Contenido principal del artículo

Marta Carballo Fidalgo
USC
España
https://orcid.org/0000-0002-9242-6767
Vol. 30 Núm. 1 (2021), Comentarios y crónicas
DOI: https://doi.org/10.15304/dereito.30.1.7278
Recibido: 21-12-2020 Aceptado: 15-01-2021 Publicado: 10-10-2021
Derechos de autoría Cómo citar Citado por

Resumen

En este trabajo se analiza la Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 28 de septiembre de 2020, donde se establecen criterios cuestionables en torno a los requisitos que ha de cumplir la escritura de aceptación y adjudicación de dos herencias, cuando la hija común de ambos causantes ha sido preterida en el testamento del esposo primeramente fallecido.