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Rafael Rebollo
Universidad Autónoma Barcelona
España
https://orcid.org/0000-0002-7149-2984
Vol. 45 (2024), Artículos doctrinales, Páginas 1-30
DOI: https://doi.org/10.15304/epc.45.10053
Recibido: 31-07-2024 Aceptado: 21-09-2024 Publicado: 27-11-2024
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Resumen

En el trabajo se analiza la normativa internacional relativa a los delitos de odio, así como el tratamiento normativo y jurisprudencial que esos ilícitos reciben en el Código penal y las oscilaciones relativas a su interpretación, desde su consideración como un ilícito estrictamente formal, donde el mero acto comunicativo que contenga alabanzas terroristas o justificación de sus actos serían comportamientos subsumibles en el tipo penal. Por otro lado, una opción distinta requiere que esas expresiones de odio estén dirigidas contra determinados colectivos desfavorecidos, que impliquen una incitación a la comisión delictiva, además de que generen un riesgo para esas personas o sus derechos.