entre los adultos de 25 a 49 años, un 3,1% de las mujeres y un 0,5% de los varones viven solos con un menor o menores a cargo, y otro 7,3% de mujeres y un 12,5% de hombres viven solos sin hijos; entre los adultos de 18 años en adelante, otro 34,7% de mujeres y el 37% de los hombres viven en pareja, con o sin hijos; y entre las personas mayores de 65 años, un 31,1% de mujeres y un 16,1% de hombres viven solos. Por consiguiente, observamos que ha crecido el porcentaje de hombres, y especialmente el de mujeres, que viven solos/as con hijos a su cargo, así como el porcentaje de singles sin hijos.
[263] Sobre la importancia de tal factor, vid. por todos ; ; del mismo autor, ; . A propósito de dicha confianza en las instituciones, y consultando el Barómetro del CIS de septiembre 2024 (https://www.cis.es/documents/d/cis/es3474mar_a), sucede que un 20,6% de los encuestados considera “los problemas políticos en general” como uno de los tres principales problemas de España. A su vez, un 12,2% de los consultados se refiere al “mal comportamiento de los/as políticos/as”, y un 10,4%, a “el Gobierno y partidos o políticos/as concretos/as”. Sin embargo, cuando se pasa a preguntar a los entrevistados por aquellos tres problemas que “personalmente” les afectan más, las cuestiones que aparecen como más destacadas son “los problemas de índole económica” (30,2%), “la sanidad” (17,1%), “la calidad del empleo” (16,5%) y la vivienda (15,3%), retrocediendo “los problemas políticos en general” hasta el noveno lugar (8%). Ello parece expresar que la preocupación por la situación política puede ser más bien un tema recurrente del debate colectivo y de la reflexión ideológica abstracta, exacerbado por los medios, pero no tanto una dificultad concreta que los ciudadanos perciban como importante en su día a día. La Encuesta sobre condiciones de vida realizada por el INE en 2013, cit., que incluyó cuestiones acerca de la confianza social en las instituciones, parece corroborar esa impresión anterior. En efecto, mientras que la mayoría de los consultados, el 65%, suspendía en confianza al sistema judicial y al sistema político (el 81,7%), en cambio la Policía, como institución del Poder Ejecutivo más cercana a los ciudadanos, sí obtenía el aprobado por parte del 74% de los encuestados. Ello quiere decir que los españoles, en realidad, sí tenemos un buen nivel de confianza en aquellos funcionarios que detentan el poder más en nuestro entorno.
[264] Vid. Nota de prensa de La Moncloa de fecha 28/08/2024 (consultada el 18/10/2024: https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/sanidad14/paginas/2024/280824-espana-lider-donacion-organos.aspx#): “El liderazgo de España en donación y trasplante de órganos. El Observatorio Mundial confirma la importante contribución española a la donación de órganos: nuestro país aportó el pasado año el 23% de las donaciones de órganos de la UE y el 5% de las registradas en el mundo, pese a que España apenas representa el 11% de la población europea y el 0,6% de la mundial.”
[265] Vid. supra, Tablas 1 y 2. Naturalmente excede de los objetivos de esta investigación averiguar si dichas correlaciones responden a la casualidad o a las teorías planteadas por , y , y, del mismo autor, .
[266] Cfr. (https://www.ine.es/prensa/tich_2023.pdf), pp. 2 y 5.
[267] Cfr. ; de los mismos, . Estos autores sostienen igualmente una relación entre dicho comportamiento agresivo en la población juvenil y el consumo de alcohol. También vinculan (ibidem, pp. 568 y 569) tal divergencia entre la tendencia bajista del homicidio consumado y la tendencia alcista de las lesiones con la circunstancia de que, “en Europa occidental, el perfil de las víctimas de lesiones es diferente al de las víctimas de homicidio”. Así, las primeras suelen ser varones jóvenes menores de 30 años, mientras que las segundas, mujeres u hombres, acostumbran a ser de mayor edad, entre 30 y 44 años, y como segundo grupo en importancia, entre 45 y 59 años. En España, es cierto que las víctimas de homicidio suelen ser algo mayores que las de lesiones: en concreto, un 64,5% de aquéllas tienen más de 31 años, frente a un 60,7% de éstas: vid. Anuario MIR 2023, p. 137. También la FGE hacía referencia en su Memoria 2023, cit., pp. 779 a 781, al problema de las bandas juveniles violentas, de carácter identitario y territorial. Estos grupos están siendo cada vez más habituales en ciudades españolas grandes, medianas y pequeñas, concertando peleas clandestinas y haciendo un amplio uso de todo tipo de armas blancas.
[270] Vid. asimismo , y en , relacionando la pérdida de legitimidad social de la familia como institución en EEUU en los años 60 y 70 del siglo XX con el incremento de la delincuencia en esas décadas.
[271] Vid. con este tenor ; así como en . Sin embargo, estos mismos autores reconocían que los resultados de su estudio en 2008-2009 no apuntaban hacia ese previsible incremento de la criminalidad, por lo que tales cambios sociales no se veían reflejados en ella.
[272] Cfr. por todos, , aunque esta autora reconoce que aún no está suficientemente probada la relación entre el rejuvenecimiento o el envejecimiento de la población de un país y las oscilaciones en sus tasas de criminalidad.
[276] Vid. https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=67821: a partir del tercer trimestre de 2021, el volumen del PIB (a precios de mercado, oferta, Precios corrientes y según datos no ajustados de estacionalidad y calendario) se volvió a equiparar al del último trimestre de 2019, y desde entonces no ha parado de crecer, superando ya, en el 4º trimestre de 2024, en un 28,8% el volumen de 2019.
[277] Conviene citar en este punto, al hilo de lo que comentábamos al comienzo de este trabajo, a : según tal autor, “no tiene demasiado sentido comparar la preocupación por el delito que se ha constatado en los últimos años con los elevadísimos porcentajes de personas que seleccionaban la inseguridad ciudadana como uno de los tres principales problemas del país en los años 80 y 90”.

